Common use of Permisos retribuidos Clause in Contracts

Permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientes: a) Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres días por el nacimiento de hijo; o por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como tal. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus servicios, el permiso será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días más. c) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día por traslado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será de tres días.

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Samples: Convenio Colectivo De Hostelería, Convenio Colectivo De Hostelería

Permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con Todo trabajador afectado por el presente convenio tendrá derecho a remuneraciónpermisos retribuidos por los días naturales que se establecen a continuación, por alguno de los motivos siempre que se avise con la posible antelación y por el tiempo siguientesse justifique adecuadamente: a) 1. Quince días naturales en caso de matrimoniopor matrimonio del trabajador. b) Tres 2. Dos días por el nacimiento de hijo; hijos y 5 por fallecimiento de hijos, cónyuge o persona con la que se conviva. 3. Dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, grave u hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con por tal motivo el trabajador necesite hacer un algún desplazamiento al efecto fuera a otro municipio de la isla donde está prestando sus serviciosdistancia superior a 300 km, el permiso será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días más. c) 4. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber de carácter público y personal. 5. Un día por traslado del domicilio habitual. 6. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día . Cualquier derecho dispuesto en beneficio, protección o ayuda del trabajador o trabajadora en razón de su vínculo matrimonial, por traslado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio el presente convenio será también de hijoaplicación al trabajador o trabajadora unida a otra persona en una relación de efectividad análoga a la conyugal con independencia de su orientación sexual, de padre conforme a lo que disponga la legislación autónoma o madreestatal al efecto, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera previa aportado de la isla donde estuviese prestando servicioscertificación correspondiente en los términos establecidos en la disposición adicional primera del convenio marco estatal y condiciones de prestación de viudedad del artículo 174.3 de la ley general de la seguridad social, el permiso será siempre que cuente con un año de tres díasantigüedad en la empresa.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo

Permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y justificaciónprevia justifica- ción adecuada, podrá ausentarse del trabajo con tendrá derecho a remuneración, solicitar licencias retribuidas por alguno de los motivos tiempos y por el tiempo causas siguientes: a) Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres días por hábiles en caso de nacimiento, acogimiento o adop- ción de un hijo y en el nacimiento de hijo; o por el fallecimiento, accidente o enfermedad gravesgrave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes fami- liares hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad. Si el hecho tiene lugar en localidad distinta a la de residencia habitual del trabajador, se tendrá derecho a cinco días hábiles. c) Dos días hábiles por fallecimiento, accidente, hospitaliza- ción, intervención quirúrgica o enfermedad grave de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de dichos casos se produzcan en distinta localidad a la isla donde está prestando sus serviciosdel domicilio del trabajador, el permiso plazo de licencia será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos cuatro días más. c) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajohábiles. d) Un día Xxxxxxxx retribuidos xx xxxx días hábiles al año por traslado asuntos propios, a disfrutar entre el 1 de enero y el 15 de enero del domicilio habitualaño siguiente. e) Un El día por matrimonio de hijocelebración de exámenes finales, liberatorios y demás pruebas definitivas de padre o madreaptitud y evaluación en centros oficiales de formación, o así como en los procedimientos selec- tivos para ingreso en cualquiera de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será de tres díaslas Administraciones Públicas.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajadorCon el fin de que los servicios no se vean afectados por la petición de permisos retribuidos, previo aviso y justificaciónlos solicitantes deberán solicitarlos por escrito al jefe del servicio, podrá ausentarse con al menos 48 horas de antelación. Aquellos permisos que no puedan ser previstos, tendrán carácter de urgencia, con lo que no será necesaria la petición anticipada. Todos los permisos retribuidos, necesitarán de justificación documental, salvo aquellos que se soliciten para la realización de tareas sindicales o por asuntos propios. Cualquier ausencia del puesto de trabajo con derecho a remuneración, por alguno habrá de los motivos y por el tiempo siguientes:estar justificada. a) Quince Por matrimonio civil o religioso, o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente Registro Público, se otorgará un permiso de 15 días naturales en caso naturales, pudiendo solicitar 20 días más de matrimoniopermiso sin sueldo. b) Tres días por el nacimiento de hijo; o por el Por fallecimiento, accidente o enfermedad gravesgrave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, hospitalización tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad. c) Cuando se trate del fallecimiento, accidente o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, enfermedad grave de parientes hasta el un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como tal. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus serviciosafinidad, el permiso será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días más. c) Por el tiempo indispensable para hábiles cuando se produzca en la realización misma localidad y de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajocuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad. d) Un día por traslado del domicilio habitualPor enfermedad infecto-contagiosa de hijos/as menores de 9 años, 3 días hábiles. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, Por realizar funciones sindicales o de hermano o hermano político representación del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando serviciospersonal, el permiso será de tres díasen los términos que se determine 15 horas mensuales.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo trabajo, con derecho a remuneración, por alguno algunos de los motivos y por el tiempo siguientes: a) siguiente: Matrimonio: Quince días naturales naturales, que necesariamente serán continuados, y se disfrutarán fijando las fechas el trabajador, desde siete días antes de la celebración del matrimonio hasta quince días después. Este permiso será extensible de igual modo a las parejas de hecho inscritas en caso el registro administrativo correspondiente, no pudiendo disfrutarse de matrimonio. b) Tres días otro permiso por el nacimiento mismo motivo hasta pasados tres años (salvo muerte del otro miembro de hijo; la pareja), con independencia de producirse la constitución de una nueva pareja de hecho. Nacimiento de hijos, adopción o por acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple (en este último caso siempre que su duración no sea inferior al año aunque sea provisional): Dos días naturales. Cuando concurran graves dificultades que exijan la hospitalización de la esposa, pareja de hecho debidamente inscrita en el fallecimientoregistro correspondiente o el recién nacido se ampliará dicho permiso hasta dos días más. Muerte, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodo- miciliario, de parientes hasta parienteshasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como tal. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus servicios, el permiso será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en afinidad: dos días másnaturales, que podrán disfrutarse mientras dure el hecho causante. Asimismo, en caso de intervención quirúrgica posterior se generará un segundo permiso si median al menos 7 días naturales entre el ingreso y la intervención. c) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día por traslado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será de tres días.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajador1. Independientemente del período de servicios efectivos, previo aviso el personal laboral tendrá derecho, con justificación documental adecuada que deberá presentar ante la Dirección de Recursos Humanos y justificaciónGobierno Interior, podrá ausentarse a permisos con plenitud de derechos económicos, cómputo de antigüedad y reserva del puesto de trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo y motivos siguientes: a) Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres Cuatro días por el nacimiento hábiles en los casos de hijo; o por el fallecimiento, accidente o enfermedad gravesgrave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, fallecimiento de parientes un pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad por matrimonio o pareja de la pareja estable registrada como tal. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus servicios, el permiso será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días máshecho acreditada. c) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día por traslado del de domicilio habitual; dos días si es con cambio de localidad. d) Por el tiempo que dure la campaña electoral, los trabajadores o trabajadoras que participen como candidato o candidata en ella. cve: BOCG_D_14_271_2578 e) Un día por matrimonio Por lactancia en los supuestos de hijonacimiento, guarda con fines de padre adopción, acogimiento o madreadopción de un niño menor de un año, a una hora de ausencia del trabajo al inicio o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera final de la isla donde estuviese prestando serviciosjornada, que podrán dividir en dos fracciones. Este permiso constituye un derecho individual del personal, pero solo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen. El permiso de lactancia aumentará proporcionalmente en caso de parto múltiple y podrá sustituirse a voluntad del trabajador o trabajadora por una ampliación en cuatro semanas del permiso previsto en el permiso será de tres díasapartado f) del presente artículo.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajador/a, previo aviso avisando con la mayor antelación posible, y justificación, justificándolo adecuadamente podrá faltar o ausentarse del puesto de trabajo con derecho a remuneración, por alguno algunos de los motivos y por durante el tiempo siguientes: a) Quince que a continuación se expone: 15 días naturales por matrimonio del trabajador/a. También corresponderán 15 días de licencia a las parejas de hecho que se establezcan desde la vigencia del presente Convenio colectivo. 3 días naturales en caso los casos de matrimonio. b) Tres días por el nacimiento de hijo; o por el fallecimiento, accidente hijo o enfermedad graves, grave u hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, defunción de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con Cuando, por tal motivo motivo, el trabajador trabajador/a necesite hacer realizar un desplazamiento al efecto fuera efecto, podrá disfrutar de la isla donde está prestando sus servicios2 días más. 1 día natural para acudir al boda de hijos, el permiso será de cinco díashermanos y padres. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en por dicho motivo el parto o en el estado trabajador/a necesite realizar un desplazamiento al efecto, podrá disfrutar de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos 2 días más. c) Por . 1 día natural por el tiempo indispensable para la realización cambio de exámenes prenatales y técnicas domicilio habitual. Los trabajadores, por lactancia de preparación al parto un hijo menor de 9 meses, tendrán derecho a 1 hora de ausencia del trabajo, que deban realizarse dentro podrán dividir en 2 fracciones. El trabajador, por voluntad propia, podrá sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal de trabajomedia hora con la misma finalidad. En el caso que ambos progenitores trabajen, este derecho podrá ser ejercido por uno de ellos de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. d) Un día por traslado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será de tres días.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientessiguiente: a) Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres días por el nacimiento o adopción de hijo; hijos o por el fallecimiento, accidente acci- dente o enfermedad gravesgrave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización hospitali- zación que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera efecto, a otra provincia, el plazo será de cuatro días. c) Un día por traslado de domicilio habitual. d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la isla donde está prestando sus servicios, el permiso será ausencia y a su compen- sación económica. e) Para realizar funciones sindicales o de cinco días. representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente. f) En el supuesto de que surjan complicaciones graves citaciones judiciales del personal como consecuencia pro- ducida en el parto o en el estado desarrollo de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufridosu trabajo, y éstas se justifiquen debidamenteque no sea imputable al trabajador, por el permiso se incrementará en dos días mástiempo indispensable. cg) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas téc- nicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día por traslado . Las parejas de hecho disfrutarán en las mismas condiciones de todas las licen- cias referidas en el presente artículo, salvo la licencia señalada en primer lugar. Para acreditar la condición xx xxxxxx de hecho, el solicitante deberá aportar certi- ficado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento Registro que al efecto fuera de tenga la isla donde estuviese prestando serviciosAdministración, el permiso será de tres díasconforme estipula la legis- lación vigente.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con Todo trabajador afectado por el presente convenio tendrá derecho a remuneraciónpermisos retribuidos por los días naturales que se establecen a continuación, por alguno de los motivos siempre que se avise con la posible an- telación y por el tiempo siguientesse justifique adecuadamente: a) 1. Quince días naturales en caso de matrimoniopor matrimonio del trabajador. b) Tres 2. Dos días por el nacimiento de hijo; hijos y 5 por fallecimiento de hijos, cónyuge o persona con la que se conviva. 3. Dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, grave u hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con por tal motivo el trabajador trabaja- dor necesite hacer un algún desplazamiento al efecto fuera a otro municipio de la isla donde está prestando sus serviciosdistancia superior a 300 km, el permiso será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días más. c) 4. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber de carácter público y per- sonal. 5. Un día por traslado del domicilio habitual. 6. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación pre- paración al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día . Cualquier derecho dispuesto en beneficio, protección o ayuda del trabajador o trabajadora en razón de su vínculo matrimonial, por traslado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio el presente convenio será también de hijoaplicación al tra- bajador o trabajadora unida a otra persona en una relación de efectividad análoga a la con- yugal con independencia de su orientación sexual, de padre conforme a lo que disponga la legislación autónoma o madreestatal al efecto, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera previa aportado de la isla donde estuviese prestando servicioscertificación correspondiente en los tér- minos establecidos en la disposición adicional primera del convenio marco estatal y condicio- nes de prestación de viudedad del artículo 174.3 de la ley general de la seguridad social, el permiso será siem- pre que cuente con un año de tres díasantigüedad en la empresa.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y posterior justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientesplazos que se señalan: a1) Quince días naturales en caso de matrimonioMatrimonio del trabajador, quince días. b2) Tres Dos días por el nacimiento de hijo; hijo o por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, enfermedades graves u hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus serviciosdesplazamiento, el permiso plazo será de cinco cuatro días. En . 3) Cumplimiento de un deber de carácter público y personal, el supuesto tiempo indispensable para dicho cumplimiento. 4) Traslado de que surjan complicaciones graves domicilio habitual, un día. 5) Tres días retribuidos de libre disposición según lo recogido en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días másartículo 9 del Convenio. Éstos no necesitarán justificación. c6) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente. 7) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día . Teniendo en cuenta todas las circunstancias concurrentes en cada caso, dichas licencias podrán prorrogarse por traslado del domicilio habitual. e) Un día por un plazo no superior a cinco días. Página13 En caso de matrimonio de hijoun trabajador, y siempre que se avise a la empresa con treinta días de padre o madreantelación, o tendrá derecho a que el disfrute de hermano o hermano político las vacaciones se produzca continuadamente al disfrute de la licencia por matrimonio, detallada en el punto 1) de este artículo, siempre que las necesidades del servicio lo permitan. En caso de hospitalización, a petición del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será se podrá disfrutar de tres díasforma consecutiva o en días alternos dentro de los días que dure tal hospitalización. A efectos de consideración de parentescos, tendrán el mismo reconocimiento los generados por matrimonio como los generados por constitución xx xxxxxx de hecho legalmente registrada.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajadorTrabajador, previo aviso por escrito y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientessiguiente: a) Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres días por el en los casos de nacimiento o adopción de un hijo; o por el fallecimiento, accidente o enfermedad gravesgrave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimientos de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con tal motivo motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus serviciosprovincia, el plazo será de cuatro días. c) Un día por traslado de domicilio habitual. d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber de carácter público o personal, comprendido el ejercicio de sufragio activo. e) Para la realización de funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legalmente. f) Un día por boda de un familiar de segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando ésta se produzca en una localidad fuera de la provincia, el permiso será de cinco dos días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días más. cg) Por el El tiempo indispensable para acudir a consulta médica personal o acompañamiento de familiares hasta primer grado de consanguinidad. h) El tiempo que sea indispensable para las trabajadoras embarazadas, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse parto, previo aviso y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. d) Un día por traslado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será de tres días.

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Samples: Convenio Colectivo Nacional De Autoescuelas

Permisos retribuidos. El trabajador1. Independientemente del período de servicios efectivos, previo aviso el personal laboral tendrá derecho, con justificación documental adecuada que deberá presentar ante la Dirección de Recursos Humanos y justificaciónGobierno Interior, podrá ausentarse a permisos con plenitud de derechos económicos, cómputo de antigüedad y reserva del puesto de trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo y motivos siguientes: a) Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres Cuatro días por el nacimiento hábiles en los casos de hijo; o por el fallecimiento, accidente o enfermedad gravesgrave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, fallecimiento de parientes un pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad por matrimonio o pareja de la pareja estable registrada como tal. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus servicios, el permiso será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días máshecho acreditada. c) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día por traslado del de domicilio habitual; dos días si es con cambio de localidad. d) Por el tiempo que dure la campaña electoral, los trabajadores o trabajadoras que participen como candidato o candidata en ella. cve: BOCG_D_14_201_1960 e) Un día por matrimonio Por lactancia en los supuestos de hijonacimiento, guarda con fines de padre adopción, acogimiento o madreadopción de un niño menor de un año, a una hora de ausencia del trabajo al inicio o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera final de la isla donde estuviese prestando serviciosjornada, que podrán dividir en dos fracciones. Este permiso constituye un derecho individual del personal, pero solo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen. El permiso de lactancia aumentará proporcionalmente en caso de parto múltiple y podrá sustituirse a voluntad del trabajador o trabajadora por una ampliación en cuatro semanas del permiso previsto en el permiso será de tres díasapartado f) del presente artículo.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. 1. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientes: siguiente: a) Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres Dos días por el nacimiento de hijo; o hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus serviciosefecto, el permiso plazo será de cinco cuatro días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días más. c) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día por traslado del domicilio habitual. . d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica. 2. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborables en un período de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo cuarenta y seis de esta Ley. 3. En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en la empresa. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, Para realizar funciones sindicales o de hermano representación del personal en los términos establecidos legal o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será de tres díasconvencionalmente.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientessiguiente: a) Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres Dos días por el nacimiento de hijo; o hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como talafinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera efecto, el plazo será de cuatro días. c) Un día por traslado del domicilio habitual. d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la isla donde está prestando sus serviciosprestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborables en un período de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el permiso será apartado 1 del artículo cuarenta y seis del Estatuto de cinco díaslos Trabajadores. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto trabajador, por cumplimiento del deber o en desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el estado de salud de dichos parientes, derivadas importe de la enfermedad misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en la empresa. cve: BOE-A-2012-9956 e) Para realizar funciones sindicales o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará de representación del personal en dos días máslos términos establecidos legalmente. cf) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. d) Un día por traslado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será de tres días.

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Samples: Convenio Colectivo

Permisos retribuidos. El trabajadorLos trabajadores de la Fundación, previo aviso y justificaciónprevia notifica- ción, podrá ausentarse del trabajo con tendrán derecho a remuneraciónpermisos retribuidos por las siguientes causas: Tres días laborables: - En caso de fallecimiento o enfermedad grave u hospitalización de cualquier familiar hasta el primer gra- do de consanguinidad o afinidad. - Por alumbramiento de esposa o compañera. - Estos permisos se incrementarán en dos días más en los casos en que sea preciso desplazarse a otra provincia distinta. Dos días laborables: - Por fallecimiento o enfermedad de familiares de segundo grado o afinidad. - Por matrimonio de hijos. - Estos permisos se incrementarán en un día más en los casos en que sea preciso desplazarse a otra provincia distinta. Un día natural: - Por matrimonio de cualquier familiar hasta el se- gundo grado de consanguinidad o afinidad. - Por mudanza. - Estos permisos se incrementarán en un día más en los casos en que sea preciso desplazarse a otra provincia distinta. Otros permisos: - Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrán derecho a cinco horas semanales de ausencia en el trabajo, a elegir su distribución semanal por alguno de los motivos y por parte del trabajador. A este permiso tendrán derecho el tiempo siguientes: a) padre o la madre. - Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Tres matrimonio o inicio de convivencia equivalente entre personas del mismo o distinto sexo. En esta última, la Fundación de- cidirá la forma de verificar la convivencia. Para el disfrute de posibles puentes y permisos, se establecen dos días retribuidos al año, además de los contemplados para vacaciones, de libre elección por el nacimiento trabajador. Su disfrute no impedirá garantizar la cobertura de hijo; o por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o de la pareja estable registrada como tal. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde está prestando sus servicios, el permiso será de cinco días. En el supuesto de que surjan complicaciones graves en el parto o en el estado de salud de dichos parientes, derivadas de la enfermedad o accidente que hayan sufrido, y éstas se justifiquen debidamente, el permiso se incrementará en dos días más. c) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de las necesidades del trabajo. d) Un día por traslado del domicilio habitual. e) Un día por matrimonio de hijo, de padre o madre, o de hermano o hermano político del trabajador. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la isla donde estuviese prestando servicios, el permiso será de tres días.

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Samples: Convenio De Colaboración