Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación Cláusulas de Ejemplo

Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. 28.1 El Contratante deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Contratante determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Contratante una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 En casos fortuitos o de fuerza mayor que supongan una detención de la actividad en el lugar de las Obras, los plazos de ejecución de las Obras se prorrogarán. Esta prórroga se comunicará al Contratista por escrito, en la que se precisará la duración, que será igual al número de días realmente comprobados durante los cuales las actividades se hayan detenido debido a estos casos. Fuera de lo previsto en el párrafo anterior, el Contratista no podrá tener derecho a una prórroga de los plazos de ejecución, salvo por incumplimiento del Contratante de sus obligaciones contractuales. La formalización de estas modificaciones deberá realizarse a través de la aprobación de un convenio. 28.3 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales.
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. 85.2.1. ADIF podrá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando ordene una Modificación de Obra o cualquier otra causa justificada que hiciera imposible la Terminación de las Obras o una de sus etapas en la Fecha Prevista de Terminación, sin que el Contratista tuviera que adoptar medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes que exigieran al Contratista incurrir en costos adicionales.
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. El CONTRATISTA deberá someter a consideración y aprobación de EL CONTRATANTE la prórroga de la Fecha Prevista de Terminación de “LAS OBRAS” cuando se produzca un Evento de fuerza mayor o se ordene una variación que haga imposible la terminación de “LAS OBRAS” en la Fecha Prevista de Terminación lo cual no deberá generar gastos adicionales para EL CONTRATANTE. Para tal efecto, el Supervisor de Obras, tendrá que emitir su opinión al respecto y referirla a EL CONTRATANTE.
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. El Comitente podrá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando ordene una Modificación de Proyecto o cualquier otra causa justificada que hiciera imposible la Terminación de las Obras o una de sus etapas –en caso de que se hubiese previsto entregas parciales- en la Fecha Prevista de Terminación, sin que el Contratista tuviera que adoptar medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes que exigieran al Contratista incurrir en costos adicionales.
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. La AUTORIDAD DE APLICACIÓN podrá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se ordene una Modificación de Obra o cualquier otra causa justificada que hiciera imposible la Terminación de las Obras o una de sus etapas en la Fecha Prevista de Terminación, sin que el CONCESIONARIO tuviera que adoptar medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes que exigieran incurrir en costos adicionales.
Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación. El Contratista podrá solicitar una prórroga de la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que imposibilite la terminación de las Obras en esa fecha. La solicitud de dicha extensión debe realizarse antes de que el Contratista lleve a cabo las modificaciones o las adiciones en las Obras ordenadas a través de una Variación. Dentro de los veintiún (21) días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información que lo sustente, el Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo. Esta prórroga será sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos restantes, lo que le generaría costos adicionales. El Gerente de Obras prorrogará la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible terminar las Obras en esa fecha.