Definición de Gastos Adicionales

Gastos Adicionales. El SENASA no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las ofertas. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles.
Gastos Adicionales significa los costos y gastos asociados a la contratación, administración, mantenimiento y cualquier otro concepto del Financiamiento, adicionales al costo de los intereses, tales como comisiones de apertura, comisiones de estructuración, comisiones por retiro y anualidades, entre otros costos asociados que se encuentren previstos en la Oferta. Dichos gastos serán considerados para el cálculo de la Tasa Efectiva.
Gastos Adicionales. Tiene el significado que se le atribuye a dicho término en los Lineamientos.

Examples of Gastos Adicionales in a sentence

  • Gastos Adicionales por Alquiler de Equipo Deducible: Exclusiones de esta cobertura: Los riesgos no amparados en la Cobertura Básica.

  • Las Ofertas presentadas por las Instituciones Financieras deberán especificar que no existirán Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes.

  • Respecto a Gastos Adicionales Contingentes, la presente Oferta de Crédito se apega a lo dispuesto en el Modelo de Contrato de Crédito.

  • Vehículo de pago El Fideicomiso Maestro Posibilidad de Prepago De conformidad con lo establecido en el Modelo del Contrato de Crédito Garantía de Pago Oportuno Ninguna Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes La presente Oferta de Crédito no contempla el pago de Gastos Adicionales.

  • La Compañía indemnizará al Asegurado por cualquier Gasto Adicional incurrido durante el Período de Indemnización y después del Período de Espera a causa de una Pérdida cubierta por la presente Póliza, siempre y cuando dichos Gastos Adicionales superen los gastos operativos normales de la Empresa del Grupo y sean necesarios para la restauración del curso normal de las operaciones comerciales de dicha Empresa del Grupo.


More Definitions of Gastos Adicionales

Gastos Adicionales. Significa cualquier gasto extraordinario necesario en que el Asegurado incurra posteriormente a un APLAZAMIENTO, en exceso de lo que habría gastado de no haberse POSPUESTO el EVENTO, o los costos adicionales razonables en que usted incurra con el fin de reducir o evitar una CANCELACIÓN, INTERRUPCIÓN o APLAZAMIENTO que haya ocurrido o sea probable que ocurra. Los Gastos Adicionales no incluirán la pérdida de ganancias o utilidades.
Gastos Adicionales. Sublímite agregado, incluido dentro del valor asegurado, por la suma de $ 4.000'000.000, sin aplicación de deducible y combinado para los siguientes gastos y coberturas: a) Gastos de horas extras, trabajo nocturno o en días festivos y flete expreso y aéreo. Bajo esta cobertura se amparan los gastos adicionales y extraordinarios por concepto de horas extras, trabajo nocturno o en días festivos, flete expreso y aéreo, que se incurran con motivo de una pérdida o daño amparado. Bajo este amparo se cubren los gastos en que incurra el asegurado, para la demostración de la ocurrencia y cuantía del siniestro y serán indemnizados bajo este seguro. Bajo este amparo la Compañía indemnizará, los gastos en que incurra el asegurado, por pago de auditores, revisores y contadores que se requieran para analizar y certificar los datos extraídos de los libros de contabilidad y demás documentos del negocio del asegurado, al igual que cualesquiera otras informaciones que sean solicitadas por la compañía al asegurado, para la demostración de la ocurrencia y cuantía del siniestro. Se otorga cobertura para amparar los honorarios de arquitectos, interventores, ingenieros, técnicos, consultores u otros profesionales, que sean razonablemente necesarios, así como los gastos de viaje y estadía que se requieran para la planificación, reconstrucción o reparación de los bienes asegurados, a condición de que sea consecuencia de un siniestro cubierto por este seguro. Se ampara bajo la presente cobertura, los gastos en que incurra el asegurado para realizar remplazos temporales y/o provisionales o reacondicionamientos y/o reparación de los bienes asegurados afectados por siniestro, así como la ejecución de obras o construcciones provisionales o transitorias, siempre y cuando estos gastos sean requeridos para la preservación y/o conservación de los bienes asegurados con el fin de establecer y continuar con igual eficiencia, como sea posible, las operaciones del giro normal de las actividades del asegurado que sean afectados directamente por un evento amparado. Mediante esta cobertura se amparan los gastos demostrados en que incurra el asegurado, para la reproducción o remplazo de la información contenida en documentos, manuscritos, planos, así como la reposición de archivos propios del negocio, que sean afectados por la ocurrencia de un evento amparado por la póliza; esta cobertura se extiende a los gastos de la transcripción y/o reconstrucción, incluyendo honorarios y demás gastos a que hay...
Gastos Adicionales. Sujeto a los SUBLIMITES especificados en la carátula de esta póliza los cuales operaran por vigencia, La Compañía reembolsará, en adición a la suma indemnizable como consecuencia de la afectación xxx xxxxxx básico, los gastos adicionales en que incurra el asegurado y que se enuncian a continuación, sin aplicación del deducible establecido para los demás amparos, sin embargo la indemnización total de la pérdida indemnizable cubierta por esta póliza más los gastos otorgados, no excederán del valor total asegurado estipulado en la presente póliza de acuerdo a lo estipulado en el capítulo IV “Suma Asegurada” de esta póliza:
Gastos Adicionales. Mediante este sublímite serán amparados los gastos adicionales por concepto de horas extra, trabajo nocturno, trabajo en días festivos y flete expreso (excluido el flete aéreo), siempre y cuando tales gastos se originen con motivo de un daño o pérdida en los bienes asegurados indemnizables bajo las coberturas Básica y Adicionales de esta póliza. Sin embargo, es condición previa que dichos gastos adicionales sean desembolsados en relación con una pérdida o daño causado en los objetos asegurados e indemnizables bajo la póliza. HONORARIOS PROFESIONALES: Mediante este sublímite serán amparados los gastos de honorarios de profesionales (arquitectos, ingenieros, asesores legales o de cualquier especialidad) en que se haya incurrido necesariamente para el restablecimiento de la propiedad asegurada, con motivo de un daño o pérdida en los bienes asegurados indemnizables bajo las coberturas Básica y Adicionales de esta póliza.
Gastos Adicionales significa los costos y gastos asociados a la contratación, administración, mantenimiento y cualquier otro concepto del Financiamiento, adicionales al costo de los intereses, tales como comisiones de apertura, comisiones de estructuración, comisiones por retiro y anualidades, entre otros, que se encuentren previstos en la Oferta de Crédito. Definición modificada 24 septiembre 2018
Gastos Adicionales. Daños a portadores externos y recuperación de datos
Gastos Adicionales. 10% del monto de la perdida con un máximo de US$ 2’000,000.00