PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS AL ALIADO ESTRATÉGICO Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS AL ALIADO ESTRATÉGICO. 9.2.1 El Interventor, una vez verifique que se ha incurrido en una o algunas de las causales de incumplimiento que dan lugar a la aplicación de una multa, de conformidad con el numeral anterior, informará a Emdupar para que requiera al Aliado Estratégico, por escrito, sobre la procedencia de la multa, su valor y las razones que la acarrearon, según lo previsto en este Contrato. El Aliado Estratégico podrá evitar la aplicación de las multas poniéndose al día en el cumplimiento de sus obligaciones, para lo cual dispondrá de un término de hasta cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del informe a que se refiere el inciso anterior. De no remediar el incumplimiento señalado dentro de este plazo, se procederá como se establece a continuación. Si no hubiere objeción por escrito por parte del Aliado Estratégico respecto de la procedencia de la multa, o respecto a su tasación o cuantificación, dirigida tanto al Interventor como a Emdupar, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al día en que se le haya informado lo previsto en el párrafo anterior, Emdupar procederá a hacerlo efectivo descontándolo de los recursos existentes en la Subcuenta Uno, después de descontar los pagos de los Derechos de Entrada y Uso de los Activos, o cobrándola contra la Garantía Única de Cumplimiento o a través de la cobranza respectiva por la vía ejecutiva. Si hubiere objeción por parte del Aliado Estratégico en los términos señalados en el párrafo anterior, las Partes acudirán ante el mecanismo de Amigable Composición previsto en el Capitulo XIV del Contrato, para que dirima la controversia. Si el panel de Amigable Composición decide que la multa o sanción si se causó, Emdupar procederá a hacerla efectivo. En este caso, el valor de la multa se entenderá aumentado con la cuantificación de intereses sobre la suma correspondiente, a la tasa máxima de interés moratorio permitida por el Código de Comercio, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Esos intereses se cuantificarán desde el momento de la comunicación del Interventor o Emdupar en la cual informa al Aliado Estratégico del hecho o la circunstancia que causó la multa, hasta la fecha efectiva de su pago. En todo caso, la parte que resultare vencida con arreglo a dichos mecanismos correrá con las costas correspondientes al trámite ante el Amigable Componedor Para los efectos previstos en los dos párrafos anteriores se entenderá que, si el Aliado Estratégico no presenta objeción expresa por escrito, den...

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