Amigable Composición Cláusulas de Ejemplo

Amigable Composición. Las Partes acuerdan y reconocen que las diferencias que no puedan ser resueltas por ellas mismas de manera directa mediante el mecanismo previsto en la Sección 20.02 Arreglo Directo y que expresamente se han señalado en el presente Contrato para su resolución a través del mecanismo de amigable composición, se someterán a la decisión de un amigable componedor de acuerdo con las siguientes reglas:
Amigable Composición. Tanto “EL FIDEICOMISO” como “EL PRESTADOR” están de acuerdo en que, para el caso de diferencias o discrepancias respecto del contenido y cumplimiento del presente instrumento, en todo momento buscarán y pondrán la mejor de sus voluntades buscando llegar a una amigable composición previo al inicio o instauración de acciones legales de tipo judicial, respecto de su exigencia, cumplimiento o rescisión contenidos en el presente contrato.
Amigable Composición. Sin perjuicio de lo previsto en el subnumeral 5 del numeral 14.2.1 de esta sección, así como lo previsto en el capítulo XIV de este Contrato, cualquier otra diferencia relacionada con la ejecución de este Contrato, asociada a aspectos técnicos, o a aspectos económicos, financieros y/o contables, o aspectos jurídicos y –en cualquier caso- cuando la cuantía de la controversia no supere los DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000) que no pueda ser resuelta a través del arreglo directo entre las partes en un término de treinta (30) días calendario a partir del inicio de la negociación respectiva, será resuelta a través del mecanismo de la amigable composición, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Ley 446 de 1998, el Decreto 1818 de 1998, Ley 1563 de 2012, o las normas que los reemplacen, modifiquen o adicionen, por el asesor técnico, el asesor comercial - financiero o el asesor jurídico, según corresponda a la naturaleza del conflicto. En caso de desacuerdo sobre cuál de los tres tipos de asesores es el competente para decidir un determinado asunto, será Emdupar la encargada de definir, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha del desacuerdo, a cuál de ellos debe presentarse o someterse la definición de la controversia; de no hacerlo en el plazo antes señalado será el Aliado Estratégico quien lo defina. El asesor comercial y financiero, el asesor jurídico y el asesor técnico serán seleccionados libremente por la contraparte de la parte que suscite la controversia, de una lista de asesores que acordarán las partes una vez suscrito el presente Contrato. Estos asesores no tendrán competencia para modificar las cláusulas del Contrato, aunque sí para interpretarlas, de ser necesario, caso en el cual será el asesor jurídico, elegido de acuerdo con el procedimiento establecido en esta cláusula, quien aplicará las reglas de interpretación de los contratos, previstas en las normas vigentes.
Amigable Composición. Las Partes acuerdan acudir a un panel de Amigables Componedores permanente para definir todas aquellas controversias respecto de las cuales ya se haya surtido la Instancia Ejecutiva y que también sean susceptibles de Arbitraje de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 48 del presente anexo. Dentro de los diez (10) días siguientes a la culminación formal de la instancia ejecutiva, si el desacuerdo persiste, la parte interesada, deberá informar por escrito a la otra su intención de iniciar el mecanismo de Amigable Composición.‌ El panel de Amigables Componedores decidirá en derecho, de manera vinculante e imparcial las controversias que surjan entre las partes, sin perjuicio de que cualquier otra controversia pueda ser sometida a este mecanismo de solución, previo acuerdo entre las Partes.
Amigable Composición. Es el mecanismo de solución de conflictos mediante el cual los partes seleccionan uno persono natural o jurídico neutral e imparcial, con formación y experiencia en aspectos relacionados con el objeto y actividades del Contrato de Prestación de Servicios de Operación. poro que tome lo decisión sobre un conflicto tronsigible, en virtud del mandato que le ha sido otorgado por las portes del contrato.

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  • DISPOSICIONES APLICABLES La institución de fianzas y el Proveedor se someten expresamente a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de [XXXXXXXXXXXX], por lo que la Institución de fianzas y el Proveedor renuncian a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y dejan sin efectos cualquier otro pacto que sobre la materia aparezcan en el formato de esta Póliza de fianza. Fecha: ________________ Carta de Crédito Irrevocable Standby Núm. __________ Contrato: _______________________ [Insertar el número de contrato] Estimados Señores: crédito irrevocable Standby (la “Carta de Crédito”) por la cantidad de (ejem: Pesos Mexicanos) (M.N.$_________) (la “Suma Garantizada”) a favor de [CFE], [CFE Empresa Productiva Subsidiaria, EPS], [Área Contratante] (la “Comisión”), en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de la Compañía, asumidas en virtud del Contrato No.____________ (el “Contrato”) que tiene por objeto la adquisición de ___________________________________________ ___________, el cual se celebró entre la Comisión y la Compañía el ______________________, mismo que fue adjudicado de conformidad con el procedimiento de contratación _. Sujeto a las demás estipulaciones contenidas en esta Carta de Crédito, la Comisión podrá, en o antes de la Fecha de Vencimiento referida a continuación, en una o más ocasiones, requerir del Banco Emisor pagos parciales o el pago total de la Suma Garantizada, mediante la presentación de un requerimiento escrito en papel membretado de la Comisión y firmado por su representante legal (un “Requerimiento de Pago”), especificando el monto del pago requerido e indicando: