PUBLICIDAD/CONFIDENCIALIDAD Cláusulas de Ejemplo

PUBLICIDAD/CONFIDENCIALIDAD. El SUMINISTRADOR no revelará la existencia de este Contrato, ni el hecho de que esté realizando suministros/trabajos a favor de la COMPAÑÍA, sin que ésta haya dado su consentimiento previo y por escrito. El SUMINISTRADOR no deberá hacer uso del nombre de la COMPAÑÍA en ningún anuncio ni oferta de trabajo sin la previa aprobación de la COMPAÑÍA tanto de los detalles como del uso que se pretende hacer de ellos. El SUMINISTRADOR no podrá fotografiar ninguna de las instalaciones de la COMPAÑÍA ni parte de las mismas sin el previo consentimiento de la COMPAÑÍA. Toda la información sobre la COMPAÑÍA a la que tuviera acceso el SUMINISTRADOR por razón de este Contrato –tanto de carácter técnico como económico empresarial– será tratada por éste con carácter de confidencial y no podrá ser divulgada a terceros ni utilizada por él para otros fines que los previstos en este Contrato. Esta obligación de confidencialidad sobrevivirá la expiración del presente Contrato, siendo de aplicación en materia de confidencialidad la totalidad de las previsiones contenidas en el ANEXO G. En el supuesto de que el SUMINISTRADOR deba acceder a documentación clasificada se deberá contar tanto con acuerdo de Seguridad con el Ministerio de Defensa como con garantía personal de Seguridad de las personas que vayan a acceder a la citada documentación.
PUBLICIDAD/CONFIDENCIALIDAD. El CONTRATISTA no revelará la existencia de este Contrato, ni el hecho de que esté realizando los Servicios a la COMPAÑÍA, sin que ésta haya dado su consentimiento previo y por escrito. El CONTRATISTA no deberá hacer uso del nombre de la COMPAÑÍA en ningún anuncio ni oferta de trabajo sin la previa aprobación de la COMPAÑÍA tanto de los detalles como del uso que se pretende hacer de ellos. El CONTRATISTA no podrá fotografiar ninguna de las instalaciones de la COMPAÑÍA ni parte de las mismas sin el previo consentimiento de la COMPAÑÍA. Toda la información sobre la COMPAÑÍA a la que deba tener acceso el CONTRATISTA por razón de este Contrato –tanto de carácter técnico como económico empresarial– será tratada por éste con carácter de confidencial y no podrá ser divulgada a terceros ni utilizada por él para otros fines que los previstos en este Contrato. Esta obligación de confidencialidad sobrevivirá la expiración del presente Contrato, siendo de aplicación en materia de confidencialidad la totalidad de las previsiones contenidas en el Anexo G. En el supuesto de que el CONTRATISTA deba acceder a documentación clasificada se deberá contar tanto con acuerdo de Seguridad con el Ministerio de Defensa como con garantía personal de Seguridad de las personas que vayan a acceder a la citada documentación. En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal si durante la prestación de servicios recogidos en este Con- trato, el personal del CONTRATISTA tuviera acceso o conocimiento, directo o indirecto, de datos de carácter personal tratados en la COMPAÑIA, tendrá la obligación de man- tener el deber xx xxxxxxx respecto a su contenido, aun después de haber cesado su re- lación laboral con aquella. En este sentido, el CONTRATISTA se compromete a guardar absoluto secreto y confidencialidad así como a no efectuar ningún tipo de copia para su uso propio o de terceras personas, sobre cualesquiera datos o información de carácter personal y/o confidencial así como cualesquiera informaciones o circunstancias relativas a personas cuyos datos conozca y a los que haya tenido acceso con motivo de la prestación del servicio contratado, comprometiéndose a no divulgarla, publicitarla, cederla, revelarla, ni de otra forma directa o indirecta, ponerla a disposición de terceros, ni total ni parcialmente, debiendo comunicar este deber a su personal y velar por su efectivo cumplimiento. Las anteriores obligaciones subsistirán tr...
PUBLICIDAD/CONFIDENCIALIDAD. El Contratista no efectuará; excepto con el consentimiento previo y por escrito del Contratante, ningún tipo de anuncio, declaración y/o publicación relacionada con este Acuerdo y/o con las obligaciones de las Partes aquí establecidas y/o relacionadas con los Servicios cuando los Servicios hubieran sido prestados especialmente para el Contratante. Asimismo, el Contratista se compromete a no divulgar, e instruir a su personal en el mismo sentido, ninguno de los aspectos del Acuerdo ni de los documentos que lo integran.

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  • Notificación de Adjudicación 39.1 Antes de la expiración del período de validez de las Ofertas, el Contratante notificará por escrito al Licitante seleccionado que su Oferta ha sido aceptada utilizando la carta de aceptación incluida en los Formularios del Contrato. Al mismo tiempo, el Contratante también notificará los resultados de la licitación a todos los demás Licitantes y publicará en los sitios de Internet de United Nations Development Business y dgMarket los datos de identificación de la Oferta y de los lotes, junto con la siguiente información: (i) nombre de cada uno de los Licitantes que presentó una Oferta; (ii) precios de las Ofertas conforme se leyeron en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) nombre y precios evaluados de cada Oferta considerada; (iv) nombre de los Licitantes cuyas Ofertas fueron rechazadas, y el motivo de los rechazos; y (v) nombre del Licitante seleccionado y el precio que ofreció, así como la duración y el resumen del alcance del contrato adjudicado. 39.2 Mientras se prepara y hace efectivo un contrato formal, la notificación de adjudicación constituirá un contrato vinculante. 39.3 El Contratante responderá prontamente por escrito a todos los Licitantes cuyas Ofertas no hayan sido seleccionadas y que, con posterioridad a la notificación de la adjudicación según la subcláusula 39.1 de las IAL, soliciten por escrito las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx