SUB-CONTRATISTAS Cláusulas de Ejemplo

SUB-CONTRATISTAS. La Contratista deberá solicitar la autorización escrita de la Administración para sub-contratar parte de los trabajos siempre que no estuviera así indicado en la propuestas. Si la Contratista se viera obligada por causas de fuerza mayor a sustituir alguno de los sub-contratistas propuestos en la oferta, deberá solicitar por escrito la autorización a ANCAP, expresando las razones de la sustitución y los antecedentes del nuevo sub-contratista, ANCAP podrá autorizar o no la incorporación del nuevo sub-contratista. Si durante la ejecución de las obras alguno de los sub-contratistas dejara de cumplir con las exigencias técnicas del proyecto, ANCAP podrá solicitar su sustitución al adjudicatario. En todos los casos se entenderá que el cambio de sub-contratistas no dará lugar a modificación alguna en los términos originarios del contrato.
SUB-CONTRATISTAS. El Contratista supervisará y dirigirá diariamente la ejecución de los Servicios y la labor y desempeño de los Sub-contratistas y los empleados y equipos de los Sub-contratistas, si los hubiere. En todo momento, el Contratista mantendrá el Lugar de Emplazamiento libre de desechos y basuras producidas por sus operaciones, teniendo en cuenta las normas de medio ambiente citadas en las presentes Condiciones y las vigentes para la actividad que se realiza. Previo a la Recepción la Contratista retirará todos sus equipos y completará la remoción de todo el material de desecho, residuo y la basura resultante de los Servicios, del Lugar de Emplazamiento y de sus alrededores, acreditando por entrega a la Contratante de certificado oficial de disposición final de dichos residuos, emitido por las autoridades locales, provinciales o nacionales según correspondiera. En caso de no cumplir el Contratista con esta obligación, la Contratante tendrá derecho a hacerse cargo de dichos trabajos de limpieza, descontando los costos asociados a la misma de los pagos pendientes al Contratista.
SUB-CONTRATISTAS. El contratista deberá solicitar la autorización escrita de la IDP, para subcontratar parte de los trabajos. En su solicitud deberá indicar la naturaleza de la obra que se propone subcontratar y someterá a la aprobación de la IDP el nombre de cada subcontratista, su respectiva especialidad y la dirección de su establecimiento. Queda a juicio de la IDP prestar su conformidad para que parte de la obra sea sub contratada, así cómo aceptar o no el sub contrato propuesto. Si el adjudicatario se viera obligado por causas de fuerza mayor a sustituir alguno de los sub contratistas propuestos en la oferta, deberá solicitar por escrito la autorización a la IDP, expresando las razones de sustitución y los antecedentes del nuevo sub contratista. Si durante la ejecución de la obra alguno de los sub contratistas dejara de cumplir las exigencias técnicas del proyecto, la IDP podrá solicitar su sustitución al adjudicatario. En todos los casos se entenderá que el cambio de sub contratistas, no dará lugar a modificación alguna en los trámites originarios del contrato
SUB-CONTRATISTAS. No se aceptan servicios de sub-contratistas para el cumplimiento de los servicios de consultoría que forman parte de esta Solicitud.
SUB-CONTRATISTAS. Cada oferente deberá indicar si utilizará subcontratistas Si el adjudicatario se viera obligado por causas de fuerza mayor a sustituir alguno de los sub-contratistas propuestos en la oferta, deberá solicitar por escrito la autorización a ANCAP, expresando las razones de la sustitución y los antecedentes del nuevo sub-contratista.- Si durante la ejecución de la obra alguno de los sub-contratistas dejara de cumplir con las exigencias técnicas del proyecto, ANCAP podrá solicitar su sustitución al adjudicatario.- En todos los casos se entenderá que el cambio de sub-contratistas no dará lugar a modificación alguna en los términos originarios del contrato.-
SUB-CONTRATISTAS. 26.1 Los Consultores que planeen subcontratar expertos para uno o más cargos del personal clave a proponer, deberán especificar para cuáles cargos proponen consultores subcontratados a fin de cumplir con los requisitos establecidos. En estos casos la subcontratación deberá ser como máximo de hasta 49% de los cargos de personal clave. 26.2 Los consultores podrán contratar empresa para la realización de tareas de apoyo a la consultoría. En todos los casos, las subcontrataciones que los consultores establezcan en su propuesta para la realización de la consultoría podrán representar en total, hasta un máximo del 49% del monto total del contrato suscrito con el Organismo Ejecutor.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.