Recepción de la Obra y plazos a) En la fecha de la culminación de la obra, el Residente anotará tal hecho en el Cuaderno de Obra y solicitará la recepción de la misma. El Supervisor informará a PETROPERÚ de la anotación realizada por el Residente, en el plazo establecido en las Bases, ratificando o no lo indicado por éste. En caso el Supervisor verifique la culminación de la obra, PETROPERÚ procederá a designar un Comité de Recepción dentro del plazo establecido en las Bases. Dicho Comité estará integrado, cuando menos, por un representante de PETROPERÚ, necesariamente ingeniero o arquitecto, según corresponda a la naturaleza de los trabajos y por el Supervisor, a fin de verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas y efectuar las pruebas que sean necesarias para comprobar el funcionamiento de las instalaciones y equipos. Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procederá con la recepción de la obra. El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros del Comité, el contratista y su Residente.
b) De existir observaciones, éstas se consignarán en el Acta respectiva y no se recibirá la obra. En las Bases se establecerá el procedimiento y plazos para la subsanación de observaciones. Las obras que se ejecuten para subsanar las observaciones realizadas no darán derecho al pago de ningún concepto a favor del contratista. Subsanadas las observaciones, el contratista solicitará nuevamente la recepción de la obra en el Cuaderno de Obra, lo cual será verificado por el Supervisor e informado a PETROPERÚ en el plazo establecido en las Bases. De haberse subsanado las observaciones a conformidad del Comité de Recepción, se suscribirá el Acta de Recepción de Obra.
c) En caso el contratista o su Residente no estuviese conforme con las observaciones, anotará su discrepancia en el Acta. El Comité de Recepción elevará al nivel que lo designó, todo lo actuado con un informe sustentado de sus observaciones. PETROPERÚ deberá pronunciarse sobre dichas observaciones. Si durante el plazo otorgado para la subsanación, PETROPERÚ comprueba que no se ha dado inicio a los trabajos correspondientes, salvo circunstancias justificadas y acreditadas por el contratista, dará por vencido dicho plazo, podrá tomar el control de la obra y realizará las acciones que considere pertinentes.
d) Está permitida la recepción parcial de secciones terminadas de las obras, cuando ello se hubiera previsto expresamente en las Bases, en el contrato o las partes expre...
Recepción de la Obra y plazos. 1. En la fecha de la culminación de la obra, el residente anotará tal hecho en el cuaderno de obras y solicitará la recepción de la misma. El inspector o supervisor, en un plazo no mayor de cinco (5) días posteriores a la anotación señalada, lo informará a la Entidad, ratificando o no lo indicado por el residente. En caso que el inspector o supervisor verifique la culminación de la obra, la Entidad procederá a designar un comité de recepción dentro de los siete (7) días siguientes a la recepción de la comunicación del inspector o supervisor. Dicho comité estará integrado, cuando menos, por un representante de la Entidad, necesariamente ingeniero o arquitecto, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, y por el inspector o supervisor. En un plazo no mayor de veinte (20) días siguientes de realizada su designación, el Comité de Recepción, junto con el contratista, procederá a verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas y efectuará las pruebas que sean necesarias para comprobar el funcionamiento de las instalaciones y equipos. Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procederá a la recepción de la obra, teniéndose por concluida la misma, en la fecha indicada por el contratista. El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros del comité y el contratista.
Recepción de la Obra y plazos. 208.1. En la fecha de la culminación de la obra, el residente anota tal hecho en el cuaderno de obras y solicita la recepción de la misma. El inspector o supervisor, en un plazo no mayor de cinco (5) días posteriores a la anotación señalada, corrobora el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos, especificaciones técnicas y calidad, de encontrarlo conforme anota en el cuaderno de obra y emite el certificado de conformidad técnica, que detalla las metas del proyecto y precisa que la obra cumple lo establecido en el expediente técnico de obra y las modificaciones aprobadas por la Entidad, remitiéndolo a esta dentro de dicho plazo. De no constatar la culminación de la obra anota en el cuaderno de obra dicha circunstancia y comunica a la Entidad, en el mismo plazo.
Recepción de la Obra y plazos. Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procede a la recepción de la obra, y se considera concluida en la fecha anotada por el contratista en el cuaderno de obra. El Acta de Recepción debe ser suscrita por los miembros del comité y el contratista.
Recepción de la Obra y plazos. Está permitida la recepción parcial de secciones terminadas de las obras, cuando ello se hubiera previsto expresamente en las bases, en el contrato o las partes expresamente lo convengan. La recepción parcial no exime al contratista del cumplimiento del plazo de ejecución; en caso contrario, se le aplican las penalidades correspondientes.
Recepción de la Obra y plazos. La recepción estará a cargo de un Comité de Recepción de Obra designado por el Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, en concordancia con el artículo 93° del reglamento del Procedimiento de Contratación Publica Especial para la Reconstrucción con Cambios aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. Además, el Contratista después del término de la obra y antes de la recepción de la misma, deberá presentar al supervisor de la obra los siguientes documentos para su revisión verificación y conformidad: • Memoria descriptiva valorizada. • Planos de replanteo o post construcción (los que reflejarán fielmente el estado final de construcción de la obra).
Recepción de la Obra y plazos. SUB CAPÍTULO X