Common use of RECEPCIÓN DE OBRA Clause in Contracts

RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRA, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRA, o antes, mediante el Libro de órdenes solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para la realización del Acto de Recepción Provisional. Si la OBRA, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final de la OBRA. Para la entrega provisional de la OBRA, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantía. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generales. La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba la carta de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepción, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRA. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA sea utilizada. Empero las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE (o por el Residente, si así corresponde por el monto de la obra). Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos a favor o en contra a efectos de proceder si corresponde a la devolución de Garantías. Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir a la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato.

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RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRA, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos presente Contrato y especificaciones técnicas las Especificaciones Técnicas y que, en consecuencia, la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA en La Comisión de Recepción de la Obra estará conformada por el plazo FISCAL DE OBRA, un representante de cinco la Unidad Administrativa y algún otro servidor público que fuera necesario. Tres (53) días hábiles calendario antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRA, o antesel CONTRATISTA, mediante el Libro de órdenes Órdenes solicitará al SUPERVISOR FISCAL DE OBRA señale día y hora para la realización del Acto de Recepción ProvisionalProvisional de la OBRA; solicitando una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y concluidos de acuerdo a las Especificaciones Técnicas. Si la OBRA, a juicio técnico del SUPERVISOR FISCAL DE OBRA se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL hará conocer al SUPERVISOR DE OBRA hará conocer y a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final El CONTRATISTA, mediante el Libro de Órdenes solicitará al SUPERVISOR DE OBRA, señale día y hora para la realización del Acto de Recepción Provisional de la OBRA y solicitará el CONTRATISTA al SUPERVISOR DE OBRA una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos ejecutados, se realizaron de acuerdo a las Especificaciones Técnicas. Si la OBRA, a juicio técnico del SUPERVISOR DE OBRA se halla correctamente ejecutada, conforme a los documentos del presente Contrato, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la Recepción Provisional. Para la entrega provisional Recepción Provisional de la OBRA, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantíahasta la Recepción Definitiva. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓNdel SUPERVISOR DE OBRA. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional Recepción Provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generalespresente Contrato. La Recepción Provisional se iniciará cuando el día y a la hora fijada por el SUPERVISOR reciba DE OBRA, previa coordinación con el FISCAL DE OBRA, conjuntamente con la carta Comisión de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción ProvisionalRecepción, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepciónefecto, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, ; instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, en el Acta de Recepción Provisional. En función a la magnitud de las observaciones se debe establecer el plazo previsto en días calendario, computables a partir del día siguiente de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRA. Si a juicio del SUPERVISORSUPERVISOR DE OBRA, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra OBRA lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA sea utilizada. Empero si las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR DE OBRA tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE (o por el Residente, si así corresponde por el monto de la obra). Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos a favor o en contra a efectos de proceder si corresponde a la devolución de Garantías. Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir a la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato.

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RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRA, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. RECEPCIÓN PROVISIONAL El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRA, o antescontratista, mediante el Libro de órdenes Órdenes solicitará al SUPERVISOR DE OBRA, señale día y hora para la realización del Acto de Recepción ProvisionalProvisional de la Obra y solicitará el CONTRATISTA al SUPERVISÓR una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos ejecutados, se realizaron de acuerdo a las Especificaciones Técnicas. Si la OBRAobra, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final Para la Recepción Provisional de la OBRA. Para la entrega provisional de la OBRAobra, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantíahasta la Recepción Definitiva. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓNdel SUPERVISOR. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional Recepción Provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generalespresente Contrato. La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba día y a la carta hora fijada por el SUPERVISOR, previa coordinación con el fiscal de aceptación obra, conjuntamente con la comisión de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisionalrecepción, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepciónefecto, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, ; instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, en el Acta de Recepción Provisional. En función a la magnitud de las observaciones se debe establecer el plazo previsto en días calendario, computables a partir del día siguiente de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRA. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA obra sea utilizada. Empero si las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA obra sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE (o por el Residente, si así corresponde por el monto de la obra). Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos a favor o en contra a efectos de proceder si corresponde a la devolución de Garantías. Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir a la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato.

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RECEPCIÓN DE OBRA. A El consultor debe considerar en su propuesta que realizará junto con la Empresa Misicuni la Recepción Provisional y Definitiva de las obras.  Recepción Provisional de la Obra Una vez concluida la obra y de no mediar objeciones ni observaciones serias con la calidad y la conclusión de la OBRAobra, luego del recorrido de inspección conjunta entre el Supervisor, el CONTRATISTA solicitará Contratista y los representantes técnicos del Contratante como observadores; el Supervisor procederá a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución Recepción Provisional de la OBRAobra, o antesbajo su directa responsabilidad técnica, mediante suscribiendo el Libro Acta correspondiente con el Gerente de órdenes solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para la realización del Acto de Recepción Provisional. Si la OBRA, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final de la OBRA. Para la entrega provisional de la OBRA, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantía. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generales. La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba la carta de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepción, Proyecto en la que se harán indicará claramente el estado final de la obra, haciéndose constar todas las deficienciassi corresponde, anomalías e imperfecciones todos los trabajos de corrección o complementación que pudieran el Contratista debe ejecutar dentro del período de prueba. Esta Acta también deberá ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas suscrita por el CONTRATISTA dentro del periodo Contratista (Superintendente de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendarioObra). La fecha de esta recepción solicitud de Recepción Provisional servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRAobra. Si a juicio del SUPERVISOR Recepción Definitiva Cumplidos los días calendarios requeridos, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA sea utilizada. Empero las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes subsiguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a Provisional tendrá lugar la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE (o por el Residente, si así corresponde por el monto Recepción Definitiva de la obra)Obra. AsimismoA este objeto el Contratista, mediante carta expresa indicará que han sido subsanadas todas las observaciones (si existieron) y solicitará al Supervisor fije día y hora para la Recepción Definitiva de la Obra. El Supervisor en consulta con el CONTRATISTA podrá establecer Contratante, fijará día y hora para el importe verificativo de los pagos a los cuales considere tener derechola inspección técnica final, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final si corresponde se procederá a la Liquidación Recepción Definitiva de Saldos para establecer la obra. A este acto concurrirá el Superintendente de la Obra en representación legal del Contratista, el Gerente de Proyecto en representación legal del Supervisor y los representantes técnicos que a este efecto acredite el Contratante. La mencionada comisión realizará una inspección total de la Obra y si el CONTRATISTA tiene saldos no surgen observaciones, procederá a favor o en contra la redacción y firma del Acta de Recepción Definitiva, a partir de lo cual la obra pasa a responsabilidad de la entidad Contratante, como propietaria, a los efectos de proceder si corresponde su utilización y mantenimiento. Inmediatamente después de que la Obra haya sido concluida a satisfacción del Contratante y entregada definitivamente por el Contratista y el Supervisor, éste procederá a la devolución preparación del certificado de Garantíasmedición final, el cual será sometido al conocimiento, aceptación u observaciones del Contratista, en forma escrita. Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado El Contratante no tendrá responsabilidad alguna hacia el Contratista por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA cualquier reclamo emergente o relacionado con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a contrato o la ejecución de garantías; asimismola obra, podrá recurrir o a menos que dicho reclamo esté plenamente detallado en el Estado Final de las Cuentas. Con la vía coactiva fiscal, aprobación del Supervisor el certificado final de pago seguirá en trámite de aceptación final y pago por la naturaleza administrativa del Contratoel Contratante.

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RECEPCIÓN DE OBRA. A Para la recepción de los trabajos materia del presente contrato, las partes se sujetan al siguiente procedimiento. “El Contratista” comunicará a “El Municipio” la conclusión de la OBRA, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos que le fueron ejecutados y terminados encomendados para que dentro del plazo de veinte días verifique la correcta terminación de los mismos conforme a las condiciones establecidas en concordancia con las cláusulas del el contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, al finalizar la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas verificación de los trabajos “El Municipio” contará con un plazo xx xxxx días naturales para proceder a su entrega. El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRA, o antesrecepción física, mediante el Libro levantamiento de órdenes solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para acta de entrega-recepción correspondiente, quedando a partir de dicho acto la realización obra bajo su responsabilidad. Recibidos físicamente los trabajos, las partes deberán elaborar dentro del Acto de Recepción Provisional. Si la OBRA, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante término estipulado en el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final de la OBRA. Para la entrega provisional de la OBRAcontrato, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos finiquito de los materiales sobrantestrabajos, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantía. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generales. La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba la carta de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepción, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRA. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA sea utilizada. Empero las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE (o por el Residente, si así corresponde por el monto de la obra). Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos créditos a favor o en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante. Determinado el saldo total, “El Municipio” pondrá a efectos disposición de proceder si corresponde “El Contratista” el pago correspondiente, mediante su ofrecimiento a la devolución consignación respectiva, o bien solicitará el reintegro de Garantías. Si efectuada la Liquidación los importes resultantes; debiendo, en forma simultánea, levantar el acta administrativa que de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables contrato. En el supuesto de que durante la ejecución del presente contrato llegaren a partir del surgir discrepancias de carácter técnico y administrativo, sobre los aspectos que más adelante se señalan de manera específica y limitativa, las partes convienen en que los representantes designados por cada una de ellas en la cláusula décima se notifiquen por escrito la discrepancia, indicando de manera expresa en que consiste, para que inicie un procedimiento de aclaraciones al día siguiente de efectuada recibida la Liquidación notificación y en término no mayor a 10 (diez) días hábiles se procure llegar de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir común acuerdo a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir mejor solución para las partes. La resolución a la vía coactiva fiscalque lleguen las partes, deberá constar por escrito, para lo cual se levantará la naturaleza administrativa del Contratominuta correspondiente, que será suscrita por sus representantes, reconociendo desde ahora total validez a dicho acuerdo. En el supuesto de que, en el término establecido, los representantes de las partes no lleguen a ningún acuerdo que ponga fin a la discrepancia, quedarán a salvo sus derechos para hacerlos valer ante las autoridades competentes.

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Samples: Contrato De Obra Pública

RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRA, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA en el plazo de mínimo cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRA, o antes, mediante el Libro de órdenes Órdenes solicitará al SUPERVISOR SUPERVISOR, señale día y hora para la realización del Acto de Recepción ProvisionalProvisional de la OBRA y solicitara una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos que fueron ejecutados y terminados de acuerdo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas. Si la OBRA, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el presente Contrato hará conocer al FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; Recepción Provisional y solicitará la conformación de la Comisión de Recepción, este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final de la OBRA. Para la entrega provisional de la OBRA, el El CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantíahasta la recepción definitiva. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generalespresente Contrato. La Recepción Provisional se iniciará cuando en la fecha establecida por el SUPERVISOR reciba SUPERVISOR, la carta Comisión de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepciónefecto, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, defectos en el Acta de Recepción Provisional en función a la magnitud de las observaciones se debe establecer el plazo previsto en días hábiles computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRA. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA sea utilizada. Empero si las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación El SUPERVISOR deberá establecer de saldos forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder los treinta (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (1030) días calendario siguientes calendario. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha obra sea utilizada. Empero si las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la Recepción Provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones a la empresa hasta que la OBRA sea entregada de forma satisfactoria Recepción Definitiva. El CONTRATISTA cinco (5) días hábiles antes de que concluya el plazo previsto para la recepción definitiva, posterior a la entrega provisional, mediante el Libro de Órdenes, solicitará al SUPERVISOR el señalamiento de día y hora para la Recepción Definitiva de la OBRA, haciendo conocer que han sido corregidas las fallas y subsanadas las deficiencias y observaciones señaladas en el Acta de Recepción Provisional (si estas existieron). El SUPERVISOR señalará la fecha y hora para el verificativo de este acto y pondrá en conocimiento de la ENTIDAD. La Comisión de Recepción realizará un recorrido e inspección técnica total de la OBRA y, si no surgen observaciones, procederá a la redacción y suscripción del Acta de Recepción Definitiva. Ningún otro documento que no sea el descrito podrá considerarse como una admisión de que el contrato ha sido debidamente ejecutado, en dicha Acta se hará constar que la OBRA ha sido concluida a entera satisfacción de la ENTIDAD. Si en la inspección se establece que no se subsanaron o corrigieron las deficiencias observadas, no se procederá a la Recepción Definitiva hasta que la Obra esté concluida a satisfacción y conformidad con las Especificaciones Técnicas y el presente Contrato, en el lapso que medie desde el día en que debió hacerse efectiva la entrega hasta la fecha en que se realice, correrá la multa pertinente, aplicándose el porcentaje estipulado en el contrato Devolución de la garantía: Una vez que el CONTRATISTA haya cumplido todas sus obligaciones emergentes del Contrato, la ENTIDAD procederá a la devolución de la (s) Garantía (s) de Cumplimiento de Contrato, si es que se encuentran libres de todo cargo en las Actas de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla Definitiva y/o Certificado Final de cantidades finales de obraPago, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo después xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o hábiles siguientes de emitido el Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE (o por el Residente, si así corresponde por el monto Cumplimiento de la obra). Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos a favor o en contra a efectos de proceder si corresponde a la devolución de Garantías. Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir a la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato.

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RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRAobra, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA obra se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRAobra, o antes, mediante el Libro de órdenes solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para la realización del Acto de Recepción ProvisionalProvisional de la Obra. Si la OBRAobra, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA Obra será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final de la OBRAObra. Para la entrega provisional de la OBRAobra, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantía. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generales. La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba la carta de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepción, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRAobra. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA obra sea utilizada. Empero las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA obra sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE Superintendente de Obra (o por el Residente, si así corresponde por el monto de la obra). Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos a favor o en contra a efectos de proceder si corresponde a la devolución de Garantías. Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir a la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato.

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RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRA, el Una vez realizados por LA CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contratocontratados, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRA, o antes, mediante el Libro de órdenes solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para la realización del Acto de Recepción Provisional. Si la OBRA, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de corresponderá automáticamente proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder provisional de la obra. Al efecto se labrará un Acta que suscribirán LA CONTRATISTA y el director de obra, en su propio carácter y como representante técnico de LA COMITENTE. Del Acta y documentos anexos se confeccionarán tres ejemplares, el original para LA COMITENTE, un duplicado para el director de obra y un triplicado para LA CONTRATISTA. El Acta de Recepción provisional de la obra implica que la misma ha sido realizada conforme la documentación contractual y las órdenes impartidas por el director de obra. Las observaciones que el director de obra pudiere formular relativas a detalles de terminación de la obra serán consignadas explícitamente a fin de que LA CONTRATISTA los subsane durante el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de garantía, pero en ningún caso tales observaciones podrán ser invocadas como motivo para no proceder a la OBRA será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final de la OBRA. Para la entrega recepción provisional de la OBRAobra. Si el director de obra, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantesprevio aviso fehaciente, escombrosenviado con diez días de anticipación por LA CONTRATISTA, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantía. Esta limpieza estará sujeta no concurriere a la aprobación obra, la recepción se dará por cumplida mediante comunicación fehaciente cursada a LA COMITENTE. El uso parcial o total de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para obra por parte de LA COMITENTE significará automáticamente la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generales. La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba la carta de aceptación de la ENTIDAD, obra. El plazo de garantía se fija en este caso tiene un plazo máximo de tres 60 (3sesenta) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepción, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisionalla recepción provisional. El SUPERVISOR deberá establecer Si durante el transcurso de forma racional en función al tipo ese plazo se observan deficiencias provenientes de una mala calidad de los materiales, defectuosa mano de obra o mal funcionamiento de las instalaciones. LA CONTRATISTA deberá realizar, a su xxxxx, las reparaciones pertinentes. Si se negare a hacerlo, dentro de un plazo razonable, sin dar razón de su negativa, LA CONTRATISTA podrá hacer ejecutar los trabajos de reparaciones, deduciendo el importe de su costo del fondo de reparos. Si dicho fondo fuere insuficiente para cubrir tales gastos, LA COMITENTE tendrá el derecho de exigir a LA CONTRATISTA el reintegro de la diferencia. En ningún caso LA CONTRATISTA será responsable de los deterioros motivados por causas de fuerza mayor, hechos fortuitos, mala utilización o empleo indebido de las instalaciones, como tampoco por los motivados, directa o indirectamente, por un contrato directo que se haya reservado LA COMITENTE. Transcurrido el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitivagarantía, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRA. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA sea utilizada. Empero las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar lugar automáticamente la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE (o por el Residente, si así corresponde por el monto de la obra). Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido se efectuará con las mismas formalidades que la provisional. La recepción definitiva no purga la responsabilidad por vicios ocultos a que hace referencia el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte artículo 1647 bis del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos a favor o en contra a efectos de proceder si corresponde a la devolución de Garantías. Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir a la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del ContratoCódigo Civil.

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Samples: Contrato De Excavacion

RECEPCIÓN DE OBRA. A la conclusión de la OBRAobra, el CONTRATISTA solicitará a la SUPERVISIÓN una inspección conjunta para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones técnicas y que, en consecuencia, la OBRA obra se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega. El CONTRATISTA en el plazo de cinco (5) Cinco días hábiles antes de que fenezca el plazo de ejecución de la OBRAobra, o antes, mediante el Libro de órdenes solicitará al SUPERVISOR señale día y hora para la realización del Acto de Recepción ProvisionalProvisional de la Obra. Si la OBRAobra, a juicio técnico del SUPERVISOR se halla correctamente ejecutada, conforme a los planos documentos del CONTRATO, mediante el FISCAL DE OBRA hará conocer a la ENTIDAD su intención de proceder a la recepción provisional; este proceso no deberá exceder el plazo de tres (3) días hábiles. La Recepción de la OBRA Obra será realizada en dos etapas que se detallan a continuación: Recepción Provisional. Esta etapa contempla: La Limpieza final de la OBRAObra. Para la entrega provisional de la OBRAobra, el CONTRATISTA deberá limpiar y eliminar todos los materiales sobrantes, escombros, basuras y obras temporales de cualquier naturaleza, excepto aquellas que necesite utilizar durante el periodo de garantía. Esta limpieza estará sujeta a la aprobación de la SUPERVISIÓN. Este trabajo será considerado como indispensable para la recepción provisional y el cumplimiento del contrato. Si esta actividad no fue incluida de manera independiente en el presupuestoPresupuesto, no será sujeto de pago directo, debiendo el CONTRATISTA incluir su incidencia en el componente de Gastos Generales. La Recepción Provisional se iniciará cuando el SUPERVISOR reciba la carta de aceptación de la ENTIDAD, en este caso tiene un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para proceder a dicha Recepción Provisional, de lo cual se dejará constancia escrita en Acta circunstanciada que se levantará al efecto por la Comisión de Recepciónefecto, en la que se harán constar todas las deficiencias, anomalías e imperfecciones que pudieran ser verificadas en esta diligencia, instruyéndose sean subsanadas por el CONTRATISTA dentro del periodo de corrección de defectos, computables a partir de la fecha de dicha Recepción Provisional. El SUPERVISOR deberá establecer de forma racional en función al tipo de obra el plazo máximo para la realización de la Recepción Definitiva, mismo que no podrá exceder de ciento ochenta (180) días calendario. La fecha de esta recepción servirá para efectos del cómputo final del plazo de ejecución de la OBRAobra. Si a juicio del SUPERVISOR, las deficiencias y observaciones anotadas no son de magnitud y el tipo de obra lo permite, podrá autorizar que dicha OBRA obra sea utilizada. Empero las anomalías fueran mayores, el SUPERVISOR tendrá la facultad de rechazar la recepción provisional y consiguientemente, correrán las multas y sanciones al CONTRATISTA hasta que la OBRA obra sea entregada en forma satisfactoria. Liquidación de saldos (PLANILLA DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de Recepción Provisional, el SUPERVISOR elaborará una planilla de cantidades finales de obra, con base a la Obra efectiva y realmente ejecutada, dicha planilla será cursada al CONTRATISTA para que el mismo dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario subsiguientes elabore la planilla o Certificado de Liquidación Final conjuntamente con los planos “AS BUILT” y la presente al SUPERVISOR en versión definitiva con fecha y firma del SUPERINTENDENTE (o por el Residente, si así corresponde por el monto de la obra). Asimismo, el CONTRATISTA podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Si el CONTRATISTA no elaborara la planilla o Certificado de Liquidación Final en el plazo establecido, el SUPERVISOR en el plazo de cinco (5) días calendario procederá a la elaboración de la planilla o Certificado de Liquidación Final, que será aprobada por el FISCAL DE OBRA, dicha planilla no podrá ser motivo de reclamo por parte del CONTRATISTA. Con la planilla o Certificado de Liquidación Final se procederá a la Liquidación de Saldos para establecer si el CONTRATISTA tiene saldos a favor o en contra a efectos de proceder si corresponde a la devolución de Garantías. Si efectuada la Liquidación de Saldos se estableciera saldos en contra del CONTRATISTA, la ENTIDAD procederá al cobro del monto establecido, mismo que deberá ser depositado por el CONTRATISTA en las cuentas fiscales de la ENTIDAD en el plazo xx xxxx (10) días calendario computables a partir del día siguiente de efectuada la Liquidación de Saldos, de incumplir el CONTRATISTA con el deposito señalado, la ENTIDAD podrá recurrir a la ejecución de garantías; asimismo, podrá recurrir a la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada