Recepción de órdenes de pago Cláusulas de Ejemplo

Recepción de órdenes de pago. I. El momento de recepción de una orden de pago será aquél en que es recibida por Cecabank. La hora máxima, a partir de la cual cualquier orden de pago que se reciba se considerará recibida el siguiente día hábil, será la establecida para cada uno de los servicios u operaciones de pago en las presentes Condiciones Generales de los Servicios de Pago o en las Cláusulas relativas a la Cuenta Corriente. II. Si la ejecución de la orden de pago debe comenzar, de acuerdo con lo previsto en LAS Condiciones Generales de los Servicios de Pago o en las Cláusulas relativas a la Cuenta Corriente, en una fecha específica o al final de un período determinado, o bien el día en que el CLIENTE haya puesto fondos a disposición de Cecabank, se considerará que el momento de recepción de la orden a efectos de lo previsto en la Condición General Duodécima siguiente es el día acordado. Si este día no fuese un día hábil para Cecabank, la orden de pago se considerará recibida el siguiente día hábil.
Recepción de órdenes de pago. Una orden de pago se considerará recibida en los siguientes casos: Si se realiza mediante tarjeta de pago de acuerdo con las normas del sistema de tarjetas de pago. Si se cursa a través de nuestros canales de comunicación electrónica disponibles en el día hábil en que recibimos la orden de pago. Si la orden de pago no se recibe en un día hábil, se considerará recibida al siguiente día hábil. A los efectos de esta parte III de las Condiciones de los servicios de pago, por "días hábiles" se entiende los días en que los bancos están abiertos en Luxemburgo para su actividad comercial regular. Una vez que hayamos recibido una orden de pago, esta no podrá anularse. Sin embargo, si se ha acordado cursar una orden de pago en un día determinado, podrás anularla hasta el día hábil inmediatamente anterior al día hábil acordado.
Recepción de órdenes de pago. Una orden de pago se considerará recibida en los siguientes casos: Si se realiza mediante tarjeta de pago, de acuerdo con las normas del sistema de tarjetas de pago. Si se cursa a través de nuestros canales de comunicación electrónica disponibles en el día hábil en que recibimos la orden de pago. Si la orden de pago no se recibe en un día hábil, se considerará recibida al siguiente día hábil. A los efectos de esta parte III de las Condiciones de los servicios de pago, por "días hábiles" se entiende los días en que los bancos están abiertos en Londres para su actividad comercial regular. Una vez que hayamos recibido una orden de pago, esta no podrá anularse. Sin embargo, si se ha acordado cursar una orden de pago en un día determinado, podrás anularla hasta el día hábil inmediatamente anterior al día hábil acordado.
Recepción de órdenes de pago. A los efectos de ejecución de la orden y de cómputo de plazos de ejecución respecto del proveedor de servicios de pago del beneficiario de la orden, el momento de recepción de la orden será, si es día hábil, aquél en el que la Entidad la reciba o, en caso de día inhábil, el siguiente día hábil a su recepción. Para la definición de día hábil, se estará a lo recogido en el artículo 3 apartado 13 de la LSP.
Recepción de órdenes de pago. El momento de recepción de una orden de pago será aquel en que la misma es recibida por el Banco, como proveedor de servicios de pago del ordenante, con independencia de que haya sido transmitida directamente por el ordenante, por cuenta de éste por un proveedor de servicios de iniciación, o indirectamente a través del beneficiario. No obstante, el CLIENTE, en su condición de usuario de servicios de pago, y el BANCO, podrán acordar libremente que la ejecución de la orden de pago comience en una fecha específica o al final de un período determinado, considerándose como el momento de la recepción el día acordado por ambas partes. Si el momento de la recepción no es un día hábil para el BANCO, la orden de pago se considerará recibida el siguiente día hábil.
Recepción de órdenes de pago. El momento de recepción es aquél en que es recibida por Bankia, bien se transmita directamente por el Ordenante o bien a través del Beneficiario de la Operación de pago. Si la recepción se produce en un día inhábil, la Orden de pago se considera recibida al siguiente día hábil. No obstante, si una Orden de pago se recibe más tarde del horario establecido, se considera recibida el día hábil siguiente: - Transferencias ordinarias: 20:00 horas; - Transferencias ordenadas en soporte listado: 15:00 horas (presentadas con 24 horas de antelación); - Transferencias ordenadas en soporte magnético: 14:00 horas; - Transferencias vía Banco de España, ordenadas en oficinas: 16:45 horas.
Recepción de órdenes de pago. Las órdenes de pago emitidas por el Cliente, con independencia de que la instrucción haya sido cursada directamente por el Cliente, por un proveedor de servicios de iniciación por cuenta del Cliente, o indirectamente a través de un beneficiario, con anterioridad a las 15:00 de un día hábil, se entenderán recibidas por CAJASUR ese mismo día hábil. En caso de que la orden fuera emitida bien a las 15:00 horas o en momento posterior de ese día hábil, o bien se emita en un día inhábil, dicha orden se entenderá recibida por CAJASUR el siguiente día hábil. Se entenderá por "días hábiles", todos los días de apertura comercial de CAJASUR, a los efectos necesarios para la ejecución de una operación de pago.
Recepción de órdenes de pago. Los Estados miembros velarán por que el momento de recepción sea el momento en que la orden de pago es recibida por el proveedor de servicios de pago del ordenante. No se adeudará la cuenta del ordenante antes de la recepción de la orden de pago. Si el momento de la recepción no es un día hábil para el proveedor de servicios de pago del ordenante, la orden de pago se considerará recibida al siguiente día hábil. El proveedor de servicios de pago podrá establecer una hora límite próxima al final del día hábil a partir de la cual cualquier orden de pago que se reciba se considerará recibida el siguiente día hábil.
Recepción de órdenes de pago. Una orden de pago (ya sea una orden tuya como pagador para que ejecutemos una transacción de pago o una orden que recibamos en relación con Pagos gestionados por eBay, como un reembolso) se considerará recibida en los siguientes casos: Se realizó mediante una tarjeta de pago conforme a las normas del sistema de tarjetas. Se recibió a través de los canales de comunicación electrónica disponibles el día hábil en que la recibimos de tu parte. Si la orden de pago no se recibe un día hábil, se considerará recibida el siguiente día hábil. ”Días hábiles” en esta Parte III de estas Condiciones de pago significará los días en que los bancos de Luxemburgo estén abiertos para brindar la atención habitual. Si tú (como pagador) nos otorgas una orden de pago, no podrás anular esa orden de pago después de que la recibimos. Sin embargo, si hemos acordado que una orden de pago se ejecutará en una fecha futura determinada, el día hábil previo a esta fecha futura será el último día en que podrás anular la orden de pago.
Recepción de órdenes de pago. I. Las órdenes de pago emitidas por el CLIENTE, con independencia de que la instrucción haya sido cursada directamente por el CLIENTE, por un proveedor de servicios de iniciación por cuenta del CLIENTE, o indirectamente a través de un beneficiario, recibidas por Cecabank fuera del horario máximo de recepción de órdenes de pago establecido para cada servicio u operación de pago en sus condiciones particulares específicas, se entenderán recibidas por Cecabank el siguiente día hábil. II. Se entenderá por “días hábiles”, todos los días de apertura comercial de Cecabank, a los efectos necesarios para la ejecución de una operación de pago.