RECEPCIÓN DEL CONTRATO. Una vez cumplidos los trámites anteriores, y acreditada por un funcionario adscrito al Servicio de Servicios Técnicos la correcta ejecución de los mismos, se formalizará el acta de recepción, en el término del mes siguiente al de la terminación del plazo contractual. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista se podrá rechazar el servicio quedando la Administración exenta del pago del precio y teniendo derecho a la recuperación del precio satisfecho.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del “Servicio De Mantenimiento Y Derechos De Uso De Las Licencias Del Sistema Integrado De Gestión, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del Servicio De Mantenimiento Y Los Derechos De Uso De Las Licencias De La Aplicación Séneca
RECEPCIÓN DEL CONTRATO. Una vez cumplidos los trámites anteriores, y acreditada por un funcionario adscrito al Servicio de Servicios Técnicos el Responsable del contrato la correcta ejecución de los mismos, se formalizará el acta de recepción, en el término del mes siguiente al de la terminación del plazo contractual. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista se podrá rechazar el servicio quedando la Administración exenta del pago del precio y teniendo derecho a la recuperación del precio satisfecho.
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RECEPCIÓN DEL CONTRATO. Una vez cumplidos los trámites anteriores, y acreditada por un funcionario adscrito al Servicio de Servicios Técnicos Tecnologías e Infraestructuras la correcta ejecución de los mismos, se formalizará el acta de recepción, en el término del mes siguiente al de la terminación del plazo contractual. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista se podrá rechazar el servicio quedando la Administración exenta del pago del precio y teniendo derecho a la recuperación del precio satisfecho.
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