Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos. En el momento de la apertura de una cuenta que implique la entrega de tarjetas para operar con los cajeros automáticos, corresponderá notificar al titular acerca de las recomendaciones y precauciones que deben tomar para su utilización, en los términos contenidos en el punto 4.3.
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos a) Solicitar al personal del “Banco” toda la información que estimen necesaria acerca del uso de los Cajeros Automáticos al momento de acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se les presente posteriormente. b) Cambiar el código de identificación o de acceso o clave o contraseña personal ("password", "PIN") asignada por la entidad, por uno que el usuario seleccione, el que no deberá ser su dirección personal ni su fecha de nacimiento u otro número que pueda obtenerse fácilmente de documentos que se guarden en el mismo lugar que su tarjeta. c) No divulgar el número de clave personal ni escribirlo en la tarjeta magnética provista o en un papel que se guarde con ella, ya que dicho código es la llave de ingreso al sistema y por ende a sus cuentas. d) No digitar la clave personal en presencia de personas ajenas, aun cuando pretendan ayudarlo, ni facilitar la tarjeta magnética a terceros, ya que ella es de uso personal. e) Guardar la tarjeta magnética en un lugar seguro y verificar periódicamente su existencia.
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos. 4.3.1. Las entidades financieras que proporcionen tarjetas magnéticas para ser utilizadas en la realización de operaciones con cajeros automáticos deberán alertar y recomendar a los usuarios acerca de las precauciones que deben tomar para asegurar su correcto empleo. La notificación de esas recomendaciones deberá efectuarse al momento de la apertura de la cuenta que implique la entrega de una tarjeta para ser utilizada en los cajeros automáticos, sin perjuicio de la conveniencia de efectuar periódicamente posteriores recordatorios. Asimismo, corresponderá colocar -en forma visible en los lugares donde se encuentren los cajeros automáticos- carteles con las precauciones que deben adoptar los usuarios del sistema.
4.3.2. A continuación se enumeran las recomendaciones y recaudos que, como mínimo, deberán comunicarse a los usuarios:
4.3.2.1. Solicitar al personal del banco toda la información que estimen necesaria acerca del uso de los cajeros automáticos al momento de acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se les presente posteriormente.
4.3.2.2. Cambiar el código de identificación o de acceso o clave o contraseña personal (“password”, “PIN”) asignada por la entidad, por uno que el usuario seleccione, el que no deberá ser su dirección personal ni su fecha de nacimiento u otro número que pueda obtenerse fácilmente de documentos que se guarden en el mismo lugar que su tarjeta.
4.3.2.3. No divulgar el número de clave personal ni escribirlo en la tarjeta magnética provista o en un papel que se guarde con ella, ya que dicho código es la llave de ingreso al sistema y por ende a sus cuentas.
4.3.2.4. No digitar la clave personal en presencia de personas ajenas, aun cuando pretendan ayudarlo, ni facilitar la tarjeta magnética a terceros, ya que ella es de uso personal.
4.3.2.5. Guardar la tarjeta magnética en un lugar seguro y verificar periódicamente su existencia.
4.3.2.6. No utilizar los cajeros automáticos cuando se encuentren mensajes o situaciones de operación anormales.
4.3.2.7. Al realizar una operación de depósito, asegurarse de introducir el sobre que contenga el efectivo o cheques conjuntamente con el primer comprobante emitido por el cajero durante el proceso de esa transacción, en la ranura específica para esa función, y retirar el comprobante que la máquina entregue al finalizar la operación, el que le servirá para un eventual reclamo posterior.
4.3.2.8. No olvidar retirar la tarjeta magnética al finalizar las operaciones.
4.3.2.9...
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos. El Banco recomienda para la utilización de cajeros automáticos:
a) Solicitar al personal del Banco toda la información que estime necesaria acerca del uso de los cajeros automáticos cuandoacceda por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se les presente.
b) Cambiar el código de identificación asignado por el Banco por uno que el Cliente seleccione, cumpliendo con los requisitos establecidos para el mismo.
c) No divulgar el número de clave personal ni escribirlo en la tarjeta magnética provista o en un papel que se guarde con ella.
d) No digitar la clave personal en presencia de terceros, ni facilitar la tarjeta magnética a terceros.
e) Guardar la tarjeta magnética en lugar seguro y verificar periódicamente su existencia.
f) No utilizar los cajeros automáticos cuando se encuentren mensajes o situaciones de operación anormales.
g) Al realizar una operación de depósito, asegurarse de introducir el sobre que contenga el efectivo o cheques conjuntamentecon el primer comprobante emitido por el cajero automático en la ranura específica para esa función, y retirar el comprobante que la máquina entregue al finalizar la operación, el que le servirá para un eventual reclamo. h) No olvidar retirar la tarjeta magnética al finalizar las operaciones.
i) Si el cajero retiene la tarjeta al Cliente o no emite el comprobante correspondiente, comunicar de inmediato esa situación alBanco y al banco administrador xxx xxxxxx automático.
j) En caso de pérdida o robo de la tarjeta, denunciar de inmediato esta situación al Banco. k)En caso de extracciones, cuando existieren diferencias entre el comprobante emitido por el cajero y el importe efectivamente retirado, comunicar esa circunstancia al banco en el que se efectuó la operación y al administrador del sistema, a efectos de solucionar el problema.
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos. Entrega del texto de las normas.
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos. Garantía de los depósitos.
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos. 5.3.1. Las entidades financieras que proporcionen tarjetas magnéticas para ser utilizadas en la realización de operaciones con cajeros automáticos deberán alertar y recomendar a los usuarios acerca de las precauciones que deben tomar para asegurar su correcto empleo. La notificación de esas recomendaciones deberá efectuarse al momento de la apertura de la cuenta que implique la entrega de una tarjeta para ser utilizada en los cajeros au- tomáticos, sin perjuicio de la conveniencia de efectuar periódicamente posteriores re- cordatorios. Asimismo, corresponderá colocar -en forma visible en los lugares donde se encuen- tren los cajeros automáticos- carteles con las precauciones que deben adoptar los usuarios del sistema.
5.3.2. A continuación se enumeran las recomendaciones y recaudos que, como mínimo, de- berán comunicarse a los usuarios:
5.3.2.1. Solicitar al personal del banco toda la información que estimen necesaria acerca del uso de los cajeros automáticos al momento de acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se les presente posteriormente.
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos. Se enumeran las recomendaciones y recaudos que, como mínimo, deberán tener en cuenta los usuarios, para asegurar el correcto empleo de las tarje- tas magnéticas proporcionadas por la entidad:
1. Solicitar al personal del banco toda la información que estimen necesaria acerca del uso de los cajeros automáticos al momento de acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se les presente posteriormente.
2. Cambiar el código de identificación o de acceso o clave o contraseña personal (“password”, “PIN”) asignada por la entidad, por uno que el usuario seleccione, el que no deberá ser su dirección personal ni su fecha de na- cimiento u otro número que pueda obtenerse fácilmente de documentos que se guarden en el mismo lugar que su tarjeta. - 364
3. No divulgar el número de clave personal ni escribirlo en la tarjeta mag- nética provista o en un papel que se guarde con ella, ya que dicho código es la llave de ingreso al sistema y por ende a sus cuentas. 10/22
4. No digitar la clave personal en presencia de personas ajenas, aun cuan- do pretendan ayudarlo, ni facilitar la tarjeta magnética a terceros, ya que ella es de uso personal.
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos a) Solicitar al personal del “Banco” Personas Jurídicas – Reglamentaciones y Condiciones Generales de los Productos y Servicios
Recomendaciones para el uso de Cajeros Automáticos a) Solicitar al personal del “Banco” toda la información que estimen necesaria acerca del uso de los Cajeros Automáticos al momento de acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se les presente posteriormente. b) Cambiar el código de identificación o de acceso o clave o contraseña personal ("password", "PIN") Reglamentaciones y Condiciones Generales de los Productos y Servicios para Personas Humanas