REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO (ROLECE) Cláusulas de Ejemplo

REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO (ROLECE). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159 de la LCSP, los licitadores deben presentar certificado de inscripción en el ROLECE eximiendo a los mismos de la presentación de la documentación solicitada en el presente apartado 8, de los datos que figuren en él. La documentación de solvencia que no figure en el ROLECE deberá ser entregada por el licitador mejor valorado en un plazo no superior a 7 días. Los licitadores que hayan efectuado su inscripción en el ROLECE deben aportar certificado completo del mismo. Los órganos de contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. En todo caso, presentando oferta al presente procedimiento, el licitador autoriza a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el ROLECE o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO (ROLECE). CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN :
REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO (ROLECE). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la LCSP, los licitadores podrán presentar certificado de inscripción en el ROLECE eximiendo a los mismos de la presentación de la documentación solicitada en el presente apartado 8, de los datos que figuren en él. Los licitadores que hayan efectuado su inscripción en el ROLECE podrán aportar certificado completo del mismo. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en el presente apartado que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por Isdefe. En caso de presentar el certificado del ROLECE, el empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el mismo, según el modelo que figura como Xxxxx XX al presente Xxxxxx. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente. Los órganos de contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden 1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. En todo caso, presentando oferta al presente procedimiento, el licitador autoriza a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el ROLECE o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.

Related to REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO (ROLECE)

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.