Registro de Contratos Cláusulas de Ejemplo

Registro de Contratos. 1. Bajo la dependencia de la Junta de Contratación Pública existe un Registro de Contratos que permite el conocimiento de los celebrados por los poderes adjudicadores sometidos a esta ley xxxxx, así como de las incidencias que origine su cumplimiento. 2. Los poderes adjudicadores sometidos a esta ley xxxxx comunicarán a la Junta de Contratación Pública mediante procedimiento electrónico todos los contratos que hayan formalizado, con arreglo a las características y formato que determine para su explotación la misma. 3. La publicación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx de los anuncios de adjudicación de contratos conllevará su remisión automática al Registro de Contratos. 4. El contenido del Registro de Contratos será accesible a través del Portal de Contratación.
Registro de Contratos. Se crea el Registro de contratos que funcionará adscrito a la Contraloría General de Cuentas, para facilitar la fiscalización de las contrataciones que se deriven de la aplicación de la presente ley y centralizar la información.
Registro de Contratos. En el Registro se anotarán los contratos ejecutados o en ejecución y la información sobre su cumplimiento, incluyendo, en su caso, multas o sanciones impuestas a los contratistas; para estos efectos, los órganos responsables de la contratación remitirán a la Oficina Normativa, con copia al contratista, los informes correspondientes; los funcionarios que incumplan esta obligación incurrirán en responsabilidad. Dichos órganos podrán requerir de la Oficina Normativa los informes que estimaren necesarios. Los contratos de construcción públicos y privados deberán ser inscritos en la Cámara Hondureña de la Industria de la Construcción para complementar la base de datos usada por el Gobierno y la Empresa Privada para referencia de costos.
Registro de Contratos. Los contratos de la Administración Centralizada serán registrados para fines de ejecución presupuestaria en la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y en los órganos de control presupuestario de las Secretarías de Estado correspondientes.
Registro de Contratos. La Entidad bajo responsabilidad, llevará un Registro Público de los procesos de selección que convoque, de los contratos suscritos y su información básica, debiendo remitir trimestralmente una estadística de dicha información al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en la forma que establezca el Reglamento.
Registro de Contratos. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) mediante DirectivaGeneral Nº001-2010-MTPE/3/17.3, aprobadaporR.M.Nº318- 2010-TR del 17.12.10 (en adelante la Directiva) modificó el Instructivo para la aplicación de lo dispuesto en la R.M. Nº 279-2004-TR y la Deci- sión Nº 545, Instrumento Xxxxxx de Migración Laboral e implementó el “Sistema Virtual del Trabajador Migrante Xxxxxx” - SIVITMA, para el re- gistro de los contratos del Trabajador Migrante Xxxxxx(TMA), cambian- do dicho registro de presencial a virtual.
Registro de Contratos. Se creará un registro de contratos que estará a cargo de la Dirección de Administración de la empresa, en el que habrán de figurar los contratos escritos celebrados por la empresa relacionándose el objeto, contratista, precio de adjudicación, ofertas recibidas, y forma de adjudicación.
Registro de Contratos. Créase, en el ámbito de la Dirección de Viviendas Alquiladas, el Registro Público de Contratos de Xxxxxxxx, el cual tendrá un encargado, quien deberá cumplir con las siguientes funciones:
Registro de Contratos. 1) Registro interno de Contratos de la Oficina de Contratos - Este es un documento compulsorio que acompaña a todo contrato y enmienda. En el se presentan los datos esenciales del contrato y recoge las firmas de los funcionarios que intervienen en el proceso de otorgamiento. Tiene que ser completado en todas sus partes. 2) Registro de Contratos de la Oficina del Contralor - Simultáneo al otorgamiento de todo contrato o enmienda, se registrarán los contratos otorgados por el Instituto en la Oficina del Contralor de acuerdo al Reglamento Número 33 de 15 de septiembre de 2009, o por otra directriz que imparta dicha oficina. 3) Además, se someterá a la Oficina del Contralor un original y una copia del Registro de Contratos otorgados en el Instituto, firmado por el Director de la Oficina de Contratos.
Registro de Contratos. El contenido del Registro de Contratos será accesible a través del Portal de Contratación”.