Renuncia y desistimiento. El Órgano de Contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del Contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del Contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo comunicar tal decisión a las empresas que hubiesen presentado una oferta.
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Samples: Contract for Supply of Materials, Acuerdo Marco Para La Contratación, Service Maintenance Agreement
Renuncia y desistimiento. El Órgano órgano de Contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, contratación puede renunciar a la ejecución celebración del Contrato contrato, por razones de interés público debidamente justificadas y con la correspondiente notificación en el expedientelas empresas licitadoras, o antes de la adjudicación del contrato. También puede desistir del procedimiento procedimiento, antes de adjudicación en caso de haberse producido la adjudicación, cuando se aprecie una infracción no subsanable enmendable de las normas de preparación del Contrato contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo comunicar tal decisión a . En ambos supuestos se compensará las empresas licitadoras por los gastos en que hubiesen presentado una ofertahayan incurrido.
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Samples: Servicio Escolar De Comedor