PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. 4.1. El comienzo de los trabajos se iniciará a partir del día siguiente al de la formalización del contrato y se extenderá hasta
4.2. El contrato será prorrogable por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. Los actos o contratos se podrán prorrogar según las necesidades de la Cámara debidamente justificadas. Las prórrogas del acto o contrato deberán ser solicitadas y aprobadas por el supervisor de esta previa autorización del ordenador del gasto correspondiente, y serán tramitadas y formalizadas por la Dirección Administrativa y de Sistemas.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. 1. Plazo de ejecución. DOS MESES
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. El plazo general de ejecución es de dos años, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario; todo ello, sin perjuicio de las prórrogas previstas. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, el contrato podrá prorrogarse de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, sin que las prórrogas, consideradas aisladas o conjuntamente, puedan exceder del plazo fijado originariamente. Será condición indispensable para la prórroga del contrato que el contratista haya cumplido con la totalidad de las obligaciones contractualmente previstas y con los compromisos adquiridos en su propuesta técnica. En todo caso, vencido el plazo de vigencia del contrato o de la última de sus posibles prórrogas, el contratista se obliga a continuar con el servicio hasta que se resuelva una nueva adjudicación, sin que dicho plazo pueda exceder de (3) tres meses, y siguiendo vigentes las condiciones pactadas durante ese periodo de tiempo.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. El plazo total de ejecución de la prestación objeto de este contrato será: El presente contrato deberá iniciarse a partir del: 1-10-2016 O DESDE LA FIRMA DEL MISMO SI FUERA POSTERIOR. El contrato, podrá prorrogarse anualmente por mutuo acuerdo de las partes, antes de la finalización de aquél, en las condiciones establecidas en el artículo 303.1 del TRLCSP.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. 4.1. El comienzo de los trabajos se iniciará a partir del día siguiente al de la formalización del contrato y se extenderá hasta un máximo de 2 meses y 15 días.
4.2. El contrato no será prorrogable, pudiendo existir un período de tiempo a posteriori y que deberá ser acordado a la finalización de dicho plazo por ambas partes, para la entrega definitiva de la documentación exigida.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. El plazo de ejecución del presente contrato es de CINCO AÑOS desde su adjudicación.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. La duración del suministro es de 2 años, más dos prórrogas de un año cada una, hasta un máximo de cuatro anualidades. En concreto desde el 1 de noviembre de 2016 hasta el 31 de octubre de 2018, ambos incluidos. Esta duración del contrato se podrá prolongar mediante dos prórrogas de una anualidad cada una.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. En caso de que las obras no se pudieran iniciar o terminar en el plazo previsto como consecuencia de una causa mayor o por razones ajenas al Contratista, se le otorgará una prórroga previo informe favorable de la Dirección Facultativa. El Contratista explicará la causa que impide la ejecución de los trabajos en los plazos señalados, razonándolo por escrito. La prórroga solo podrá solicitarse en un plazo máximo de un mes a partir del día en que se originó la causa de esta, indicando su duración prevista y antes de que la contrata pierda vigencia. En cualquier caso el tiempo prorrogado se ajustará al perdido y el Contratista perderá el derecho de prórroga si no la solicita en el tiempo establecido. Cada una de las partidas que compongan la obra se ejecutarán con personal adecuado al tipo de trabajo de que se trate, con capacitación suficientemente probada para la labor a desarrollar. La Dirección Facultativa, tendrá la potestad facultativa para decidir sobre la adecuación del personal al trabajo a realizar. El Contratista proporcionará un mínimo de dos muestras de los materiales que van a ser empleados en la obra con sus certificados y sellos de garantía en vigor presentados por el fabricante, para que sean examinadas y aprobadas por la Dirección Facultativa, antes de su puesta en obra. Los materiales que no reúnan las condiciones exigidas serán retiradas de la obra. Las pruebas y ensayos, análisis y extracción de muestras de obra que se realicen para cerciorarse de que los materiales y unidades de obra se encuentran en buenas condiciones y están sujetas al Pliego, serán efectuadas cuando se estimen necesarias por parte de la Dirección Facultativa y en cualquier caso se podrá exigir las garantías de los proveedores. El transporte, descarga, acopio y manipulación de los materiales será responsabilidad del Contratista.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS. La prestación objeto de esta licitación deberá dar comienzo, en el caso del Servicio de Bar - Terraza, el viernes 1 xx xxxxx de 2012 (hasta el lunes 1 de octubre de 2012); y en el caso del Servicio de Piscina, el viernes 8 xx xxxxx de 2012 (hasta el domingo 16 de septiembre de 2012). El contrato podrá ser prorrogado, únicamente en el caso del Servicio de Bar-Terraza, por un período de 6½ meses (del 1 de octubre de 2012 al 14 xx xxxxx de 2013), previo acuerdo por ambas partes suscrito con una antelación de al menos un mes antes de su conclusión (antes del 1 de septiembre de 2012). Caso de dicho acuerdo se establece un coste del servicio de 2.470,00 €, a razón de 380,00 euros mensuales en cada uno de los 6½ meses de la posible prórroga, a efectuar asimismo en dos plazos: • El 50% (1.235,00 €): antes del 1 de octubre de 2012. • El otro 50% (1.235,00 €): antes del 1 de enero de 2013. Igualmente, aunque sólo en caso de materializarse la prórroga durante la época invernal (hasta el 14 xx xxxxx de 2013), el contrato podrá prorrogarse por el plazo de un año (del 15 xx xxxxx de 2013 al 14 xx xxxxx de 2014), en idénticas condiciones al suscrito.