REPOSICIÓN DE LOS BIENES Cláusulas de Ejemplo

REPOSICIÓN DE LOS BIENES. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A SUSTITUIR LOS BIENES QUE HAYA ENTREGADO A “EL GOBIERNO” EN MAL ESTADO, EN UN TÉRMINO NO MAYOR DE 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE COMUNIQUE LA DEFICIENCIA EN LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES.
REPOSICIÓN DE LOS BIENES. “el proveedor” se obliga a sustituir los bienes que haya entregado a “ el adquiriente” en mal estado, en un término no mayor de 10 (diez) días naturales, contados a partir de que se le comunique la deficiencia en la recepción de los bienes o suministro de la prestación de servicios.
REPOSICIÓN DE LOS BIENES. La reposición del producto incluye la compensación total de accesorios, partes y piezas, herramientas y operaciones conexas necesarias para la perfecta instalación. El proveedor deberá como parte de la aplicación de la respectiva garantía técnica, bajo las mismas condiciones de la orden de compra, realizar el cambio de las computadoras que cumplan el principio de vigencia tecnológica considerados como defectuosos previa la aprobación, inspección visual e informe técnico debidamente motivado, realizado por parte del administrador de la orden de compra, los mismos que serán reemplazados por otros nuevos sin costo adicional alguno para la entidad contratante y en concordancia con los plazos de entrega establecidos en el respectivo Convenio Xxxxx para la entrega de los bienes, excepto si los daños hubiesen sido ocasionados por mal uso. El tiempo de reposición será xx xxxx (10) días calendario. El tiempo se entenderá contado desde la fecha en que el proveedor recibe de la entidad contratante las computadoras para su reposición, mediante acta debidamente suscrita por las partes. Sin perjuicio de lo anterior, el tiempo definitivo de reposición podrá ser definido de mutuo acuerdo entre la entidad contratante y el proveedor, siempre y cuando no pueda cumplir con el plazo detallado en el párrafo anterior, causa que será motivada debidamente por parte del proveedor.
REPOSICIÓN DE LOS BIENES. Con fundamento en la fracción XVII del artículo 45 de la LAASSP, el CONALEP podrá devolver y/o solicitar la reposición del bien o bienes, que no cumplan con los requisitos técnicos solicitados en la presente convocatoria, los ofertados en su propuesta técnica y lo señalado en el contrato, para su reposición, considerando que la reposición deberá ser dentro de los 30 días naturales a partir de la notificación al proveedor, siempre y cuando se realice dentro del plazo para la entrega de los bienes establecido en la fracción II inciso i) numeral 1; en caso que se rebase la fecha límite de entrega se aplicarán la sanción conforme al punto 5. Penas convencionales.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.