Requisitos específicos del contratista Cláusulas de Ejemplo

Requisitos específicos del contratista a) Clasificación: No se exige. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Tal y como se es- pecifica en el apartado J del Cuadro Resumen de Características que forma parte xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo I.
Requisitos específicos del contratista a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría) en su caso: no se exige. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): La exigida en la cláusula 12.ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Requisitos específicos del contratista a) Clasificación, en su caso: no procede. b) Solvencia económica y financiera, y solvencia técnica y profesional, en su caso: Los exigidos en cláusula 7.ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. c) Otros requisitos específicos.
Requisitos específicos del contratista. Según se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige esta contratación.
Requisitos específicos del contratista. La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica se realizará aportando la documentación prevista en los artículos 16.1.c) y 18.a) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en los términos previstos en el Plie- go de Cláusulas Administrativas Particulares.
Requisitos específicos del contratistaSolvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional, en su caso: La establecida en la cláusula 10 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Requisitos específicos del contratista. La solvencia económica y financiera se acreditará mediante: -Volumen anual de negocios del licitador o candi- dato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de las cuentas anuales aproba- das y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresa- rio estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contra- rio por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. La solvencia técnica o profesional se acreditará me- diante: - Una relación de los principales servicios efectuados durante los últimos cinco años, relacionados con el ob- jeto del contrato, indicando su importe, fechas y desti- natario público o privado de los mismos y donde el im- porte anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato que se licita. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado ex- pedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Para la determinación de la solvencia de las uniones temporales de empresarios se acumularán las caracte- rísticas acreditadas por cada uno de los integrantes de la misma. - 8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación.
Requisitos específicos del contratista a) Clasificación: No será exigible con carácter obligatorio.
Requisitos específicos del contratista a) Clasificación: No se requiere clasificación.