Resolución de Adjudicación. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado primero el órgano de contratación dictará resolución motivada de adjudicación del acuerdo marco concretando y fijando los términos definitivos del mismo. Adjudicado el acuerdo marco por el órgano de contratación, se notificará al adjudicatario y al resto de los licitadores y se publicará en el perfil del contratante, todo ello conforme a lo dispuesto en el art. 151.1 de la LCSP. De conformidad con el art. 158.2 de la LCSP, el plazo máximo para efectuar la adjudicación se establece en 2 meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Conforme a lo dispuesto en el art. 151.3 de la LCSP la notificación se realizará por medios electrónicos, indicándose el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato. Se aplicará el art. 152 de la LCSP para la decisión de no adjudicar o celebrar el acuerdo marco y el desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración.
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Resolución de Adjudicación. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado primero el órgano de contratación dictará resolución motivada de adjudicación del acuerdo marco concretando y fijando los términos definitivos del mismo. No se establece número máximo de empresas que podrán resultar adjudicatarias del presente acuerdo marco. Adjudicado el acuerdo marco por el órgano de contratación, se notificará al adjudicatario y al resto de los licitadores y se publicará en el perfil del contratante, todo ello conforme a lo dispuesto en el art. 151.1 de la LCSP. De conformidad con el art. 158.2 de la LCSP, el plazo máximo para efectuar la adjudicación se establece en 2 meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Conforme a lo dispuesto en el art. 151.3 de la LCSP la notificación se realizará por medios electrónicos, indicándose el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato. Se aplicará el art. 152 de la LCSP para la decisión de no adjudicar o celebrar el acuerdo marco y el desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración. Asimismo, se aplicará dicho artículo en el caso de desistimiento o de decisión de no adjudicar el contrato basado en el acuerdo marco.
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Resolución de Adjudicación. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado primero anterior el órgano de contratación dictará resolución motivada de adjudicación del acuerdo marco contrato concretando y fijando los términos definitivos del mismo. Adjudicado el acuerdo marco contrato por el órgano de contratación, se notificará al adjudicatario y al resto de los licitadores y se publicará en el perfil del contratante, todo ello conforme a lo dispuesto en el art. artículo 151.1 de la LCSP. De conformidad con el art. artículo 158.2 de la LCSP, el plazo máximo para efectuar la adjudicación se establece en 2 3 meses a contar desde la apertura abertura de las proposiciones. Conforme a lo dispuesto en el art. artículo 151.3 de la LCSP la notificación se realizará por medios electrónicos, indicándose el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato. Se aplicará el art. 152 de la LCSP para la decisión de no adjudicar o no celebrar el acuerdo marco contrato y para el desistimiento del procedimiento de la adjudicación por la Administración. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 155.1 de la LCSP, el órgano de contratación informará a cada candidato y licitador en el plazo más breve posible de las decisiones tomadas en relación con la celebración del acuerdo xxxxx, los motivos por los que hayan decidido no celebrar el mismo o volver a iniciar el procedimiento.
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Resolución de Adjudicación. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado primero el órgano de contratación dictará resolución motivada de adjudicación del acuerdo marco concretando y fijando los términos definitivos del mismo. Adjudicado el acuerdo marco por el órgano de contratación, se notificará al adjudicatario y al resto de los licitadores y se publicará en el perfil del contratante, todo ello conforme a lo dispuesto en el art. 151.1 de la LCSP. De conformidad con el art. 158.2 de la LCSP, el plazo máximo para efectuar la adjudicación se establece en 2 meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Conforme a lo dispuesto en el art. 151.3 de la LCSP la notificación se realizará por medios electrónicos, indicándose el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato. Se aplicará el art. 152 de la LCSP para la decisión de no adjudicar o celebrar el acuerdo marco y el desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración. Asimismo, se aplicará dicho artículo en el caso de desistimiento o de decisión de no adjudicar el contrato basado en el acuerdo marco.
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Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Servicios De Limpieza