Common use of RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Clause in Contracts

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades que se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 de la Resolución 245E/2018, de 14 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Las partes actuarán con la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad de la parte afectada.

Appears in 1 contract

Samples: Acuerdo De Consorcio

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Cada Parte será responsable respecto a la otra de cualquier incumplimiento contractual de sus obligaciones y compromisos descritos en el Anexo según los términos del Contrato. Las Partes asumen íntegramente las responsabilidades acuerdan que se deriven una vez que el CLIENTE, en su condición de responsable de tratamiento, debe reparar solo el prejuicio sufrido por cualquier persona afectada por un tratamiento relacionado con el artículo 3 del Anexo debido al incumplimiento de sus obligaciones contractuales y/o a la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitivaReglamentación aplicable. En particular las partes deberán cumplir su condición de subcontratista, solo se podrá responsabilizar a TIMEONE - PERFORMANCE de un daño causado al tercero por el(los) tratamientos realizados por cuenta del CLIENTE con las motivo del Contrato en caso de no respetar obligaciones previstas en la base 13.1 de la Resolución 245E/2018, de 14 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Las partes actuarán le incumben específicamente con la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento motivo de las actividades que de tratamiento o si TIMEONE - PERFORMANCE ha actuado sin respetar las instrucciones documentadas y conformes del CLIENTE. En ningún caso se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto podrá buscar la responsabilidad de TIMEONE - PERFORMANCE en presencia de un caso de fuerza mayor (tal y como ha definido el presente acuerdoartículo 1218 del Código Civil e interpretado por las jurisdicciones francesas, en la memoria incluyendo los casos de ataque informático) o de suceso más allá del proyecto y el plan control razonable de trabajoTIMEONE - PERFORMANCE cuando se produce. Cada miembro La responsabilidad de TIMEONE - PERFORMANCE está globalmente limitada al importe de la agrupación deberá responder Comisión Plataforma efectivamente pagado por el CLIENTE a TIMEONE - PERFORMANCE durante los (12) últimos meses antes de las obligaciones que ocurriera el hecho responsable del daño. Solo se podrá buscar la responsabilidad propia de reintegro o TIMEONE - PERFORMANCE respecto al CLIENTE más allá del límite de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento responsabilidad mencionado anteriormente en caso (i) de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020recurso, de 25 xx xxxxcualquier naturaleza, de una persona afectada por un tratamiento realizado por cuenta del CLIENTE, iniciado con el fin de obtener reparación de un daño causado por un tratamiento realizado por cuenta del CLIENTE en concepto del Contrato y que genere una condena definitiva o a una transacción por parte del CLIENTE y/o (ii) de sanción administrativa definitiva impuesta al CLIENTE para un tratamiento relacionado con el Contrato que incumpla la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etcReglamentción aplicable.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad de la parte afectada.

Appears in 1 contract

Samples: privacy.timeonegroup.com

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades que se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” será el único responsable de la Resolución 245E/2018entrega de los bienes relacionados con el servicio objeto del presente contrato y deberá sujetarse a todas las Leyes, Reglamentos y Ordenamientos de 14 las Autoridades Competentes en materia de noviembreseguridad, por la protección ecológica y de medio ambiente que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y rijan en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvencionesámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones razonables que al efecto le señale “EL ORGANISMO”. Las partes actuarán con la debida cautela responsabilidades y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir resultaren por su inobservancia serán a cargo de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los casos en los daños y perjuicios que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta partes cause a la otra y/o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada a terceros por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones su negligencia, dolo o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible mala fe serán a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad cargo de la parte afectadaque los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación de este a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

Appears in 1 contract

Samples: Modelo De Contrato

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades que XXXX no se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 de la Resolución 245E/2018, de 14 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para hace responsable ni garantiza el año 2019 y en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Las partes actuarán con la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades obligaciones que hubiesen asumido EL COMERCIO con los Clientes en relación a los pagos a efectuar o a recibir a través de JADE. EL COMERCIO reconoce que al realizar transacciones con los Clientes lo hace por su propia voluntad, prestando su consentimiento bajo su propio riesgo y responsabilidad. XXXX no será responsable por los daños y/o perjuicios que haya podido sufrir EL COMERCIO, debido a las transacciones realizadas o no realizadas a través de JADE. Por otro lado, y en virtud que XXXX es ajeno a la obligación que dio origen a la transacción de Pago, no se hubiera comprometido hará responsable de dicha obligación, ni verificará las causas, importe o cualquier otra circunstancia relativa a dicha transacción, así como respecto de la existencia, calidad, cantidad, funcionamiento, estado, integridad o legitimidad de los productos o servicios ofrecidos o adquiridos por el Cliente y pagados utilizando JADE, ni de la capacidad para contratar por el Cliente y la veracidad de la Información personal por ellos ingresados. En caso que uno o más Clientes o COMERCIOS o algún tercero inicien cualquier tipo de acciones legales contra otro u otros, cada Cliente o COMERCIO involucrados en dichos reclamos, liberan de responsabilidad a XXXX y a sus directores, gerentes, empleados, agentes, operarios, representantes y apoderados. Se establece que JADE mantendrá los fondos de las Cuentas JADE en calidad de depósito por cuenta de terceros, de manera separada, y utilizará diversos agentes confiables para realizar la transferencia de dinero, según las instrucciones de EL COMERCIO. XXXX únicamente usará bancos con arreglo excelente ranking nacional, sin embargo, no será responsable en ningún caso por la insolvencia del Banco, entidad financiera o agente utilizado para la transferencia de los Fondos o cualquier cambio regulatorio que afecte la cuenta en la cual los Fondos sean depositados por XXXX. Por lo que, EL COMERCIO eximen de responsabilidad a lo dispuesto en el presente acuerdoJADE, sus filiales o subsidiarias, empresas controlantes y/o controladas por situaciones que pudieran afectar a las entidades bancarias, financieras y/o agentes donde están depositados los fondos de las Cuentas, como por situaciones políticas y económicas que pudieran presentarse y que sean ajenas a JADE. En dicho caso, EL COMERCIO deberá entregar a JADE todas las cantidades adicionales necesarias para que pueda cumplir con su mandato. Además, en la memoria del proyecto situación antes descrita, XXXX tendrá el derecho a optar por la opción que, a su criterio, sea la más conveniente pudiendo optar incluso por aquella que considere más apropiada a fin de liquidar de manera rápida, sencilla y ordenada los fondos depositados en el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro Banco aun cuando implique reducciones, comisiones o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, esperas en los términos establecidos en la base 15 montos depositados. XXXX no asegura el ingreso y uso ininterrumpido de la RESOLUCIÓN 76E/2020su plataforma y todo lo que incluye, por tanto, no otorgará compensaciones derivadas del reclamo por dichas fallas, no obstante, se le sugiere a EL COMERCIO contactar al Equipo de 25 xx xxxxJADE a través de los canales provisto para señalar cualquier inconformidad. EL COMERCIO libera de cualquier responsabilidad por daños, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente perjuicios y/o lucro cesante a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etcJADE.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad de la parte afectada.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato, Acuerdos Y Condiciones De Uso

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades que se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes Partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 15.1 de la Resolución 245E/2018RESOLUCIÓN 10E/2022, de 14 11 de noviembrefebrero, de la Directora General de Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de 2022 de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos Agentes del SINAI para la realización de proyectos Proyectos de I+D para el año 2019 colaborativos y en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Las partes actuarán con la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdoAcuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdoAcuerdo, en la memoria del proyecto Proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/202010E/2022, de 25 xx xxxx11 de febrero, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 14 xx xxxxx de 2020 2022 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo Acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo Acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad de la parte afectada.

Appears in 1 contract

Samples: Acuerdo De Consorcio

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades Compañía General de Electricidad transportará la potencia y energía eléctrica requerida por el CLIENTE. No obstante, Compañía General de Electricidad no será responsable de los perjuicios que pueda sufrir el CLIENTE, sus equipos o instalaciones y/o terceras personas motivados por hechos que sean constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor en conformidad al derecho común, ni de aquellos motivados por causas no imputables a Compañía General de Electricidad. Del mismo modo, Compañía General de Electricidad no será responsable de los eventuales daños o perjuicios que pueda sufrir el CLIENTE debido a desconexiones programadas de instalaciones de propiedad de Compañía General de Electricidad comprometidas con instalaciones del CLIENTE. A su vez, el CLIENTE no será responsable por los eventuales daños y perjuicios que pueda sufrir Compañía General de Electricidad, sus equipos o instalaciones y/o terceras personas naturales o jurídicas, causados por la acción de terceros, fallas técnicas no imputables al CLIENTE, caso fortuito o fuerza mayor. En caso que se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta ocasionaren daños a Compañía General de resolución definitiva. En particular Electricidad o a clientes de ésta, causados por fallas o errores de operación de las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas instalaciones de propiedad del CLIENTE, éste responderá de dichos daños en la base 13.1 medida que ellos sean imputables a la falta de la Resolución 245E/2018, debida diligencia o cuidado en conformidad a las normas de 14 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvencionesderecho común. Las partes actuarán con la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento Para los efectos del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades contrato, se entiende como fuerza mayor o caso fortuito, el imprevisto al que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisosno es posible resistir, en los términos establecidos en la base 15 del artículo 45 del Código Civil. La sola circunstancia de la RESOLUCIÓN 76E/2020que las partes acepten o toleren hechos que signifiquen inobservancia a este contrato, o el hecho de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una cualquiera de las partes no ejerza los derechos que este contrato le pueda ocasionar otorga, sólo constituirá mera tolerancia que no podrá ser interpretada como modificación tácita del mismo, ni privará a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad parte respectiva de la parte afectadafacultad de ejercer esos derechos respecto de situaciones futuras, si lo estimase conveniente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicio De Transporte De Electricidad Por Instalaciones De Distribución

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades que se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 de la Resolución 245E/2018, de 14 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Las partes actuarán con la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por Cuando una de las partes le pueda ocasionar no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes otra parte por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados dicho incumplimiento diere lugar, en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las otras Partes o un terceropartes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. Prestar EL SERVICIO de conformidad con lo establecido en el Capítulo III: Términos de Referencia y Requerimientos Técnicos Mínimos, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad Sección Específica de las Bases Integradas de la Adjudicación Directa Selectiva, que forman parte afectadaintegrante de este Contrato y supletoriamente con los dispositivos legales y reglamentarios vigentes sobre la materia. Prestar directamente EL SERVICIO, no estando permitida la cesión de obligaciones Se compromete a mantener en reserva la información relacionada con la ejecución de EL SERVICIO, la cual es de propiedad exclusiva xx XXXXXXX NACIONAL, a no utilizar la información obtenida como producto o resultado de este Contrato para fines distintos, ni durante su ejecución ni después del término del mismo, sin que medie autorización escrita otorgada por PROVIAS NACIONAL. Al finalizar EL SERVICIO, se obliga a entregar la documentación generada como consecuencia de la ejecución de EL SERVICIO, al Administrador del Contrato xx XXXXXXX NACIONAL. Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.

Appears in 1 contract

Samples: Carta De Autorización

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas El CONTRATISTA será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá sujetarse a todas las Partes asumen íntegramente leyes, los reglamentos y ordenamientos de las responsabilidades autoridades competentes en materia de construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal, a las disposiciones de seguridad e higiene de PETROQUÍMICA para la ejecución de los trabajos, establecidos en el anexo “B-2” del presente contrato y a las instrucciones que al efecto le señale PETROQUÍMICA. Para lo cual se deriven una vez obliga a conocer las normas y reglamentos respectivos que la ayuda y sus condiciones apliquen de acuerdo a los trabajos objeto del presente contrato. Los trabajos que no se hayan sido aceptadas tras la propuesta realizado de resolución definitivaacuerdo con lo estipulado en el presente contrato o conforme a las órdenes de PETROQUÍMICA dadas por escrito, éste ordenará su demolición, reparación o reposición inmediata con los trabajos adicionales que resulten necesarios, que hará por su cuenta el CONTRATISTA, sin que tenga derecho a retribución adicional alguna por ello. En particular las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas este caso, PETROQUÍMICA, si lo estima necesario, podrá ordenar la suspensión total o parcial de los trabajos contratados en la base 13.1 tanto no se lleven a cabo dichos trabajos adicionales y sin que esto sea motivo para ampliar el monto o plazo señalado en el presente contrato para su terminación. Si el CONTRATISTA realiza trabajos por mayor valor de lo contratado, independientemente de la Resolución 245E/2018, de 14 de noviembre, responsabilidad en que incurra por la que se aprueba la convocatoria ejecución de ayudas los trabajos excedentes, no tendrá derecho a Centros Tecnológicos y Organismos reclamar pago alguno por ello, ni modificación alguna del plazo de Investigación y difusión ejecución de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvencioneslos trabajos. Las partes actuarán con reconocen que la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del presente acuerdo. Cada miembro contrato, sin perjuicio de la agrupación será responsable del cumplimiento aplicación de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto penas por atraso establecidas en el presente acuerdoinstrumento. Con independencia de lo anterior, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta partes cause a la otra y/o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada a terceros por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones su negligencia, dolo o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible mala fe serán a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad cargo de la parte afectadaque los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. Los riesgos, la conservación y la limpieza de los trabajos hasta el momento de su entrega serán responsabilidad del CONTRATISTA, así como cumplir con lo señalado en los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Privado De Participación Conjunta

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas LA BOLSA es responsable de garantizar a LA SAB que cuenta con la autorización y las Partes asumen íntegramente facultades necesarias para suscribir el presente Convenio. LA SAB es responsable exclusiva del uso que haga de la información a la que tenga acceso a través del sistema de negociación, de acuerdo con la Cláusula Sexta numeral 6.2. Asimismo, es responsable de las responsabilidades consecuencias derivadas de los actos o decisiones que realice o tome sobre la base de dicha información. LA BOLSA es responsable de comunicar a LA SAB toda la información necesaria para el correcto acceso y uso del sistema de los Mecanismos Centralizados de Negociación. LA BOLSA no será responsable por las consecuencias que se deriven una vez que la ayuda y pudieran acarrear o generar para LA SAB o alguno de sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta clientes como resultado del incumplimiento por parte de resolución definitivaLA SAB de las obligaciones asumidas en virtud del presente documento. En particular el mismo sentido, LA SAB no será responsable por las partes deberán cumplir con consecuencias que se pudieran acarrear o generar para sus clientes como resultado del incumplimiento por parte de LA BOLSA de las obligaciones previstas asumidas en la base 13.1 de la Resolución 245E/2018virtud del presente documento. Lo señalado en los párrafos anteriores es sin perjuicio del cumplimiento por las Partes, de 14 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y lo establecido en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones1328 del Código Civil. Las partes actuarán con la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos La Parte que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades que incumple se hubiera comprometido obliga a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar indemnizar a la otra, salvo sus directores, empleados y representantes y mantenerlos libres por todas las pérdidas, daños, perjuicios, costos, pagos y gastos (incluyendo los honorarios de abogados nacionales y extranjeros contratados por ésta) y por la responsabilidad que le pudiera ser atribuida, que sufra o incurra o deba pagar como resultado del incumplimiento de las obligaciones asumidas en los casos en los virtud del presente documento, incluyendo pero sin limitarse, a la indemnización que tuviera que pagar a terceros. Las Partes renuncian expresamente a oponerse cualquiera de las cláusulas limitativas de responsabilidad que pacte o pudiera haber pactado, según corresponda. Las Partes serán responsables entre sí, siempre que exista dolo dolo, culpa inexcusable o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrolladosleve debidamente comprobados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios perjuicios, sean éstos mediatos, inmediatos o ulteriores, que estas últimas pudieran sufrir se deriven de la inejecución (cumplimiento parcial, tardío y/o defectuoso) o el incumplimiento total de las obligaciones a su cargo según este Convenio, salvo que la inejecución o incumplimiento se produzca por causas no imputables a las Partes, es decir por caso fortuito, fuerza mayor, hecho determinante de un tercero o ausencia de culpa, o cualquier otro evento o circunstancia fuera de su control y ajenos a la diligencia ordinaria que están obligadas a tener bajo este Convenio, tales como fallas en los casos sistemas o infraestructura de telecomunicaciones o energética disponibles en los la fecha de prestación del servicio o fallas en las estaciones satelitales. Para efectos de la presente relación jurídica se entenderá que concurra cualquiera el concepto “ausencia de culpa” se refiere al hecho de haber actuado con la diligencia debida y el concepto “hecho determinante de un tercero” comprenderá todo acto o intervención de una persona ajena a las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; imposibilite o altere total o parcialmente la prestación del servicio objeto del presente Convenio, tales como mandato judicial o alteración de software o hardware por cualquier acción u omisión atribuible a las otras Partes o parte de un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad de la parte afectadaentre otros.

Appears in 1 contract

Samples: www.smv.gob.pe

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades 6.1 El Cliente declara que resulta de su exclusiva responsabilidad contratar los seguros contra incendios, sismos, responsabilidad civil, o de cualquier otra naturaleza, que tengan por objeto cubrir los daños que pueda sufrir la Propiedad, los muebles que la guarnecen, el Cliente o sus dependientes, o los huéspedes o terceros y sus respectivos bienes. De esta forma, OKEYS no tendrá responsabilidad alguna en caso de cualquier siniestro que pueda afectar la propiedad o sus huéspedes o terceros por cualquier causa que sea, liberando el Cliente a OKEYS de cualquier responsabilidad al respecto. 6.2. A mayor abundamiento, OKEYS no responderá en caso alguno por daños, hurtos o robos que se deriven una vez produzcan en la Propiedad arrendada y que afecten al Cliente, a sus dependientes, a los huéspedes o a terceros, en sus personas o bienes, ni tampoco por eventuales perjuicios que sufra el Cliente, sus dependientes, huéspedes o terceros, en sus personas o bienes por inundaciones, filtraciones, roturas de cañerías, cortocircuitos, por efectos de la humedad o del calor o debidos a otras causas análogas. 6.3. El Cliente declara expresamente que no existe dinero en efectivo, joyas u cualquier otro objeto de valor en la Propiedad, no haciéndose responsable OKEYS de ningún daño o robo que pueda afectar la Propiedad. 6.4. Por otra parte, son de cargo del Cliente, todas las reparaciones requeridas para el correcto funcionamiento y mantención de la Propiedad, lo cual incluye las reparaciones locativas de conformidad a la definición del Código Civil como asimismo cualquier otro desperfecto ocasionados en la estructura general de la propiedad y de los sistemas del mismo, no teniendo OKEYS ninguna responsabilidad ni obligación al respecto. 6.5. El Cliente declara ser el único responsable del pago de las contribuciones, gastos comunes u cualquier otra expensa que afecte a la Propiedad objeto del presente contrato, liberando a OKEYS de cualquier responsabilidad y pago al respecto. 6.6. Finalmente, el Cliente declara ser responsable de obtener todos los permisos que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras autoridad competente o la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 ley exija para el arriendo de la Resolución 245E/2018, Propiedad como asimismo declara que son de 14 de noviembre, por la su cargo exclusivo todos los costos y gastos que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y en el artículo 9 puedan derivarse de la Ley Xxxxx 11/2005 obtención de subvenciones. Las partes actuarán con tales permisos, incluyendo eventuales sanciones pecuniarias que pueda cursar la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes autoridad competente por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar infracción a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad de la parte afectadalegislación vigente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestacion De Servicios

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades que se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” será el único responsable de la Resolución 245E/2018prestación de los servicios y deberá sujetarse a todas las Leyes, Reglamentos y Ordenamientos de las Autoridades Competentes en materia de seguridad, protección ecológica y medio ambiente que rijan en el ámbito Federal, Estatal y/o Municipal, así como también a las instrucciones que al efecto le señale “LA CONTRATANTE”, de 14 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas acuerdo a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y lo pactado en el artículo 9 presente contrato y a las leyes aplicables. Las responsabilidades, daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”. Las partes actuarán con reconocen que la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del presente acuerdo. Cada miembro contrato, sin perjuicio de la agrupación será responsable del cumplimiento aplicación de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente acuerdoinstrumento. Con independencia de lo anterior, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta partes cause a la otra y/o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada a terceros por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones su negligencia, dolo o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible mala fe serán a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad cargo de la parte afectadaque los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Del La Prestación Del Servicio De Seguridad Privada, Vigilancia Y Protección

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades que se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 El PROVEEDOR será el único responsable de la Resolución 245E/2018ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de 14 las autoridades competentes en materia de noviembreseguridad, por la protección ecológica y de medio ambiente que se aprueba la convocatoria de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 y rijan en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvencionesámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX PETROQUIMICA. Las partes actuarán con la debida cautela responsabilidades y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los casos en los daños y perjuicios que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta partes cause a la otra y/o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada a terceros por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones su negligencia, dolo o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible mala fe serán a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad cargo de la parte afectadaque los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

Appears in 1 contract

Samples: Formato De Declaración De Integridad

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Todas las Partes asumen íntegramente las responsabilidades que se deriven una vez que la ayuda y sus condiciones hayan sido aceptadas tras la propuesta de resolución definitiva. En particular las partes Partes deberán cumplir con las obligaciones previstas en la base 13.1 15.1 de la Resolución 245E/2018RESOLUCIÓN 76E/2020, de 14 25 xx xxxx, de noviembrela Directora General de Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de 2020 de ayudas a Centros Tecnológicos y Organismos de Investigación y difusión de conocimientos para la realización de proyectos de I+D para el año 2019 colaborativos y en el artículo 9 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Las partes actuarán con la debida cautela y diligencia razonable para evitar compromisos que puedan afectar al cumplimiento del presente acuerdo. Cada miembro de la agrupación será responsable del cumplimiento de las actividades que se hubiera comprometido a realizar con arreglo a lo dispuesto en el presente acuerdo, en la memoria del proyecto y el plan de trabajo. Cada miembro de la agrupación deberá responder de las obligaciones de reintegro o de las sanciones que se puedan imponer como consecuencia del incumplimiento de sus compromisos, en los términos establecidos en la base 15 de la RESOLUCIÓN 76E/2020, de 25 xx xxxx, de la Directora General de Innovación, publicada el 12 xx xxxxx de 2020 en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx, y en el artículo 35 de la Ley Xxxxx 11/2005 de subvenciones. Ninguna de las Partes que suscriben el presente acuerdo será responsable frente a las otras Partes por cualquier lucro cesante, pérdida o daño consecuencial, incidental o indirecto (como por ejemplo pérdida de beneficios, pérdida de contratos, etc.), que el incumplimiento de este acuerdo por una de las partes le pueda ocasionar a la otra, salvo en los casos en los que exista dolo o culpa grave. Respecto a los trabajos desarrollados, cada Parte no asume ningún tipo de responsabilidad frente a las demás Partes por los daños y perjuicios que estas últimas pudieran sufrir en los casos en los que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: falta o la inexactitud de información que pudiera ser facilitada por las otras Partes para la implementación del Proyecto; indicaciones o instrucciones incorrectas facilitadas por las otras Partes que incidan en los trabajos realizados en el Proyecto; por cualquier acción u omisión atribuible a las otras Partes o un tercero, siempre y cuando no intervenga culpa o responsabilidad de la parte afectada.

Appears in 1 contract

Samples: Acuerdo De Consorcio