Régimen de Acopio Cláusulas de Ejemplo

Régimen de Acopio. El Contratista podrá acopiar en obra, a resguardo total de las inclemencias climáticas y bajo su total responsabilidad los materiales que no tengan riesgo de sufrir alteraciones de calidad ni deterioro con su acopiamiento. De modo excepcional podrán acopiarse materiales pasibles de ser afectados en su calidad o cantidad por el transcurso del tiempo, en el caso de que su ritmo de acopio se adapte a su incorporación a la obra según el plan de trabajos o Programa aprobado. El monto del Acopio será hasta el Diez Por Ciento (10%) del monto del contrato, se efectuará por única vez al comienzo de las obras. Los desacopios se efectuarán por certificados de desacopio acumulativos con numeración correlativa independientes de los certificados de obra.
Régimen de Acopio. Se establece un Régimen de Acopio de materiales equivalente hasta un 20% del monto contractual. La solicitud de acopio deberá estar acompañada con los respectivos comprobantes emitidos de acuerdo a las normas vigentes a satisfacción del Poder Judicial de la Nación y avalada la suma total adelantada como acopio por una póliza seguro de caución emitida por una compañía de seguros aceptada previamente por la Dirección General de Infraestructura Judicial, la que será devuelta a la Contratista luego de haberse provisto e instalado en obra la totalidad de los materiales acopiados. Los materiales, provisiones y/o equipos a acopiar serán previamente concertados con la Dirección General de Infraestructura Judicial y podrán ser seleccionados del siguiente listado: a) Obras Generales: Carpinterías metálicas y xx xxxxxx, incluyéndose dentro de las metálicas las de aluminio y xx xxxxx inoxidable. b) Mobiliario en su totalidad. c) Instalación Eléctrica: Tableros y artefactos de iluminación d) Instalación de voz y datos: Central telefónica. e) Instalación Termomecánica: Equipos de aires acondicionados centrales y/o individuales. Establecidos los materiales, provisiones y/o equipos a acopiar el monto del acopio se calculará en base al valor de los mismos declarados por la Contratista en los respectivos análisis de precios que presentó junto a su oferta, más los gastos impositivos correspondientes. Establecido el listado de los materiales, provisiones o equipos a acopiar y su valor de acuerdo con la metodología establecida anteriormente, se incorporaran al contrato de obra pública que se firme como un anexo al mismo. La Contratista será depositaria de los materiales, provisiones o equipos acopiados, quien será la única responsable por su pérdida o deterioro cualquiera sea su causa, incluido los casos fortuitos o de fuerza mayor, el robo o hurto y por daños a terceros. Los gastos que ocasione la guarda y traslado de lo acopiado será a exclusivo cargo de la Contratista la que será la única responsable ante pérdidas o deteriores, liberando al Poder Judicial de la Nación de cualquier responsabilidad sobre los mismos. El Poder Judicial de la Nación se reserva el derecho de inspeccionar los lugares de acopio y el material acopiado en cualquier ocasión, corriendo los gastos que ello origine por cuenta y cargo de la Contratista, como así también deberá proveer todos los medios que fuesen necesarios para realizar las mencionadas inspecciones. El solo hecho de acogerse al presente r...
Régimen de Acopio a. Plan de acopio o listado de materiales sujetos al régimen. Formas de certificación y porcentaje del componente del material sobre el ítem. Actas de acopio. b. Certificados de acopio.

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  • Tablón de anuncios Las empresas autorizarán a que los trabajadores/as, o representantes de éstos, puedan utili- zar en lugar visible de las dependencias de la empresa tablón de anuncios para que puedan informar de los temas que derivan de las relaciones laborales que sean de interés y de apli- cación para todos/as.

  • Extensión de la cobertura 1. La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios. 2. En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.

  • SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.

  • Recepción de Ofertas Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx Dirección Postal Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x (00000) Xxxxxx Xxxxxx Contacto Correo Electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx

  • Apertura y Validación de Ofertas Esta sección incluye el procedimiento de apertura y validación de Ofertas, Técnicas y Económicas, incluye los criterios de evaluación y el procedimiento de Estudio de Precios.

  • DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Se podrá declarar desierta la licitación cuando: 32.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación; 32.2. Los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para CFE o convenientes si así lo considera la convocante; o 32.3. Ninguna proposición sea recibida a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.

  • RELACIÓN DE ANEXOS DEFINICIONES

  • Lugar y plazo de presentación de ofertas Para la licitación del presente contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a que la utilización de medios electrónicos requiere equipos ofimáticos especializados y acceso a plataformas de contratación de los que aún no dispone este Ayuntamiento ni los órganos de contratación. Código CSV: d2872206f1b8b7fc00d9617fdfd663a2a2f0fbf6 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxx | PÁG. 3 DE 10 Las ofertas se presentarán exclusivamente en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de atención al público, dentro del plazo de 20 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante. Las proposiciones podrán presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

  • Aclaración de los Documentos de Licitación 7.1 Todo Oferente potencial que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación deberá comunicarse con el Comprador por escrito a la dirección del Comprador que se suministra en los DDL. El Comprador responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes sean recibidas al menos veintiún (21) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. El Comprador enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Comprador. Si como resultado de las aclaraciones, el Comprador considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 8 y Subcláusula 24.2, de las IAO.

  • Enmienda a los Documentos de Licitación 8.1 El Comprador podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda. 8.2 Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de Licitación directamente del Comprador. 8.3 El Comprador podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 24.2 de las IAO.