ANÁLISIS DE PRECIOS. Cuando las Condiciones Particulares así lo exijan o bien en el momento que la Municipalidad así lo considere necesario, se deberán confeccionar los análisis de precios de los ítems que se soliciten.
ANÁLISIS DE PRECIOS. El SACMEX realizará el análisis de precios de todas las propuestas solventes que cumplan con los requisitos administrativos y legales, técnicos y económicos establecidos en estas Bases.
ANÁLISIS DE PRECIOS. 14.1.- El Oferente presentará la planilla desarrollada de cómputos y con el Análisis de Precios confeccionará el Presupuesto total; no se considerará obligatorio detallar las operaciones numéricas realizadas para la obtención de los valores computados. En la confección y presentación de la oferta y sus respectivos Análisis de Precios deberá respetarse el orden indicado en el Presupuesto Oficial, sin omitir ni agregar ningún ítem ni variar su orden. El Oferente presentará los Análisis de Precios Unitarios en el tipo de formulario que suministrará la Municipalidad (Análisis Tipo de Precios Unitarios según el modelo del Anexo IV planilla V de este pliego y además en formato digital).
14.2.- Si la Repartición así lo requiere, el Oferente deberá presentar los Análisis de Precios no efectuados dentro de los cinco (5) días corridos de ser solicitados, con la misma metodología prevista para el resto de los ítems en la base de la licitación.
14.3.- Los honorarios correspondientes por el cálculo de estructura, confección de planos generales de instalaciones, etc., como así también los correspondientes al estudio de oferta, auxiliar técnico y todo otro profesional afectado a la obra (excepto Representante Técnico) quedan a exclusivo cargo y responsabilidad del Oferente, por lo que dichas tareas deberán ser absorbidas por la Empresa y comprendida dentro de los gastos generales.
14.4.- El Oferente deberá ajustar la documentación de su oferta a lo prescripto en la Resolución Nº 404/07 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos que se adjunta y a las siguientes pautas y aclaraciones:
a) Todos los precios, excepto los de la Mano de Obra en que se considerarán salarios básicos del acuerdo CAC - UAC - UOCRA vigentes a la fecha de apertura de la licitación los establecerá el Oferente.
b) Mediante el vuelco de los precios unitarios en la planilla de cómputo métrico el Oferente confeccionará el Presupuesto de Obra, cuyo importe coincidirá con el valor de la Oferta Básica.
c) En los Análisis de Precios se debe discriminar la mano de obra, según las distintas categorías, indicando para cada una de ellas el rendimiento, o, en su defecto, utilizar cuadrillas tipo específicas, conforme con las tareas a realizar. No se admitirá una única cuadrilla tipo para ser utilizada en los análisis de distintos trabajos, como así mismo deberán explicitarse los rendimientos de cada ítem. En la elaboración de los Análisis de Precios, ha de primar el concepto de su racionalid...
ANÁLISIS DE PRECIOS. UNITARIOS El contratista deberá diligenciar para cada uno de los ítems enunciados en el Formulario 1 – Formulario del presupuesto oficial, el análisis de precios unitarios (costos directos más indirectos), de acuerdo con el formato que se presenta en el respectivo Formulario 1 – Formulario del presupuesto oficial, y entregarlos en el plazo establecido en el numeral 8.1. Los precios unitarios resultantes de los análisis no podrán ser diferentes a los consignados en el Formulario 1 – Formulario del presupuesto oficial toda vez que estos últimos fueron utilizados en la evaluación de las propuestas; si se presentare alguna discrepancia, el contratista deberá ajustar el precio unitario obtenido en el análisis consignado en el formulario de la propuesta. El contratista deberá tener en cuenta dentro de cada uno de los análisis de precios unitarios todo lo necesario y suficiente para llevar a cabo el ítem de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas contractuales, en relación con: el equipo (con sus rendimientos), materiales (cantidades, rendimientos), transportes, mano de obra (con sus rendimientos), AIU. Los equipos deberán tener la capacidad y rendimientos que requiera la ejecución de cada ítem de obra. Cualquier error u omisión del contratista en los costos directos o indirectos considerados en su análisis de precios unitarios para los ítems de obra, es de exclusiva responsabilidad del contratista y por lo tanto no podrá reclamar a la entidad reconocimiento alguno adicional al valor de los precios unitarios consignados en el formulario de su propuesta. El contratista acepta que los precios unitarios por él ofertados constituyen su propuesta económica autónoma.
ANÁLISIS DE PRECIOS. La cotización deberá incluir el análisis de precios de cada Rubro por separado, en el que se indicaran montos y porcentajes de incidencia, según el siguiente detalle:
a.- Materiales: $ %
b.- Jornales: $ %
c.- Cargas Sociales: W% de (b) $ %
d.- Total mano de obra: (b + c) $ %
e.- Costo directo: (a + d) $ %
f.- Gastos Generales de empresa e indirectos de obra: X% de (e) $ % g.- Subtotal: (e + f) $ % h.- Gastos financieros: Y% de (g) $ %
i.- Beneficio: 10% de $ % (g + h)
ANÁLISIS DE PRECIOS. Conjuntamente con la oferta deberá presentarse el Análisis de Precios de la propuesta, debiendo discriminarse como mínimo lo siguiente :
5.1 Elementos, Utensilios, equipamiento, menajes a utilizar.
ANÁLISIS DE PRECIOS. El precio del contrato refleja la política de contención del gasto que lleva a cabo esta Subdirección de Compras y Logística, logrando con la equiparación de precios entre los diversos centros de la Comunidad una reducción del gasto en este material sin menoscabo de la calidad asistencial. Asimismo, en este contrato, la diferencia del coste de adquisición por parte de las oficinas de farmacia para los productos dietoterápicos (precio máximo de facturación), tal y como se describe en aDEor la que se establece el factor común de facturación de la prestación con productos dietéticos, supone entre un 18-22%, según el tipo de dieta. El factor común de facturación comprende los márgenes de distribución, incluido el margen profesional de las oficinas de farmacia, y los impuestos correspondientes. Este factor común de facturación no se incluye en el coste de adquisición por parte de los servicios de farmacia de los hospitales, en los que sólo está incluido el IVA correspondiente, que es del 10%. Por lo tanto, para determinar el precio de licitación se ha tenido en cuenta esta realidad, habiendo contemplado el estudio xx xxxxxxx los precios reales de todos los productos, al que se aplica una bajada del 20% sobre el precio de receta. En Aragón, actualmente, la dispensación de medicamentos y productos dietoterápicos a los centros privados, se realiza desde oficinas de farmacia a través de receta oficial, mientras que, a los pacientes de centros sociales públicos, tanto los medicamentos como los productos dietoterápicos se les suministrarán desde los servicios de farmacia hospitalaria».
ANÁLISIS DE PRECIOS. OBRA: ENCAUCE EN XXX XXXXXX XXXXXX XX. 00 - XXXX XXXXXXXX may-17
ANÁLISIS DE PRECIOS. 2.1.- En el acto de apertura, los proponentes deberán acompañar en el sobre de la Propuesta, por duplicado y en carpeta separada, los análisis de precios detallados de cada uno de los ítems y materiales (comerciales y no comerciales) a incorporar a la obra en un todo de acuerdo con el modelo que se adjunta.
2.2.- La eventual inadecuación de los datos contenidos en los análisis de precios, con respecto a cantidades, precios, proporciones de mano de obra, materiales, equipos, etc, normales en este tipo de obras para la ejecución conforme a las especificaciones técnicas, no justificarán modificación alguna en los precios unitarios del contrato, es decir que los precios unitarios cotizados serán invariables.
2.3.- El Departamento se reserva el derecho de rechazar los análisis de precios presentados por el proponente, pudiendo en el caso de que los mismos presenten errores, irregularidades, precios o proporciones desusadas que afecten las especificaciones xxx Xxxxxx, proceder a la anulación de la propuesta.
2.4.- Para los ítems de obra cuyo monto no alcance al 0,5% del valor de la propuesta, sin sobrepasar en conjunto el 5% de la misma, el oferente podrá omitir los correspondientes análisis de precios.
ANÁLISIS DE PRECIOS. Los oferentes deberán adjuntar los Análisis de Precios según modelo indicado en el Formulario A–13 Formulario Modelo de Detalle de los Precios Unitarios Cotizados, a los efectos del análisis integral de la oferta y de la Redeterminación de Precios.