Salario base de Convenio Cláusulas de Ejemplo

Salario base de Convenio. 1. El salario base de Convenio es la parte de la retribución abonada a los trabajadores, en función de su grupo y nivel profesional de encuadramiento, por la realización del trabajo convenido durante la jornada ordinaria de trabajo fijada en el presente Convenio o la inferior individualmente pactada. La cuantía para los años 2006, 2007 y 2008 xxx xxxxxxx base de Convenio para el personal de estructura en cómputo anual, que contempla las doce pagas ordinarias y las dos extraordinarias, es la establecida en las tablas salariales recogidas en el anexo I del presente Convenio.
Salario base de Convenio. El salario base de convenio para porteros y conserjes de plena dedicación para el año 2017 será el indicado en el Anexo I a este convenio.. Dicho salario se reducirá para los Porteros y conserjes en proporción a la jornada que realicen.
Salario base de Convenio. CVE-2017-7703
Salario base de Convenio. El salario base de Convenio para porteros y conserjes de plena dedicación será para el año 2014 el de 646,13 € mensuales y, para el año 2015 el de 651,30 € mensuales. Dicho salario se reducirá para los porteros y conserjes de no plena dedicación en proporción a la jornada que realicen.
Salario base de Convenio. Se entenderá por salario base de convenio la parte de la retribución de convenio, fijada por unidad de tiempo para cada grupo profesional. Dicho salario de convenio es mínimo y abonable en cuantía mensual (caso de empleados) o diaria (caso de operarios). Los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación de este convenio percibirán, de acuerdo con su grupo profesional, el salario base de convenio fijado en las Tablas Salariales del Anexo I del presente convenio.
Salario base de Convenio. Se entiende por salario base de convenio las percepciones económicas que deba de percibir todo el personal afectado por este Convenio en función de su encuadramiento en cada uno de las Categorías Profesionales descritas en el mismo. El salario base remunera la jornada de trabajo pactada en este Convenio Colectivo y los períodos de descanso legalmente establecidos, cuyos importes se especifican para cada Categoría Profesional en tabla anexa 1.
Salario base de Convenio. Se establece para el año 2021 un incremento del 2,5% con efectos de 1/1/21. El salario base de Convenio para porteros y conserjes de plena dedicación será para el año 2021 el de 734,50 € mensuales. Dicho salario se reducirá para los porteros y conserjes de no plena dedicación en proporción a la jornada que realicen. Se establece para el año 2022 un incremento del 2,5% con efectos de 1/1/22. El salario base de Convenio para porteros y conserjes de plena dedicación será para el año 2022 el de 752,86 € mensuales. Dicho salario se reducirá para los porteros y conserjes de no plena dedicación en proporción a la jornada que realicen. Todos los trabajadores tendrán derecho a la percepción xxx xxxxxxx base de convenio establecido en el apartado anterior, así como al complemento establecido en el apartado 1) del artículo 9 del presente convenio. En ningún caso, el salario establecido en este artículo más los complementos salariales de cualquier clase que perciba el trabajador podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento y en cómputo anual.
Salario base de Convenio. Artículo 25.- Complemento de Fidelidad Artículo 26.- Complemento Puesto Artículo 27.- Complemento Productividad Artículo 28.- Complemento Ad Personam
Salario base de Convenio. Se establece como salario base de convenio el que figura para cada categoría
Salario base de Convenio. 1. El salario base de convenio es la parte de la retribución abonada a los trabajadores, en función de su grupo y nivel profesional de encuadramiento, por la realización del trabajo convenido durante la jornada ordinaria de trabajo fijada en el presente Convenio. La cuantía xxx xxxxxxx base de convenio en cómputo anual para el personal de Mnemon es la establecida en el anexo I del presente Convenio.