Jornada ordinaria de trabajo Cláusulas de Ejemplo

Jornada ordinaria de trabajo cve: BOE-A-2023-447 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Durante la vigencia del presente convenio colectivo, la jornada de trabajo aplicable a todos los trabajadores de Evolutio será de 1.752 horas, en cómputo anual, de las cuales 1.744 horas serán de trabajo efectivo y ocho horas serán de libre disposición para el trabajador. Estas horas de libre disposición podrán disfrutarse en periodos máximos de cuatro horas y nunca inmediatamente antes o después de festivos y periodos vacacionales.
Jornada ordinaria de trabajo. La jornada de trabajo ordinaria es de ocho horas netas de trabajo efectivo, durante todo el año, con entrada de 7:00 a 9:30 horas y salida de 15:30 a 18:00 horas, con una interrupción de al menos treinta minutos durante la jornada para efectuar la comida (en horario a determinar por la Dirección de cada centro de trabajo), salvo en aquellas jornadas de trabajo en las que por razones de ajuste de jornada anual y calendario laboral se establezca una jornada distinta. Estas excepciones serán comunicadas oportunamente a los interesados en cada centro de trabajo mediante comunicado de la Dirección, que será expuesto en los tablones de anuncios y otros medios (intranet, etc.). Asimismo, si las necesidades organizativas o productivas de la Empresa así lo permiten, y dado el criterio de flexibilidad implementado en la Compañía, será posible la interrupción de esta jornada ordinaria por parte de la persona trabajadora, por razones debidamente justificadas, de modo que se pueda ausentar del puesto de trabajo, sin perjuicio del cómputo total, siempre que se produzca la recuperación de esta jornada pendiente de realizar, ya sea en modo de teletrabajo o regresando a su puesto en el propio centro de trabajo. Con este criterio flexible en los horarios de entrada y salida se pretende conciliar, en la medida de lo posible, las necesidades organizativas de la Empresa con las necesidades de la conciliación de vida personal y familiar.
Jornada ordinaria de trabajo. —1. La jornada ordi- naria de trabajo será de 1.533 horas anuales de trabajo efectivo, con un promedio semanal de treinta y cinco horas en un máximo de 219 jornadas. Los trabajadores que no presten servicios a lo largo de todo el año deberán realizar una jornada proporcional al tiempo de servicios prestados.
Jornada ordinaria de trabajo. La jornada anual queda fijada: — Para el turno diurno: 1.575 horas/año de trabajo efectivo (jornada completa), lo que supone un total de 225 días efectivos de trabajo. BOCM-20180623-2 — Para el turno nocturno: 1.462 horas/año de trabajo efectivo (jornada completa), lo que supone un total de 146 días efectivos de trabajo. Los/as trabajadores/as que no presen servicios durante todo el año deberán realizar una jornada proporcional a la de la duración de su contrato. En el caso de trabajadores/as contratados para realizar alguna suplencia o interinidad, se les aplicará el mismo cuadrante de la persona a la que sustituyan. En el mes de diciembre de cada año la Empresa y el comité de empresa revisarán el cumplimiento del cuadrante anual de cada trabajador/a, haciéndose una estimación del posible exceso de jornada que SÁBADO 00 XX XXXXX XX 2018 B.O.C.M. Núm. 149 le corresponda, con el fin de ajustar el número de días así considerado como exceso de jornada, que se disfrutarán en todo caso en el año siguiente. Los días de asuntos propios son obligado disfrute en el año natural en curso. Los/as trabajadores/as podrán solicitar como días de asuntos propios cualquiera de los que tengan señalados como hábiles según su cuadrante de trabajo anual, excepción hecha de los días sábados y domingos. Los días de asuntos propios se deberán solicitar por escrito, con una antelación mínima de cinco días, salvo excepción motivada por alguna urgencia y de acuerdo con la Dirección de la Empresa, y se podrá renunciar a ellos una vez concedidos solicitándolo por escrito, con una antelación mínima xx xxxx días, salvo excepción motivada por alguna urgencia y de acuerdo con la Dirección de la Empresa, para que puedan ser disfrutados por otros trabajadores/as. Los motivos por los que se podrán renunciar a un día de asunto propio previamente concedido serán: — Por encontrarse de IT o AT el solicitante en el momento del disfrute de esa licencia. — Por concurrir alguna de las circunstancias siguientes: Fallecimiento, nacimiento, enfermedad o accidente grave, intervención quirúrgica u hospitalización de cónyuge, hijos/as, padres, hermanos/as y xxxxxxx/as. — Por tener que asistir obligatoriamente, y con la aportación de la documentación al efecto, a asuntos de carácter público o personal impuesto por la Ley, disposición administrativa o por mandato judicial. La Empresa confirmará la concesión de los asuntos propios por escrito y a la mayor brevedad posible.
Jornada ordinaria de trabajo. 1. Para el año 2008, se establece una jornada de 40 horas semanales de trabajo efectivo alcanzando 1.746 horas en cómputo anual y declarándose inhábiles, con carácter exclu- sivo para dicho año los siguientes días. Se declaran días inhábiles de convenio los siguientes: — 27 xx xxxxx. — 31 de octubre. — 24 de diciembre. — 26 de diciembre. — 31 de diciembre. En los días inhábiles reseñados se abonará el plus xx xxxx- tencia. Al objeto de ajustar el calendario laboral a las horas de tra- bajo efectivo fijadas en el Convenio General del Sector, se establece una reducción de dos horas en la jornada de trabajo del día 26 xx xxxxx, entendiéndose que tal día se realizarán seis horas de trabajo efectivo. Previo acuerdo entre empresa y trabajadores, se podrá sus- tituir el día 27 xx xxxxx por el día 10 de octubre como inhábil de convenio, en cuyo caso se establecería una jornada redu- cida de 7 horas efectivas de trabajo para los días 26 y 27 xx xxxxx. Semejante criterio de jornada de 7 horas de trabajo efec- tivo para los días 26 y 27 xx xxxxx podrá considerarse para el caso de las empresas que hayan disfrutado de algún día inhábil de convenio, si fuese compensado con el día 27 xx xxxxx. En caso de no existir acuerdo entre empresa y trabajado- res, regirá el calendario inicialmente acordado, en cuya virtud, el día 27 xx xxxxx es declarado inhábil de convenio. La jornada ordinaria anual durante el período de vigencia del IV Convenio General será la que se establece a continua- ción: — Año 2008: 1.746 horas. — Año 2009: 1.738 horas. — Año 2010: 1.738 horas. — Año 2011: 1.738 horas.
Jornada ordinaria de trabajo artículo 22
Jornada ordinaria de trabajo. Art. 22. La duración de la jornada ordinaria de trabajo no excederá de cuarenta y cinco horas semanales.
Jornada ordinaria de trabajo. La jornada ordinaria mensual de trabajo será establecida en los contratos individuales de cada trabajador, bajo la legislación laboral vigente.

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  • DISPOSICIONES APLICABLES La institución de fianzas y el Proveedor se someten expresamente a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de [XXXXXXXXXXXX], por lo que la Institución de fianzas y el Proveedor renuncian a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y dejan sin efectos cualquier otro pacto que sobre la materia aparezcan en el formato de esta Póliza de fianza. Fecha: ________________ Carta de Crédito Irrevocable Standby Núm. __________ Contrato: _______________________ [Insertar el número de contrato] Estimados Señores: crédito irrevocable Standby (la “Carta de Crédito”) por la cantidad de (ejem: Pesos Mexicanos) (M.N.$_________) (la “Suma Garantizada”) a favor de [CFE], [CFE Empresa Productiva Subsidiaria, EPS], [Área Contratante] (la “Comisión”), en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de la Compañía, asumidas en virtud del Contrato No.____________ (el “Contrato”) que tiene por objeto la adquisición de ___________________________________________ ___________, el cual se celebró entre la Comisión y la Compañía el ______________________, mismo que fue adjudicado de conformidad con el procedimiento de contratación _. Sujeto a las demás estipulaciones contenidas en esta Carta de Crédito, la Comisión podrá, en o antes de la Fecha de Vencimiento referida a continuación, en una o más ocasiones, requerir del Banco Emisor pagos parciales o el pago total de la Suma Garantizada, mediante la presentación de un requerimiento escrito en papel membretado de la Comisión y firmado por su representante legal (un “Requerimiento de Pago”), especificando el monto del pago requerido e indicando: