Common use of Salud laboral Clause in Contracts

Salud laboral. En lo relativo a Salud Laboral, el Contratista incluirá en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde al contratista.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Para La Adjudicación Del Contrato De Mantenimiento De Ascensores Publicos Funicular De Artxanda Inclinados Prim, Pliego De Condiciones Técnicas Para La Adjudicación Del Contrato De Mantenimiento De Ascensores Publicos Funicular De Artxanda Lote 1 Y Lote, Pliego De Condiciones Técnicas Para La Adjudicación Del Contrato De Mantenimiento De Ascensores Publicos Funicular De Artxanda Lote

Salud laboral. En lo relativo a Salud Laboral, el Contratista incluirá Las partes intervinientes en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos negociación del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados presente Convenio se obligan a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica con lo establecido en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridadLey 31/1995 de 8 de Noviembre, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos LaboralesLaborales y sus normas reglamentarias, cuyo cumplimiento corresponde que tienen por objeto el promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante la aplicación de las medidas necesarias para prevenir los riesgos que se derivan en la realización del propio trabajo. Ante la amplitud de las citadas disposiciones, se considera oportuno reseñar lo siguiente: Las empresas deberán efectuar una evaluación de los puestos de trabajo. En materia de prevención los trabajadores recibirán una adecuada formación con cargo a la empresa. Todos los vehículos y maquinaria de la empresa deberán ser revisados con carácter general al contratistamenos una vez al año, participando en dicha revisión aquella persona que maneje tales bienes de forma habitual, o en su defecto la que designen los representantes legales de los trabajadores. Este requisito quedará cumplimentado con la revisión oficial obligatoria. Cuando algún trabajador aprecie una probabilidad seria y grave de accidente por deficiencias de la maquinaria que debe utilizar lo pondrá en conocimiento de la empresa inmediatamente para que se proceda a su subsanación en el plazo más breve posible. Si la empresa considerase que tal anomalía no existe o no supone un riesgo, requerirá a un miembro del Comité o Delegado de los Trabajadores para que supervise tal inexistencia y si éste no mostrase su conformidad a tal anomalía, sin perjuicio de los medios legales que tal representante legal pueda utilizar, la empresa podrá requerir los servicios de un técnico o experto en prevención de riesgos laborales para que dictamine sobre ello. Si el riesgo de accidente fuera inmediato, se estará a lo dispuesto en la normativa legal vigente en cada momento. Las empresas afectadas por este Convenio, vienen obligadas a facilitar a su personal, al menos una vez al año, reconocimiento médico. A los efectos de un control individual de cada uno de los trabajadores se les dotará de una cartilla médica con los datos de cada reconocimiento a los efectos de seguimiento. Las empresas y trabajadores se comprometen al respeto escrupuloso del Reglamento de Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera, así como las normas complementarias sobre conducción y jornadas para los conductores que realizan este tipo de transporte. Ante el conocimiento de la existencia de diferentes centros de trabajo no dotados convenientemente de las medidas de Seguridad e Higiene, ambas partes acuerdan pasar estas denuncias por la Comisión Mixta Paritaria a fin de solucionar estas cuestiones. En todo caso las medidas de prevención de riesgos laborales adoptadas por las empresas afectadas por el presente Convenio no mermarán las facultades que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales confiere a los Delegados de Prevención.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo

Salud laboral. En lo relativo La empresa deberá garantizar la seguridad y la salud de sus trabajadores adoptando cuantas medidas sean necesarias para ello y, más concretamente, aquellas referidas a Salud Laboralevaluación de riesgos, el Contratista incluirá en el citado Plan de Mantenimientoinformación, las normas consulta, participación y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personasformación; paralelamente, los equipos trabajadores deben velar por el cumplimiento de las medidas de prevención, individuales o colectivas, que en cada caso se adopten. Los trabajadores tienen derecho a participar a través de su representación legal en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos de trabajo, y las instalacionesdesde el momento de la contratación o en cualquier cambio sustancial posterior de sus funciones, a recibir la información sobre los materiales riesgos específicos de su puesto de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con sobre los objetivos generales del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos centro de trabajo, instrucciones en la medida en que puedan afectarles, y a la formación necesaria y suficiente para su efectiva prevención. La empresa garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de manejo su estado de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, salud en función de los riesgos inherentes al trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Los resultados de los reconocimientos o exámenes médicos específicos de cada áreasalud serán entregados a aquellos trabajadores que hayan optado por someterse a los mismos o hayan sido realizados por obligación legal, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal no pudiendo ser utilizados con otros fines distintos que los propios de la vigilancia de la salud, obteniendo la empresa contratadalas conclusiones que deriven a través de la correspondiente certificación de aptitud. Los alojamientos del personal serán confortables y ventilados. La manutención del personal, cualquiera que sea su posición jerárquica en será sana, suficiente y bien condimentada. Se solicitará informe previo a la misma. Todos representación legal de los operarios deberán recibir trabajadores para la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas elección xx Xxxxx de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Los delegados de prevención tendrán derecho a ser informados y consultados sobre los cambios de los procesos productivos, a efectos de conocimiento en su caso de los riesgos que afecten a la salud física y mental de los trabajadores. Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo acuerdan que, en materia de Prevención de Riesgos, Seguridad y Salud Laboral Sectorial, salvo lo que especifica el propio convenio colectivo, se encuentren asociados. Para toda encomienda a la instalación eléctrica correspondiente será Fundación para la Prevención de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar Riesgos Laborales en el armario sector de control u otros elementos eléctricosHostelería de las Xxxxx Balears, deberá asegurarse la que no existe tensión en los mismos. El armario será el foro de control permanecerá siempre cerrado debate, diálogo permanente y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al su caso, acuerdos sobre materias concretas para el mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde al contratistapor parte sindical y empresarial.

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Samples: gisasesores.com, www.morey-salva.com

Salud laboral. En lo relativo a Salud Laboral1. La Administración del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, el Contratista incluirá fomentará una auténtica cultura de la prevención en el citado Plan trabajo, que asegure el cumplimiento efectivo y real de Mantenimientolas obligaciones preventivas y proscriba el cumplimiento meramente formal o documental de tales obligaciones, garantizará la protección de la seguridad y salud de todos sus empleados/as mediante el cumplimiento de la legislación de prevención de riesgos laborales y garantizará que los/las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad representantes de los trabajosempleados/as municipales sean consultados y alentados a participar activamente en la actividad preventiva. En el marco de sus responsabilidades, estime oportuno. La finalidad la Administración adoptará cuantas medidas sean necesarias para la protección de estas normas la seguridad y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividadessalud de los/as empleados/as municipales, usos en materia de evaluación de riesgos, información, consulta y costumbres propios participación, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente y vigilancia de la salud, mediante los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, instrumentos necesarios en los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir términos establecidos en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal capítulo IV de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedidoLey 31/1995, de forma nominal8 de noviembre, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos LaboralesLaborales y en las actividades previstas en la misma conforme a su artículo 3.2. La Administración Municipal integrará la prevención en el conjunto de sus actividades y decisiones, cuyo potenciando sus recursos y adecuando su contenido a las peculiaridades organizativas y de participación del personal a su servicio, así como la coordinación de las acciones preventivas a las que esté obligado por disposición normativa. Las Secretarías Generales Técnicas de las Áreas de Gobierno, Direcciones Generales, Coordinaciones de Distrito y Gerencias de los Organismos Autónomos, coordinaran la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales e impulsaran, controlaran y supervisaran el cumplimiento corresponde al contratistade las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales, en el ámbito organizativo de su competencia, asumiendo las responsabilidades según establece el Plan de Prevención. Los/as titulares de la dirección de los Centros y establecimientos municipales velaran por cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales que establece la normativa vigente, así como de garantizar la seguridad y salud de los/as trabajadores/as adscritos a sus respectivos Centros y/o Instalaciones, a tal efecto recibirán formación específica y obligatoria en materia de Prevención de riesgos laborales, asumiendo las responsabilidades según establece el Plan de Prevención. Asimismo, las partes se comprometen a integrar el principio de igualdad en las políticas de salud, conforme a lo dispuesto en el Plan de Igualdad, que se incorpora como Anexo.

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Samples: Acuerdo Convenio Sobre Condiciones De Trabajo, Acuerdo Convenio Sobre Condiciones De Trabajo

Salud laboral. En Las empresas darán en todo momento cumplimiento a lo relativo a Salud Laboral, el Contratista incluirá establecido en el citado Plan la Ley de Mantenimiento, las normas y procedimientos Prevención de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contrataciónRiesgos Laborales. Los trabajadores tendrán derecho a través de sus representantes legales a inspeccionar y controlar las medidas que sean obligatorias para el empresario. Las empresas estarán obligados obligadas a cumplir las normas facilitar una formación práctica en materia de Prevención y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de Salud Laboral en el trabajo, instrucciones a todos los trabajadores que contrate o cambie de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos empresas en cumplimiento de actuación serán lo dispuesto en la Ley de obligado cumplimientoPrevención de Riesgos Laborales están obligadas a realizar un reconocimiento medico especifico en relación con las funciones del puesto de trabajo que desarrolle. En los casos de trabajadores que desempeñen varios puestos de trabajo este reconocimiento será efectuado en relación con la pluralidad de tareas encomendadas. Este reconocimiento será voluntario para el trabajador, quién en su ámbito caso de aplicaciónnegativa podrá comunicarlo por escrito a la empresa a través de sus delegados de prevención o representantes legales, para todo o directamente al empresario en caso de no tener delegados de prevención en el personal centro de trabajo. Las empresas deberán tener suscrita la vigilancia de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos salud de los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante trabajadores con un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedidocentro o servicio medico homologado, de forma nominal, por los Gabinetes acuerdo con lo previsto en las normas de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas desarrollo de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa Ley de Prevención de Riesgos Laborales. CVE-2019-929 En caso de accidente de trabajo, cuyo cumplimiento corresponde al contratistaenfermedad profesional, o en caso de hospitalización se percibirá con cargo a la empresa un complemento de IT, correspondiente a la diferencia entre las prestaciones mensuales que abone la Seguridad Social hasta alcanzar el 100% xxx xxxxxxx integro, con los aumentos por antigüedad en su caso, incluidas las pagas extraordinarias, desde el primer día de la baja, incluso en el caso que hubiese sido sustituido. En caso de enfermedad común o accidente no laboral: Con carácter general se percibirá un complemento de IT con cargo a la empresa, correspondiente a la diferencia entre las prestaciones mensuales que abone la Seguridad Social hasta alcanzar el 100% xxx xxxxxxx integro, con los aumentos por antigüedad en su caso, incluidas las pagas extraordinarias, a partir de los doce días de I.T., incluso en el caso que hubiese sido sustituido. Mejora de las prestaciones en las siguientes situaciones: Las mejoras establecidas en las empresas en materia de I.T. o que pueda tener algún trabajador a titulo personal, serán respetadas como condición más beneficiosa.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector Del Comercio De Detallistas De Alimentación De Cantabria Para Los Años 2018 2022

Salud laboral. En lo relativo La dirección de la empresa promoverá unas condiciones de trabajo que tengan en cuenta la adecuación del trabajo a Salud Laboralla persona. Independientemente de los reconocimientos médicos de carácter específicos al puesto de trabajo que se deban realizar, el Contratista incluirá todos los trabajadores, tendrán derecho a que se les realice un reconocimiento médico completo al año. Las horas empleadas en todos estos reconocimientos, se considerarán como efectivas de trabajo. Sobre la facultad que se establece en el citado Plan artículo 2.2 de Mantenimiento, las normas y procedimientos la Ley de actuación que, debido al riesgo o Prevención de Riesgos Laborales para que en la negociación colectiva se establezca prescripciones relativas a la complejidad adopción de medidas preventivas, siendo éstas consideradas normas sobre prevención de riesgos laborales, en el presente artículo se establecen los criterios de aplicación en el xxxxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxxxx xx la provincia xx Xxxxxxxx. El empresario tiene la obligación de velar por la seguridad y salud de sus trabajadores y de procurar, a su vez, por que se cumplan todas las disposiciones legales en materia de seguridad e higiene en el trabajo, así como potenciar las acciones técnico-preventivas a favor de la salud de los trabajostrabajadores que tiendan a disminuir los riesgos laborales, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales accidentes de trabajo y el medio ambienteenfermedades profesionales, así como, a promover unas condiciones de trabajo que tengan en cuenta la adecuación del trabajo a la persona. El contenido Asimismo, los trabajadores tienen la obligación de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan cumplir las normas, que en materia de seguridad y con salud laboral establece la normativa legallegislación vigente. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo En tal sentido la empresa queda obligada a poner a disposición de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individualindividual (EPI) adecuados para el trabajo que debe realizarse, de modo que en su utilización se garantice la seguridad y salud de los trabajadores. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de Igualmente queda obligada a garantizar que los trabajadores reciban una formación e información adecuada sobre los riesgos que se generen en el desempeño del trabajo, instrucciones así como, sobre las medidas de manejo prevención y protección que hayan de herramientasadoptarse. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción vigilancia periódica de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto su estado de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, salud en función de los riesgos específicos de cada área, operación o inherentes a su puesto de trabajo, acorde a lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Prevención, realizada a través del servicio de prevención de riesgos laborales, respetándose la confidencialidad de los datos obtenidos. Las normas y procedimientos horas empleadas en los reconocimientos, que sean legalmente obligatorios, se considerarán como efectivas de actuación serán trabajo. La evaluación de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo riesgos a que se refiere el personal artículo 16 de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa Ley de Prevención de Riesgos LaboralesLaborales deberá comprender la determinación de la naturaleza, cuyo cumplimiento corresponde al contratistael grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimiento o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones de trabajo de la trabajadora afectada. Las empresas, a petición de los delegados de prevención o de la representación de los trabajadores en el comité de prevención laboral y de la salud, procederán a analizar conjuntamente con ellos, la adopción de las medidas preventivas que resulten más adecuadas en función de las características de los distintos puestos de trabajo de la empresa, incluyendo las medidas preventivas de carácter psicosocial.

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Samples: global.economistjurist.es

Salud laboral. En lo relativo a Salud LaboralLas partes firmantes del presente convenio, el Contratista incluirá se comprometen al desarrollo de la protección de la salud y la seguridad en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal al amparo de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde así co- mo a la observancia de la Ley 39/1999 de Conciliación de la vida familiar y laboral y Ley 12/2001, de 9 de julio. El derecho de los trabajadores/as a un medio de trabajo seguro y saludable, se tiene que articular a través de la integración de la seguridad y salud laboral en todos los estamentos de las empresas. La vigilancia de la salud se efectuara con carácter anual, teniendo todo el personal de las empre- sas derecho a un examen médico anual, incluyendo revisión ginecológica o urológica de conformi- dad con el trabajador/a durante el tiempo de trabajo y a cargo de ésta realizándose por el servicio de prevención y se relacionara con los riesgos del puesto de trabajo. La realización de actividades de profundización, en forma de reconocimientos médicos, estará protocoIizada y en cualquier caso tendrá relación con el trabajo realizado. Tanto los resultados de la vigilancia de la salud, como el reconocimiento médico serán confidenciales, informándose a las em- presas exclusivamente de la aptitud laboral de cada trabajador/a. Todas las empresas del sector, estarán obligadas a tener realizada, actualizada y documentada la evaluación de Riesgos Laborales, el plan de prevención de riesgos y haber adoptado una forma de servicio de prevención de riesgos. La formación a los trabajadores/as, que forma parte del plan de prevención, se efectuará median- te cursos de salud laboral sobre los riesgos generales de su empresa y los inherentes a sus puestos de trabajo y serán impartidos por las organizaciones firmantes del convenio colectivo a través de un reparto del programa establecido por la comisión de seguridad y salud. La empresa deberá facilitar la asistencia a los cursos que se convoquen, incluso en horario laboral si fuese preciso. En el caso de que el cargo de delegado de prevención coincida con el de delegado de personal, se le podrá ampliar el crédito horario hasta cinco horas más si ello fuere necesario. La formación de los delegados, que forma parte del plan de prevención, se realizará mediante cursos de salud laboral sobre los riesgos de su empresa y sector. La formación será acreditada. Se- rá impartida por las organizaciones sindicales firmantes del convenio colectivo a través de un reparto del programa establecido por la comisión de seguridad y salud. Ante la detección de un riesgo grave y/o inminente, ya sea en la evaluación inicial, en las revisio- nes de la evaluación o en cualquier otro momento y en cualquier empresa del sector, ya sea por el servicio de prevención, delegado de prevención o por cualquier trabajador/a, se tomará la iniciativa de paralización de la actividad, de la operación o del puesto de trabajo, realizándose a partir de ese momento un procedimiento que incluya comunicación a los mandos superiores, tanto verbal como por escrito, por parte de quien lo paraliza o por los representantes si les hubiere y las medidas de corrección del riesgo, así como poniéndolo en conocimiento de la autoridad laboral. En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse xxx xxxxx- jo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx. En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, el período de suspensión, podrá computarse, a instancia de la madre o, en su defecto, del padre, a partir de la fecha del alta hospitalaria. Se exclu- yen de dicho cómputo las primeras seis semanas posteriores al contratistaparto, de suspensión obligatoria del contrato de la madre. En el supuesto de parto, la suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas, que se disfru- tarán de forma ininterrumpida, ampliables en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. El período de suspensión se distribuirá a opción de la interesada siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de la madre, el padre podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste del período de suspensión. No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que el padre y la madre trabajen, ésta, al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por que el padre disfrute de una parte determi- nada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesi- va con el de la madre, salvo que en el momento de su efectividad la incorporación al trabajo de la madre suponga un riesgo para su salud. En los supuestos de adopción y acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, de menores de hasta seis años, la suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas, am- pliable en el supuesto de adopción o acogimiento múltiple en dos semanas más por cada hijo a par- tir del segundo, contadas a la elección del trabajador/a, bien a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, bien a partir de la resolución judicial por la que se constituye la adopción. La duración de la suspensión será, asimismo, de dieciséis semanas en los supuestos de adopción o acogimiento de menores mayores de seis años de edad cuando se trate de menores discapacitados o minusválidos o que por sus circunstancias y experiencias personales o que por provenir del ex- tranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes. En caso de que la madre y el padre trabajen, el período de sus- pensión se distribuirá a opción de los interesados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o su- cesiva, siempre con períodos ininterrumpidos y con los límites señalados. En los casos de disfrute simultáneo de períodos de descanso, la suma de los mismos no podrá exceder de las dieciséis semanas previstas en los apartados anteriores o de las que correspondan en caso de parto múltiple. Los períodos a los que se refiere el presente artículo podrán disfrutarse en régimen de jornada completa o a tiempo parcial, previo acuerdo entre los empresarios y los trabajadores/as afectados, en los términos que reglamentariamente se determinen. En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, el período de suspensión, previsto para cada caso en el presente artículo, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución por la que se constitu- ye la adopción. En el supuesto de riesgo durante el embarazo, en los términos previstos en el art. 26, apartados 2 y 3, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la suspensión del contrato finalizará el día en que se inicie la suspensión del contrato por maternidad biológica o desa- parezca la imposibilidad de la trabajadora de reincorporarse a su puesto anterior o a otro compatible con su estado.

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Samples: www.dipsegovia.es

Salud laboral. ARTXANDAKO FUNIKULARRA 1915 En lo relativo a Salud Laboral, el Contratista incluirá en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. ARTXANDAKO FUNIKULARRA 1915 El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde al contratista.

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Samples: www.bilbao.eus

Salud laboral. En lo relativo Las empresas sujetas al presente Convenio colectivo estarán obligadas a Salud Laboral, el Contratista incluirá en el citado Plan poner al alcance de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personastodos sus trabajadores, los equipos medios precisos para que éstos puedan ejecutar su trabajo en las mejores condiciones de actividad, seguridad y salud labo- ral. Las empresas deberán gestionar, de las instalacionesentidades que contraten sus servicios, los materiales que pongan al alcance de trabajo sus trabajadores elementos y el medio ambiente. El contenido medios complementarios eficaces para que ejecuten su actividad en las condiciones de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contrataciónseguridad, rendimiento e higiene deseados. Los trabajadores trabajadores, asimismo estarán obligados a cumplir utilizar los medios y medidas preventivas que les proporcionen las normas empresas, de conformidad con la legislación vigente y procedimientos específicamente la normativa de actuaciónSeguridad y Salud Laborales. Los propietarios, arrendatarios o titulares del local o negocio que tengan con- tratado el servicio de limpieza de los mismos con empresas afectadas por este Convenio estarán obligadas a adoptar en los referidos locales donde se presta el mencionado servicio cuantas medidas complementarias sean necesarias para que las empresas de limpieza que prestan el servicio con su propio personal puedan adoptar correctamente las medidas de seguridad e higiene que les vienen impuestas por este Convenio y especialmente otras disposiciones de carácter general en materia de seguridad, higiene, vestuario, etc. En los contratos suscritos entre los propietarios o arrendatarios, o titulares de los locales donde se deba prestar el servicio y las empresas de limpieza deban realizarlos, se hará constar esta obligación, cuyo cumplimiento estricto ha de observarse por parte de dichos contratantes o arrendatarios que se refieren al uso y utilización adecuada reciban el servicio de máquinaslimpieza, herramientasde tal modo que, instalacionessi así no lo hicieren, productos peligrosos y equipos no podrá prestarse dicho servicio por ninguna empresa dedicada a la actividad de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individuallimpieza, en función tanto no sean adoptadas dichas medidas complementarias de seguridad e higiene. Todo ello sin perjuicio de lo que establece el artículo 19 del Estatuto de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas trabajadores y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica cualquier caso se estará a lo establecido en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En el caso concreto de trabajos de limpieza en establecimientos sanitarios de cualquier índole (lugares susceptibles de contraer contagios o infecciones), cuyo cumplimiento corresponde al contratistalas empresas harán constar en el contrato con dichos establecimientos que el personal que se adscriba para dichos servicios deberá tener las mismas medidas de higiene y preventivas a que tengan derecho los sanitarios del centro, incluso en lo que hace referencia a la disposición de los medicamentos necesarios. El personal estará igualmente obligado a emplear los medios y medidas que a este efecto se le deban proporcionar y a tenor de la normativa legal en cada caso.

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Salud laboral. Motivaciones Generales: dada la importancia que reconocen los firmantes de este convenio, en materia de Seguridad e Higiene y condiciones de trabajo, incluyen en este convenio, un articulo dedicado a dicha materia. Ambas partes consideran de obligada aplicación sobre seguridad e higiene en el trabajo. El trabajador tendrá derecho a una adecuada protección en materia de Seguridad e Higiene y Condiciones de Trabajo. Es un deber básico del empresario el realizar una política adecuada en materia de Seguridad e Higiene en la empresa, a facilitar todos los medios de protección y a cumplir todas las normas y reglamentos existentes en materia de Seguridad e Higiene. Se deberá garantizar un derecho elemental que todo trabajador tiene: La Salud y Seguridad e Higiene en el trabajo. El trabajador tiene el deber básico de observar las medidas de Seguridad e Higiene que se adopten en la empresa. Cooperar en la prevención de riesgos y mantenimiento de la máxima higiene. Los trabajadores deberán utilizar las prendas de protección personal suministradas por el empresario. Los equipos de protección personal y ropa de trabajos que deberá facilitar el empresario gratuitamente, deberán ser homologados y adecuados a los riesgos de los que haya que protegerse, sin suponer de por sí riesgo adicional; deberá responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo; deberá tener en cuenta las exigencias económicas y de salud del trabajador, así como adecuarse correctamente al portador. La empresa facilitará a todos sus trabajadores, la información relativa a los riesgos y daños derivados del trabajador, así como a una formación adecuada, que podrá ser en horas de trabajo, previo acuerdo entre las partes. La empresa deberá de someter a todos sus trabajadores a un reconocimiento médico obligatorio cada año. La empresa concederá un día de licencia retribuida a los trabajadores por llevar a cabo la revisión médica. El resultado de dicho reconocimiento se entregará a cada trabajador, lo más pronto posible. En ningún caso sobrepasará veinte días, desde la fecha que se haga el trabajador el reconocimiento médico. Con el fin de prevenir y detectar lo relativo a antes posible alteraciones de la salud y de tomar medidas ante las primeras alteraciones detectadas los tres representantes de los trabajadores en el Comité de Salud Laboral, el Contratista incluirá en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación queconjuntamente con la empresa decidirán/ acordarán un reconocimiento más específico relacionado con los riesgos existentes Para evitar posibles riesgos, debido al riesgo o a la complejidad trabajo que se realiza de los trabajosrecogida de residuos urbanos, estime oportuno. La finalidad se abre un periodo de estas normas vacunaciones con carácter voluntario y procedimientos es que costeado por la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde al contratista.siguientes vacunas:

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Samples: mcaugt.org

Salud laboral. En lo relativo Las empresas sujetas al presente Convenio colectivo estarán obligadas a Salud Laboral, el Contratista incluirá en el citado Plan poner al alcance de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personastodos sus trabajadores, los equipos medios precisos para que éstos puedan ejecutar su trabajo en las mejores condiciones de actividad, seguridad y salud laboral. Las empresas deberán gestionar, de las instalacionesentidades que contraten sus servicios, los materiales que pongan al alcance de trabajo sus trabajadores elementos y el medio ambiente. El contenido medios complementarios eficaces para que ejecuten su actividad en las condiciones de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contrataciónseguridad, rendimiento e higiene deseados. Los trabajadores trabajadores, asimismo estarán obligados a cumplir utilizar los medios y medidas preventivas que les proporcionen las normas empresas, de conformidad con la legislación vigente y procedimientos específicamente la normativa de actuaciónSeguridad y Salud Laborales. Los propietarios, arrendatarios o titulares del local o negocio que tengan contratado el servicio de limpieza de los mismos con empresas afectadas por este convenio estarán obligadas a adoptar en los referidos locales donde se presta el mencionado servicio cuantas medidas complementarias sean necesarias para que las empresas de limpieza que prestan el servicio con su propio personal puedan adoptar correctamente las medidas de seguridad e higiene que les vienen impuestas por este convenio y especialmente otras disposiciones de carácter general en materia de seguridad, higiene, vestuario, etc. En los contratos suscritos entre los propietarios o arrendatarios, o titulares de los locales donde se deba prestar el servicio y las empresas de limpieza deban realizarlos, se hará constar esta obligación, cuyo cumplimiento estricto ha de observarse por parte de dichos contratantes o arrendatarios que se refieren al uso y utilización adecuada reciban el servicio de máquinaslimpieza, herramientasde tal modo que, instalacionessi así no lo hicieren, productos peligrosos y equipos no podrá prestarse dicho servicio por ninguna empresa dedicada a la actividad de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individuallimpieza, en función tanto no sean adoptadas dichas medidas complementarias de seguridad e higiene. Todo ello sin perjuicio de lo que establece el artículo 19 del Estatuto de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas trabajadores y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica cualquier caso se estará a lo establecido en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En el caso concreto de trabajos de limpieza en establecimientos sanitarios de cualquier índole (lugares susceptibles de contraer contagios o infecciones), cuyo cumplimiento corresponde al contratistalas empresas harán constar en el contrato con dichos establecimientos que el personal que se adscriba para dichos servicios deberá tener las mismas medidas de higiene y preventivas a que tengan derecho los sanitarios del centro, incluso en lo que hace referencia a la disposición de los medicamentos necesarios. El personal estará igualmente obligado a emplear los medios y medidas que a este efecto se le deban proporcionar y a tenor de la normativa legal en cada caso.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Limpieza De Edificios Y Locales De Catalunya

Salud laboral. En lo relativo La empresa y las personas trabajadoras cumplirán las disposiciones contenidas en la normativa vigente sobre seguridad y salud laboral. Los reconocimientos médicos serán de carácter voluntario, sin menoscabo de la realización de otros reconocimientos, con carácter obligatorio, y previo informe de la representación legal de las personas trabajadoras, cuando existan disposiciones legales específicas, o cuando estos sean necesarios para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los/as trabajadores/as, o para verificar si el estado de salud del/la trabajador/a Salud Laboralpuede constituir un peligro para el/ella mismo/a, para los/as demás trabajadores/as, o para otras personas. La periodicidad de los reconocimientos médicos será de acuerdo con los protocolos médicos del Servicio de Prevención-Vigilancia de la salud, teniendo en cuenta el Contratista incluirá en el citado Plan puesto de Mantenimientotrabajo correspondiente, las normas pero nunca antes de los dos años. Cuando se aprecien comportamientos extraños de carácter psíquico y/o farmacológico, de especial intensidad y procedimientos de actuación quehabitualidad; la empresa, debido al riesgo por propia iniciativa, a instancia del/la interesado/a, o a la complejidad de la representación legal de las personas trabajadoras, pondrá los trabajosmedios necesarios para que aquél/la sea sometido/a a reconocimiento médico especial y específico, estime oportunoque contribuya a poder diagnosticar las causas y efectos y facilitar el tratamiento adecuado, obligándose al/la trabajador/a a colaborar con el equipo médico facultativo para cuantos reconocimientos, análisis y tratamientos sean necesarios. La finalidad de estas normas y procedimientos es Durante el tiempo que duren los reconocimientos, análisis o tratamiento, la empresa contratista regule las actividadesse obliga a abonar al/la trabajador/a el 100% xxx xxxxxxx, usos y costumbres propios siempre que medie situación de los trabajos I.T. Independientemente de lo anterior, se hace especial alusión a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción prevención de accidentes laboralesriesgos que pudieran ser de aplicación a los casos de embarazo, enfermedades profesionales la empresa deberá evaluar, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 34 y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal 36 de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde junto con la representación legal de las personas trabajadoras, los puestos de trabajo exentos de riesgo y aquellos en que deba limitarse la exposición al contratistariesgo de las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o lactancia, a fin de adaptar las condiciones de trabajo de aquellas, si así fuera el caso. Dichas medidas incluirán cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o trabajos a turnos. Se procurará, siempre que sea posible, acceder a que la trabajadora embarazada disfrute sus vacaciones reglamentarias en la fecha de su petición. En lo no previsto en los apartados anteriores se aplicará lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como en las normas de desarrollo y concordantes.

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Samples: www.bopcadiz.es

Salud laboral. En lo relativo a Salud Laboral, el Contratista incluirá en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde al contratista.. En cumplimiento del RD 171/2004, de 20 de enero, que desarrolla del artículo 24 de la ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y establece las bases para realizar la coordinación de actividades empresariales en materia de prevención de riesgos laborales y de acuerdo con el Procedimiento de Osakidetza P-PRL05 la adjudicataria deberá presentar entre otra la documentación siguiente: o Evaluación de riesgos de las tareas que va a realizar en la OSI, así como la relación de riesgos que pueden ser originados por su empresa debido a los trabajos que va a realizar en las instalaciones de Osakidetza, y que pueden afectar a los trabajadores y usuarios (visitantes o pacientes) de Osakidetza.. (No se aceptará como documentación para cumplir este requisito una evaluación de riesgos general de la empresa, no adaptada a las tareas a realizar en Osakidetza). o Medidas preventivas que van a adoptar para evitar o controlar dichos riesgos. o Medidas preventivas que estime que Osakidetza debe adoptar para controlar dichos riesgos. o Relación de trabajadores que van a realizar las tareas en Osakidetza, así como certificado sobre la formación específica impartida en PRL (a todos trabajadores y equipo directivo). o Aseguramiento de que todos los trabajadores cumplen todos los requisitos legales respecto de su contratación y Seguridad Social y que se someten a la vigilancia de la salud en función de sus riesgos siendo aptos para su puesto de trabajo. o Ficha de datos de empresa externa según formato especificado en el procedimiento de Osakidetza AO-PRL-01 DOC A2

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas

Salud laboral. En lo relativo Los trabajadores tienen derecho a Salud Laboral, el Contratista incluirá una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado Plan derecho supone la existencia de Mantenimiento, las normas y procedimientos un correlativo deber del empresario de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad protección de los trabajostrabajadores frente a los riesgos laborales. Así mismo, estime oportuno. La finalidad tiene el derecho de estas normas y procedimientos es que participar en la política de su empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios o centro de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratacióntrabajo. Los trabajadores estarán obligados deberán cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la propia seguridad y salud de los trabajadores En el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias y a cumplir las normas y procedimientos través de actuación, y especialmente una acción permanente con el fin de perfeccionar los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos niveles de protección individualexistentes. Serán objeto La empresa garantizará a los trabajadores y trabajadoras la vigilancia periódica de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos su estado de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, salud en función de los riesgos específicos inherentes al trabajo que realicen y al ambiente laboral en que se desarrolle. Esta vigilancia solo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán previo informe de los representantes de los trabajadores, o en caso de no haber, de la Comisión Paritaria del Convenio, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. En todo caso, se deberá optar por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo. Se llevarán a cabo respetando el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las Autoridades Sanitarias. Los resultados de la vigilancia de la salud serán comunicados a los trabajadores afectados no pudiendo ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador. Los trabajadores tienen derecho a ser informados sobre todas las cuestiones de salud laboral que afecten a la empresa en su conjunto como de cada áreatipo de puesto de trabajo o función. Cuando los trabajadores y trabajadoras desarrollen sus actividades en contacto directo con usuarios que padezcan cualquier enfermedad infecto-contagiosa, operación deberán ser informados de dicha circunstancia por las empresas, las cuales deberán facilitarles los medios de protección necesarios para evitar contagios. La empresa deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo, y en particular, en la elaboración de los planes de prevención y en las evaluaciones de riesgos que deban realizarse, todo ello de conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante L.P.R.L.). Así mismo, el empresario deberá consultar a los trabajadores, con carácter previo, la contratación de los servicios de prevención. En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, los derechos de información, consulta y participación serán ejercidos por éstos, sin perjuicio de los derechos que a los trabajadores les atribuye la L.P.R.L. Los delegados de prevención constituyen la representación autónoma de los trabajadores en materia de salud y seguridad. Dada la importancia que la L.P.R.L. atribuye a estos delegados y con el objetivo de que puedan cumplir con las funciones que la citada Ley les encomienda dispondrán de un crédito horario mínimo anual de 40 horas para su formación en materia de prevención de riesgos laborales, sin cargo al crédito horario sindical que en su caso tuviera, ni del previsto para el ejercicio de sus facultades y competencias contempladas en la L.P.R.L. Este tiempo dedicado a la formación será considerado a todos los efectos tiempo de trabajo y su coste nunca recaerá sobre los delegados de prevención. La formación en materia de prevención deberá ser facilitada y costeada por los empresarios y convendrán su realización con las organizaciones sindicales. Así mismo, los delegados de prevención dispondrán de un crédito horario adicional de 15 horas mensuales para el desarrollo de funciones que la L.P.R.L. les encomienda. A este número de horas no se le podrán computar las que se utilicen en aquellas situaciones que en la Ley se contemplan y para las cuales se habilita un crédito horario específico. Dentro de los planes formativos que las empresas deben acometer anualmente y de conformidad con el artículo 19 de la L.P.R.L., en cada año se impartirá a cada uno de los trabajadores una formación teórica y práctica de 10 horas mínimas. El diseño, duración y contenidos de dicha formación se llevará a cabo por la Comisión Sectorial de Formación. La formación se facilitará tanto en el momento de su contratación, como cuando se produzcan cambios en sus funciones o puesto se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. Las normas La formación deberá estar centrada específicamente en su puesto de trabajo y procedimientos adaptarse a la evolución de actuación serán los riesgos. Deberá impartirse siempre que sea posible dentro de obligado cumplimientola jornada de trabajo, o en su defecto, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica otras horas con descuento en aquella del tiempo invertido en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde al contratistaLaborales y demás normativa de aplicación será el referente que guíe las actuaciones del empresario en materia de salud y seguridad y constituirán el mínimo necesario de aplicación con la finalidad de prevenir los riesgos laborales y promover la mejora de las condiciones de trabajo.

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Samples: Convenio Colectivo Laboral Para Las Empresas Que Tengan Adjudicada Mediante Contrato Con Alguna Administración Publica

Salud laboral. En lo relativo a Salud Laboral, el Contratista incluirá Las partes intervinientes en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos negociación del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados presente Convenio se obligan a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica con lo establecido en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridadLey 31/1995 de 8 de Noviembre, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos LaboralesLaborales y sus normas reglamentarias, cuyo cumplimiento corresponde que tienen por objeto el promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante la aplicación de las medidas necesarias para prevenir los riesgos que se derivan en la realización del propio trabajo. Ante la amplitud de las citadas disposiciones, se considera oportuno reseñar lo siguiente: Las empresas deberán efectuar una evaluación de los puestos de trabajo. En materia de prevención los trabajadores recibirán una adecuada formación con cargo a la empresa. Todos los vehículos y maquinaria de la empresa deberán ser revisados con carácter general al contratistamenos una vez al año, participando en dicha revisión aquella persona que maneje tales bienes de forma habitual, o en su defecto la que designen los representantes legales de los trabajadores. Este requisito quedará cumplimentado con la revisión oficial obligatoria. Cuando algún trabajador aprecie una probabilidad seria y grave de accidente por deficiencias de la maquinaria que debe utilizar lo pondrá en conocimiento de la empresa inmediatamente para que se proceda a su subsanación en el plazo más breve posible. Si la empresa considerase que tal anomalía no existe o no supone un riesgo, requerirá a un miembro del comité o Delegado de los Trabajadores para que supervise tal inexistencia y si éste no mostrase su conformidad a tal anomalía, sin perjuicio de los medios legales que tal representante legal pueda utilizar, la empresa podrá requerir los servicios de un técnico o experto en prevención de riesgos laborales para que dictamine sobre ello. Si el riesgo de accidente fuera inmediato, se estará a lo dispuesto en la normativa legal vigente en cada momento. Las empresas afectadas por este Convenio, vienen obligadas a facilitar a su personal, al menos una vez al año, reconocimiento médico. A los efectos de un control individual de cada uno de los trabajadores se les dotará de una cartilla médica con los datos de cada reconocimiento a los efectos de seguimiento. Las empresas y trabajadores se comprometen al respeto escrupuloso del Reglamento de Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera, así como las normas complementarias sobre conducción y jornadas para los conductores que realizan este tipo de transporte. Ante el conocimiento de la existencia de diferentes centros de trabajo no dotados convenientemente de las medidas de Seguridad e Higiene, ambas partes acuerdan pasar estas denuncias por la Comisión Mixta Paritaria a fin de solucionar estas cuestiones. En todo caso las medidas de prevención de riesgos laborales adoptadas por las empresas afectadas por el presente Convenio no mermarán las facultades que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales confiere a los Delegados de Prevención.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Salud laboral. En lo relativo a Salud Laboral, el Contratista incluirá Las partes intervinientes en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos negociación del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados presente Convenio se obligan a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica con lo establecido en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridadLey 31/1995 de 8 de noviembre, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos LaboralesLaborales y sus normas reglamentarias, cuyo cumplimiento corresponde que tienen por objeto el promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante la aplicación de las medidas necesarias para prevenir los riesgos que se derivan en la realización del propio trabajo. Ante la amplitud de las citadas disposiciones, se considera oportuno reseñar lo siguiente: Las empresas deberán efectuar una evaluación de los puestos de trabajo. En materia de prevención los trabajadores recibirán una adecuada formación con cargo a la empresa. Todos los vehículos y maquinaria de la empresa deberán ser revisados con carácter general al contratistamenos una vez al año, participando en dicha revisión aquella persona que maneje tales bienes de forma habitual, o en su defecto la que designen los representantes legales de los trabajadores. Este requisito quedará cumplimentado con la revisión oficial obligatoria. Cuando algún trabajador aprecie una probabilidad seria y grave de accidente por deficiencias de la maquinaria que debe utilizar lo pondrá en conocimiento de la empresa inmediatamente para que se proceda a su subsanación en el plazo más breve posible. Si la empresa considerase que tal anomalía no existe o no supone un riesgo, requerirá a un miembro del comité o Delegado de los Trabajadores para que supervise tal inexistencia y si éste no mostrase su conformidad a tal anomalía, sin perjuicio de los medios legales que tal representante legal pueda utilizar, la empresa podrá requerir los servicios de un técnico o experto en prevención de riesgos laborales para que dictamine sobre ello. Si el riesgo de accidente fuera inmediato, se estará a lo dispuesto en la normativa legal vigente en cada momento. Las empresas afectadas por este Convenio, vienen obligadas a facilitar a su personal, al menos una vez al año, reconocimiento médico. A los efectos de un control individual de cada uno de los trabajadores se les dotará de unacartilla médica con los datos de cada reconocimiento a los efectos de seguimiento. Las empresas y trabajadores se comprometen al respeto escrupuloso del Reglamento de Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera, así como las normas complementarias sobre conducción y jornadas para los conductores que realizan este tipo de transporte. Ante el conocimiento de la existencia de diferentes centros de trabajo no dotados convenientemente de las medidas de Seguridad e Higiene, ambas partes acuerdan pasar estas denuncias por la Comisión Mixta Paritaria a fin de solucionar estas cuestiones. En todo caso las medidas de prevención de riesgos laborales adoptadas por las empresas afectadas por el presente Convenio no mermarán las facultades que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales confiere a los Delegados de Prevención.

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Samples: sie.fer.es

Salud laboral. En lo relativo a Las partes firmantes del presente convenio, se comprometen al desarrollo de la protección de la Salud Laboral, el Contratista incluirá y la Seguridad en el citado Plan Trabajo, al amparo de Mantenimientola Ley de Prevención de Riesgos Labo- rales. El derecho de los trabajadores a un medio de trabajo seguro y saludable, que tiene que articular a través de la integración de la seguridad y salud laboral, en todos los estamentos de la empresa. A tal fin la prevención de riesgos laborales, como actuación a desarrollar en el seno de la empresa, deberá integrarse en el conjunto de sus actividades y decisiones, tanto en los pro- cesos técnicos, en la organización del trabajo y en las normas condiciones en que este se preste, como en la línea jerárquica de la empresa, incluidos todos los niveles de la misma. Los trabajadores tendrán derecho a participar, en los términos previstos en la Ley de Pre- vención de Riesgos Laborales, en el diseño, la adopción y procedimientos el cumplimiento de actuación quelas medidas pre- ventivas. Dicha participación incluye la consulta a cerca de la evaluación de los riesgos y de la con- siguiente planificación y organización de la actividad preventiva, debido al riesgo o en su caso, y en los términos señalados en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Cuando se produzcan decisiones relativas a la complejidad planificación y organización del trabajo en la empresa, y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajostrabajadores, estime oportuno. La finalidad derivadas de estas normas la elec- ción de equipos, la determinación y procedimientos es que la empresa contratista regule adecuación de las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales condiciones de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo impacto de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos factores ambientales de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para se realizará la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma consulta previa a la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función representación de los riesgos específicos trabajadores. En todo caso el procedimiento que se establezca, tendrá en cuenta la Seguridad en el trabajo, la Higiene Industrial y la Ergonomía. La empresa, al suscribir el correspondiente documento de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas asociación con una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, o en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será su caso el documento de aplicación el Reglamento Electrotécnico proposición de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctricoasociación, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán comunicará a la instalación eléctrica derivaciones destinadas representación legal de los trabaja- dores existente la elección de la Mutua correspondiente, pudiendo en tal sentido la represen- tación legal de los trabajadores a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde su opción emitir informe al contratistarespecto.

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Samples: Convenio Colectivo Provincial

Salud laboral. En Se estará a lo relativo a Salud Laboral, el Contratista incluirá dispuesto en el citado Plan Libro II del Convenio General del Sector de Mantenimiento, la Construcción los ar- tículos 117 al 230 ambos inclusive. Ambas partes se comprometen a una especial y estricta observancia de las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica contenidas en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa Ley de Prevención de Riesgos LaboralesLaborales así como el Real Decreto 1.627/1.997 de 24 de Octu- bre de Disposiciones mínimas de Seguridad y salud en las obras de construcción, cuyo cumplimiento corresponde así como cuantas disposiciones puedan dictarse sobre la materia. Las empresas que cuenten con centros de trabajo con más de veinticinco trabajadores constitui- rán un Comité de Seguridad Y Salud Laboral que tendrá facultades y obligaciones según se estable- ce para los mismos en la legislación vigente y que, fundamentalmente, son las siguientes: - Promover en el centro de trabajo la observancia de las disposiciones vigentes en materia de se- guridad y Salud Laboral, cumpliéndolas y haciéndolas cumplir. - Estudiar y proponer las medidas oportunas en orden a la prevención de riesgos profesionales, protección de la vida, integridad física, salud y bienestar de los trabajadores. - Solicitar de los gabinetes provinciales la colaboración en la implantación e inspección de medi- das de protecciones individuales o colectivas para los trabajadores, dándose traslado a todos los componentes del Comité de los informes o planes que pudieran elevar estos organismos. - Ser informado por la dirección de la empresa de la ejecución de obras o adopción de medidas en el respectivo centro de trabajo, teniendo facultad para proponer adecuaciones o modificaciones que sean pertinentes al contratistaplan de seguridad y Salud Laboral. Al objeto de garantizar la máxima seguridad personal, los miembros del Comité podrán proponer al responsable de la obra aquellas unidades o tajos que, a su juicio, entrañen riesgos para las perso- nas o cosas. A su propuesta, la dirección de la empresa adoptará las medidas oportunas. El Comité de Seguridad y Salud Laboral llevará una estadística sumarial de las medidas adopta- das, accidentes, órdenes de seguridad dadas, requerimientos a los trabajadores reticentes a la adopción de las medidas de seguridad personal o colectiva, actuaciones y sanciones que pudieran imponerse a los trabajadores por incumplimiento de ordenes y cualesquiera que resultare de interés a los fines perseguidos. Mediante inserción en el tablón de anuncios, se informará al personal con la periodicidad oportu- na. El Comité de Seguridad y Salud Laboral estará compuesto por el empresario o persona que le re- presente, que lo presidirá: Un técnico en estas materias designado por el propio empresario y cuatro representantes de las categorías profesionales más comunes. Los representantes de los trabajado- res serán designados por el Comité de empresa o por los delegados de personal. En las empresas que no alcancen el número de 25 trabajadores existirá, con carácter obligatorio, un vigilante de seguridad con facultades análogas a las del Comité.

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Samples: www.cnc.es

Salud laboral. En lo relativo La dirección de la empresa promoverá unas condi- ciones de trabajo que tengan en cuenta la adecuación del trabajo a Salud Laboralla persona. Independientemente de los reconocimientos médicos de carácter específicos al puesto de trabajo que se deban realizar, el Contratista incluirá todos los trabajadores, tendrán derecho a que se les realice un reconocimiento médico completo al año. Las horas empleadas en todos estos reconocimientos, se considerarán como efectivas de trabajo. Sobre la facultad que se establece en el citado Plan artículo 2.2 de Mantenimiento, las normas y procedimientos la Ley de actuación que, debido al riesgo o Prevención de Riesgos Laborales para que en la negociación colectiva se establezca pres- cripciones relativas a la complejidad adopción de medidas preventivas, siendo éstas consi- deradas normas sobre prevención de riesgos laborales, en el presente artículo se establecen los criterios de aplicación en el xxxxxx xx xxxxxxxx xxx xxxxxxx xx la provincia xx Xxxxxxxx. El empresario tiene la obligación de velar por la seguridad y salud de sus trabajadores y de procurar, a su vez, por que se cumplan todas las disposicio- nes legales en materia de seguridad e higiene en el trabajo, así como potenciar las acciones técnico-preventivas a favor de la salud de los trabajostrabajadores que tiendan a disminuir los riesgos laborales, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales accidentes de trabajo y el medio ambienteenfermedades profesionales, así como, a promover unas condiciones de trabajo que tengan en cuenta la adecuación del trabajo a la persona. El contenido Asimismo, los trabajadores tie- nen la obligación de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan cumplir las normas, que en materia de seguridad y con salud laboral establece la normativa legallegislación vigente. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo En tal sentido la empresa queda obligada a poner a disposición de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y tra- bajadores equipos de protección individualindividual (EPI) adecuados para el trabajo que debe realizarse, de modo que en su utilización se garantice la seguridad y salud de los trabajadores. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de Igualmente queda obligada a garantizar que los trabajado- res reciban una formación e información adecuada sobre los riesgos que se generen en el desempeño del trabajo, instrucciones así como, sobre las medidas de manejo preven- ción y protección que hayan de herramientasadoptarse. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción vigilancia periódica de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto su estado de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, salud en función de los riesgos específicos inherentes a su pues- to de cada áreatrabajo, operación o puesto acorde a lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Prevención, realizada a través del servicio de prevención de riesgos laborales, respetándo- se la confidencialidad de los datos obtenidos. Las horas empleadas en los reconocimientos, que sean legalmente obliga- torios, se considerarán como efectivas de trabajo. Las normas La evaluación de riesgos a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Pre- vención de Riesgos Laborales deberá comprender la determinación de la natu- raleza, el grado y procedimientos la duración de actuación serán la exposición de obligado cumplimientolas trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimiento o condiciones xx xxxxx- jo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en su ámbito cualquier actividad susceptible de aplicación, para todo el personal presentar riesgo específico. Si los resul- tados de la empresa contratadaevaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o lactancia de las citadas trabajadoras, cualquiera que sea su posición jerárquica en el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la mismaexposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones de trabajo de la trabaja- xxxx afectada. Todos Las empresas, a petición de los operarios deberán recibir delegados de prevención o de la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico representa- ción de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar trabajadores en el armario comité de control u otros elementos eléctricosprevención laboral y de la salud, deberá asegurarse pro- cederán a analizar conjuntamente con ellos, la adopción de las medidas pre- ventivas que no existe tensión resulten más adecuadas en función de las características de los mismos. El armario distintos puestos de control permanecerá siempre cerrado ytrabajo de la empresa, en caso necesario sólo los encargados incluyendo las medidas preventivas de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde al contratistacarácter psicosocial.

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Samples: cemmoda.org

Salud laboral. En lo relativo cuantas materias afecten a Salud Laboral, el Contratista incluirá la seguridad y salud en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales de trabajo y el medio ambiente. El contenido de estos documentos debe ser compatible con los objetivos del citado Plan y con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento para el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico la Ley 31/1995, de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico8 de noviembre, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo cumplimiento corresponde el RD 39/1997 de 17 de enero de 1997, que regula el Reglamento de Servicios de Prevención, y su normativa de desarrollo con mención específica de cuanto afecte a la vigilancia del estado de salud de los trabajadores/as en función de los riesgos inherentes al contratistatrabajo y en materia de representación del personal, en cuanto a los Delegados/as de Prevención y Comité de Seguridad y Salud. Los trabajadores/as tendrán derecho a una revisión médica a cargo de la empresa que se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la legislación vigente aunque se ofrecerá con una mayor frecuencia, con carácter anual. Se efectuarán dentro del horario laboral siempre que fuera posible, en el centro médico donde la misma indique. En casos específicos y de existir justificación para ello, la empresa facilitará la realización de revisiones médicas especiales para evaluar las posibles repercusiones en la salud derivadas de las condiciones de los puestos de trabajo. Adicionalmente a lo establecido en la legislación vigente, con carácter anual, la empresa ofrecerá pruebas complementarias (reconocimiento ginecológico para las mujeres y urológico para los hombres) de acuerdo con los protocolos médicos establecidos al respecto según la edad. La empresa adoptará en todo momento las medidas preventivas necesarias para favorecer la salud de los empleados/as, facilitando las medidas ergonómicas adecuadas para el personal en sus puestos de trabajo y especialmente en la utilización de equipos informáticos, así como en la vigilancia de los riesgos psicosociales. La Empresa adoptará en todo momento las medidas preventivas necesarias para favorecer la salud de los empleados/as, facilitando las medidas ergonómicas adecuadas para el personal en sus puestos de trabajo y especialmente en el manejo de los aparatos informáticos. Durante los períodos de embarazo y/o lactancia de hijo/a menor de 9 meses, la trabajadora no podrá ser trasladada, desplazada en comisión de servicio ni cambiada de puesto de trabajo que implique destino a otro municipio, salvo de común acuerdo o a petición de la interesada. Cuando la trabajadora notifique a la empresa su embarazo, alegando una posible incompatibilidad con las condiciones de su puesto de trabajo respecto de su estado, se procederá a la evaluación del mismo adoptando las medidas necesarias para evitar que pueda estar expuesta a situaciones de riesgo que afecten negativamente a su salud o a la del feto. La formación que deban recibir los empleados/as en materia de prevención, de acuerdo a cuanto estipula el art. 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, constituirá parte de los programas formativos de la Empresa, incluyéndose en el Plan Anual de Formación. En materia de estrés relacionado con el trabajo, se establece el compromiso de promover un entorno de trabajo en el que tanto la salud y bienestar de los empleados/as como el desempeño y productividad, se perciban con la misma relevancia. En este ámbito y dado que el estado de salud de las personas puede incidir también directamente en los procesos, entornos y resultados de la empresa, las partes creen conveniente prestar una especial atención a la protección de la salud de los trabajadores/as, tanto en el puesto de trabajo y la vida profesional como en la vida personal, y se comprometen a continuar aportando nuevas medidas y acciones específicas dirigidas a alentar a todos los empleados/as para que gestionen adecuadamente las situaciones personales y/o profesionales que pueden ser generadoras de estrés utilizando los medios que, en esta materia, se vienen ofreciendo en el marco de la gestión de la salud y la prevención de los riesgos en el puesto de trabajo. Teniendo en cuanta el grave problema que supone el absentismo por causas no justificadas y el perjuicio que supone para la Empresa, para los trabajadores/as de la misma y para la Seguridad Social, la representación de los trabajadores/as se compromete a difundir entre el personal la B.O.C.M. Núm. 116 LUNES 00 XX XXXX XX 2021 necesidad de cooperar en su solución. Al mismo tiempo, el comité colaborará con la empresa buscando soluciones y proponiendo medidas para la eliminación del absentismo no justificado. Este órgano se dotará de un Reglamento de funcionamiento adecuado.

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Samples: Convenio Colectivo De La

Salud laboral. En lo relativo Todos los trabajadores afectado por el presente Convenio tendrán derecho en la prestación de sus servicios a Salud Laboral, el Contratista incluirá una protección eficaz en el citado Plan materia de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportunoSeguridad e Higiene. La finalidad Corporación vendrá obligada a facilitar una formación práctica y adecuada en materia de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividadesSeguridad e Higiene al personal afectado por el Convenio, usos y costumbres propios con especial referencia al personal de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales nuevo ingreso o cuando cambie de puesto de trabajo y tenga que aplicar nuevas técnicas que puedan ocasionar riesgos de accidente o para la salud ya sea para el medio ambientepropio trabajador, para sus compañeros o terceros. La Corporación, previo informe de la Comisión Paritaria, desarrollará las previsiones del art. 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en cuanto a la adecuada implantación del servicio de prevención de riesgos. El contenido Comité de estos documentos debe ser compatible con los objetivos Salud Laboral del citado Plan y con Ayuntamiento xx Xxxxx, cuidará del cumplimiento de la normativa legalsectorial vigente en todas las dependencias y servicios municipales. Serán Dentro del Comité de conocimiento Salud Laboral se integrarán un/a Asistente Social y obligado cumplimiento para un/a Psicólogo/a el colectivo de personas que deban intervenir en el desarrollo de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal Médico de la empresa contratada, cualquiera que sea su posición jerárquica en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico de Seguridad, expedido, de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo Corporación y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa Técnico de Prevención de Riesgos Laborales. Una vez elegidos los cargos, cuyo estos convocarán reuniones que tendrán carácter de ordinarias y extraordinarias. El Comité de Salud Laboral, elaborará un Reglamento de funcionamiento interno que desarrolle el régimen de funcionamiento y la forma de cumplimiento corresponde al contratista.de sus funciones reconocidas por este Convenio y por la legislación específica en un lazo de dos meses, desde su constitución. Las funciones del Comité de Salud Laboral (sin perjuicio de las que establezca la legislación específica y la Comisión Paritaria) serán como mínimo las siguientes:

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Samples: Convenio Colectivo Del Personal Laboral

Salud laboral. En lo relativo a Salud LaboralAl objeto de prevenir accidentes y enfermedades profesionales, el Contratista incluirá y lograr las mejores condi- ciones de higiene y bienestar social en el citado Plan de Mantenimiento, las normas y procedimientos de actuación que, debido al riesgo o a la complejidad de los trabajos, estime oportuno. La finalidad de estas normas y procedimientos es que la empresa contratista regule las actividades, usos y costumbres propios de los trabajos a realizar, haciéndolos más seguros para las personas, los equipos y las instalaciones, los materiales puestos de trabajo y el medio ambientecentros laborales, las empresas que cuenten con seis o más trabajadores/as, sin perjuicio de las obligaciones del personal directivo, técnicos y mandos intermedios, designarán un vigilante de seguridad, cuyo nombra- miento recaerá en miembro del comité de empresa o delegado/a de personal. El contenido /La vigilante de estos documentos debe ser compatible Seguridad asistirá a los cursos de formación organizados por el GabineteTécnico de Seguridad e Higiene; inmediatamente se contará con los objetivos del citado Plan el mismo tan pronto concurra un accidente o vaya a instalarse un mecanismo de Seguridad e Higiene en el trabajo. En todas las fábricas y talleres se tendrá una adecuada instalación, ventilación, acondicio- namiento, protección de maquinaria, con la normativa legal. Serán de conocimiento y obligado cumplimiento las máximas seguridades para el colectivo trabajador/a; se dispondrá de personas que deban intervenir en el desarrollo cuartos de los trabajos objeto de esta contratación. Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas aseo y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios duchas suficientes para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. Las normas y procedimientos de actuación serán de obligado cumplimiento, en su ámbito de aplicación, para todo el personal de la empresa contratadaque trabaja, cualquiera que sea su posición jerárquica tal y como está determinado en la misma. Todos los operarios deberán recibir la adecuada formación en seguridad, acreditando la misma mediante un certificado que asegure haber realizado un curso básico Ley 31/1995 de Seguridad, expedido, 8 de forma nominal, por los Gabinetes de Seguridad Laboral del Trabajo o por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en que se encuentren asociados. Para toda la instalación eléctrica correspondiente será de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente. El personal encargado del mantenimiento eléctrico, antes de operar en el armario de control u otros elementos eléctricos, deberá asegurarse que no existe tensión en los mismos. El armario de control permanecerá siempre cerrado y, en caso necesario sólo los encargados de mantenimiento podrán acceder al mismo. No se conectarán a la instalación eléctrica derivaciones destinadas a otros usos, salvo en los casos en que así lo determine la autoridad municipal. Asimismo, serán de obligada observancia la normativa noviembre de Prevención de Riesgos Laboraleslaborales, cuyo cumplimiento corresponde y comodidad para poder cambiar de ropa propia por la de trabajo. También se dispondrá de armario propio individual para guardar dichas prendas, a la vez se dispondrá xx xxxxxx o bancos para desvestirse y se le dará al contratistapersonal la ropa de trabajo que le corresponda: dos equipos al año de dos prendas cada uno de ellos. Se establecerá un reconocimiento médico obligatorio para todos/as los/as trabajadores/as del sector, como mínimo con carácter anual, a través de las entidades gestoras de la Seguridad Social o del Ministerio deTrabajo, en su caso, los miembros del comité de empresa, delegado/ as de personal o delegado/a sindical, tendrán derecho a la formación en materia de seguridad e higiene, conforme prevé la legislación vigente. Comprometiéndose las empresas a gestionar ante dichos organismos oficiales para que se lleve acabo el reconocimiento.

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Samples: www.araba.eus