SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El AGENTE REGISTRADOR se obliga a tener suscrito durante la vigencia del Contrato un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos inherentes a su negocio, con una cifra de indemnización de al menos QUINIENTOS MIL EUROS (500.000 €). Se incorpora al Contrato como ANEXO VII una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil.
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