Selección y contratación de servicios de consultoría Cláusulas de Ejemplo

Selección y contratación de servicios de consultoría. (a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(18) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Consultores son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2350-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Consultores fueran modificadas por el Banco, la selección y contratación de servicios de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Consultores modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Beneficiario y el Beneficiario acepte por escrito su aplicación.
Selección y contratación de servicios de consultoría. (a) La selección y contratación de consultores deberá ser llevada a cabo de conformidad con las disposiciones establecidas en el documento GN-2350-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011 (en adelante denominado las “Políticas de Consultores”), así como, en consistencia con lo estipulado en el Acuerdo Marco firmado entre el Banco y la CE en el 2011.
Selección y contratación de servicios de consultoría. El procedimiento previsto para la selección y contratación de servicios de consultoría se encuentra detallado en el “Instructivo para la Selección y Contratación de Servicios de Consultoría” (DOC.INS.039). En los casos en que la definición de los consultores a ser contratados esté prevista en el proyecto aprobado por la ANII, se permitirá la contratación de él/los consultores propuestos en forma directa. Para el resto de los casos, se deberán seguir los procedimientos previstos en el “Instructivo para la Selección y Contratación de Servicios de Consultoría” (DOC.INS.039).
Selección y contratación de servicios de consultoría. (a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 10 de las Normas Generales, las partes dejan constancia que las Políticas de Consultores son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2350-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Consultores fuesen modificadas por el Banco, la selección y contratación de servicios de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Consultores modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Beneficiario y el Beneficiario acepte por escrito su aplicación. (b) Para la selección y contratación de servicios de consultoría, se podrá utilizar cualquier método descrito en las Políticas de Consultores, siempre que dicho método haya sido identificado para la respectiva contratación en el Plan de Adquisiciones aprobado por el Banco. También se podrán utilizar los sistemas de país en los términos descritos en el Artículo 10(b) de las Normas Generales. (c) El umbral que determina la integración de la lista corta con consultores internacionales será puesto a disposición del Beneficiario o, en su caso, del Organismo Ejecutor, en la página xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxxx. Por debajo de dicho umbral, la lista corta podrá estar íntegramente compuesta por consultores nacionales del país del Beneficiario.
Selección y contratación de servicios de consultoría. (Cláusula 4.03): Según Políticas de Consultas.

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