Common use of Sistema de clasificación profesional Clause in Contracts

Sistema de clasificación profesional. Los trabajadores afectados por este Acuerdo serán clasificados en un Grupo Profesional, se les asignará una determinada Categoría Profesional y se les encuadrará en una determinada Área Funcional. El desempeño de las funciones derivadas de la citada clasificación define el contenido básico de la prestación laboral. Los Grupos Profesionales y las categorías profesionales a los que se refiere el presente Acuerdo son meramente enunciativos, sin que las empresas vengan obligadas a establecer, en su estructura organizativa, todos y cada uno de ellos. A los efectos del ejercicio de la movilidad funcional, se entenderá que el Grupo Profesional y el Área Funcional del presente Acuerdo cumplen las previsiones que los artículos 22.2 y concordantes del Estatuto de los Trabajadores asignan al mismo.

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Samples: Convenio Hosteleria, doe.juntaex.es, doe.gobex.es

Sistema de clasificación profesional. Los trabajadores y trabajadoras afectados por este Acuerdo serán clasificados en un Grupo Profesional, se les asignará una determinada Categoría Profesional y se les encuadrará en una determinada Área Funcional. El desempeño de las funciones derivadas de la citada clasificación define el contenido básico de la prestación laboral. Los Grupos Profesionales y las categorías profesionales a los que se refiere el presente Acuerdo son meramente enunciativos, sin que las empresas vengan obligadas a establecer, en su estructura organizativa, todos y cada uno de ellos. A los efectos del ejercicio de la movilidad funcional, se entenderá que el Grupo Profesional y el Área Funcional del presente Acuerdo cumplen las previsiones que los artículos 22.2 y concordantes del Estatuto de los Trabajadores asignan al mismo.

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Samples: www.ingesa.mscbs.gob.es

Sistema de clasificación profesional. Los trabajadores afectados por este Acuerdo acuerdo serán clasificados en un Grupo Profesional, se les asignará una determinada Categoría Profesional y se les encuadrará en una determinada Área Funcional. El desempeño de las funciones derivadas de la citada clasificación define el contenido básico de la prestación laboral. Los Grupos Profesionales y las categorías profesionales a los que se refiere el presente Acuerdo son meramente enunciativos, sin que las empresas vengan obligadas a establecer, en su estructura organizativa, todos y cada uno de ellos. A los efectos del ejercicio de la movilidad funcional, se entenderá que el Grupo Profesional y el Área Funcional del presente Acuerdo cumplen las previsiones que los artículos 22.2 y concordantes del Estatuto de los Trabajadores asignan al mismo.

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Samples: doe.gobex.es

Sistema de clasificación profesional. Los trabajadores y trabajadoras afectados por este Acuerdo serán clasificados en un Grupo ProfesionalProfesio- nal, se les asignará una determinada Categoría Profesional y se les encuadrará en una determinada Área Funcional. El desempeño de las funciones derivadas de la citada clasificación define el contenido básico de la prestación laboral. Los Grupos Profesionales y las categorías profesionales a los que se refiere el presente Acuerdo son meramente enunciativos, sin que las empresas vengan obligadas a establecer, en su estructura organizativaorgani- zativa, todos y cada uno de ellos. A los efectos del ejercicio de la movilidad funcional, se entenderá que el Grupo Profesional y el Área Funcional del presente Acuerdo cumplen las previsiones que los artículos 22.2 y concordantes del Estatuto Esta- tuto de los Trabajadores asignan al mismo.

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Samples: www.dipsegovia.es

Sistema de clasificación profesional. Los trabajadores y trabajadoras afectados por este Acuerdo serán clasificados en un Grupo Profesional, se les asignará una determinada Categoría Profesional y se les encuadrará en una determinada Área FuncionalFun- cional. El desempeño de las funciones derivadas de la citada clasificación define el contenido básico de la prestación laboral. Los Grupos Profesionales y las categorías profesionales a los que se refiere el presente Acuerdo son meramente enunciativos, sin que las empresas vengan obligadas a establecer, en su estructura organizativa, todos y cada uno de ellos. A los efectos del ejercicio de la movilidad funcional, se entenderá que el Grupo Profesional y el Área Funcional del presente Acuerdo cumplen las previsiones que los artículos 22.2 y concordantes del Estatuto de los Trabajadores asignan al mismo.

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Samples: www.cograsova.es

Sistema de clasificación profesional. Los trabajadores afectados por este Acuerdo serán clasificados en un Grupo Profesional, se les asignará una determinada Categoría Profesional y se les encuadrará en una determinada Área Funcional. El desempeño de las funciones derivadas de la citada clasificación define el contenido básico de la prestación laboral. Los Grupos Profesionales y las categorías profesionales a los que se refiere el presente Acuerdo son meramente enunciativos, sin que las empresas vengan obligadas a establecer, en su estructura es- tructura organizativa, todos y cada uno de ellos. A los efectos del ejercicio de la movilidad funcional, se entenderá que el Grupo Profesional y el Área Funcional del presente Acuerdo cumplen las previsiones que los artículos 22.2 y concordantes con- cordantes del Estatuto de los Trabajadores asignan al mismo.

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Samples: doe.juntaex.es