Personal titulado Cláusulas de Ejemplo

Personal titulado. Realiza tareas complejas y de impacto, desarrolla programas y aplicaciones técnicas de producción, servicios o administración que exijan titulación específica de grado, de acuerdo con lo especificado en las normas administrativas que las regulan. Se le exige evidenciar un alto nivel de competencias en materia de planificación y programación, desarrollo de otras personas y toma de decisiones, además de en las competencias transversales comunes al sector. Se incluirán dentro de este grupo los siguientes puestos de trabajo: 1. Personal titulado de grado superior o postgrado. 2. Personal titulado de grado medio o grado. 3. Trabajador/a social. 4. Terapeuta ocupacional.
Personal titulado. Este grupo se divide en: - Personal Titulado Xxxxx 0: Se incluirán en este apartado aquellos puestos que requieran para su desempeño la titulación XXXXX 0 Máster, según lo establecido en el Real Decreto 1027/2011, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. - Personal Titulado Xxxxx 0: Se incluirán en este apartado aquellos puestos que requieran para su desempeño la titulación XXXXX 0 Grado, según lo establecido en el Real Decreto 1027/2011, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
Personal titulado. 1. Titulado/a de grado superior o postgrado . . . . . 1.641,84 60,75 3,32 2. Psicólogo/a. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.641,84 60,75 3,32 3. Pedagogo/a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.641,84 60,75 3,32 4. Psicopedagogo/a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.641,84 60,75 3,32 5. Médico/a. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.641,84 60,75 3,32 6. Logopeda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.209,26 44,74 2,45 Tablas salariales 2012 Salario base CDP automático (3,7% xxx xxxxxxx base) Nocturnidad (complemento/ hora nocturna) 7. Titulado/a de grado medio o grado . . . . . . . . . . 8. Fisioterapeuta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9. Trabajador/a social. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10. Educador/a social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Personal titulado. El personal titulado es el responsable de desarrollar y gestionar las directrices y programas emanados de los Órganos de Gobierno y Dirección de Xxxx Xxxx Española en Cáceres en sus distintos ámbitos de actuación: dirección, gestión administrativa, sanitaria asistencial, edu- cación-social, etc... 10.1. El personal Titulado de Grado Superior habrá de estar en posesión del título oficial su- perior expedido por Facultad Universitaria o Escuela Superior. 10.2. El personal Titulado de Grado Medio es el que hallándose en posesión del título oficial de grado medio o Diploma Universitario
Personal titulado. Arquitecto II 1 40.407,23 3.098,27 57,11 2.128,31 1.784,87 41,00 Ingeniero II 1 40.407,23 3.098,27 57,11 2.128,31 1.784,87 41,00 Licenciado II 1 36.655,44 2.802,65 57,11 1.927,42 1.635,35 37,13 Aparejador III 2 33.979,60 2.591,84 57,11 1.783,72 1.528,74 34,37 Perito indust. III 2 33.979,60 2.591,84 57,11 1.783,72 1.528,74 34,37 Ingeniero Técnico O.P. III 2 33.979,60 2.591,84 57,11 1.783,72 1.528,74 34,37 Graduado social III 2 33.979,60 2.591,84 57,11 1.783,72 1.528,74 34,37 Ayte. Téc. San. Prác. IV 2 27.151,85 2.051,43 57,11 1.527,07 1.215,43 27,34
Personal titulado. 1. Personal titulado de grado superior o postgrado. . . . . . . . . . 1.563,74 21.892,35 2. Personal titulado de grado medio o grado. . . . . . . . . . . . . . . 1.151,73 16.124,26 3. Trabajador/a social. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.151,73 16.124,26 4. Terapeuta ocupacional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.151,73 16.124,26
Personal titulado. Este grupo se divide en: - Personal Titulado Nivel 3: Se incluirán en este apartado aquellos puestos que requieran para su desempeño la titulación NIVEL 3 Máster, según lo establecido en el Real Decreto 1027/2011, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. - Personal Titulado Nivel 2: Se incluirán en este apartado aquellos puestos que requieran para su desempeño la titulación NIVEL 2 Grado, según lo establecido en el Real Decreto 1027/2011, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
Personal titulado. Realiza tareas complejas y de impacto, desarrolla programas y aplicaciones téc- nicas de producción, servicios o administración que exijan titulación específica de grado, pudiendo tener o no personal a su cargo. Se incluyen dentro de este grupo:
Personal titulado. Cada uno de los dos grandes grupos se compone de subgrupos profesionales y niveles con sus correspondientes salarios mínimos anuales por Convenio, según Anexo I. Para Titulados de Reciente Incorporación (Tit. Rec. Inco.), la permanencia máxima en la categoría será de 12 meses, transcurridos los cuales deberán promocionar al nivel inmediatamente superior. El presente Convenio es de aplicación a todo el personal que forme parte de la xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx European Investments, S.L.U. en el momento de la entrada en vigor del mismo o que sea contratado durante su vigencia, a salvo de lo dispuesto en los párrafos siguientes. Quedan expresamente excluidos de su ámbito de aplicación las personas a que se refiere el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por RD Legislativo de 24 xx xxxxx de 1995, en sus artículos primero, apartado C) y segundo, apartado A), así como los niveles de organización jerárquica I y ll, correspondientes respectivamente a las que ocupen los puestos de Directores y Jefes de Departamento.
Personal titulado. Integra, coordina, dirige y ordena el trabajo de un grupo de colaboradores o de una unidad determinada. más de en las competencias transversales comunes al sector. Este grupo se divide en: —Personal titulado nivel 3: Se incluirán en este apartado aquellos puestos que requieran para su desempeño la titulación nivel 3 Máster, según lo establecido en el Real Decreto 1027/2011, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. —Personal titulado nivel 2: Se incluirán en este apartado aquellos puestos que requieran para su desempeño la titulación nivel 2 Grado, según lo establecido en el Real Decreto 1027/2011, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.