Common use of Solvencia Clause in Contracts

Solvencia. ECONÓMICA y FINANCIERA: se acreditará por: El volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria Del Contrato De Concesión De Servicios

Solvencia. CONTRATO EXENTO DEL REQUISITO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIAS: NO ECONÓMICA y Y FINANCIERA: De acuerdo con la Cláusula 9ª del presente PCAP se acreditará por: El por el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: De acuerdo con la Cláusula 9ª del PCAP se acreditará por: La por la experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos suministros del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los principales servicios suministros efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que incluya importe, fechas y corresponde el destinatario, público o privado, de los mismosobjeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios , y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad superior al 70% del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración valor estimado del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP)contrato, o de acreditar parte su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. A efectos de determinar la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica correspondencia entre los suministros acreditados y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en constituyen el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, se atenderá a la coincidencia entre los que se halla dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. HABILITACIÓN EMPRESARIAL: como "Distribuidor de combustibles a cliente final en instalación fija", de conformidad con la adecuación entre sus fineslegislación fiscal, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con esto es, el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido alta en el artículo 63 epígrafe del TRLCSP.I.A.E. correspondiente. Las empresas deben disponer de autorización en España como compañías operadoras para el Gasóleo C.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria, Con Un Único Criterio De Adjudicación Del Suministro De Gasóleo

Solvencia. ECONÓMICA La comercialización de energía eléctrica, a pesar de estar liberalizado efectivamente desde el año 2008 es una actividad regulada con carácter especial por la normativa sectorial. Así, a través del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y FINANCIERAprocedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se establecen los requisitos de solvencia técnica y económica que deben acreditar las empresas, para poder acceder al mercado eléctrico, ante el denominado Operador del Sistema (Red Eléctrica de España SA), y el Operador xxx Xxxxxxx Ibérico, conocido como OMIE. Para ello, deben cumplir con: se acreditará por: El volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de - Las empresas deberán cumplir los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas requisitos exigidos a los sujetos compradores en el Registro Mercantilmercado de producción de energía eléctrica conforme a los Procedimientos de Operación Técnica y, si en su caso, las Reglas de Funcionamiento y Liquidación xxx xxxxxxx de producción. - Las empresas deberán presentar ante el empresario estuviera inscrito Operador del Sistema y ante el Operador xxx Xxxxxxx las garantías que resulten exigibles para la adquisición de energía en dicho Registro, el mercado de producción de electricidad en los Procedimientos de Operación Técnica y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscritocorrespondientes Reglas de Funcionamiento y Liquidación xxx Xxxxxxx respectivamente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán Por su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en parte, la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privadoLey 24/2013, de los mismos26 de diciembre, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos Sector Eléctrico establece en alguna ciudad/es su artículo 47 que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento un comercializador incumpla alguno de los requisitos exigidos para el ejercicio de capacidad su actividad, el Ministerio de obrarIndustria, Energía y Turismo podrá declarar la extinción de la habilitación para actuar como comercializador. Con carácter más detallado, se pueden citar como garantías de solvencia exigidas en este mercado regulado, la Resolución de 9 xx xxxx de 2011 de la Secretaria de Estado de Energía, por la que se aprueba el procedimiento de operación del sistema 14.3 “garantías de pago”, o más recientemente la Resolución de 23 de diciembre de 2015, que aprueba las “Reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de producción de energía eléctrica”. En la Regla 7ª establece los requisitos para que una empresa comercializadora pueda adherirse, mediante Contrato de Adhesión, al mercado diario e intradiario eléctrico, y que son verificados por el OMIE, entre los ellos: Regla 7ª.3: Aquella documentación requerida por el Operador xxx Xxxxxxx para posibilitar la actuación y participación efectiva del solicitante en dicho mercado, entre otra y a meros efectos indicativos, personas de contacto con las diferentes Direcciones del Operador xxx Xxxxxxx, datos de unidades de producción o venta, de adquisición y de unidades físicas, datos de liquidación y facturación, ficha de medios técnicos y de comunicación, indicando las características del sistema informático del futuro agente para acceder al Sistema de Información del Operador xxx Xxxxxxx. Por todo ello, y dada la complejidad del funcionamiento de un mercado tan dinámico como es éste, se considera que se halla para la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido requerida a las comercializadoras que quieran licitar en el presente contrato, que exige el artículo 63 del 74 TRLCSP, resultará necesario, y suficiente, presentar el Certificado actualizado de Agente xxx Xxxxxxx Eléctrico emitido por el OMIE.

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Solvencia. ECONÓMICA En aplicación del artículo 65.1 del TRLCSP, no se exige clasificación para la ejecución del contrato. No obstante y, en aplicación del artículo 74.2 del TRLCSP la clasificación administrativa del empresario en el Grupo C, subgrupo 2 Y 4, categoría 1, acreditará su solvencia económica y FINANCIERA: financiera y la técnica para la celebración de este contrato. La solvencia económica y financiera se acreditará porde la siguiente manera: El volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser ser, al menos el valor anual medio del contratomenos, de 127.224,14 euros. El volumen anual Este umbral resulta de negocios del licitador o candidato la aplicación de la siguiente fórmula: La solvencia técnica se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por la siguiente manera:  Relación de las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados por el interesado obras ejecutadas en el curso de los cinco diez últimos años que incluya importeaños, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados avalada por certificados de buena ejecuciónejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en obras de igual o similar naturaleza que las del contrato, será, al menos, de 59.371,26 euros. Este umbral resulta de la aplicación de la siguiente fórmula: Cód. Validación: 5KWQGG66LQMM3SH6KNZETXCTL | Verificación: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 29 Especialidades en la documentación que han de presentar los empresarios extranjeros. Los servicios empresarios extranjeros deberán presentar la documentación señalada anteriormente teniendo en cuenta las especialidades y la documentación específica que a continuación se detalla. Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o trabajos efectuados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo Restantes empresas extranjeras Documentos que acrediten la capacidad de obrar  Se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se acreditarán indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos  Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado informe expedido por éste la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: las que se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en extiende el objeto del contrato. Cada una  Deberá acompañarse además informe de ellas tiene reciprocidad a que acreditar se refiere el cumplimiento artículo 55 del TRLCSP, salvo que se trate de contratos sujetos a regulación armonizadas, en cuyo caso se sustituirá por un informe de la Misión Diplomática Permanente o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Solvencia económica, financiera y técnica  Deberán acreditarse su solvencia económica, financiera y técnica en la misma forma que se exige a los empresarios españoles (apartado 5º de la documentación general).  Xxxxxxx acreditarse su solvencia económica, financiera y técnica en la misma forma que se exige a los empresarios españoles (apartado 5º de la documentación general). Clasificación  Cuando se exija clasificación, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica según se expresa en el anterior apartado (art. 65 del TRLCSP).  Acreditar la clasificación requerida en las mismas condiciones que se exigen a los empresarios españoles  Xxxxxxx, asimismo, presentar declaración responsable de no hallarse clasificados, ni con clasificación suspendida o anulada (art. 9.2 RGLCAP) Sucursal en España designación apoderados  necesario abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil (art. 146 del TRLCSP). Sometimiento Jurisdicción española Declaración de someterse a la jurisdicción de los requisitos Juzgados y Tribunales Españoles de capacidad cualquier orden. Para todas las incidencias que de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (Art. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 146 del TRLCSP.). TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE REDACTADA EN CASTELLANO. LAS TRADUCCIONES DEBERÁN DE HACERSE EN FORMA OFICIAL (Art. 23 RGLCAP). Cód. Validación: 5KWQGG66LQMM3SH6KNZETXCTL | Verificación: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 29

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Samples: Convenio De Colaboración

Solvencia. ECONÓMICA y FINANCIERA: se acreditará por: El volumen anual AYUNTAMIENTO DE ALICANTE Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Mediante el código de negocios del licitador o candidato, que referido al año verificación puede comprobar la validez de mayor volumen de negocio la firma electrónica de los tres últimos concluidos deberá ser docs. firmados accediendo al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual apartado Validación de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte Documentos de la Sede Electrónica del Ayto. de Alicante: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx.xxx El licitador, clasificado en primer lugar, debe acreditar que cuenta con la debida capacidad de obrar, solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas habilitación profesional necesaria para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en realizar el objeto del contrato. Cada una D./Dña. ………………………………………………………………...…………, con DNI nº ………...…………. y teléfono de ellas tiene que acreditar el cumplimiento contacto… ,en representación de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto empresa adjudicataria del contrato para la prestación del servicio…………………………………………………………………………………………………….. y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contratode mantener la coordinación de Actividades Empresariales legalmente establecida en la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, y asegurar que los trabajadores de nuestra empresa que desempeñen sus funciones para el Excmo. Acreditación Ayuntamiento de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso Alicante, disponen de acreditación un adecuado nivel de protección de la solvencia con medios externos salud frente a los riesgos laborales de las condiciones de trabajo, CERTIFICO: - Que se aplicará lo recogido ha realizado la Evaluación de Riesgos y Planificación de la actividad preventiva, de las actividades desarrolladas en sus puestos de trabajo, entregándose copia de dichos Informes al Ayuntamiento. - Que los trabajadores han sido informados sobre los riesgos y medidas preventivas a aplicar en el artículo 63 desempeño de las tareas propias de su puesto. - Que los trabajadores cuentan con la formación necesaria para el desarrollo de su trabajo en condiciones de segundad y de acuerdo con su evaluación de riesgos. AYUNTAMIENTO DE ALICANTE Este documento es una copia auténtica del TRLCSP.documento electrónico original. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los docs. firmados accediendo al apartado Validación de Documentos de la Sede Electrónica del Ayto. de Alicante: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx.xxx - Que los trabajadores disponen de los equipos de protección individuales que establece la evaluación de riesgos de su puesto, siendo conocedores de su correcto uso. - Que se lleva a cabo la vigilancia de la salud establecida legalmente, siendo todos los trabajadores aptos para el desempeño de su puesto. 14

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Solvencia. -SOLVENCIA ECONÓMICA y Y FINANCIERA: 555.000 €. Su acreditación se acreditará porexigirá preceptivamente al propuesto adjudicatario, siendo causa de rechazo de la oferta su no acreditación en la forma que se indica más abajo (o supletoriamente mediante la clasificación que, en su caso, se indique). (Nota: El Por volumen anual de negocios del licitador o candidato, debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que referido al año figura en la cuenta de mayor volumen de negocio pérdidas y ganancias de los tres últimos concluidos deberá ser modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil). Para el caso de licitadores que no tengan depositadas o legalizadas las cuentas en ningún registro oficial, deberán cumplimentar el Anexo XII. - SOLVENCIA TÉCNICA Y/O PROFESIONAL: (Nota: Por empresa de nueva creación se entiende aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años.) - CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL QUE PUEDE SUSTITUIR A LA SOLVENCIA EXIGIDA: No procede - ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES -  6 Profesores/as de Módulos Profesionales: o 2 profesor/a de Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo. o 2 Profesor/a de Informática y Comunicaciones. o 2 Profesores/as de Peluquería-Estética.  2 Profesor/a de Módulos Comunes. Requisitos del personal docente, de acuerdo con el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan los aspectos específicos de la Formación Profesional Básica. o Profesorado de Mantenimiento de Embarcaciones Deportiva y de Recreo: Formación: Técnico Superior en Automoción, u otros equivalentes, ó Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes ( 24 créditos vinculados con los resultados de aprendizaje de los módulos a impartir ), ó Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes con experiencia profesional o de docencia de al menos 3 años vinculada a los módulos del título a impartir. o Profesorado de Informática y Comunicaciones: Formación: Técnico Superior en Informática y Comunicaciones o Certificado de profesionalidad de Xxxxx 0 de Informática y Comunicaciones y del Área de Sistemas y Telemática, ó Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el valor anual medio título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes ( 24 créditos vinculados con los resultados de aprendizaje de los módulos a impartir ), ó Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes con experiencia profesional o de docencia de al menos 3 años vinculada a los módulos del contratotítulo a impartir. El volumen anual o Profesorado de negocios Peluquería-Estética: Formación: Técnico/a Superior en Estética Integral y Bienestar, Técnico Superior en Estilismo y Dirección de Peluquería, Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa u otros títulos equivalentes, ó Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes ( 24 créditos vinculados con los resultados de aprendizaje de los módulos a impartir ), ó Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes con experiencia profesional o de docencia de al menos 3 años vinculada a los módulos del licitador título a impartir. o candidato se acreditará por medio Profesorado de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en Módulos Comunes: Formación: Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscritotítulo de Grado equivalente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia De acuerdo con lo señalado en la realización disposición transitoria decimocuarta de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privadoLey Orgánica 2/2006, de los mismosEducación, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad titulación establecidos no afectarán al profesorado que haya impartido módulos profesionales o comunes en los Programas de obrarCualificación Profesional Inicial en el momento de sustitución de estos programas o en los tres cursos anteriores, entre los que por la Formación Profesional Básica. Es suficiente con declarar este compromiso al presentar las ofertas y únicamente lo acreditará el propuesto adjudicatario. La verificación del cumplimiento de lo aquí dispuesto se halla realizará mediante informe a emitir por el área promotora con anterioridad a la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto adjudicación del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSP.

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Solvencia. ECONÓMICA y FINANCIERA: se acreditará por: El volumen anual Para poder concurrir a la licitación las personas físicas o jurídicas deberán estar en posesión de negocios del licitador las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera técnica o candidato, profesional que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por el medio o los medios que se señalan a continuación: o Lote 1. Alemania. Igual o superior a cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y un euros (55.341,00 €), IVA excluido. o Lote 2. Bélgica. Igual o superior a ciento veintiocho mil setecientos veinte y seis euros con cincuenta y dos céntimos (128.726,52 €), IVA excluido. o Lote 3. Francia Igual o superior a ciento dieciséis setecientos sesenta y cinco mil euros con sesenta y cuatro céntimos (116.765,64 €), IVA excluido. o Lote 4. Italia. Igual o superior a noventa y un mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros con ochenta y cuatro céntimos (91.455,84€), XXX excluido. o Lote 5. Portugal. Igual o superior a veinte y dos mil ochocientos ochenta y cinco euros con noventa y nueve céntimos (22.885,99€), IVA excluido. o Lote 6. Xxxxx Unido. Igual o superior a ochenta y tres mil trescientos sesenta y dos euros con treinta y ocho céntimos (83.362,38€) IVA excluido. En el caso de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en que el Registro Mercantil, si licitador presente oferta para varios lotes el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en importe a acreditar será el registro oficial en que deba estar acumulado de cada uno de los lotes. inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación - Relación de los principales servicios efectuados por o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el interesado objeto del contrato en el curso de los cinco tres últimos años años, en la que incluya se indique el importe, fechas y la fecha, el destinatario, público o privado, privado de los mismos, avalados por certificados mismos y un resumen del alcance de buena ejecuciónlas tareas que implica cada uno de ellos. Los Se consideran servicios de igual o similar naturaleza aquellos relacionados con la gestión de programas internacionales con empresas. El importe anual de los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos de igual o visados por similar naturaleza realizados en la anualidad de mayor ejecución del periodo de los tres años señalados, será como mínimo de: o Lote nº 1. Alemania. Igual o superior a ciento tres mil trescientos tres euros con veinte céntimos (103.303,20 €), IVA excluido. o Lote nº 2. Bélgica. Igual o superior a doscientos cuarenta mil doscientos ochenta y nueve euros con cincuenta céntimos (240.289,50 €), IVA excluido. o Lote nº 3. Francia. Igual o superior a doscientos diecisiete mil novecientos sesenta y dos euros con cincuenta y tres céntimos (217.962,53 €), XXX excluido. o Lote nº 4. Italia. Igual o superior a ciento setenta mil setecientos diecisiete euros con cincuenta y siete céntimos (170.717,57 €), IVA excluido. o Lote nº 5. Portugal. Igual o superior a cuarenta y dos mil setecientos veinte euros con treinta y tres céntimos (42.720,33 €), IVA excluido. o Lote nº 6. Xxxxx Unido Igual o superior a ciento cincuenta y cinco mil seiscientos nueve mil euros con setenta y ocho céntimos (155.609,78 €), IVA excluido. En el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con que el compromiso licitador presente oferta para varios lotes, el licitador debe alcanzar la suma de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas los importes mínimos establecidos para cada uno de los integrantes lotes a los que presenta oferta. - Indicación del equipo técnico y unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato. El licitador deberá adscribir al contrato un equipo que incluya al menos los siguientes perfiles para cada uno de los lotes: - 1 Coordinador/a. Este perfil podrá coincidir en aquellos casos en los que un licitador haya resultado adjudicatario de varios lotes. - 1 Técnico/a de proyecto que trabajará en exclusiva y con dedicación plena al proyecto en la sede que así se determine en cada lote. Deberá contar con titulación universitaria y el siguiente nivel de idiomas: o Nivel C2 de lengua española. o Nivel C1 o superior de la mismalengua principal de trabajo en el país en el que se desarrolla el servicio. En los términos expresados en el Pliego de Cláusulas Particulares, siendo necesario el licitador deberá acreditar que cada el equipo de trabajo asignado reúne los requisitos mínimos de solvencia técnica exigidos. Si durante la ejecución del contrato la empresa individual acredite adjudicataria tuviese necesidad de cambiar alguno de los medios personales propuestos en la realización oferta, lo podrá hacer previa información a la Cámara de algún contrato España y con el acuerdo de éste, sin que ello suponga menoscabo en la calidad de los trabajos o de las fechas comprometidas. La Cámara de España se reserva el derecho a solicitar la sustitución de alguno o de todos los miembros del equipo cuando exista razón justificada para ello. Dicha petición deberá ser indefectiblemente atendida por la empresa prestataria del servicio. El citado personal dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, y por tanto ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresa, debiendo cumplir las disposiciones vigentes en materia Laboral, de gestión Seguridad Social y de aparcamientosSeguridad y Salud, sin que en ningún caso pueda alegarse, por dicho personal, derecho alguno en relación con la Cámara de España, ni exigirse a éste responsabilidades como consecuencia de las obligaciones existentes entre la empresa adjudicataria y sus empleados. Todas las empresas que integran La disponibilidad efectiva de los medios exigidos se acreditará mediante la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social aportación de la siguiente documentación: o CV de los dos perfiles asignados al servicio. o Título universitario y las prestaciones incluidas en el objeto certificado oficial acreditativo del contratonivel de idiomas exigido del perfil “Técnico/a de proyecto”. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento Las titulaciones se acreditarán mediante título original, fotocopia compulsada o copia legitimada notarialmente. Además de los requisitos mencionados, deberán aportarse los siguientes medios para acreditar la solvencia técnica: - Una declaración sobre la plantilla media anual de capacidad la empresa y la importancia de obrarsu personal directivo durante los últimos tres años, entre acompañada de la documentación justificativa cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. - Una declaración del material y equipo técnico de los que disponga el empresario para la prestación efectiva de los servicios, a la que se halla adjuntará la adecuación entre sus finesdocumentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios correspondientes del órgano de contratación. - Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, objeto el empresario podrá basarse en la solvencia y ámbito medios de actividad otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las prestaciones objeto del contratomismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 LCSP, podrán recurrir a las capacidades ajenas a la unión temporal. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación Por tanto, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: económica, financiera y técnica o profesional recogidos en caso de acreditación de la Cláusula 14 basándose en la solvencia y medios de otras entidades. No obstante, con medios externos respecto a los criterios relativos a los títulos profesionales que se aplicará lo recogido indican en el artículo 63 del TRLCSP90.1 de la LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares

Solvencia. CONTRATO EXENTO DEL REQUISITO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIAS: NO ECONÓMICA y Y FINANCIERA: se Se acreditará por: El por el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La Se exigirá experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los principales servicios trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco diez últimos años años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que incluya importe, fechas y corresponde el destinatario, público o privado, de los mismosobjeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por , y el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es será que sumen realizado al menos 50.000 habitantes una obra de similares características a las del presente contrato, por importe igual o un número superior al presupuesto del mismo. A efectos de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de determinar la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica correspondencia entre los trabajos acreditados y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en constituyen el objeto del contrato, se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOSHABILITACIÓN EMPRESARIAL: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSP.NO PROCEDE

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Con Un Único Criterio De Adjudicación Y Tramitación Ordinaria Del “Proyecto De Construcción Nuevo Vaso E Instalaciones De Tratamiento De Agua en La Piscina Del Tránsito De Zamora”

Solvencia. Se deberá acreditar la posesión de la solvencia exigida en los dos apartados siguientes: 1º.- Para el contrato de servicios : Se podrá acreditar la solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia inidicados a continuación o bien mediante la clasificación indicada como sustitutoria: - SOLVENCIA ECONÓMICA y Y FINANCIERA: se acreditará porRequisitos mínimos de solvencia económica y financiera: El volumen Volumen anual de negocios del licitador o candidatonegocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio de 6.429.790,07 euros, equivalente a una vez y media la anualidad media del contratopresupuesto máximo de gasto para los servicios. Se acreditará mediante : El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registroregistro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICAMercantil (Nota: se acreditará porPor volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil ) -SOLVENCIA TÉCNICA Y/O PROFESIONAL: La experiencia Requisitos mínimos de solvencia técnica /profesional: Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato y que el importe anual acumulado en materia el año de gestión mayor ejecución de aparcamientos los últimos cinco años sea igual o superior a 3.000.568,69 euros, equivalente al 70% de la anualidad media del presupuesto máximo de gasto para los servicios. Se acreditará mediante: Una relación (según modelo que se acreditará mediante la relación figura como anexo a este pliego) de los principales servicios efectuados por el interesado o trabajos realizados en el curso de los últimos cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSP.

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Solvencia. ECONÓMICA Justificación de la solvencia económica y FINANCIERA: financiera. La justificación de la solvencia económica y financiera de la empresa se acreditará porpor uno o varios de los medios siguientes: El volumen d.1.a.- justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. d.1.b.- Volumen anual de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del licitador o candidatocontrato, que referido al año de mayor volumen de negocio de como máximo a los tres últimos concluidos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa. Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con los siguientes criterios: La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por la aseguradora, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. Este requisito se entenderá cumplido por la empresa licitadora o candidata que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicataria, del seguro exigido, compromiso que deberá ser hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días hábiles al menos que se refiere el valor anual medio apartado 2 del contratoartículo 151 del TRLCSP. El volumen anual de negocios del licitador de la empresa licitadora o candidato candidata se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario la empresa estuviera inscrito inscrita en dicho Registroregistro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscritoinscrita. Los empresarios Las empresas individuales no inscritos inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: Justificación de la solvencia técnica. La solvencia técnica se acreditará porpor los medios y criterios señalados a continuación: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación d.2.a.1.- Respecto de los principales servicios efectuados por el interesado o trabajos realizados, las empresas deberán acreditar haber ejecutado en el curso los últimos cinco años, como mínimo, dos trabajos cuyo objeto coincida o sea similar al del presente contrato y con un presupuesto no inferior (entre los dos) al 20 % del presupuesto base de los cinco últimos años que incluya licitación, IVA no incluido, del presente contrato. Las acreditaciones deberán incluir importe, fechas fechas, naturaleza, ubicación y el destinatario, público o privado, de los mismostrabajos. Cuando la empresa licitadora hubiera ejecutado el trabajo a través de una UTE, avalados por certificados se computará el importe de buena ejecuciónaquél en proporción a la participación de dicha empresa en la UTE, debiendo para ello indicar en la documentación que se presente el porcentaje de participación. Los servicios d.2.a.2.- Indicación, conforme al ANEXO III de este pliego, del personal asignado a los trabajos objeto de este pliego, haciendo constar su dedicación a los mismos y si su afección a la empresa es de modo permanente o de asesoramiento. La experiencia profesional requerida al personal técnico asignado a los trabajos efectuados – debiéndose acreditar para el mismo las titulaciones académicas y profesionales que se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por señalan en el órgano competentePliego de Prescripciones Técnicas particulares de la presente contratación-, cuando será la indicada en la carátula del presente pliego. Deberá presentarse: Curriculum Vitae del personal que asumirá los cargos de responsabilidad en la ejecución de los trabajos. Acreditación de las titulaciones exigidas. d.2.a.3.-El material y medios auxiliares de los que se dispondrá para la ejecución de los trabajos cumplirán las especificaciones contenidas en ANEXO VI xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas. En el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea supuesto de personas jurídicas dominantes de un sujeto privadogrupo de sociedades, mediante un certificado expedido por éste ose podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a falta efectos de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte acreditación de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y económica, financiera y técnica o profesional de la unión temporal se acumularán las características acreditadas persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para cada uno la ejecución de los integrantes contratos. Toda la documentación establecida en los apartados a), b), c), d) y j) del apartado nº 1 del sobre nº1 “Capacidad y Solvencia” podrá ser sustituida por una declaración responsable de la mismaempresa licitadora indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con el sector público. Tal declaración deberá ajustarse al modelo que figura como XXXXX XX. En tal caso, siendo necesario la empresa licitadora a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y licitadoras aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las prestaciones incluidas en el objeto condiciones establecidas para ser adjudicatarias del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito finalización del plazo de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito presentación de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSPproposiciones.

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Solvencia. CONTRATO EXENTO DEL REQUISITO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIAS: NO ECONÓMICA y Y FINANCIERA: se Se acreditará por: El por el volumen anual de negocios del licitador o candidatolicitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICATÉCNICA Y PROFESIONAL: se Se acreditará por: La experiencia en con la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos del mismo tipo o naturaleza al que se acreditará corresponde el objeto del contrato, mediante la relación de los principales servicios trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que incluya importe, fechas y corresponde el destinatario, público o privado, de los mismosobjeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios , y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen superior al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte 70% de la solvencia con medios externos (artanualidad media del contrato. 63 del TRLCSP): UTE: Para A efectos de determinar la determinación de la solvencia económica correspondencia entre los trabajos acreditados y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en constituyen el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los dado que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito trata de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará un contrato mixto de servicios en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que base a lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido previsto en el artículo 63 12 del TRLCSP, se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos con el código CPV de la principal actividad de este contrato, 92610000-0. Además de la documentación prevista en la Cláusula 14ª del presente PCAP, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que acredite en el plazo establecido en la citada cláusula, que entre los medios que va a adscribir a la ejecución del contrato, los trabajos de mantenimiento serán realizados por una empresa que esté inscrita: - En el Registro de Empresas de Mantenimiento y Reparación de Instalaciones de Calefacción Climatización y Agua Caliente Sanitaria, del Servicio Territorial de Industria y Energía de la Junta xx Xxxxxxxx y León, y por ello cumplir con lo dispuesto en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, R.I.T.E. Real Decreto 1027/2007 del 20 de Julio de 2.007 y sus Instrucciones Técnicas Complementarias - En el Registro Integrado Industrial, regulado en el título IV de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria y en el Real Decreto 559/2010, de 7 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial, según el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias. Que cuenta con el carnet según el Real Decreto 795/2010, de 16 xx xxxxx, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos. Además, deberá acreditarse que los trabajadores que se van a destinar a la realización de los trabajos de mantenimiento de instalaciones de climatizacion, cuentan con el carnet profesional para instalaciones térmicas en edificios, con la necesaria formación, y mantener la colaboración con los recursos preventivos del empresario, según lo referido en el R.D. 171/2004, de 30 de Enero.

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Solvencia. SOLVENCIA ECONÓMICA y Y FINANCIERA: se acreditará porRequisitos mínimos de solvencia económica y financiera: El volumen Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera: Volumen anual de negocios del licitador o candidatonegocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos equivalente a una vez la anualidad y media del presupuesto máximo de gasto. Se acreditará: 1. En caso de tener depositados las cuentas en el valor anual medio Registro mercantil: Mediante Declaración según modelo que figura como anexo a este pliego y acreditación documental del contratoRegistro. El 2. En el resto de los supuestos: Mediante Declaración según modelo que figura como anexo a este pliego, adjuntando la documentación acreditativa especificada en el mismo. (Nota: Por volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio debe entenderse el importe neto de sus la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales aprobadas y depositadas establecidas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscritola legislación mercantil). Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual - SOLVENCIA TÉCNICA Y/O PROFESIONAL: Requisitos mínimos de negocios mediante sus libros solvencia técnica /profesional: Requisitos mínimos de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICAsolvencia técnica /profesional: se acreditará por: La experiencia Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato y que el importe anual acumulado en materia el año de gestión mayor ejecución de aparcamientos los últimos cinco años sea igual o superior al 70% de la anualidad media del presupuesto máximo de gasto. Se acreditará mediante: Una relación (según modelo que se acreditará mediante la relación figura como anexo a este pliego) de los principales servicios efectuados por el interesado o trabajos realizados en el curso de los últimos cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este último certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSP.

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Solvencia. SI CONTRATO EXENTO DEL REQUISITO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIAS: NO ECONÓMICA y Y FINANCIERA: La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará por: El por el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato. la siguiente para cada uno de los lotes: LOTE I: 32.250,00 euros incluido IVA LOTE II: 22.500,00 euros incluido IVA LOTE III: 19.500,00 euros incluido IVA El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La Los licitadores acreditarán su solvencia por la experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los principales servicios trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que incluya importe, fechas y corresponde el destinatario, público o privado, de los mismosobjeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios , y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: LOTE I: 32.250,00 euros incluido IVA LOTE II: 22.500,00 euros incluido IVA LOTE III: 19.500,00 euros incluido IVA A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es acreditados y los que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en constituyen el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, contrato se atenderá a la coincidencia entre los que se halla la adecuación entre dos primeros dígitos de sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contratorespectivos códigos CPV. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOSHABILITACIÓN EMPRESARIAL: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSP.No procede

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria, Con Un Único Criterio De Adjudicación Del “Suministro De Diversos Lotes De Material De Oficina E Imprenta

Solvencia. (Cuando el valor estimado sea inferior a 500.000€) REQUISITOS MÍNIMOS DE SOLVENCIA Y DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA (Arts. 86 a88 LCSP 2017): SI SOLVENCIA ECONÓMICA y Y FINANCIERA: - Cuando se acreditará por: El volumen exija Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP)negocios, o de acreditar parte negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, principales razones de la solvencia con medios externos imposición de dicho requisito salvo que se justifique en el informe específico del artículo 336 LCSP 2017: NO - Cuando se exija ratio entre activos y pasivos, señálese los métodos y criterios que se utilizarán para valorarla: NO SOLVENCIA TÉCNICA (artART. 63 del TRLCSP88 LCSP 2017): UTE: Para la determinación - Si los pliegos no concretan los requisitos de la solvencia económica y financiera y/o de solvencia técnica o profesional, la acreditación se efectúa conforme a los criterios, requisitos y técnica medios recogidos en el segundo inciso del apartado 3 del artículo 87 de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de LCSP 2017 SI - En los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: contratos cuyo valor estimado sea inferior a500.000 € en caso de acreditación empresas de nueva creación de antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del art. 88.1 de la solvencia con medios externos se aplicará LCSP 20107, sin que sea aplicable lo recogido establecido en el artículo 63 del TRLCSP.la letra a),sobre ejecución de un número determinado de obras CONSIDERACIONES SOCIALES, LABORALES Y AMBIENTALES A TENER EN CUENTA COMO CRITERIOS DE SOLVENCIA: SI SE EXIGE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIAS EMPRESAS NO COMUNITARIAS APERTURA SUCURSAL EN SÍ (x ) NO ( )

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Samples: www.orxeta.es

Solvencia. ECONÓMICA y FINANCIERA-Solvencia económica o financiera: se acreditará porDeclaraciones formuladas por entidades financieras. -Solvencia técnica o profesional: El volumen anual Relación de, al menos, un servicio de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados por el interesado similares características ejecutado en el curso de los cinco tres últimos años que incluya importeaños, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados avalada por certificados de buena ejecución donde conste: importe, fecha y lugar de ejecución, indicando si se llevaron normalmente a buen término (En caso de servicios efectuados para el Ayuntamiento de Valencia no será precisa dicha justificación, bastando la referencia al contrato adjudicado). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competenteLas empresas que liciten en unión temporal, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá deberán acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos individualmente los requisitos de solvencia en caso económica, financiera y técnica, acumulándose a los efectos de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple conformidad con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido dispuesto en el artículo 63 24 del TRLCSPRGLCAP. La documentación contenida en este sobre podrá ser recogida por lo licitadores en el plazo de tres meses a contar desde el día señalado para el acto de apertura del sobre número 3, y tras su finalización. Transcurrido dicho plazo sin que sea retirada, se entenderá que renuncian a su recuperación decayendo, por lo tanto, su derecho a ello, pudiendo el Ayuntamiento proceder a su destrucción y posterior reciclaje no requiriéndose a dichos efectos intimación previa. 2.-SOBRE Nº2:. Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 2: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, MONTAJE Y DESMONTAJE DE INFRAESTRUCTURAS Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, PARA LOS ESPECTÁCULOS MUSICALES QUE SE REPRESENTARÁN EN LOS XXXXXXXX XX XXXXXXX EN EL MARCO DE LA XXXXX XX XXXXX DE 2010". Los licitadores incluirán en este sobre aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor, en concreto la documentación relacionada con los criterios de valoración 2º, apartados 1,2 y 3, establecidos en la cláusula 12ª del presente pliego.

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Samples: valencia.es

Solvencia. SOLVENCIA ECONÓMICA y Y FINANCIERA: se acreditará porRequisitos mínimos de solvencia económica y financiera: El volumen Volumen anual de negocios del licitador o candidatonegocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de 204.289,50.- euros, equivalente a una vez y media el valor anual medio presupuesto de licitación del contrato. Se acreditará mediante: El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registroregistro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro MercantilMercantil (Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil). TÉCNICA- SOLVENCIA TÉCNICA Y/O PROFESIONAL: se acreditará porRequisitos mínimos de solvencia técnica /profesional: La experiencia Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato y que el importe anual acumulado en materia el año de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación mayor ejecución de los principales servicios efectuados por el interesado últimos diez años sea igual o superior a 95.335,10.- euros, equivalente al 70% del presupuesto de licitación del contrato. Se acreditará mediante: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco diez últimos años que incluya importeaños, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados avalada por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se acreditarán mediante certificados expedidos o visados precisará si se realizaron según las reglas por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla rige la adecuación entre sus finesprofesión y se llevaron normalmente a buen término (según Anexo II xxx Xxxxxx) -CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL QUE PUEDE SUSTITUIR A LA SOLVENCIA EXIGIDA: Si la clasificación obtenida es anterior a 05-11-2015 y valida hasta el 01-01-2020: Grupo: G, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que Subgrupo: 6 Categoría: C Si la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOSclasificación obtenida es posterior 05-11-2015: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSP.Grupo: G , Subgrupo: 6 Categoría: A

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Samples: www.alonsotegi.net

Solvencia. ECONÓMICA La comercialización de energía eléctrica, a pesar de estar liberalizado efectivamente desde el año 2008 es una actividad regulada con carácter especial por la normativa sectorial. Así, a través del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y FINANCIERAprocedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se establecen los requisitos de solvencia técnica y económica que deben acreditar las empresas, para poder acceder al mercado eléctrico, ante el denominado Operador del Sistema (Red Eléctrica de España SA), y el Operador xxx Xxxxxxx Ibérico, conocido como OMIE. Para ello, deben cumplir con: se acreditará por: El volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de - Las empresas deberán cumplir los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas requisitos exigidos a los sujetos compradores en el Registro Mercantilmercado de producción de energía eléctrica conforme a los Procedimientos de Operación Técnica y, si en su caso, las Reglas de Funcionamiento y Liquidación xxx xxxxxxx de producción. - Las empresas deberán presentar ante el empresario estuviera inscrito Operador del Sistema y ante el Operador xxx Xxxxxxx las garantías que resulten exigibles para la adquisición de energía en dicho Registro, el mercado de producción de electricidad en los Procedimientos de Operación Técnica y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscritocorrespondientes Reglas de Funcionamiento y Liquidación xxx Xxxxxxx respectivamente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán Por su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en parte, la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privadoLey 24/2013, de los mismos26 de diciembre, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos Sector Eléctrico establece en alguna ciudad/es su artículo 47 que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con que un comercializador incumpla alguno de los requisitos exigidos para el compromiso ejercicio de constituir UTE (artsu actividad, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo podrá declarar la extinción de la habilitación para actuar como comercializador. 59 Con carácter más detallado, se pueden citar como garantías de solvencia exigidas en este mercado regulado, la Resolución de 9 xx xxxx de 2011 de la Secretaria de Estado de Energía, por la que se aprueba el procedimiento de operación del TRLCSP)sistema 14.3 “garantías de pago”, o más recientemente la Resolución de 23 de diciembre de 2015, que aprueba las “Reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de producción de energía eléctrica”. En la Regla 7ª establece los requisitos para que una empresa comercializadora pueda adherirse, mediante Contrato de Adhesión, al mercado diario e intradiario eléctrico, y que son verificados por el OMIE, entre ellos: Regla 7ª.3: Aquella documentación requerida por el Operador xxx Xxxxxxx para posibilitar la actuación y participación efectiva del solicitante en dicho mercado, entre otra y a meros efectos indicativos, personas de contacto con las diferentes Direcciones del Operador xxx Xxxxxxx, datos de unidades de producción o venta, de adquisición y de unidades físicas, datos de liquidación y facturación, ficha de medios técnicos y de comunicación, indicando las características del sistema informático del futuro agente para acceder al Sistema de Información del Operador xxx Xxxxxxx. No obstante lo anterior, las licitadoras, deberán acreditar parte de en la forma establecida en la legislación vigente, tanto la habilitación empresarial, como la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y económica, financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSPcorrespondiente.

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Samples: www.bakio.eus

Solvencia. ECONÓMICA y FINANCIERASe acreditará mediante: se acreditará por- Presentación de la clasificación siguiente: El Grupo Q; subgrupo 2; categoría 1, adjuntando también una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han sufrido variación. - O mediante la acreditación del cumplimiento de los siguientes requisitos: - Volumen anual de negocios o bien volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos ámbito al que se acreditará mediante la refiera el contrato, por importe igual o superior a 100.000€. - Una relación de los principales servicios de similares características efectuados por el interesado en el curso de durante los cinco últimos años que incluya años, indicando su importe, fechas y el destinatario, destinatario público o privado, privado de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando si el destinatario sea un sujeto fuera de carácter privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá Las empresas que liciten en unión temporal deberán acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos individualmente los requisitos de solvencia en caso económica, financiera y técnica, acumulándose a los efectos de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple conformidad con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido dispuesto en el artículo 63 24 del TRLCSPRGLCAP. - Certificado positivo de la Agencia Tributaria acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de conformidad con lo establecido en los artículos 13, 15 y 16 del RGLCAP. - Certificado positivo de la Tesorería de la Seguridad Social acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones para con la misma, de conformidad con lo establecido en los 14, 15 y 16 del RGLCAP. - Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del presente contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejerzan, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento, deberá presentar declaración responsable indicando la causa de la exención.

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Solvencia. CONTRATO EXENTO DEL REQUISITO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIAS: NO ECONÓMICA y Y FINANCIERA: se acreditará por: El criterio para la acreditación de esta solvencia será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICATÉCNICA O PROFESIONAL: se acreditará porLos licitadores o candidatos acreditarán su solvencia por el siguiente medio: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los principales servicios trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que incluya importe, fechas y corresponde el destinatario, público o privado, de los mismosobjeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios , y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad superior al 70% del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración valor estimado del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos de solvencia en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP)contrato, o de acreditar parte su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. A efectos de determinar la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica correspondencia entre los trabajos acreditados y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en constituyen el objeto del contratocontrato se atenderá a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Cada una HABILITACIÓN EMPRESARIAL: Deberá tratarse de ellas tiene Entidades Aseguradoras autorizadas legalmente para operar en los xxxxx a que acreditar se refiere la presente contratación, con la forma jurídica, requisitos y condiciones contempladas para el cumplimiento ejercicio de la actividad aseguradora por la Ley de Ordenación y Supervisión de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido en el artículo 63 del TRLCSPSeguros Privados.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación Y Tramitación Ordinaria De La "Contratación Del Seguro De Vida Del Personal Del Excmo. Ayuntamiento De Zamora

Solvencia. ECONÓMICA Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y FINANCIERA: se acreditará por: El volumen anual de negocios del licitador o candidatotécnica, que referido al año de mayor volumen de negocio a través de los tres últimos concluidos deberá ser medios de justificación que, al menos el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. TÉCNICA: se acreditará por: La experiencia en la realización de trabajos en materia de gestión de aparcamientos que se acreditará mediante la relación amparo de los principales servicios efectuados artículos 51, 63, 64 y 67 de la LCSP, se reseñan a continuación: - Solvencia económica o financiera: Declaraciones formuladas por el interesado entidades financieras. - Solvencia técnica o profesional: Relación de, al menos, un servicio de similares características ejecutado en el curso de los cinco tres últimos años que incluya importeaños, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados avalada por certificados de buena ejecución donde conste: importe, fecha y lugar de ejecución, indicando si se llevaron normalmente a buen término (en caso de servicios efectuados para el Ayuntamiento de Valencia no será precisa dicha justificación, bastando la referencia al contrato adjudicado). Los servicios Las empresas licitadoras deberán haber obtenido el título licencia de agencias de viaje minorista o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos mayorista-minorista, expedido por la Agencia Valenciana de Turismo o visados departamento correspondiente. Igualmente, las empresas licitadoras deberán no haber sido sancionadas por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privadofalta grave o muy grave, mediante un resolución firme, por la Generalitat Valenciana, en los últimos cinco años, lo que se acreditará mediante certificado expedido por éste ola Agencia Valenciana de Turismo. Las empresas que liciten en unión temporal, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Requisito mínimo de solvencia: se exigirá deberán acreditar la gestión de algún contrato de servicio de gestión de aparcamientos en alguna ciudad/es que sumen al menos 50.000 habitantes o un número de plazas no inferior a 1.000. Requisitos mínimos individualmente los requisitos de solvencia en caso económica, financiera y técnica, acumulándose a los efectos de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), o de acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP): UTE: Para la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, siendo necesario que cada empresa individual acredite la realización de algún contrato en materia de gestión de aparcamientos. Todas las empresas que integran la UTE tienen que acreditar una relación entre su objeto social y las prestaciones incluidas en el objeto del contrato. Cada una de ellas tiene que acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad de obrar, entre los que se halla la adecuación entre sus fines, objeto y ámbito de actividad y las prestaciones objeto del contrato. Se considerará en toda caso que la UTE no cumple conformidad con el requisito de capacidad de obrar cuando el objeto social de alguna de las empresas que lo integran no guarde relación con el objeto del contrato. Acreditación de solvencia con MEDIOS EXTERNOS: en caso de acreditación de la solvencia con medios externos se aplicará lo recogido dispuesto en el artículo 63 24 del TRLCSPRGLCAP.

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