SUMINISTRO DE MATERIAL E INSUMOS Cláusulas de Ejemplo

SUMINISTRO DE MATERIAL E INSUMOS. LOS POSIBLES PROVEEDORES suministrarán los materiales e insumos necesarios y suficientes para garantizar el óptimo cumplimiento del SERVICIO en cada inmueble, de conformidad con lo solicitado por LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES, quienes designarán el espacio para su almacenamiento y administración por parte de LOS POSIBLES PROVEEDORES. LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán contar, en todo momento, con los materiales e insumos suficientes para prestar el SERVICIO en los inmuebles determinados por LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES incluso en los supuestos de casos fortuitos o fuerza mayor.
SUMINISTRO DE MATERIAL E INSUMOS. Asbiin, S.A. de C.V. suministrarán los materiales e insumos necesarios y suficientes para garantizar el óptimo cumplimiento de “EL SERVICIO” en cada inmueble, de conformidad con lo solicitado por “EL CENACE”, quien designará el espacio para su almacenamiento y administración por parte de Asbiin, S.A. de C.V. Asbiin, S.A. de C.V. deberán contar, en todo momento, con los materiales e insumos suficientes para prestar de “EL SERVICIO” en los inmuebles determinados por “EL CENACE” incluso en los supuestos de casos fortuitos o fuerza mayor.
SUMINISTRO DE MATERIAL E INSUMOS. LOS POSIBLES PROVEEDORES suministrarán los materiales e insumos necesarios y suficientes para garantizar el óptimo cumplimiento del SERVICIO en cada inmueble, de conformidad con lo solicitado por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba, quienes designarán el espacio para su almacenamiento y administración por parte de LOS POSIBLES PROVEEDORES. LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán contar, en todo momento, con los materiales e insumos suficientes para prestar el SERVICIO en los inmuebles determinados por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba incluso en los supuestos de casos fortuitos o fuerza mayor.
SUMINISTRO DE MATERIAL E INSUMOS. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán los materiales e insumos requeridos para garantizar el cumplimiento del “SERVICIO”. Al inicio de la vigencia del Contrato, el supervisor del Contrato designado por la CONDUSEF solicitará por correo electrónico, el material requerido en cada inmueble. La entrega del mismo se deberá realizar a más tardar el quinto día hábil iniciado la vigencia del contrato, en un horario de 9:00 a 12:00 horas del día, en cada uno de los inmuebles mencionados en el numeral “V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO”. El “Proveedor” proporcionará los materiales y un “Reporte de entrega de material” en cada inmueble al supervisor del Contrato designado por la CONDUSEF, para que éste pueda verificar que se hayan recibido en la calidad y cantidad requerida. Este listado deberá contener número, denominación del producto, marca, cantidad suministrada, unidad de medida, fecha en que se suministra el material y un espacio para firmas del personal que entregó y recibió. Los costos de transporte de los materiales de limpieza correrán a cuenta de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”. Durante la vigencia del Contrato, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a suministrar materiales de marca registrada y de primera calidad y que no serán de fabricación casera ni a granel, debiendo cumplir con las características señaladas en el listado siguiente. También se menciona el Estimado requerido de cada material para el total de la vigencia del contrato.
SUMINISTRO DE MATERIAL E INSUMOS. El licitante adjudicado proporcionara mensualmente los materiales e insumos requeridos pare garantizar el cumplimiento del "SERVICIO" conforme a lo siguiente: Material e insumo Unidad Cantidad Aceite lustrador rojo para muebles Pieza 15 Liquido aromatizante para pisos Litro 10 Polvo limpiador para muebles de baño y tarja Pieza 10 Lustrador para muebles xx xxxxxx con protector anti polvo Pieza 10 Cloro desinfectante Litro 20 Desodorante media luna de 70 Grs. Pieza 50 Limpiador de usos generales para muebles Litro 10 Limpiador líquido para pisos con aroma x xxxx Litro 20 Líquido especial para limpieza de pisos laminados Litro 5 Aromatizante ambiental de 325 Grs. Pieza 20 Desmanchador de piso laminado Litro 20 Jabón líquido con crema humectante de 200 ml Litro 15 Detergente en polvo Kg. 20 Detergente líquido para trastes ml 10 Jabón líquido para manos antibacterial de 500 ml para despachador Pieza 30 Papel sanitario tradicional rollo de 250 hojas dobles Pieza 50 Toalla en rollo de 180m Pieza 50 Toalla ínter doblada de 250 hojas de 24 cm x 23.5 cm Paquete 50 Papel higiénico Jumbo de 600 m Pieza 60 Pañuelos desechables de 90 hojas dobles de 21.5 cm x 21 cm Pieza 30 Fungicida Pieza 10 Fibra verde Pieza 20 Fibra negra Pieza 20 Guantes Pieza 40 Liquido limpiador para acero inoxidable (elevadores) Pieza 10 Líquido desengrasante Pieza 10 Tapete aromatizante para mingitorio ecológico Pieza 30 Insecticida en botella Pieza 10 Bolsa para basura de 60 cm x 90 cm Pieza 100 Bolsa para basura de 80 cm x 120 cm Pieza 100 Bolsa para cesto de basura de 60 cm x 40 cm Pieza 100 Palanganas Pieza 10 Trapo de tela absorbente Pieza 30 Cepillo para vidrios Pieza 2 Atomizador Pieza 5 Bomba para W.C. Pieza 6 Cepillo de mano Pieza 10 Cubeta de plástico Pieza 10 Cuña metálica Pieza 10 Escoba tradicional de plástico Pieza 10 Escoba-cepillo de plástico Pieza 10 Recogedor Pieza 5 Piedra pómez Kg. 5 Jalador de agua Pieza 5 Franela Metro 20 Jerga metro 20 Máster Pieza 5 Mechudo de pabilo Pieza 5 Disco canela Pieza 5 Escoba de mijo de 7 hilos Pieza 5 Recogedor metálico xx xxxxxx Pieza 3 Xxxxx para lavado de pisos laminados Pieza 3 Acido oxálico Pieza 5 Ácido muriático Pieza 5 Plumero con extensión Pieza 3 Embudo Pieza 5 Uniforme para cada empleado con logotipo de la empresa (camisola, pantalón y botas de uso rudo). Pieza 3 Todos los productos anteriores tendrán que ser de marca reconocida comercialmente, no se aceptaran productos de marca propia y/o sin marca o de venta a granel, salvo en aque...

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.