DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA".
GLOSARIO
Para efectos de esta Convocatoria, en adición a las definiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, su Reglamento y el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prorroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, se entenderá por:
COMPRANET:
El sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, integrado entre otra información, por los programas anuales en la materia, de las dependencias y entidades; el registro único de proveedores; el padrón de testigos sociales; el registro de proveedores sancionados; las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema será de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación
El sistema estará a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a través de la unidad administrativa que se determine en su Reglamento, la que establecerá los controles necesarios para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información que contenga.
Dirección electrónica de CompraNet: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxx.xxxx
COMPROBANTE FISCAL DIGITAL:
Factura Electrónica que debe cumplir con los requisitos fiscales señalados por el SAT.
CONVOCANTE:
Colegio de Postgraduados.
CONVOCATORIA:
Documento que contiene los aspectos legales, administrativos, técnicos, económicos, alcances y condiciones que regirán el procedimiento de Invitación Púbica Nacional, de Carácter Electrónico, Así como los requisitos que deberán de cumplir y presentar los interesados en participar en dicho procedimiento, para la contratación de los Servicios respectivos, sobre la base de precios fijos.
COLPOS:
Colegio de Postgraduados, ubicado en la Carretera Federal México Texcoco, Xx. 00.0, Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000.
FIRMA ELECTRONICA AVANZADA (FIEL):
Archivo digital que identifica a la persona al realizar trámites por internet en el SAT e incluso en otras dependencias del Gobierno de la República.
IVA:
Impuesto al Valor Agregado.
LEY / LAASSP:
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (Última reforma D.O.F. 10- nov-2014).
LFPRH:
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. (D.O.F. 30-mar-2006, última reforma D.O.F. 30- dic-2015).
INVITACIÓN:
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA".
LGRA:
Ley General de Responsabilidades Administrativas. (DOF 18-07-2016)
LICITANTE:
La persona física o moral que participe en este procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas y que se encuentre adherido al CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA".
MIPYMES:
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
PARTIDA:
La división o desglose de los bienes a adquirir o arrendar o de los servicios a contratar, contenidos en un procedimiento de contratación o en un pedido, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos.
PROPOSICIÓN:
La oferta que el PROVEEDOR realiza de carácter electrónico para su consideración en el acto de presentación y apertura de proposiciones, y al cual contiene las propuestas técnica y económica.
PROVEEDOR:
Licitante adjudicado con quien se formalizará el contrato objeto del presente procedimiento de Invitación.
RFC:
Registro Federal de Contribuyentes.
REGLAMENTO:
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (D.O.F. 28- jul-2010).
CFF:
Código Fiscal de la Federación (DOF 25-06-2018, con última reforma publicada DOF 25-06-2018)
SAT:
Servicio de Administración Tributaria.
SFP:
Secretaría de la Función Pública.
SERVIDORES PÚBLICOS:
Todas aquellas personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza subordinada al Estado.
SHCP:
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El Colegio de Postgraduados es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía de decisión técnica, operativa y administrativa de conformidad con el Decreto de creación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 1979 y las reformas publicadas en el mismo instrumento el 00 xx xxxxxxxxx xxx 0000, xxxx xxxxxx xxxxxxxxxxxx es realizar investigaciones científicas y tecnológicas en materia agroalimentaria, forestal y afines, e impartir educación de posgrado y prestar servicios y asistencia técnica en dichas materias.
El Colegio de Postgraduados (COLPOS), en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los artículos 41, fracción XX, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, así como a lo establecido en el Contrato Marco denominado: “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA” y demás disposiciones normativas aplicables, a través del Departamento de Adquisiciones y Contratos, ubicado en el primer nivel del edificio “Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx”, con domicilio en el kilómetro 36.5 de la carretera federal México–Texcoco, Montecillo, municipio de Texcoco, Estado de México, celebra la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO
INTEGRAL DE LIMPIEZA", considerando asimismo lo dispuesto en Comunicado emitido por parte de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de fecha 06 de diciembre de 2021, en el que se indica que dicho contrato marco permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, bajo la siguiente:
CONVOCATORIA
1.- INFORMACIÓN GENERAL
Con fundamento en lo que establecen los artículos 26 Bis fracción III, 27, 28 y 29 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “la LEY”), ésta Invitación a Cuando Menos Tres Personas es de carácter Nacional Electrónica en la que los licitantes podrán participar en forma electrónica en el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de notificación de fallo. Asimismo, sólo podrán participar todos los posibles proveedores que se encuentren adheridos al CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA" que demuestren tener interés en participar en el presente proceso de contratación, de conformidad a lo solicitado en el Anexo A4.
La contratación que se derive de esta convocatoria tendrá una vigencia del 01 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2022.
Para esta convocatoria NO se recibirán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
El Colegio de Postgraduados cuenta con la disponibilidad presupuestaria para cubrir los compromisos que se deriven del presente procedimiento de contratación, de conformidad con las requisiciones de servicio números 391 y 398, con cargo a la partida presupuestal 35801.
La presente convocatoria es para la realización de un contrato abierto que considere ambas partidas o dos contratos abiertos, uno por cada partida, con el o los licitantes que resulten ganadores, de conformidad con los siguientes montos (IVA INCLUIDO):
La presente convocatoria es para la realización de UN contrato abierto (con importes máximos y mínimos) para la partida UNICA, de conformidad a lo siguiente (montos IVA incluido):
PARTIDA | MONTO MINIMO | MONTO MAXIMO |
SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA EL CAMPUS CAMPECHE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA". | $184,429.44 | $461,073.61 |
SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA EL CAMPUS CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA". | $211,200.00 | $528,000.00 |
OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN: CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", DE CONFORMIDAD CON LAS CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTENIDAS EN EL CONTRATO MARCO DE REFERENCIA, ASÍ COMO LAS DEL PRESENTE CONVOCATORIA Y SU ANEXO 1.
PARTIDA PRESUPUESTAL | CONCEPTO | CONDICIONES GENERALES |
35801 | SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA" | - Las especificaciones técnicas y de calidad, así como los alcances y condiciones generales para la prestación del presente servicio se encuentran en apego al Anexo 1 del CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA". - La contratación es por el SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, por lo que, los licitantes podrán presentar ofertar cada una de las partidas establecidas en la presente convocatoria. - Los lugares de entrega del servicio se especifican dentro del ANEXO DEL DETALLE DEL SERVICIO POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS. - Los Licitantes deberán describir dentro de su PROPUESTA TÉCNICA el tiempo de entrega para la puesta en marcha del servicio requerido por la Convocante. - No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros costos adicionales para el Colegio de Postgraduados, con motivo de la implementación del servicio. - El plazo para que los Licitantes presenten su proposición será de ocho días naturales a partir de que se publique la presente Convocatoria en el Sistema CompraNet. |
2.- REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES
Los licitantes que decidan participar en el acto de presentación y apertura de proposiciones en la fecha señalada para este acto, deberán presentar la documentación solicitada, la cual deberá elaborarse en papel membretado del licitante, estar firmada y exhibirse sin tachaduras ni enmendaduras.
Dicha documentación deberá contener lo señalado en los puntos X0, X0, X0, X0, X0, X0, X0, X0, X00, X00, X00; T1, T2, T3, T4, T5, T6, T7, T8, T9, T10, T11, T12, T13 y T14, ANEXO ECONOMICO y en su caso, lo señalado en el punto A5.
En todos los casos, la documentación legal, las propuestas técnicas y la propuesta económica deberán ser firmadas por la persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga. No podrán descalificarse las propuestas cuando las demás hojas que las integran y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.
Una vez recibidas las proposiciones, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes durante todo el procedimiento hasta su conclusión.
Los interesados en participar podrán realizar la presentación conjunta de proposiciones siempre y cuando se dé debido cumplimiento a lo establecido por el artículo 44 del Reglamento de la Ley, debiendo el representante común de la agrupación, señalar en el acto de presentación y apertura de proposiciones, que la proposición se presenta en forma conjunta.
Además del convenio referido en el párrafo anterior, para dar cumplimiento a esta convocatoria es indispensable que las propuestas que presenten los licitantes en forma conjunta contengan todos los requisitos como a continuación se solicita:
- Los requisitos legales y administrativos del punto 2.1 deberán cumplirse por cada persona consorciada.
- Los licitantes deberán cumplir con los requisitos técnicos solicitados, ya sea separada o conjuntamente, a condición de que se indique puntualmente la correlación que guarda el cumplimiento de cada requisito solicitado con las obligaciones de los consorciados frente a la convocante de tal manera que se cumpla al cien por ciento con todos los requisitos que incluyen, desde luego, el ANEXO 1 de esta convocatoria a la invitación.
- En lo referente a los requisititos económicos del punto 2.3 de esta convocatoria, estos deberán ser presentados por el representante común que xxxxx nombrado los consorciados.
2.1.- REQUISITOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
En la fecha señalada para la presentación y apertura de proposiciones y de conformidad con el punto 2 “Requisitos que deberán cumplir los licitantes”, la documentación legal y administrativa que a continuación se enuncia, podrá presentarse en los formatos sugeridos para ello, o en escrito libre, siendo motivo de desechamiento el incumplimiento de cualquiera de los requisitos solicitados, a excepción de los numerales A5 “Propuesta Conjunta”.
NUM. DOCTO. | DESCRIPCION DE LA DOCUMENTACION |
A1 | Para acreditar la existencia legal y su personalidad jurídica, el licitante deberá presentar debidamente requisitado y firmado el ANEXO A1 de la presente convocatoria, anexando copia simple de identificación oficial del firmante. |
A2 | Escrito bajo protesta de decir verdad que contenga los datos indicados en el ANEXO A2 de la presente convocatoria. |
A3 | Manifestación que indica su estratificación, ANEXO A3. |
A4 | Manifestación de interés en participar en la presente invitación de conformidad a lo establecido en el ANEXO A4 de esta convocatoria. |
A5 | En su caso, el ANEXO A5 convenio firmado por cada una de las personas que integran una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento. En caso de no estar en el presente supuesto, bastara con presentar una carta bajo protesta de decir verdad donde se indique dicha situación. |
A6 | 32-D SAT. El licitante deberá de presentar el documento denominado Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria SAT, en sentido positivo, el cual deberá tener una fecha de emisión o bien revisión comprendida entre la publicación de la presente convocatoria y la fecha de presentación de propuestas, lo anterior en atención a lo establecido en el ANEXO INFORMATIVO 1 de la presente convocatoria. La solicitud al SAT para la obtención de dicho documento deberá realizarse por Internet en la página del SAT, en la opción “Mi portal”. De conformidad con lo señalado en el numeral 2.1.25 de la RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de diciembre de 2021, los licitantes deberán de hacer pública la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria SAT, en términos de la regla 2.1.29 de la propia Miscelánea. |
A7 | 32-D IMSS. El licitante deberá de presentar el documento denominado Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social, ante el Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS, en sentido positivo, el cual deberá tener una fecha de emisión o bien revisión comprendida entre la publicación de la presente convocatoria y la fecha de presentación de propuestas, lo anterior en atención a lo establecido en artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. La solicitud al IMSS para la obtención de dicho documento deberá realizarse por Internet en la página del IMSS. Para el caso de propuestas conjuntas, el cumplimiento a las disposiciones precedentes deberá darse por cada uno de los consorciados. Lo anterior en atención a lo establecido en el ANEXO INFORMATIVO 2 de la presente convocatoria. |
A8 | 32-D INFONAVIT. El licitante deberá de presentar la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos vigente y sin adeudos expedido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Lo anterior en atención a lo establecido en el ANEXO INFORMATIVO 3 de la presente convocatoria. |
A9 | CARTA DE ACEPTACIÓN debidamente firmada por el representante legal, en la que el licitante manifieste que se tendrá como no presentada su proposición y, en su caso, la documentación requerida por la convocante, cuando: - El archivo electrónico en el que se contenga la proposición y/o demás información, no pueda abrirse por tener algún virus informático. - Que en el apartado de anexos genéricos no se encuentren los acuses de haber firmado electrónicamente las propuestas técnica y económica. - Que la firma electrónica de las propuestas técnica y/o económica no se encuentra a nombre de la razón social del licitante. |
- Así como cualquier otra causa no imputable a la Convocante. Lo anterior de conformidad con el ANEXO A9. Dicha carta deberá de ir acompañada de la identificación oficial vigente con fotografía del representante legal. | |
A10 | ACUSE DE FIRMA ELECTRONICA DE LA PROPUESTA TÉCNICA. El sistema generará el acuse de firma electrónica que corresponde a su propuesta técnica, en estatus “valida”, siempre y cuando el proveedor realice el procedimiento de firma adecuadamente, por lo que dentro de los parámetros de requisitos legales y administrativos correspondientes, no es necesario adjuntar ningún anexo. |
A11 | ACUSE DE FIRMA ELECTRONICA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. El sistema generará el acuse de firma electrónica que corresponde a su propuesta económica, en estatus “valida”, siempre y cuando el proveedor realice el procedimiento de firma adecuadamente, por lo que dentro de los parámetros de requisitos legales y administrativos correspondientes, no es necesario adjuntar ningún anexo. |
A12 | REGISTRO EN EL REPSE. El licitante deberá de presentar el documento con el que se acredite el registro en el REPSE. |
2.2.- REQUISITOS TÉCNICOS.
En la fecha señalada para la presentación y apertura de proposiciones, y de conformidad con el punto 2 “Requisitos que deberán cumplir los licitantes”, la información que se cargue en el sistema COMPRANET, deberá contener la documentación técnica que a continuación se enuncia, en los formatos sugeridos para ello, o en escrito libre, misma que será evaluada de conformidad a lo establecido en el numeral 8 (CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES).
2.2.1.- CAPACIDAD DEL LICITANTE | |
2.2.1.1.- CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS | |
NUM. DOCTO. | DESCRIPCION DE LA DOCUMENTACION |
T1 | EXPERIENCIA EN ASUNTOS RELACIONADOS CON EL SERVICIO OBJETO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. Currícula de la persona física o moral en donde establezca que cuenta con experiencia en la prestación de servicios afines a los solicitados en el Anexo 1 (TECNICO) de esta convocatoria, Deberá incluir una lista de sus principales clientes, el cual deberá contener lo siguiente: a) nombre de la institución o de la empresa. b) nombre de contacto. c) puesto. d) teléfonos. e) email. f) descripción del servicio realizado. g) estatus del servicio (en proceso o concluido, escoger solo una opción). h) importe contratado. i) importe por ejercer. EL COLPOS se reserva el derecho de verificar los datos proporcionados. |
T2 | COMPETENCIA O HABILIDAD. Currículo de cada uno de los profesionales o técnicos que integren el equipo de trabajo y que serán responsables de dirección, administración y ejecución de los servicios, donde acrediten mediante certificados, diplomas, títulos o cedulas profesionales, tener el conocimiento académico, técnico y/o profesional necesario para llevar a cabo el servicio, con características técnicas y magnitudes similares. Adicional a lo anterior, los licitantes deberán de requisitar para tal efecto el ANEXO T2. |
T3 | DOMINIO DE HERRAMIENTAS. Deberá de entregar por lo menos 2 cartas de recomendación o de satisfacción de clientes y dirigidas a Colegio de Postgraduados, donde indique que el licitante a participado en la realización del servicio similar al de la presente convocatoria. Las cartas deberán tener una vigencia comprendida entre la publicación de la presente convocatoria y la fecha de presentación de propuestas, y deberán contener como mínimo el nombre del funcionario que emite la carta, cargo, teléfono y correo electrónico oficial, así como indicar de manera expresa el objeto de la contratación. |
T4 | NORMAS. Deberá de presentar carta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD en donde indique que cumple en lo aplicable con las Normas referidas en el Contrato Xxxxx y su Convenio Modificatorio de fecha 14 de octubre de 2021. |
2.2.1.2.- CAPACIDAD DE LOS RECURSOS ECONOMICOS Y DE EQUIPAMIENTO | |
T5 | CAPACIDAD DE LOS RECURSOS ECONOMICOS. Copia simple de la Declaración Anual del Ejercicio 2020 para el caso de personas físicas y del ejercicio 2021 para el caso de personas xxxxxxx, y la última declaración fiscal provisional del impuesto sobre la renta (MENSUAL XX XXXXX 2022) debidamente presentadas ante la autoridad correspondiente. Este requisito se establece para acreditar que el licitante cuenta con la capacidad económica para cumplir con las obligaciones derivadas del contrato que en su caso se firme y deberá acreditarse que los ingresos del licitante sean equivalentes al menos al veinte por ciento del monto total de su oferta, comparados con la declaración anual presentada. |
T6 | CAPACIDAD DE EQUIPAMIENTO. Carta bajo protesta de decir verdad en la que manifieste que cuenta con el equipamiento, maquinaria, instrumentos, herramientas tanto de hardware como de software necesarios para proporcionar los servicios objeto de la presente convocatoria. |
T7 | PARTICIPACION DE DISCAPACITADOS O EMPRESAS QUE CUENTEN CON TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD. Los licitantes presentarán manifestación, bajo protesta de decir verdad, que cuente con trabajadores con discapacidad en una proporción de al menos el cinco por ciento de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, deberá presentar el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad en términos de lo previsto por la fracción XXI del artículo 2 de la Ley General para la inclusión de las Personas con Discapacidad. En su caso y para efectos de corroboración del porcentaje, será necesario que presenten la Propuesta de Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones del Seguro Social de los seis meses anteriores al de la presentación de la propuesta técnica – económica. En caso de no estar en el presente supuesto, bastará con presentar una carta bajo protesta de decir verdad donde se indique dicha situación. |
T8 | POLITICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO. El licitante deberá presentar un certificado vigente de cumplimiento de la Norma Mexicana NMXR-025-SCFI-2015 para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, debidamente firmado por un organismo certificador acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (art. 14, segundo párrafo de la LAASSP). En caso de no estar en el presente supuesto, bastará con presentar una carta bajo protesta de decir verdad donde se indique dicha situación. |
T9 | PARTICIPACIÓN DE MIPYMES QUE PRODUZCAN BIENES CON INNOVACIÓN TECNOLÓGICA RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE QUE SE TRATE. El licitante deberá acreditar haber producido los recursos que se utilizarán en la prestación del servicio objeto del procedimiento de contratación, con innovación tecnológica que tenga registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en términos de lo dispuesto por el segundo párrafo del Artículo 14 de la Ley de Adquisiciones. En caso de no estar en el presente supuesto, bastará con presentar una carta bajo protesta de decir verdad donde se indique dicha situación. |
2.2.2.- EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DE LICITANTE | |
T10 | EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD. Los licitantes deberán presentar por lo menos 2 copias simples de contratos, pedidos y/u órdenes de compra de servicios similares o iguales a los solicitados en la presente convocatoria. |
2.2.3.- PROPUESTA DE TRABAJO | |
T11 | METODOLOGIA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO. El licitante deberá presentar en hoja membretada la descripción técnica del servicio que se ofrece en concordancia con lo señalado en el ANEXO 1 (Especificaciones Técnicas y Alcances) del Contrato Marco denominado: "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", considerando el Convenio Modificatorio de fecha 14 de octubre de 2021, así como al ANEXO DEL DETALLE DEL SERVICIO POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, especificando en detalle el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos en los mismos. |
T12 | PLAN DE TRABAJO PROPUESTO POR EL LICITANTE. El licitante deberá presentar en hoja membretada bajo protesta de decir verdad, los términos y tiempos de entrega para la realización del servicio objeto de la presente convocatoria. |
T13 | ESQUEMA ESTRUCTURAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS. El licitante deberá presentar en hoja membretada bajo protesta de decir verdad, el organigrama de la empresa o negocio en el cual se realizaran los trabajos objeto de la presente convocatoria. |
T14 | CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS. El licitante deberá presentar por lo menos 2 cartas finiquito, actas finiquito, o cartas de liberación de fianzas por servicios iguales o similares a los solicitados en la presente convocatoria, que indiquen de manera expresa que los servicios fueron entregados a entera satisfacción del cliente y se cumplió con el objeto del contrato respectivo. |
2.3.- REQUISITOS ECONÓMICOS
De conformidad con el punto 2 de la presente convocatoria, a continuación, se enuncia la documentación económica que deberá presentar el licitante:
Los participantes presentarán su propuesta económica expresando que los precios son fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato, en moneda nacional (pesos mexicanos), desglosando el IVA, conforme al ANEXO ECONOMICO de esta convocatoria.
En el formato referido en el párrafo anterior, se deberán reflejar todos los costos adicionales requeridos para la prestación de los servicios objeto de la presente invitación; la convocante únicamente considerara como parte de la propuesta económica los costos plasmados en este documento.
Cuando se presenten errores de cálculo en las propuestas presentadas, la convocante aplicará las correcciones con base en los criterios previstos por el artículo 55 del Reglamento de la Ley. Si el licitante no acepta la corrección de su propuesta, ésta se desechará en las partidas que sean afectadas por el error.
3.- INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
En virtud de que la presente convocatoria es de carácter electrónica, los licitantes, podrán participar de forma electrónica en el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de Notificación de fallo.
Las propuestas técnica y económica deberán presentarse en idioma español, y ser enviadas a través de Compranet 5.0, en sustitución de la firma autógrafa se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública.
Cada uno de los documentos que integren la proposición, y aquellos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas, de conformidad con el artículo 50 del Reglamento de la Ley.
La propuesta técnica deberá conformarse por los documentos solicitados en el punto 2.1 “Requisitos legales y administrativos”, punto 2.2 “Requisitos técnicos” y por las especificaciones mínimas requeridas en el Anexo Técnico de esta convocatoria.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición por invitación pública.
3.1.- INSTRUCCIONES PARA ELABORAR PROPUESTAS ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DE COMPRANET
Los licitantes que decidan presentar su propuesta técnica y económica a través de la plataforma CompraNet 5.0, deberán realizarlo conforme a lo señalado en esta convocatoria, en formatos PDF o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF.
Deberán identificarse cada una de las páginas que integran las propuestas con la clave del Registro Federal de Contribuyentes del licitante, número de invitación y número de página; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.
El envío de sus propuestas a través CompraNet deberá concluir preferentemente una hora antes del evento de presentación y apertura de proposiciones señaladas en el punto 5.3 de esta convocatoria a la invitación y contar con el acuse de recibo electrónico que emita el mismo sistema.
Para la publicación de proposiciones a través del portal de CompraNet, éstas se deberán firmar utilizando la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales (FIEL), originando el archivo de resumen de proposición con extensión p7m, el cual se deberá cargar en el procedimiento de CompraNet, tal como se indica en el Manual de Licitante de dicha plataforma. Este archivo es el que acredita la validez de la firma electrónica, y, por tanto, la ausencia del mismo dentro de los anexos descargados desde el portal de CompraNet al realizar la apertura de proposiciones, se tomará como proposición no firmada y será desechada por carecer de consentimiento y por tanto no poder ser atribuible a nadie.
Los documentos solicitados en los requisitos legales y administrativos deberán ser enviados en el sistema CompraNet 5.0 en el apartado de ANEXOS GENERICOS que se encuentra dentro del requerimiento técnico.
Los documentos solicitados en los requisitos técnicos, deberán ser enviados en el sistema CompraNet 5.0 en el apartado REQUERIMIENTO TÉCNICO.
Los documentos solicitados en el punto 2.3 ANEXO ECONOMICO, deberán ser enviados en el sistema CompraNet 5.0 en el apartado REQUERIMIENTO ECONÓMICO.
4.- GARANTÍAS DEL CONTRATO
4.1.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
La garantía de cumplimento deberá constituirse por el licitante que resulte ganador mediante fianza expedida por una institución debidamente autorizada en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en moneda nacional, por un importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato sin considerar el impuesto al valor agregado (IVA) y deberá contener los siguientes requisitos:
Adicionalmente y de manera expresa deberá contener lo siguiente
1.- “Esta garantía permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso en que el Colegio de Postgraduados otorgue prórrogas o esperas al proveedor o fiado para el cumplimiento de sus obligaciones así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan en relación con este contrato y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente que quede firme salvo que las partes se otorguen el finiquito de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones o cualquier otra circunstancia”.
2.- Que la institución de fianzas:
“La Institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la ley de instituciones de seguros y de fianzas, para la efectividad de la presente garantía: procedimiento al que también se sujetara para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Para liberar la fianza,”
3.- Que para liberar la fianza:
“… será requisito indispensable la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales, la cual se realizará mediante la manifestación expresa y por escrito de la Secretaria Administrativa de “EL COLEGIO”.
(Nombre del Representante de la Afianzadora o Aseguradora)
Tomando en consideración que derivado de la evaluación de las propuestas que presentan los “LICITANTES” en el presente procedimiento de contratación se celebrara uno o dos contratos, el o los licitantes se obligan a constituir en la forma y términos previstos por la ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico la garantía a que haya lugar con motivo de cada contrato, es decir deberá entregar fianza de cumplimiento de contrato de conformidad con lo siguiente:
PARTIDA | MONTO DE LA FIANZA |
SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA EL CAMPUS CAMPECHE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA". | $39,747.73 |
SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA EL CAMPUS CORDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA". | $45,517.24 |
La garantía de cumplimiento deberá presentarse dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato en el Departamento de Adquisiciones y Contratos, ubicado en el primer nivel del edificio “Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx” en el Xx. 00.0 xx xx xxxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxx–Texcoco, Montecillo, municipio de Texcoco, Estado de México.
5.- FECHAS DE EVENTOS
Los plazos para los eventos a celebrarse, se determinaron atendiendo la magnitud, complejidad y características de los servicios, por lo que la programación en fechas y horarios a las que deben sujetarse los licitantes a este procedimiento es como se indica a continuación:
VISITA DE INSTALACIONES | No se llevará a cabo Visita de Instalaciones para la presente Invitación. | ||
JUNTA DE ACLARACIONES | No se llevará a cabo Junta de Aclaraciones para la presente Invitación. | ||
RECEPCION DE DOCUMENTOS Y APERTURA LEGAL, TECNICA Y ECONOMICA | 27 xx xxxx de 2022 | 10:00 horas | *CONSIDERANDO QUE ACTUALMENTE LAS INSTALACIONES DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS SE ENCUENTRAN CERRADAS CON MOTIVO DE LA HUELGA ESTALLADA POR PARTE DEL SINDICATO INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, EL EVENTO SE LLEVARÁ A CABO A TRAVÉS DE MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN, SIENDO EL ENLACE QUE SE MUESTRA A CONTINUACIÓN, EL MEDIO PARA QUE LOS LICITANTES Y CUALQUIER OBSERVADOR PUEDA ESTAR PRESENTE EN EL EVENTO, SIENDO REQUISITO INDISPENSABLE QUE SE INDENTIFIQUEN PARA PODER LLEVAR A CABO EL REGISTRO |
EN EL ACTA RESPECTIVA, DEBIENDO REMITIR AL CORREO ELECTRÓNICO QUE SE LES INDIQUE DURANTE EL EVENTO, COPIA DE SU IDENTIFICACIÓN OFICIAL CORRESPONDIENTE: | |||
FALLO | 31 xx xxxx de 2022 | 13:00 horas | *CONSIDERANDO QUE ACTUALMENTE LAS INSTALACIONES DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS SE ENCUENTRAN CERRADAS CON MOTIVO DE LA HUELGA ESTALLADA POR PARTE DEL SINDICATO INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES DE EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, EL EVENTO SE LLEVARÁ A CABO A TRAVÉS DE MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN, SIENDO EL ENLACE QUE SE MUESTRA A CONTINUACIÓN, EL MEDIO PARA QUE LOS LICITANTES Y CUALQUIER OBSERVADOR PUEDA ESTAR PRESENTE EN EL EVENTO, SIENDO REQUISITO INDISPENSABLE QUE SE INDENTIFIQUEN PARA PODER LLEVAR A CABO EL REGISTRO EN EL ACTA RESPECTIVA, DEBIENDO REMITIR AL CORREO ELECTRÓNICO QUE SE LES INDIQUE DURANTE EL EVENTO, COPIA DE SU IDENTIFICACIÓN OFICIAL CORRESPONDIENTE: |
FECHA DE FIRMA DE CONTRATO | Dentro de los 15 días naturales, posteriores a la emisión del Fallo | A través del Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos del Sistema CompraNet. |
* Nota: Es requisito indispensable para el registro en los eventos públicos de referencia, que los licitantes y/o observadores, cuenten con equipo que tenga micrófono, audio y cámara, para poder estar en posibilidad de validar que es la misma persona que se ha identificado mediante correo electrónico.
5.1.- VISITA DE INSTALACIONES (ES OPTATIVA LA PRESENCIA DEL LICITANTE)
No se realizará visita de instalaciones para la presente convocatoria.
5.2.- JUNTA DE ACLARACIONES.
No se realizará junta de aclaraciones para la presente convocatoria. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en la fracción V del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
5.3.- RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA LEGAL, TÉCNICA Y ECONÓMICA
La presentación de proposiciones se realizará de manera electrónica, haciendo uso del Sistema Compranet, en la fecha, hora y lugar establecidos en este punto, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador o servidor público ajeno después de la hora señalada para el inicio del acto.
5.4.- FALLO DE INVITACIÓN
Los datos del ganador, en su caso, se darán a conocer en el acto de fallo, en la fecha, hora y lugar establecidos en este punto, levantándose para ello el acta respectiva que será publicada en CompraNet el mismo día. Los datos del ganador, en su caso, quedarán establecidos en el acta correspondiente.
6.- PROCEDIMIENTO PARA EL ACTO DE APERTURA DE PROPOSICIONES
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, se abrirán las proposiciones que fueron enviadas por CompraNet, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido.
Se revisarán de forma cuantitativa (en general) las propuestas técnicas conformadas por la documentación técnica, legal y administrativa sin que ello implique la evaluación de su contenido, para proseguir a dar lectura al importe total de cada una de las propuestas económicas que hubieren sido aceptadas para su posterior evaluación.
Tomando en consideración que la presente invitación es por medio electrónico, y con fundamento en el artículo 26 Bis, fracción II de la Ley, el cual señala que el acto de presentación y apertura de proposiciones se realizara a través del sistema Compranet y sin la presencia de los licitantes, la rúbrica de las proposiciones que señala el artículo 35, fracción II de la Ley no se llevara a cabo ya que la totalidad de las propuestas se encuentran resguardadas en el servidor del Sistema Compranet, y solo se imprimirán las listas de precios (propuestas económicas) de los licitantes, las cuales serán rubricada por los servidores públicos participantes, lo cual garantiza la integridad de las proposiciones.
Los licitantes que presentaron propuesta por el sistema CompraNet 5.0 aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten cuando éstas se encuentren a su disposición a través del programa informático de CompraNet, el día en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan consultarlas en las oficinas de la convocante.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones por causas ajenas a la convocante no sea posible abrir las propuestas enviadas por el sistema CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
La convocante podrá verificar en cualquier momento que durante el lapso de interrupción no se haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en su poder.
El acta que se levante servirá como constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones. En ella se hará constar el importe total de cada una proposición.
Dicha acta se levantará al terminar el evento, la firmarán los asistentes, se les entregará copia y se publicará en el sistema CompraNet.
7.- ASPECTOS ECONÓMICOS
7.1.- PAGOS
La convocante realizará los pagos de los servicios objeto de esta invitación, de conformidad con los costos ofertados por el licitante ganador y contra entrega de los servicios requeridos por el área usuaria.
Dichos pagos se realizarán en apego al programa xx XXXXXXX PRODUCTIVAS, por lo que el monto se pagará en moneda nacional, y se harán posteriores a la aceptación del CFD (Comprobante Fiscal Digital), con el respectivo archivo xml, a entera satisfacción del COLPOS, de conformidad con lo establecido en la Ley, siempre que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes.
En caso que el CFD y/o documentación anexa, presente errores, se suspenderá su revisión y se devolverá la documentación al proveedor para que sea corregida y la presente posteriormente para reiniciar el trámite de pago, cuyo plazo para realizarse se computará a partir de la fecha de la presentación de la información corregida.
Una vez cumplido lo anterior, el pago se realizará mediante cheque o transferencia bancaria, a más tardar dentro de los veinte (20) días naturales contados a partir de la fecha de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de la totalidad de los servicios en los términos del contrato, conforme a lo estipulado en el artículo 51 de la Ley.
Los trámites relativos se efectuarán en el Departamento de Adquisiciones y Contratos, ubicado en el primer nivel del Edificio Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con domicilio en el Km. 36.5 de la xxxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar (en su caso) por concepto xx xxxxx convencionales. Lo anterior, sin perjuicio de que el Colegio de Postgraduados pueda proceder al cobro de las penas convencionales previo al pago correspondiente o descuento de la penalización, conforme a lo estipulado en el contrato.
Es requisito indispensable para el pago, que el proveedor realice la entrega de la garantía de cumplimiento del contrato de los servicios adjudicados.
El proveedor podrá ceder en forma parcial o total en favor de cualquiera otra persona física o moral los derechos de cobro derivados del contrato, previo consentimiento por escrito del representante legal del Colegio de Postgraduados.
En virtud de que el Colegio de Postgraduados está incorporado al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, el proveedor podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero que esté incorporado a la Cadena Productiva del Colegio de Postgraduados mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, de lo anterior deberán atender lo establecido en el ANEXO INFORMATIVO 8 de la presente convocatoria.
7.2.- PAGO DE GASTOS NO RECUPERABLES
Se consideran gastos no recuperables aquéllos que se generen por la terminación anticipada del contrato de conformidad con el ANEXO INFORMATIVO 5 de la presente convocatoria a la invitación.
7.3.- VIGENCIA DE PRECIOS
La proposición presentada por los licitantes tendrá validez obligatoria como mínimo de 45 días naturales a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. Al presentar su propuesta en la presente invitación, los licitantes dan por aceptada esta condición. Asimismo, los precios deberán ser fijos e incondicionados hasta la total prestación de los servicios solicitados.
7.4.- IMPUESTOS Y DERECHOS
El Colegio de Postgraduados aceptará cubrir los impuestos que le correspondan, siempre y cuando se presenten desglosados en las facturas.
8.- CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Se aceptarán las ofertas que cumplan con los requerimientos establecidos en esta convocatoria y que cubran las características técnicas establecidas en el ANEXO TECNICO de esta convocatoria.
De acuerdo a lo establecido en el tercer párrafo del artículo 36 de la LAASSP y al 52 de su Reglamento, se establece como método de evaluación de las propuestas el binario, para lo cual se considerara el criterio de cumple o no cumple para aquellos requisitos que son de cumplimiento obligatorio: X0, X0, X0, X0, X0, X0, X0, X0, X00, X00, X00; T1, T2, T3, T4, T5, T6, T7, T8, T9, T10, T11, T12, T13 y T14, ANEXO ECONOMICO y en su caso, lo señalado
en el punto A5; todos los documentos deberán ser enviados en hoja membretada de la empresa y todas las hojas deberán estar debidamente firmadas por su representante legal y foliadas.
En la evaluación de las propuestas se verificará que las mismas cumplan todos los documentos indicados en los numerales 2.1 (DOCUMENTACION LEGAL Y ADMINISTRATIVA), 2.2 (PROPUESTA TECNICA) y 2.3 (PROPUESTA ECONOMICA); todos los documentos deberán ser enviados en hoja membretada de la empresa y todas las hojas debidamente firmadas por su representante legal.
La convocante realizará la evaluación cualitativa de las proposiciones, evaluará la documentación legal, así como los anexos y documentos correspondientes a las propuestas técnicas y económicas.
En razón de que los precios ofertados se conocen en el propio acto de presentación y apertura de propuestas, el COLPOS en apego al Artículo 51 del Reglamento de la Ley, evaluará los aspectos técnicos de las dos propuestas que hayan ofertado el precio más bajo; excepto en el supuesto de que las dos primeras sean descalificadas, la revisión se ampliará a las siguientes propuestas.
8.1.- EVALUACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
En principio se revisarán cuantitativamente los documentos presentados por el concursante, verificando que sean el número de documentos solicitados. Posteriormente se efectuará un análisis cualitativo para verificar que el contenido de los documentos que integran la propuesta y lo que se derive de ellos cumpla con los requisitos solicitados en la presente convocatoria.
8.2.- EVALUACIÓN TÉCNICA.
La Convocante sólo procederá a realizar la evaluación de las propuestas técnicas de aquellas proposiciones que presentaran y cumplieran con todos los requisitos legales y administrativos y que hubieran cumplido con todos los requisitos establecidos en el ANEXO TÉCNICO como su propuesta técnica, solicitada en el punto 2.2 de la presente convocatoria.
Se realizará un análisis técnico de los documentos entregados, para verificar la veracidad de la información proporcionada, para determinar si el contenido de su propuesta técnica cumple con los requisitos solicitados en la presente convocatoria
8.3. - EVALUACIÓN ECONÓMICA.
El COLPOS verificará que la propuesta económica esté firmada por el licitante o por su representante legal, mismo que corresponderá a aquel que firma en el documento de acreditación de la personalidad; el incumplimiento de este requisito será causa de descalificación.
La evaluación económica se hará comparando las condiciones económicas que presenten los licitantes, considerando el monto más adecuado para el COLPOS, siempre obteniendo las mejores condiciones para la Institución. Además de lo anterior se verificará que
importes que resulten susceptibles de adjudicar se encuentren dentro de los rangos de precios de referencia establecidos en el CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA".
8.4- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La Convocante adjudicará el o los contratos a los licitantes cuya propuesta reúna las condiciones legales, financieras, técnicas y económicas requeridas en la presente convocatoria y sus anexos, que garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
La base de la evaluación de las propuestas y adjudicación del contrato o de los contratos se realizará por lote.
Los criterios que se aplicarán para evaluar a los concursantes participantes y sus proposiciones serán las siguientes:
a) Se verificará por parte del COLPOS, que cada uno de los concursantes cumpla con la capacidad legal, administrativa, financiera, técnica y económica para contraer los compromisos derivados de esta invitación.
b) Que los servicios ofertados por el concursante cumplan con todas las especificaciones solicitadas en el Anexo técnico, requerimientos técnicos y las demás que se indiquen en esta convocatoria, las cuales se consideran esenciales.
c) Que la información presentada no tenga inconsistencias o contradicciones.
d) La congruencia entre las proposiciones técnica y económica de cada concursante.
e) La razonabilidad de la propuesta económica con relación a los precios xxx xxxxxxx.
f) Que la propuesta técnica presente solución y especifique a detalle la forma de cumplimiento de cada requerimiento genérico o mínimo presentado.
g) La autenticidad de la información presentada, derivada de la verificación efectuada por el COLPOS, en su caso.
h) En las evaluaciones se utilizará el mecanismo de método binario.
i) La evaluación técnica será realizada por el de la Subdirección Administrativa del Campus Campeche y por la Jefa del Departamento de Administración del Campus Córdoba o a quien este designe, de conformidad con lo estipulado en el Anexo técnico, y los demás que se indican en esta convocatoria, con fundamento en lo señalado en los artículos 36 y 36 bis de la Ley, se emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo.
j) Personal del COLPOS podrá solicitar alguna aclaración a los concursantes, siempre y cuando no se contravenga lo estipulado en la presente convocatoria y podrá efectuar las visitas y/o llamadas telefónicas que se juzguen convenientes a las instalaciones de los concursantes durante el proceso de evaluación.
k) La determinación de quienes son los concursantes ganadores, se llevará a cabo con base al resultado de la evaluación realizada y que estos obtengan el mejor resultado en la misma.
l) De existir incongruencia entre el importe señalado en número y letra, en su caso, se tomará en cuenta la cantidad con letra; si los importes totales son incorrectos se considerarán los precios unitarios para fines de la evaluación económica y, en su caso, de la adjudicación; asimismo, cuando se presente algún otro error de cálculo en la propuesta presentada, solamente el COLPOS podrá rectificarla, siempre y cuando dicha rectificación no modifique los precios unitarios; si el concursante no acepta cualquiera de estas correcciones se desechará su propuesta.
m) La adjudicación se realizará por partida única para lo cual solo derivará la celebración de un contrato.
n) Si, habiendo obtenido dictamen técnico favorable, y se presenta el caso de que dos o más concursantes obtuvieron la misma puntuación en el método de evaluación y/o el precio más conveniente y estos sean los más idóneos para el COLPOS, la adjudicación se efectuará a favor del concursante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que el COLPOS celebrará, en su caso, en el acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del concursante ganador.
9.- ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACION
La o las partidas ofertadas cubren las necesidades de los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados que se estipulan en la presente convocatoria, por lo que la administración y aceptación de dichos servicios correrá a cargo de los titulares de dichas áreas o el personal que estos designen, quien manifestará la recepción y aceptación del servicio objeto de esta invitación una vez que el licitante adjudicado realice la prestación del servicio conforme a las condiciones ofertadas y en concordancia con el ANEXO TECNICO del CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", así como al ANEXO DEL DETALLE DEL SERVICIO POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, especificando
en detalle el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos en los mismos. 10.- DESCALIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES Y DECLARACIÓN DE LA INVITACIÓN DESIERTA
Las proposiciones desechadas durante el procedimiento podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite. En este caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de los procedimientos derivados de la inconformidad e instancias subsecuentes, contando los licitantes con un plazo de hasta treinta días naturales contados a partir de la conclusión de dichos términos para solicitar la devolución de sus proposiciones; agotados dichos plazos y términos, la convocante podrá destruirlas.
10.1.- CAUSAS DE DESECHAMIENTO
Se descalificará a los participantes que incurran en uno o varios de los siguientes aspectos:
a) Cuando se Incumpla con alguno de los requisitos legales y administrados, así como alguno de los requisitos técnicos establecidos dentro de la presente convocatoria, el Contrato Xxxxx y su Convenio Modificatorio, especificados en la convocatoria a la licitación.
b) Cuando la documentación que integra la proposición presente correcciones, alteraciones, raspaduras, tachaduras, enmendaduras, corrector liquido o etiquetas o hayan sido elaboradas a lápiz.
c) Cuando se demuestre la presentación de propuestas por empresas filiales.
d) Cuando sea evidente que algún licitante haya acordado con otro u otros elevar el costo o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
e) Cuando la propuesta no se encuentre foliada en su totalidad, y de conformidad a lo establecido en el artículo 50 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento por sí mismos no afecten la solvencia de la propuesta los siguientes: proponer un plazo de entrega menor al solicitado en cuyo caso prevalecerá el estipulado en la convocatoria; omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; no observar los formatos establecidos si se proporciona de manera clara la información requerida y no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.
10.2 DECLARACIÓN DE “DESIERTA” LA INVITACIÓN
Se podrá declarar desierta la invitación en los casos siguientes:
- Si nadie participa en la convocatoria a la invitación.
− Cuando la totalidad de las propuestas presentadas no cubran los requisitos de esta convocatoria a la invitación y sus anexos o sus precios no fueran aceptables.
− Si se tiene evidencia de acuerdo entre participantes para elevar los precios, o bien, si se comprueba la existencia de otras irregularidades o,
− Los precios de todas las partidas no sean aceptables o convenientes.
10.3 CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN O PARTIDAS DE LA MISMA
La convocante podrá cancelar la invitación, partidas o conceptos incluidos en ésta, cuando:
− Se presente caso fortuito o de fuerza mayor.
− Existan circunstancias justificadas que extingan de la necesidad para adquirir los servicios; o
− Que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia entidad.
11.- FIRMA DEL CONTRATO
Para efectos informativos se anexa modelo de contrato en el ANEXO INFORMATIVO 4 el cual se ajustará a esta convocatoria una vez adjudicado el servicio.
En caso de ser adjudicado, el o los proveedores, se obligan a suscribir el original del contrato en el Departamento de Adquisiciones y Contratos, en la fecha marcada para ello, por lo que previamente deberá inscribirse al Padrón de Proveedores del Colegio de Postgraduados, entregando la documentación en medio magnético cuando le sea solicitada.
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales denominado Padrón de Proveedores del Colegio de Postgraduados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6º, fracción segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, fracción II y XIII, 4, fracción III, 13, fracción IV, 14, fracción I, 18, fracción II, 20, fracciones, II y VI, 21, 22, fracciones II, III, IV, V y VI, 23, 24, 25 y 26 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Décimo séptimo, incisos a), b) y c) de los Lineamientos de Protección de Datos Personales publicados el 30 de septiembre de 2005 y, cuya finalidad es el acreditamiento de la personalidad jurídica de los proveedores, así como la asignación del número de proveedores, el cual será utilizado por todas las áreas contratantes del Colegio de Postgraduados.
Xxxxx xxxxxx fue registrado en el Listado de sistemas de datos personales ante el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (xxx.xxxx.xxx.xx), y podrá ser transmitido de conformidad con lo estrictamente señalado en el Artículo 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para los fines que más convengan al interesado, además de otras transmisiones previstas en la Ley. La Unidad Administrativa del Sistema de datos personales es el Departamento de Adquisiciones y Contratos, así como todas las áreas contratantes en el Colegio de Postgraduados, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso y corrección ante las misma es en la oficina de la Unidad de Transparencia, ubicada en Planta Baja del Edificio Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, km. 36.5 Carretera Federal México-Texcoco, Montecillo, Texcoco, Edo. de México. Lo anterior se informa en cumplimiento del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005.
Para efectos de elaboración del contrato, y previamente a la formalización del mismo, el proveedor deberá presentar en el Departamento de Adquisiciones y Contratos del Colegio de Postgraduados la siguiente documentación a más tardar a las 12:00 horas del día hábil siguiente al día de la emisión del fallo:
Para persona físicas, es necesario:
1) Comprobante de domicilio fiscal
2) Acta de nacimiento
3) CURP
4) Credencial de elector
5) Constancia de Situación Fiscal, en el cual se aprecie domicilio fiscal y la actividad preponderante.
6) Estado de cuenta a nombre de la persona física en el que se aprecie la clabe interbancaria y el banco
7) Oficio firmado, en el cual se mencionen los datos necesarios para contacto: teléfono oficina, ext. Celular, e-mail, nombre del contacto, cargo, etc.
Para persona xxxxxxx, es necesario:
1) Comprobante de domicilio fiscal
2) Acta constitutiva
3) Poder notarial del representante legal
4) Credencial de elector del representante legal
5) Constancia de Situación Fiscal, en el cual se aprecie domicilio fiscal y la actividad preponderante.
6) Estado de cuenta a nombre de la compañía en el que se aprecie la clabe intebancaria y el banco
7) Oficio firmado, en el cual se mencionen los datos necesarios para contacto: teléfono oficina, ext. Celular, e-mail, nombre del contacto, cargo, etc.
En el supuesto de que la persona ganadora no se presente a firmar el contrato por causas que le sean imputables, será sancionado en los términos del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El licitante adjudicado del contrato asumirá la responsabilidad total frente a terceros por infringir patentes, marcas o violar registro de derecho de autor.
Con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que se practiquen a la convocante, en los términos de lo dispuesto por el artículo 107 del Reglamento de la Ley, y en caso de requerírsele, el proveedor deberá proporcionar al Órgano Interno de Control del COLPOS, información y/o documentación relacionada con el contrato adjudicado que resulte de este procedimiento.
12.- CAUSALES DE RESCISIÓN, TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO Y SUSPENSIÓN
12.1.- RESCISIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo a lo señalado en el artículo 54, 54 Bis y 55 Bis, primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículos 98 y 102 de su Reglamento, EL COLPOS podrá rescindir administrativamente el contrato o efectuar la terminación anticipada del mismo en cualquier momento.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento cuando estas causas sean el motivo de la rescisión.
En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. En consecuencia, se procederá en los términos legales para adjudicar el contrato correspondiente al participante que ocupe el segundo lugar en la evaluación, y así sucesivamente.
Las causales para la rescisión del contrato por causas imputables al proveedor serán las siguientes:
a) Por no apegarse a lo estipulado en el contrato.
b) Por negarse a reponer lo rechazado por EL COLPOS.
c) Por no presentar la garantía de cumplimiento y contravenir la cesión de derechos conforme a lo establecido en los puntos 4 y 7.2. de esta convocatoria a la invitación.
d) Por presentar una fianza apócrifa.
e) Por negar a EL COLPOS o a quienes estén facultados por ella, las facilidades para la supervisión en la prestación de los servicios.
f) Cuando autoridad competente lo declare en concurso mercantil o alguna figura análoga o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte su patrimonio en tal forma que le impida cumplir con las obligaciones asumidas en el contrato.
g) Por contravenir los términos y condiciones del contrato o las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.
h) Si se comprueba que la manifestación a que se refiere la declaración establecida en el punto 2.1.2 de esta convocatoria a la invitación se realizó con falsedad.
i) Cuando el importe de las penalizaciones rebase la garantía de cumplimiento.
12.2.- TERMINACIÓN ANTICIPADA
EL COLPOS podrá dar por terminado el contrato, previo aviso que por escrito realice al proveedor, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación, con excepción de lo estipulado en el supuesto de rescisión.
Así mismo, EL COLPOS podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por EL COLPOS, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En ambos supuestos EL COLPOS deberá liquidar al proveedor, en su caso, los servicios que hubieran sido aceptados a entera satisfacción de las misma, conforme al contrato y que no se hubieran pagado, así como los gastos no recuperables en que haya incurrido siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, acorde a lo dispuesto por el punto 7.3 y ANEXO INFORMATIVO 5 de la presente convocatoria a la invitación.
Para la formalización anticipada de los servicios contratados, bastará la formalización de un convenio modificatorio de contrato en el cual se estipule el consentimiento de ambas partes.
12.3.- SUSPENSIÓN DEL SERVICIO
Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, EL COLPOS bajo su responsabilidad podrá suspender la prestación del servicio en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a EL COLPOS, previa solicitud y justificación del proveedor, ésta reembolsará al proveedor los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure la suspensión, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
En cualquiera de los casos previstos en este punto, se pactará por las partes el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.
13.- MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE
13.1.- MODIFICACIÓN AL CONTRATO
El contrato podrá modificarse de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por diferimiento en la entrega de los servicios en los términos establecidos en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 de su Reglamento.
En virtud de lo anterior, los casos en que podrán otorgarse prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales serán:
Cuando ocurran causas de fuerza mayor o de caso fortuito, el proveedor podrá solicitar a EL COLPOS le sea otorgada una prórroga para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato siempre y cuando lo realice previamente al vencimiento del plazo pactado. Esta solicitud deberá ser presentada en escrito dirigido al servidor público que administra el contrato, el cual determinará la procedencia de otorgar dicha prórroga estableciendo las razones para ello y señalando la forma y términos en que deberá modificarse el contrato para la elaboración del instrumento correspondiente.
14.- INCONFORMIDADES
En términos de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley, las personas podrán inconformarse, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública, por cualquier acto del procedimiento de contratación que contravenga las disposiciones que rigen las materias de la ley de referencia. La inconformidad la podrá realizar:
- Ante el Órgano Interno de Control de la Convocante, ubicado en el tercer nivel del edificio “Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx” con domicilio en el xx. 00.0 xx xx xxxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxx–Texcoco, Montecillo, municipio de Texcoco, Estado de México,
- Directamente en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. X.X. 00000, o
- A través de CompraNet, debiendo utilizarse, en sustitución de la firma autógrafa, los medios de identificación electrónica previamente certificados por la Secretaría de la Función Pública.
15.- CONTROVERSIAS Y SANCIONES
15.1.- CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de esta invitación, se resolverán con apego a lo previsto en la Ley, el Reglamento en vigor y las demás disposiciones administrativas de carácter federal.
En el supuesto de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada a través de CompraNet, la autoridad competente podrá solicitar a EL COLPOS, exhiba los archivos electrónicos que obran en CompraNet, así como la impresión de éstos debidamente certificados, a efecto de desahogar las pruebas a que haya lugar, conforme a las disposiciones adjetivas que resulten aplicables.
15.2 SANCIONES
Durante el procedimiento de contratación, los licitantes podrán ser sujetos a sanciones resueltas por la SFP cuando:
• Injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el contrato adjudicado por la convocante en la fecha señalada por la misma.
• Proporcionen información falsa o actúen con dolo o mala fe durante cualquier acto de este procedimiento. Durante la ejecución de los servicios, la convocante podrá sancionar, cuando:
• No cumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños y perjuicios a la convocante, de conformidad con lo establecido en el modelo de contrato.
Así mismo, cuando el servicio en lo general o una parte de él, no cumpla con lo que se establece en los términos de referencia pero que a juicio de la convocante es susceptible de usarse, se aplicará una sanción determinada sobre la base de la carencia u omisión en el servicio.
15.3 SANCIONES EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO
Se estará a lo establecido en los artículos 59y y 60 de la Ley, que a la letra dicen:
“Art. 59.- Los licitantes o proveedores que infrinjan las disposiciones de "LA LAASSP", serán sancionados por la Secretaría de la Función Pública con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.
Cuando los licitantes, injustificadamente y por causas imputables a los mismos, no formalicen contratos cuyo monto no exceda de cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, serán sancionados con multa equivalente a la cantidad xx xxxx hasta cuarenta y cinco veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción”.
“Art. 60.- La Secretaría de la Función Pública, además de la sanción a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, inhabilitará temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por "LA LAASSP", a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:
I. Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen dos o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en el plazo de dos años calendario, contados a partir del día en que haya fenecido el término para la formalización del primer contrato no formalizado;
II. Los proveedores a los que se les haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años;
III. Los proveedores que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la dependencia o entidad de que se trate; así como, aquellos que entreguen servicios con especificaciones distintas de las convenidas;
IV. Las que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad;
V. Las que se encuentren en el supuesto de la fracción XII del artículo 50 de "LA LAASSP", y
VI. Aquéllas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de "LA LAASSP".
La inhabilitación que se imponga no será menor de tres meses ni mayor de cinco años, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que la Secretaría de la Función Pública la haga del conocimiento de las dependencias y entidades, mediante la publicación de la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet.
Si al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación a que se refiere el párrafo que antecede el sancionado no ha pagado la multa que hubiere sido impuesta en términos del artículo anterior, la mencionada inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente.
Las dependencias y entidades dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de alguna infracción a las disposiciones de esta Ley, remitirán a la Secretaría de la Función Pública la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de la infracción.
En casos excepcionales, previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, las dependencias y entidades podrán aceptar proposiciones de proveedores inhabilitados cuando resulte indispensable por ser éstos los únicos posibles oferentes en el mercado”.
15.4 SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN LA LGRA.
Tratándose de personas físicas:
a) Sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos o, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de cien hasta ciento cincuenta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;
b) Inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, según corresponda, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de ocho años;
c) Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos. Tratándose de personas xxxxxxx:
a) Sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de mil hasta un millón quinientas mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;
b) Inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor xx xxxx años;
c) La suspensión de actividades, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de tres años, la cual consistirá en detener, diferir o privar temporalmente a los particulares de sus actividades comerciales, económicas, contractuales o de negocios por estar vinculados a faltas administrativas graves previstas en esta Ley;
d) Disolución de la sociedad respectiva, la cual consistirá en la pérdida de la capacidad legal de una persona moral, para el cumplimiento del fin por el que fue creada por orden jurisdiccional y como consecuencia de la comisión, vinculación, participación y relación con una Falta administrativa grave prevista en esta Ley;
e) Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos.
15.5 PENAS CONVENCIONALES
En los términos de lo previsto por el artículo 53 de la Ley y 96 de su Reglamento, la convocante aplicará al proveedor penas convencionales de conformidad con lo siguiente:
1. Se le aplicará el 1.0% sobre el importe del precio correspondiente al entregable respectivo por cada día natural de atraso en el cumplimiento de la siguiente obligación:
En ningún caso, la suma de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor podrá exceder el importe de la garantía de cumplimiento. Las penalizaciones se calcularán tomando como base el precio ofertado antes del I.V.A. y a la resultante se le aplicará el I.V.A. correspondiente.
Para el pago de las penas convencionales, EL COLPOS a través del supervisor designado, informará por escrito al proveedor el cálculo de la pena correspondiente indicando el número de días de atraso, así como la base para su cálculo y el monto de la pena a que se haya hecho acreedor.
Una vez que sea notificada la penalización a través del oficio correspondiente, para el pago de la misma, el proveedor contará con un plazo que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, cuyo pago se realizará a través de cheque a favor de EL COLPOS, (cerrado a pesos, el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad inmediata anterior y las que contengan de 51 a 99 centavos, se ajusten a la unidad inmediata superior), o bien, en efectivo en la TESORERIA del Colegio de Postgraduados, quien emitirá el recibo correspondiente.
En caso de que el cheque no sea pagado, se aplicará lo dispuesto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Procederá la rescisión del contrato al día siguiente de vencida la aplicación del monto límite de la garantía de cumplimiento del mismo. Se hará efectiva la fianza de cumplimiento del contrato cuando éste se dé por rescindido.
El proveedor quedará obligado ante EL COLPOS a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en la convocatoria a la invitación, en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal.
Las condiciones contenidas en esta convocatoria a la invitación, así como las propuestas que se presenten no podrán ser negociadas.
De manera enunciativa más no limitativa se mencionan a continuación los incumplimientos en los que pueden incurrir los proveedores y que será mencionados dentro del contrato específico que se firme, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 8 (Especificaciones Técnicas) del Contrato Marco de Referencia:
1. Por el incumplimiento en la realización, calidad, términos, condiciones y/o características de las actividades correspondientes, solicitadas por LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES.
2. Cuando el personal no se presente debidamente uniformado e identificado.
3. Por cada día natural de retraso, en el caso de que no entregue de manera mensual al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, los listados del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), así como su concerniente comprobante de pago debidamente efectuado, esto, dentro de los tres días hábiles posteriores al vencimiento del plazo que concede el IMSS para el pago respectivo; dicho comprobante de pago deberá reflejar las liquidaciones efectuadas tanto por concepto de cuotas obrero patronales al IMSS, Xxxxx y/o cuenta individual, así como las aportaciones al INFONAVIT, según corresponda.
a) En caso de que de la revisión realizada a los listados del SUA, se desprenda que haya personal de la empresa laborando, y que no se encuentre dado de alta en el IMSS, esto será por cada elemento que estuviera en dicha situación.
b) En caso de que de la revisión realizada a los listados del SUA, se desprenda que haya personal laborando y no este registrado en su totalidad ante el IMSS, es decir, cuando su fecha de inicio de actividades en la empresa difiera de su fecha de alta en el IMSS, o su fecha de baja en dicho instituto sea anticipada a su fecha de baja en la empresa, esto será por cada día que no esté cubierto y por cada trabajador.
16. LIQUIDACIÓN PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS.
Cuando el proveedor incurra en atraso en el cumplimiento de sus obligaciones y no cubra las penalizaciones correspondientes o bien cuando incurra en incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato correspondiente, EL COLPOS hará efectiva la fianza que el proveedor haya entregado; para lo cual formularán la liquidación a que se refiere el artículo 282 de la ley de instituciones de seguros y de fianzas, para la efectividad de la presente garantía: procedimiento al que también se sujetara para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, haciendo efectiva la parte de la garantía de cumplimiento del contrato considerando un 100% de la fianza por cada incumplimiento.
17. TRANSPARENCIA
Nota 1: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la invitación en calidad de observador bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
Nota 2: En el ANEXO INFORMATIVO 6 se incluye Nota Informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales.
Nota 3: El llenado de la encuesta de transparencia ANEXO INFORMATIVO 7 que aparece al final de la presente convocatoria a la licitación es opcional; sin embargo, es importante para EL COLPOS el llenado de dicha encuesta a fin de mejorar el desarrollo de las licitaciones públicas.
18. DENUNCIAS E INFRACCIONES
Cualquier Servidor Público, Proveedor o Licitante ya sea persona Física o Moral que quiera promover una denuncia deberá de interponerla ante el Órgano Interno de Control en el Colegio de Postgraduados, para lo cual deberá de atender los siguientes requisitos como mínimo:
1.- Los datos del quejoso o denunciante en donde pueda ser localizado (opcional). 2.- Datos de identificación de la o las personas involucradas, de contar con ellos. 3.- Narración de los hechos (indicando el cómo, cuándo y dónde).
4.- En su caso, las pruebas que pueda aportar.
19. INFORMACION DE INTERES PARA LOS LICITANTES EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADOS
El licitante acepta expresamente que, en su caso, “EL COLEGIO” procederá en términos de lo dispuesto por los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, para el caso de que aquel incurra en alguna de las conductas establecidas por dichos preceptos legales. Igualmente, se da por enterado de que ningún servidor público de “EL COLEGIO” podrá en ningún momento y por ninguna circunstancia, podrá recibir dinero o bienes en especie para la recepción –a satisfacción de la entidad de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato, o para la autorización de algún pago, sin importar el tipo de contrato de que se trate, a los servidores públicos de “EL COLEGIO” ni de ninguna otra dependencia o entidad. Asimismo, se hace sabedor de que los servidores públicos, durante el ejercicio de sus funciones y hasta un año después de concluido el cargo, deben abstenerse de recibir, solicitar ni aceptar por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles, donaciones o servicios que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate y que implique intereses en conflicto; por lo que su incumplimiento pudiera dar lugar al procedimiento administrativo a que se refiere la LGRA, y en su caso, aplicar alguna de las sanciones que en la misma se consignan, pudiendo ser:
amonestación privada o pública, suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menos de tres días ni mayor a un año, destitución del puesto, sanción económica, e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
En caso de encontrarse en este supuesto, deberá de denunciarlo conforme a lo que establece el apartado de denuncias e infracciones que se encuentra en este documento.
Se advierte que, de no hacerlo, se incurrirá en responsabilidades por parte del licitante adjudicado.
Se informa a los participantes que todos los servidores públicos participen en la presente Convocatoria, deberán dar observancia del Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015, con última fecha de modificación el 28 de febrero de 2017, mismo que puede ser consultado en la sección de la SFP que se encuentra en el portal de la Ventanilla Única Nacional, a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx.
A T E N T A M E N T E
M.T.A. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS TEXCOCO ESTADO DE MEXICO A 20 XX XXXX DE 2022.
ANEXO DEL DETALLE DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS EL LICITANTE DEBERA ESTABLECER LO SIGUIENTE, SEGÚN SEA EL CASO:
PARA PERSONA FISICA:
El que suscribe, (Persona física), de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes (indicar el RFC), y en cumplimiento a lo ordenado por el artículo 39, fracción VI, inciso e, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para efectos de presentar proposición y en su caso, poder celebrar el contrato respectivo con esta dependencia en relación a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA
PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que cuento con personal con la capacidad técnica necesaria para el desarrollo de los servicios de conformidad con el presente anexo.
Así también, y en caso de resultar ganador, me comprometo a lo siguiente:
- (indicar las características que ofertan respecto al anexo técnico y su propuesta técnica) PARA PERSONA MORAL:
El que suscribe, en mi carácter de (apoderado legal/representante legal/administrador único/ELEGIR UNA OPCIÓN O BIEN, PONER EL CARÁCTER DE REPRESENTACIÓN) de la empresa (nombre de la empresa), legalmente constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según consta en la escritura pública número , de fecha (día) de (mes) de (año), otorgada ante la fe del licenciado ; empresa de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes , para efectos de presentar proposición y en su caso, poder celebrar el contrato respectivo con esta dependencia en relación a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", DECLARO BAJO PROTESTA
DE DECIR VERDAD que mi representada cuenta con personal con la capacidad técnica necesaria para el desarrollo de los servicios de conformidad con el presente anexo.
Así también, y en caso de resultar ganadora, mi representada se compromete a lo siguiente:
- (indicar las características que ofertan respecto al anexo técnico y su propuesta técnica)
LAS CARACTERISTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO SE DETERMINARON EN APEGO AL ANEXO 1 (ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ALCANCES) DEL CONTRATO MARCO DENOMINADO: - "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", ASÍ COMO SU CONVENIO MODIFICATORIO DE FECHA 14 DE OCTUBRE DE 2021, DOCUMENTOS QUE FORMAN PAR INTEGRAL DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, ATENDIENDO A LO DISPUESTO EN LA FRACCIÓN II DE LA CLAUSULA SEXTA DEL CONTRATO MARCO DE REFERENCIA.
1. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Proporcionar el “Servicio Integral de Limpieza”, en adelante el SERVICIO, en los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados.
2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SERVICIO
El SERVICIO consiste en mantener y conservar limpios y en condiciones óptimas de salubridad e higiene las áreas interiores y exteriores de los inmuebles destinados a la operación de oficinas administrativas y de atención al público de los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados, a través de acciones de asepsia y desinfección, para cuyo propósito se utilizan sustancias químicas biodegradables, detergentes y otros implementos de higiene, y que tienden a eliminar organismos y microorganismos patógenos con el objeto de proteger la salud humana; mediante un modelo de servicio integral que incluya todo lo necesario para la correcta ejecución del SERVICIO.
Para efectos de la administración del SERVICIO, serán responsables de administrar los contratos específicos la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba.
De la misma forma, LOS POSIBLES PROVEEDORES que se adhirieron al Contrato Marco del SERVICIO se obligan a designar al o los ejecutivos de cuenta que se requieran para cumplir con las necesidades de LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES así como proporcionar a éstas los nombres y datos de contacto (teléfono de oficina y celular, así como correo electrónico y horarios de atención) de dichos ejecutivos, para resolver cualquier contingencia administrativa u operativa que se presente durante la vigencia del SERVICIO.
2.1 VIGENCIA DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS
El o los contratos específicos tendrán de vigencia establecida hasta el 31 de diciembre de 2022, de conformidad con el Comunicado de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de fecha 06 de diciembre de 2021.
3. METODOLOGÍA
El proveedor adjudicado realizará la ejecución del SERVICIO, con base en las funciones y los aspectos metodológicos que se determinan el numeral 4, inciso f) del presente Anexo.
4. LINEAMIENTOS GENERALES
Los trabajos de limpieza se realizarán en los inmuebles de los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados.
La ejecución del SERVICIO previsto en cada contrato específico se sujetará a los siguientes lineamientos.
a) Las ofertas que presenten LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán considerar el costo mensual por operario y supervisor, de conformidad con las necesidades establecidas por LOS CAMPUS CAMPEHCE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS. Este costo deberá considerar los materiales, herramientas, uniforme, equipo y demás condiciones definidas en el presente Anexo que requieran para la prestación del SERVICIO.
b) LOS POSIBLES PROVEEDORES que resulten adjudicados tramitarán los permisos y/o autorizaciones necesarias, para la prestación del SERVICIO a que se refieren en el presente Anexo; y deberán contar con ellos previo al inicio de la prestación del SERVICIO.
c) LOS POSIBLES PROVEEDORES serán responsables de realizar el SERVICIO en las Instalaciones de los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados, de conformidad con lo establecido en el inciso f) del presente numeral.
d) LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán contar con recursos financieros, humanos, técnicos y materiales suficientes para el cumplimiento del SERVICIO objeto del presente Anexo.
e) La disposición de residuos sólidos se realizará de conformidad con lo que disponga la normatividad aplicable en la materia y, en su caso, a la que esté obligado el Colegio de Postgraduados.
f) LOS POSIBLES PROVEEDORES proporcionarán el SERVICIO de acuerdo con la siguiente tabla de actividades:
Áreas | Descripción de la Rutina | Periodo | Frecuencia | |
Pisos | ||||
1 | Piso de Madera (Duela y Parket) | Tratamiento xx Xxxx | Mensual | 1 vez al mes |
Mopeado | Diario | 1 vez al día | ||
2 | Piso Laminado | Barrido | Diario | 1 vez al día |
Mopeado | Diario | 1 vez al día | ||
3 | Barrido | Diario | 1 vez al día | |
Trapeado | Diario | 1 vez al día | ||
Mosaico, Loseta (Barro, Cerámica, Vinílica, Otros), Mármol. | Pulido (según material) | Mensual | 1 vez al mes | |
4 | Cemento, Concreto y Carpeta Asfáltica | Barrido | Diario | 1 vez al día |
Lavado | Semanal | 1 vez a la semana | ||
5 | Alfombra | Aspirado | Semanal | 3 veces por semana |
Lavado | Bimestral | 1 vez al bimestre | ||
6 | Escaleras | Barrido | Diario | 1 vez al día |
Trapeado | Diario | 1 vez al día | ||
Pulido (según material) | Mensual | 1 vez al mes | ||
7 | Elevadores | Sacudido | Diario | 1 vez al día |
Limpieza | Diario | 1 vez al día | ||
Pulido | Mensual | 1 vez al mes | ||
8 | Estacionamiento, Azotea y Áreas Comunes | Barrido | Diario | 1 vez al día |
Lavado | Semanal | 1 vez a la semana | ||
Núcleos Sanitarios | ||||
9 | Baños | Lavado y Desinfectado de Muebles de Baño | Diario | 2 veces al día |
Desodorizado | Diario | 2 veces al día | ||
Xxxxxx xx Xxxxx | Semanal | 1 vez por semana | ||
Reposición de papel de baño – manos y jabón para lavado de manos (incluye la habilitación de dispositivos despachadores) | Diario | Las veces que sean necesarias | ||
Despachadores de jabón líquido | Diario | Cada vez que se agote el jabón | ||
Mobiliario | ||||
Limpieza | Diario | 1 vez al día |
10 | Escritorios, Carpetas, Charolas y Accesorios de Escritorio | Lavado (metal) | Quincenal | 1 vez a la quincena |
Encerado (madera) | Quincenal | 1 vez a la quincena | ||
11 | Sillas y Sillones | Aspirado | Diario | 1 vez al día |
Lavado | Mensual | 1 vez al mes | ||
12 | Equipos Electrónicos | Sacudido | Diario | 1 vez al día |
Limpieza | Semanal | 1 vez a la semana | ||
13 | Cestos de Basura | Vaciado | Diario | Las veces que sea necesario |
Limpieza | Diario | 1 vez al día | ||
Lavado | Semanal | 1 vez a la semana | ||
14 | Ventiladores | Sacudido | Diario | 1 vez al día |
Lavado de aspas | Quincenal | 1 vez a la quincena | ||
15 | Enfriadores de Aire (Rejillas) | Limpieza | Mensual | 1 vez al mes |
16 | Extintores | Limpieza | Diario | 1 vez al día |
17 | Retiro de Goma de Mascar (muebles) | Retiro y Limpieza | Semanal | 1 vez a la semana |
18 | Despachadores de Agua (solo parte externa) | Limpieza | Diario | 1 vez al día |
19 | Persianas | Limpieza | Semanal | 1 vez a la semana |
20 | Otros (pupitres, butacas) | Limpieza | Diario | 1 vez al día |
Cocina | ||||
21 | Cubiertas | Sacudido | Diario | 1 vez al día |
22 | Refrigeradores y Horno de Microondas | Limpieza | Diario | 1 vez al día |
Vidrios y Cancelería | ||||
23 | Vidrios Interiores | Limpieza | Semanal | 1 vez a la semana |
24 | Vidrios Exteriores hasta 3.5 m | Lavado | Trimestral | 1 vez al trimestre |
25 | Domos y Parasoles | Limpieza | Trimestral | 1 vez al trimestre |
26 | Letreros de Información, Cancelería, Pasamanos, Chapas, Macetas, Macetones, Estructuras Metálicas, Zoclos, Puertas | Limpieza | Diario | 1 vez al día |
Lavado | Quincenal | 1 vez a la quincena | ||
Muros | ||||
27 | Muros Internos | Limpieza | Mensual | 1 vez al mes |
28 | Lambrín | Limpieza | Diario | 1 vez al día |
Encerado | Trimestral | 1 vez al trimestre |
g) El SERVICIO se realizará de acuerdo a los días, turnos y horarios siguientes:
DÍAS LABORALES | TURNOS |
Total general | |
LUNES –DOMINGO (MENSUAL) | Matutino |
LUNES –DOMINGO (MENSUAL) | Vespertino |
h) LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán observar en lo aplicable para la prestación del SERVICIO, las siguientes Normas:
Número de Norma | Descripción de la Norma |
NOM-017-STPS-2008 | Equipo de protección personal-selección, uso y manejo en los centros de trabajo. |
● Cambio en Convenio Modificatorio.
LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán atender lo establecido en la NOM- 030-STPS- 2009, numeral 7, inciso c), para coadyuvar en la mitigación de emergencias y contingencias sanitarias, así como atender las recomendaciones que emitan las Autoridades Sanitarias y cumplir con los protocolos de sanidad de cada centro de trabajo.
LOS POSIBLES PROVEEDORES se obligan a cumplir las demás normas que resulten aplicables a la prestación del SERVICIO.
i) El SERVICIO será supervisado por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba.
j) La Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba determinarán las actividades que requieren de LOS POSIBLES PROVEEDORES, en función de las necesidades de operación del inmueble y de conformidad con el inciso f) del presente numeral.
k) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba y de LOS POSIBLES PROVEEDORES, convocándose con al menos una semana de anticipación.
l) LOS POSIBLES PROVEEDORES quedan obligados durante la vigencia de la prestación del SERVICIO, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el servicio en el inmueble. Para verificar su cumplimiento deberán entregar mensual a la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba, el comprobante de las cuotas obrero- patronales. En caso de no presentar el documento, se aplicarán la pena convencional establecida en el contrato específico.
5. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El SERVICIO objeto del presente Anexo se prestará en:
o El Campus Campeche, con dirección en: XXXXXXXXX, XXXXXXXXXX-XXXXX, XX. 00.0, 00000, XXXXXXXXX, XXXXXXXX.
o El Campus Córdoba, con dirección en: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX - XXXXXXXX XX.
000.0 XXXXX PARADA 11, 94500 CÓRDOBA, VERACRUZ.
6. CONDICIONES SOCIALES
LOS POSIBLES PROVEEDORES estarán obligados a cumplir con las siguientes condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del SERVICIO.
1. Tratar a su personal con respeto y dignidad; queda prohibida cualquier forma de violencia física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.
2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de violencia, el acoso y el hostigamiento sexual.
3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de índole laboral.
LOS POSIBLES PROVEEDORES tienen expresamente prohibido respecto al personal que utilicen para la prestación del SERVICIO:
1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión, orientación sexual, fisonomía o discapacidad física.
2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la libertad de su personal como el pago de depósitos, la retención de documentos, la firma anticipada de su renuncia o la práctica de pruebas de embarazo, así como el despido por esta causa.
7. REQUERIMIENTOS
LOS POSIBLES PROVEEDORES garantizarán la prestación del SERVICIO de acuerdo con los siguientes términos:
7.1 CALIDAD EN EL SERVICIO
Será responsabilidad de LOS POSIBLES PROVEEDORES, mantener la calidad del SERVICIO conforme a lo señalado en el Contrato Xxxxx y en el contrato específico.
El SERVICIO deberá garantizar la seguridad tanto para el personal que efectúe éste, como para los usuarios que se encuentren en el inmueble.
Se realizará el servicio de limpieza profunda semanal, el día que establezca cada la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba. LOS POSIBLES PROVEEDORES se comprometen a realizar el servicio de limpieza profunda emergente sin costo adicional en situaciones de emergencia, por caso fortuito o de fuerza mayor (granizadas, mítines, inundaciones, cenizas
volcánicas, sismos, incendios, actos vandálicos y eventos socio organizativos); deberá incluir los insumos necesarios para la debida atención del SERVICIO.
El personal de LOS POSIBLES PROVEEDORES deberá tener experiencia en el manejo de los líquidos necesarios para cada actividad, sin poner en riesgo a los usuarios del inmueble, así como proteger y ser responsable de las superficies y/o elementos a limpiar.
El personal de LOS POSIBLES PROVEEDORES deberá tener experiencia en el pulido de todo tipo de superficies tales como: loseta vinílica, granito, cantera, recinto, duela xx xxxxxx, piso laminado, etc.
LOS POSIBLES PROVEEDORES quedan obligados al término del contrato a coordinar con la empresa que prestará el SERVICIO, la desocupación de espacios físicos asignados y/o el retiro de maquinaria, equipos, herramientas y bienes semejantes de su propiedad, arrendamiento o en comodato, a fin de realizar una transición que permita que los Campus Campeche y Córdoba cuenten de manera ininterrumpida con el SERVICIO y sin costo adicional para las mismas.
7.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán contar con el personal necesario que les permita prestar el cumplimiento del SERVICIO conforme a lo establecido por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba. En caso de inasistencia de un elemento. LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán proporcionar un sustituto en un máximo de dos horas a fin de dar cumplimiento al SERVICIO de forma ininterrumpida. En caso de que LOS POSIBLES PROVEEDORES no cumplan con la sustitución antes señalada, se harán acreedores a la pena convencional o deducción. El personal se integra como a continuación se señala de forma enunciativa más no limitativa:
7.2.1 SUPERVISOR DEL SERVICIO
LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán designar un supervisor de los elementos asignados a cada inmueble conforme a lo requerido por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba, sin costo adicional.
LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán designar los supervisores requeridos por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba en cada inmueble, mismas que considerarán para dicha asignación que cada supervisor deberá tener bajo su vigilancia un grupo de entre 10 y 50 elementos asignados en un mismo turno; exceptuando los casos en los que el inmueble requiera un número menor a 10 elementos en total, en cuyo caso se asignará uno que cumpla dicha función, salvo en aquellos casos en los que la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba expresamente definan que no requieren supervisores. LOS POSIBLES
PROVEEDORES que resulten adjudicados deberán entregar la relación de supervisores responsables asignados a cada inmueble(s) de los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados.
Los supervisores tendrán la responsabilidad de supervisar, verificar y coordinar el cumplimiento de las actividades requeridas, así como garantizar la correcta organización y evitar tiempos muertos. Entre sus actividades de manera enunciativa más no limitativa, deberá considerarse:
1. Supervisar:
1.1 La distribución de los operarios en las áreas del inmueble.
1.2 El buen funcionamiento y uso de la maquinaria, equipo y herramientas.
1.3 El cumplimiento del programa de trabajo.
1.4 La correcta ejecución de las actividades conforme a lo requerido por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba.
1.5 Que se cumpla con los turnos requeridos por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba.
2. Verificar:
2.1 La realización de las actividades propias del SERVICIO.
2.2 Que las actividades de los operarios se realicen de la forma estipulada en el programa de trabajo.
2.3 Que los operarios se apeguen al programa en materia de protección civil, correspondiente a cada inmueble.
2.4 El correcto uso del uniforme, gafete y equipo de protección por parte de los operarios dentro del inmueble.
2.5 La asistencia diaria y puntual de los operarios.
2.6 Cubrir las ausencias de los operarios en los tiempos indicados.
2.7 Que el personal de limpieza abandone las instalaciones al término del turno asignado.
Las demás que le sean requeridas, relativos a la prestación del SERVICIO para el Campus Campeche y Campus Córdoba del Colegio de Postgraduados.
7.2.2 OPERARIOS
LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán proporcionar el número de operarios requeridos por el Campus Campeche y Campus Córdoba del Colegio de Postgraduados en cada inmueble. Los operarios deberán registrar su ingreso y salida en el horario establecido en las listas de control de asistencia, que para tal efecto establezcan el Campus Campeche y Campus Córdoba del Colegio de Postgraduados. Durante su permanencia en las instalaciones, los operarios deberán estar debidamente uniformados (pantalón y camisola u overol) y portar
el equipo de protección (guantes, fajas, lentes, casco, botas, etc.) y gafete de identificación proporcionados por LOS POSIBLES PROVEEDORES, debiendo garantizar su buen estado para la prestación del SERVICIO. En caso de que los Campus Campeche y Campus Córdoba del Colegio de Postgraduados requieran equipo especializado como chaleco reflejante, botas de seguridad, identificaciones de seguridad, entre otros, deberán señalarlo en su demanda agregada a LOS POSIBLES PROVEEDORES, para considerarlo en la prestación del SERVICIO.
Los operarios por ningún motivo podrán realizar actividades administrativas, de vigilancia o actividades diferentes a las mencionadas en el contrato.
7.3 PROPUESTA DE TRABAJO
LOS POSIBLES PROVEEDORES presentarán dentro de su oferta para los Campus Campeche y Campus Córdoba del Colegio de Postgraduados, su metodología, programa de trabajo y organigrama (administrativo y operativo) que permita garantizar la prestación del SERVICIO.
7.4 MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTAS
LOS POSIBLES PROVEEDORES presentarán dentro de su oferta para los Campus Campeche y Campus Córdoba del Colegio de Postgraduados, la relación de la maquinaria, equipo y herramientas en óptimas condiciones de uso, con los que garantizarán la prestación del SERVICIO, la cual deberá ser validada por el personal designado por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba, y apegarse al Apéndice I “INSUMOS, MATERIALES, CONSUMIBLES Y MAQUINARIA REQUERIDOS”.
7.5 SUMINISTRO DE MATERIAL E INSUMOS
LOS POSIBLES PROVEEDORES suministrarán los materiales e insumos necesarios y suficientes para garantizar el óptimo cumplimiento del SERVICIO en cada inmueble, de conformidad con lo solicitado por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba, quienes designarán el espacio para su almacenamiento y administración por parte de LOS POSIBLES PROVEEDORES.
LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán contar, en todo momento, con los materiales e insumos suficientes para prestar el SERVICIO en los inmuebles determinados por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba incluso en los supuestos de casos fortuitos o fuerza mayor.
7.6 SEPARACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS (RECOLECCIÓN DE BASURA)
LOS POSIBLES PROVEEDORES suministrarán las bolsas de plástico necesarias, para llevar a cabo la recolección y separación de residuos en el inmueble, conforme a la frecuencia que
determinen la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba, adoptando las medidas necesarias para dar cumplimiento a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, y las normas de manejo de residuos de carácter Federal y Local aplicables.
En cada inmueble deberán depositarse las bolsas acordes a su separación, en los contenedores designados para su concentración, a efecto de mantener limpios en todo momento los cestos de basura.
7.7 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES
LOS POSIBLES PROVEEDORES quedan obligados a garantizar que el personal portará en todo momento el equipo de protección personal como es cubrebocas, careta y/o googles, etc. mientras se mantenga alguna alerta sanitaria, así como el uniforme de trabajo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de LOS POSIBLES PROVEEDORES, a fin de que puedan ser identificados.
Los uniformes del personal de LOS POSIBLES PROVEEDORES deberán mantenerse en buen estado y reponerlos tan pronto como dejen de ser funcionales, para garantizar la correcta realización del SERVICIO.
LOS POSIBLES PROVEEDORES estarán obligados a otorgar a su personal un gafete de identificación plastificado o con mica térmica, el cual deberá portar durante su estancia en el inmueble. En caso contrario, a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de LOS POSIBLES PROVEEDORES, nombre del trabajador, Número de Seguridad Social y fotografía reciente.
7.8 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD
LOS POSIBLES PROVEEDORES instruirán a su personal para que guarden la debida disciplina y orden durante la prestación del SERVICIO. Dentro de los inmuebles de los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados, deberán mantener el debido respeto, atención y cortesía en sus relaciones con el personal y usuarios de los mismos; también deberán acatar las normas de seguridad aplicables en los inmuebles de los Campus Campeche y Córdoba. Si el personal de LOS POSIBLES PROVEEDORES incurriere en una falta de disciplina o respeto, la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba podrán solicitar que se sustituya por otro elemento de manera inmediata.
SE ENTENDERÁN POR CONDUCTAS DE INDISCIPLINA LAS SIGUIENTES:
7.8.1 Uso de celular y música a un volumen alto.
7.8.2 Dormirse durante la jornada de trabajo dentro de las instalaciones.
7.8.3 Realizar juegos xx xxxx, rifas, tandas, ventas, leer o atender asuntos no relacionados con sus actividades durante el SERVICIO.
7.8.4 Causar daños intencionales o involuntarios a bienes, instalaciones y equipos.
7.8.5 Amenazar la integridad física, la vida, el patrimonio de las personas; así como tener riñas físicas o verbales.
7.8.6 Introducirse con engaños, violencia o sin permiso de la persona autorizada a las áreas de los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados.
7.8.7 Ingerir bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas durante el turno y/o dentro del inmueble.
7.8.8 Introducir armas de fuego o punzocortantes a las instalaciones de los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados.
7.8.9 Cometer delitos tipificados en el Código Penal Federal o faltas administrativas indicadas en las Leyes o demás disposiciones administrativas en materia de policía y buen gobierno.
Estas conductas son de carácter enunciativo más no limitativo
7.9 RESPONSABILIDAD LABORAL
LOS POSIBLES PROVEEDORES señalarán en su oferta que el personal que realice las tareas relacionadas con la prestación del SERVICIO, estará bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará al Colegio de Postgraduados, como patrón sustituto o solidario, pues la misma, no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, LOS POSIBLES PROVEEDORES se comprometen a liberar al COLEGIO DE POSTGRADUADOS de cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago de las prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.
Asimismo, LOS POSIBLES PROVEEDORES asumirán la responsabilidad en materia de seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente, enfermedad o riesgo de trabajo.
8. PENAS CONVENCIONALES O DEDUCCIONES
LOS POSIBLES PROVEEDORES que incurrieran en cualquiera de los incumplimientos del SERVICIO que se señalan a continuación, se harán acreedores a la aplicación xx xxxxx convencionales o deducciones que determinen los Campus Campeche y Córdoba del Colegio de Postgraduados, que deberán señalarlas en lo concerniente a las especificaciones y condiciones para la prestación del SERVICIO en el contrato específico respectivo, de manera enunciativa mas no limitativa:
1. Por el incumplimiento en la realización, calidad, términos, condiciones y/o características de las actividades correspondientes, solicitadas por la Subdirección de Administración del Campus Campeche y la Jefatura del Departamento Administrativo del Campus Córdoba.
2. Cuando el personal no se presente debidamente uniformado e identificado.
3. En caso de presentar indisciplina o falta de respeto al personal o personas usuarias de
las instalaciones.
4. Cuando los operarios no se presenten a laborar en los días y horarios especificados y
LOS POSIBLES PROVEEDORES no proporcionen un sustituto de manera inmediata.
5. Cuando LOS POSIBLES PROVEEDORES incumplan con las obligaciones patronales, como son:
a. Por cada día natural de retraso, en el caso de que no entregue de manera mensual al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, los listados del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), así como su concerniente comprobante de pago debidamente efectuado, esto, dentro de los tres días hábiles posteriores al vencimiento del plazo que concede el IMSS para el pago respectivo; dicho comprobante de pago deberá reflejar las liquidaciones efectuadas tanto por concepto de cuotas obrero patronales al IMSS, Xxxxx y/o cuenta individual, así como las aportaciones al INFONAVIT, según corresponda.
b. En caso de que de la revisión realizada a los listados del SUA, se desprenda que haya personal de la empresa laborando, y que no se encuentre dado de alta en el IMSS, esto será por cada elemento que estuviera en dicha situación.
c. En caso de que de la revisión realizada a los listados del SUA, se desprenda que haya personal laborando y no este registrado en su totalidad ante el IMSS, es decir, cuando su fecha de inicio de actividades en la empresa difiera de su fecha de alta en el IMSS, o su fecha de baja en dicho instituto sea anticipada a su fecha de baja en la empresa, esto será por cada día que no esté cubierto y por cada trabajador.
APÉNDICE I
INSUMOS, MATERIALES, CONSUMIBLES, HERRAMIENTA Y MAQUINARIA REQUERIDOS SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA
Áreas | Descripción de la Rutina | Materiales, Insumos, Consumibles, Herramienta y Maquinaria | Descripción | Norma Oficial Mexicana | |
Pisos | |||||
Cera | Cera líquida para pisos | N/A |
1 | Piso de Madera (Duela y Parket) | Tratamiento xx Xxxx | Pulidora industrial consumibles | y | La | que LAS DEPENDENCI AS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDOR ES | N/A |
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | |||||
Guantes hule | de | Guantes de hule | N/A | ||||
Mopeado | Mop | Mop completo | N/A | ||||
Aceite mop | para | Tratamiento mops (magnetizador) | para | N/A | |||
Repuesto mop | para | Repuesto para mop | N/A | ||||
Funda mop | para | Funda para mop | N/A | ||||
Guantes hule | de | Guantes de hule | N/A | ||||
2 | Piso Laminado | Barrido | Escoba | Escoba de plástico tipo cepillo o escoba de mijo | N/A | ||
Recogedor | Recogedor de lámina plástico con mango | o de | N/A | ||||
Guantes hule | de | Guantes de hule | N/A | ||||
Mopeado | Mop | Mop completo | N/A | ||||
Limpiador | Limpiador líquido para pisos laminados 1 lt | N/A | |||||
Repuesto mop | para | Repuesto para mop | N/A | ||||
Funda mop | para | Funda para mop | N/A | ||||
Guantes hule | de | Guantes de hule | N/A | ||||
Barrido | Escoba | Escoba de plástico | N/A | ||||
tipo cepillo o escoba | |||||||
de mijo | |||||||
Recogedor | Recogedor de lámina o plástico mango | de con | N/A | ||||
Guantes | de | Guantes de hule | N/A | ||||
hule | |||||||
Trapeado | Limpiador líquido | Limpiador líquido | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||||
multiusos, | |||||||
aromatizante, desengrasante, varios aromas, | |||||||
biodegradable, | en | ||||||
botella de 1 litro | |||||||
Mechudo | Mechudo de algodón | N/A | |||||
Jalador | Jalador de piso | N/A | |||||
Jerga | Jerga en rollo | N/A |
3 | Mosaico, Loseta (Barro, Cerámica, Vinílica, Otros), Mármol. | Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes hule | de | Guantes de hule | N/A | ||||
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||||
botella de 1 litro | |||||||
Pulido | (según | Pasta | Pasta para pulir pisos | N/A | |||
material) | |||||||
La que LAS | N/A | ||||||
Pulidora | DEPENDENCIAS O | ||||||
industrial consumibles | y | ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | |||||
Extensión | Extensión eléctrica de | N/A | |||||
eléctrica | uso rudo | ||||||
Guantes | de | Guantes de hule | N/A | ||||
hule | |||||||
4 | Cemento, Concreto y Carpeta Asfáltica | Barrido | Escoba | Escoba de plástico tipo cepillo o escoba de mijo | N/A | ||
Recogedor | Recogedor de lámina o de plástico con mango | N/A | |||||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||||
Lavado | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||||
Hidrolavadora de alta presión | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | |||||
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | |||||
Manguera | N/A | ||||||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||||
5 | Alfombra | Aspirado | Aspiradora industrial | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | ||
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A |
Lavado | Shampoo | Shampoo alfombras | para | N/A | ||
Hidrolavadora de alta presión | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | ||||
Manguera | N/A | |||||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | ||||
6 | Escaleras | Barrido | Escoba | Escoba de plástico tipo cepillo o escoba de mijo | N/A | |
Recogedor | Recogedor de lámina o plástico mango | de con | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | ||||
Trapeado | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Mechudo | Mechudo de algodón | N/A | ||||
Jalador | Jalador de piso | N/A | ||||
Jerga | Jerga en rollo | N/A | ||||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | ||||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/X | ||||
Xxxxxx material) | (según | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
Pasta | Pasta para pulir | N/A | ||||
Pulidora industrial y consumibles | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | ||||
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | ||||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | ||||
7 | Elevadores | Sacudido | Franela | Franela de algodón | N/A | |
Limpieza | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
biodegradable, botella de 1 litro | en | |||||
Franela | Franela de algodón | N/A |
Guantes de hule | Guantes de hule | N/X | |||
Xxxxxx | Pasta | Pasta para pulir pisos | N/A | ||
Pulidora industrial y consumibles | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | |||
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
8 | Estacionamiento , Azotea y áreas comunes | Barrido | Escoba | Escoba de plástico tipo cepillo o escoba de mijo | N/A |
Recogedor | Recogedor de lámina o de plástico con mango | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Lavado | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
Hidrolavadora de alta presión | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | |||
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Núcleos Sanitarios | |||||
9 | Baños | Lavado y Desinfectado de Muebles de Baño | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 |
aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | |||||
Sarricida | Sarricida líquido, botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Cloro | Cloro al 100% botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Fibra | Fibra abrasiva | N/A | |||
Cepillo | Cepillo para WC (tipo trompo) | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Bomba | Bomba para WC, de hule natural, mango o xxxxxx xx xxxxxx. | N/A |
Limpiador en polvo | Limpiador en polvo | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Cepillo plástico para manos | Cepillo plástico para manos tipo plancha, xx xxxxxx duras de poliéster, con base de polipropileno | N/A | |||
Líquido destapa caños | Líquido destapa caños | N/A | |||
Piedra pómez | Piedra pómez, "Calidad de limpieza" | N/A | |||
Desodorizado | Pastilla desinfectante | Pastilla desinfectante y aromatizante para WC varios aromas. | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
Aromatizante | Aromatizante para WC, varios aromas | N/A | |||
Tapete anti- salpicaduras | Tapete desinfectante, aromatizante y anti- salpicaduras para mingitorio, varios aromas | N/A | |||
Xxxxxx xx Xxxxx | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
biodegradable, en botella de 1 litro | |||||
Sarricida | Sarricida líquido, botella de 1 litro | N/A | |||
Cloro | Cloro al 100% botella de 1 litro | N/A | |||
Hidrolavadora de alta presión | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | |||
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Reposición de papel de baño – manos y jabón para lavado de manos (incluye la habilitación de dispositivos despachadores ) | Papel higiénico | Papel jumbo rollo de hoja doble resistente, color blanco. | NMX-N- 092- SCFI- 2015 | ||
Toalla para manos | Papel toalla hoja resistente, color blanco | NMX-N- 096- SCFI- 2014 | |||
Despachadores de jabón líquido | Jabón líquido para manos | Jabón en espuma para manos, biodegradable, olor a frutas | N/A | ||
Mobiliario | |||||
Franela | Franela de algodón | N/A |
10 | Escritorios, carpetas, charolas y accesorios de escritorio | Limpieza | Guantes de hule | Guantes de hule | N/A |
Lavado (metal) | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
Lavadora para muebles | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | |||
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Encerado (madera) | Lustrador | Lustrados para muebles en aerosol | N/A | ||
Aceite rojo | Aceite rojo para madera | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
11 | Sillas y Sillones | Aspirado | Aspiradora para Muebles | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A |
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | |||
Lavado | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Lavadora para muebles | La que LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES acuerden con LOS POSIBLES PROVEEDORES | N/A | |||
Extensión eléctrica | Extensión eléctrica de uso rudo | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
12 | Equipos Electrónicos | Sacudido | Franela | Franela de algodón | N/A |
Limpieza | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | N/A | ||
Franela | Franela de algodón | N/A |
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
13 | Cestos de Basura | Vaciado | Bolsa de plástico | Bolsa de plástico grande | N/A |
Recolectores de basura con ruedas | N/A | ||||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Limpieza | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
Xxxxxxx | Xxxxxxx de algodón | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Lavado | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
Cepillo plástico para manos | Cepillo plástico para manos Tipo Plancha, xx xxxxxx duras de poliéster, con base de polipropileno | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
14 | Ventiladores | Sacudido | Franela | Franela de algodón | N/A |
Lavado de aspas | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | ||
Xxxxxxx | Xxxxxxx de algodón | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
15 | Enfriadores de aire (Rejillas) | Limpieza | Franela | Franela de algodón | N/A |
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A |
16 | Extintores | Limpieza | Franela | Franela de algodón | N/A |
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
17 | Retiro de Goma de Mascar (pupitres) | Retiro y Limpieza | Cuña | Cuña de lámina con mango de plástico | N/A |
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Xxxxxxx | Xxxxxxx de algodón | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
18 | Despachadores de agua (solo parte externa) | Limpieza | Franela | Franela de algodón | N/A |
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
19 | Persiana | Limpieza | Franela | Franela de algodón | N/A |
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
2 0 | Otros (pupitres, butacas) | Limpieza | Franela | Franela de algodón | N/A |
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Cocina |
21 | Cubiertas | Sacudido | Franela | Franela de algodón | N/A |
Limpieza | Fibra | Fibra abrasiva | N/A | ||
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Atomizador | Atomizador de plástico de uso rudo (polietileno) | N/A | |||
Limpiador en polvo | Limpiador en polvo | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Piedra pómez | Piedra pómez, "Calidad de limpieza" | N/A | |||
22 | Refrigeradores y Horno de Microondas | Limpieza | Fibra | Fibra abrasiva | N/A |
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Vidrios y Cancelería | |||||
23 | Vidrios Interiores | Lavado | Limpia vidrios | Líquido limpia vidrios, aprox 1 litro | N/A |
Cepillo | Cepillo para lavar vidrios | N/A | |||
Atomizador | Atomizador de plástico de uso rudo (polietileno) | N/A | |||
Jalador | Jalador metálico para vidrio, con mango | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Escalera | Escaleras de aluminio tipo tijera con sujetadores de seguridad | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
2 4 | Vidrios Exteriores hasta 3.5 m | Lavado | Limpia vidrios | Líquido limpia vidrios, aprox 1 litro | N/A |
Cepillo | Cepillo para lavar vidrios | N/A | |||
Jalador | Jalador metálico para vidrio, con mango | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Escalera | Escaleras de aluminio tipo tijera con sujetadores de seguridad | N/A |
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
25 | Domos y parasoles | Limpieza | Limpia vidrios | Líquido limpia vidrios, aprox 1 litro | N/A |
Xxxxxxx | Xxxxxxx de algodón | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Escalera | Escaleras de aluminio tipo tijera con sujetadores de seguridad | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
26 | Letreros de información, cancelería, pasamanos, chapas, maceta, macetones, estructuras metálicas, zoclos, puertas | Limpieza | Franela | Franela de algodón | N/A |
Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 | |||
Cepillo | Cepillo para lavar vidrios | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Muros | |||||
27 | Muros internos | Limpieza | Limpiador líquido | Limpiador líquido multiusos, aromatizante, desengrasante, varios aromas, biodegradable, en botella de 1 litro | NOM-189- SSA1/SCFI -2018 |
Xxxxxxx | Xxxxxxx de algodón | N/A | |||
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Escalera | Escaleras de aluminio tipo tijera con sujetadores de seguridad | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
28 | Lambrín | Limpieza | Franela | Franela de algodón | N/A |
Cubeta | Cubeta de plástico | N/A | |||
Escalera | Escaleras de aluminio tipo tijera con sujetadores de seguridad | N/A | |||
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A | |||
Encerado | Cera | Cera líquida para mantenimiento | N/A | ||
Franela | Franela de algodón | N/A | |||
Escalera | Escaleras de aluminio tipo tijera con sujetadores de seguridad | N/A |
Guantes de hule | Guantes de hule | N/A |
Norma Oficial Mexicana | Nombre de la Norma | Objetivo y Campo de Aplicación |
NOM-189-SSA1/SCFI-2018 | Productos y Servicios. Etiquetado y Envasado para Productos de Aseo de uso Doméstico | Esta Norma tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial de las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico para elegir una mejor opción de compra, así como las características sanitarias para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo para la salud. |
NMX-N-092-SCFI-2015 | Industrias de celulosa y papel- papeles creados (tissue) para mercado institucional (higiénico, pañuelo facial, servilleta y toalla)- especificaciones y método de prueba. | Esta Norma Mexicana establece las características de los papeles crepados (Tissue) para el mercado institucional (higiénico, pañuelo facial, servilleta y toalla), en sus diferentes usos y aplicaciones. |
NMX-N-096-SCFI-2014 | Industrias de celulosa y papel- papeles semikraft: toallas para manos- especificaciones. | Esta Norma Mexicana establece las especificaciones técnicas y los métodos de prueba del papel toalla semikraft. Aplica para toallas fabricadas con papeles reciclados o de fibra secundaria. |
A continuación, se muestra el detalle de los inmuebles del Colegio de Postgraduados:
Campus Campeche: Aproximadamente de 2,900 mts. Cuadrados.
1. EDICIO DE DIRECCIÓN: 12 oficinas, 4 baños y 1 sala de juntas.
2. EDIFICIO DE DORMITORIOS: con 6 áreas comunes, 9 oficinas y 12 baños.
3. EDIFICIO DE AUDITORIO
-AUDITORIO: con 2 baños
-CONSULTORIO MEDICO: oficina y un baño
-SALA DE USOS MULTIPLES:
-COMEDOR
4. EDICIFO XX XXXXXXX:
-ALMACEN: con una oficina
-ÁREA DE MANTENIMIENTO: con una oficina
5. OCHO LABORATORIOS
6. UNA UNIDAD PRODUCTORA DE BIOINSECTICIDAS
7. CUBICULO DE ESTUDIANTE: con 3 oficinas y 2 baños
8. ÁREA DE CUBICULO DE ACADEMICOS: con 8 oficinas;
9. ÁREA DE CUBICULO DE CATEDRAS: con 4 oficinas
10. BIBLIOTECA
11. TRES AULAS
12. CASETA DE VIGILANCIA: con un baño
13. DOS BAÑOS: uso común en el pasillo.
Campus Córdoba: Aproximadamente de 7,533 mts. Cuadrados.
Las instalaciones cuentan con:
16 baños,
6 laboratorios,
1 comedor,
1 auditorio,
28 cubículos,
12 salones y
un xxxxxxxx xxx 0 xxxxxxxx x 0 xxxxx xx xxxxx.
A continuación, se describe la cantidad de operarios requeridos:
ENTIDAD FEDERATIVA | DÍAS LABORABLES | CANTIDAD DE ELEMENTOS | CANTIDAD TOTAL DE ELEMENTOS | |
RESTO DEL PAÍS | LUNES –DOMINGO (MENSUAL) | SUPERVISOR | OPERARIO | |
CAMPECHE | 30 | 0 | 4 | 4 |
CÓRDOBA | 30 | 0 | 4 | 4 |
A T E N T A M E N T E EL LICITANTE
NOMBRE DE LA PERSONA MORAL O FÍSICA
SR. REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO (PERSONA MORAL)
Ésta propuesta deberá ser presentada en hoja membretada, firmada y rubricada en todas sus hojas.
ANEXO A1: ACREDITACION
(nombre) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada en la presente Convocatoria a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO
XXXXX PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", a nombre y representación de: (persona física o moral)
Clave del Registro Federal de Contribuyente: Domicilio fiscal: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal Entidad Federativa: Teléfonos: Fax:
Núm. de escritura (s) pública (s) en la (s) que consta su acta constitutiva: Fecha (s):
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre completo, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de las escrituras arriba mencionadas:
Relación de Accionistas. -
Descripción del objeto social de la empresa (personas xxxxxxx) TRANSCRIBIR EN FORMA COMPLETA EL OBJETO SOCIAL TAL COMO APARECE EN SU ACTA CONSTITUTIVA Ó ACTIVIDAD PREPONDERANTE (TRATÁNDOSE DE PERSONAS FÍSICAS):
Nombre del apoderado legal o representante:
Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades sus poderes. - Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó:
Nombre del representante del licitante: Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades sus poderes. - Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó:
*Manifiesto que el domicilio indicado en el presente anexo es para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de la presente invitación y, en su caso, del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones aún las de carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro distinto.
Por ultimo manifiesto reconocer que la firma y antefirma que aparece en este documento me corresponde y mediante ella me ostento como Representante Legal de la empresa antes descrita.
Firma | Ante Firma |
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario
Nombre y Firma; Lugar y fecha
ANEXO A2: DECLARACIONES DE INTEGRIDAD
TEXCOCO ESTADO DE MEXICO A (día) DE (mes) DE 2021
M.T.A. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PRESENTE
PARA PERSONA FISICA:
El que suscribe, (Persona física), de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y en cumplimiento a lo ordenado por el artículo 39, fracción VI, inciso e, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para efectos de presentar proposición y en su caso, poder celebrar el contrato respectivo con esta dependencia en relación a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999- E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD LO SIGUIENTE:
PARA PERSONA MORAL:
El que suscribe, en mi carácter de (apoderado legal/representante legal/administrador único/ELEGIR UNA OPCION O BIEN, PONER EL CARÁCTER DE REPRESENTACION) de la empresa (nombre de la empresa), legalmente constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según consta en la escritura pública número , de fecha (día) de (mes) de (año), otorgada ante la fe del licenciado ; empresa de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y en cumplimiento a lo ordenado por el artículo 39, fracción VI, inciso e, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y para efectos de presentar proposición y en su caso, poder celebrar el contrato respectivo con esta dependencia en relación a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999- E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD A NOMBRE DE MI REPRESENTADA LO SIGUIENTE:
⮚ Que conozco plenamente el contenido de los artículos, (50 y 60 ante penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico; así como sus alcances legales y que no me encuentro en ninguno de los supuestos que se establecen en estos preceptos.
⮚ Que no se desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés.
⮚ Que los SERVICIOS ofertados cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas y/o Internacionales aplicables.
⮚ Que conoce plenamente el contenido del art. 25 de la Ley Federal de Austeridad Republicana que a la letra dice: "Queda Prohibido a cualquier persona física o moral el uso de su personalidad jurídica para eludir el cumplimiento de obligaciones y perjudicar intereses públicos o privados. Para ello, se aplicarán acciones fiscalizadoras y políticas de transparencia en el sector privado cuando participe de recursos públicos, incluyendo el levantamiento del velo corporativo, a efecto de evitar como causal excluyente de responsabilidad del servidor público o sus familiares hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad, el empleo de una personalidad jurídica colectiva. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el marco normativo aplicable".
⮚ Que por mi o por interpósita persona me abstendré de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que me puedan otorgar condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
⮚ Que conozco el contenido de los Anexos informativos de esta convocatoria a la licitación.
⮚ Que acepto todas y cada una de las clausulas y condiciones de la convocatoria a la licitación.
⮚ Que nunca he sido sancionado o se me ha rescindido o cancelado contrato o pedido, ni me encuentro en situación xx xxxx en tiempos de entrega, tanto en el Colegio de Postgraduados, como con alguna otra dependencia o entidad del sector público o sus órganos desconcentrados.
⮚ Declaro bajo protesta de decir verdad que los SERVICIOS ofertados cumplen con el grado de integración nacional solicitado de conformidad con el decreto del 05 de septiembre de 2007 emitido por la Secretaría de la Función Pública, art. 22 y 26, "tratándose de adquisiciones xx xxxxxx, muebles y suministros de oficina fabricados con madera, deberán requerirse certificados otorgados por terceros previamente registrados ante la secretaría de medio ambiente y recursos naturales…". (solo en caso de aplicar)
⮚ Declaro bajo protesta de decir verdad que la actividad comercial que desarrollo guarda estricta relación con los servicios a cotizar.
⮚ Declaro bajo protesta de decir verdad que cuento con la experiencia, capacidad técnica y financiera, así como con eficiente organización administrativa, equipo adecuado y recursos para cumplir con las obligaciones que en caso de resultar adjudicado se deriven.
⮚ Que en caso de que sea necesaria licencia para la realización del (servicio), esta deberá de presentarse en la propuesta, en caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del licitante.
⮚ Que el Colegio de Postgraduados podrá solicitar el reemplazo del personal que brinde el servicio al COLPOS,
solicitud que deberá ser atendida en un tiempo máximo de 15 días naturales. A través de esta carta podre manifestar que el personal propuesto será el que preste los servicios durante la vigencia del contrato y solo podrá ser sustituido por caso fortuito o fuerza mayor en la que así lo acredite ante el Colegio de Postgraduados
⮚ Que en caso de contar con oficinas filiales en la República Mexicana informare al Colegio de Postgraduados cuales son y en su caso, su ubicación de cada una de ellas.
⮚ Que conocen plenamente el contenido y alcances de "LA LGRA" así como a la demás normatividad vigente aplicable en la materia, por lo que me abstendré de realizar cualquiera de las siguientes conductas, con el conocimiento de que al realizarlas seré acreedor de las sanciones, penales y administrativas a que allá lugar:
I) Prometa, ofrezca o entregue dinero o cualquier otra dádiva a un servidor público o a un tercero, a cambio de que dicho servidor público realice o se abstenga de realizar un acto relacionado con sus funciones o con las de otro servidor público, con el propósito de obtener o mantener un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación o recepción del dinero o de la dádiva o del resultado obtenido.
Se incurrirá asimismo en responsabilidad, cuando la promesa u ofrecimiento de dinero o cualquier dádiva se haga a un tercero, que de cualquier forma intervenga en el diseño o elaboración de la convocatoria de licitación pública o de cualquier otro acto relacionado con el procedimiento de contratación pública de carácter federal;
II) Ejecute con uno o más sujetos a que se refiere el apartado denominado SUJETOS OBLIGADOS de esta solicitud de cotización, acciones que impliquen o tengan por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebida en las contrataciones públicas de carácter federal;
III) Realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto participar en contrataciones públicas de carácter federal, no obstante que por disposición xx xxx o resolución administrativa se encuentre impedido para ello;
IV) Realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos en las contrataciones públicas de carácter federal o simule el cumplimiento de éstos;
V) Intervenga en nombre propio, pero en interés de otra u otras personas que se encuentren impedidas para participar en contrataciones públicas de carácter federal, con la finalidad de que ésta o éstas últimas obtengan, total o parcialmente, los beneficios derivados de la contratación;
VI) Obligue sin tener derecho a ello, a un servidor público a dar, suscribir, otorgar, destruir o entregar un documento o algún bien, con el fin de obtener para sí o un tercero una ventaja o beneficio;
VII) Xxxxxxxx o use su influencia, poder económico o político, reales o ficticios, sobre cualquier servidor público, con el propósito de obtener para sí o un tercero un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación del servidor o de los servidores públicos o del resultado obtenido, y
VIII) Presente documentación o información falsa o alterada con el propósito de lograr un beneficio o ventaja.
Así también, y en caso de resultar ganador en la adjudicación del contrato derivado del presente procedimiento de contratación, DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE:
⮚ Guardare confidencialidad de la información que sea de mi conocimiento con motivo de la prestación de los servicios objeto de la presente invitación y me comprometo a no hacerla pública, salvo petición judicial de autoridad competente en territorio mexicano. Dicha restricción será aplicable en forma permanente (perpetua). Así mismo, en caso de violación a lo mencionado, cubriré al Colegio de Postgraduados los daños y perjuicios que le hubiera causado independientemente de la rescisión y las acciones legales que en su caso procedan.
⮚ Reparare cualquier daño que yo y/o mi personal llegue a causar a los equipos o instalaciones del Colegio de Postgraduados, sin costo alguno para la institución, dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la notificación que por escrito realicen los administradores del contrato.
⮚ Cualquier software que utilice para la prestación del SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA") contará con el licenciamiento necesario y éste correrá por mi cuenta y responsabilidad exclusiva.
⮚ Entregare las fianzas de cumplimiento de contrato solicitados en la presente convocatoria.
A T E N T A M E N T E EL LICITANTE
NOMBRE DE LA PERSONA MORAL Ó FÍSICA
SR. REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO (PERSONA MORAL)
ANEXO A3: ESTRATIFICACION. FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
México, DF,. a de de 2021
M.T.A. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PRESENTE
Me refiero al procedimiento (3) no. (4) en el que mi representada, la empresa (5) participa a través de la propuesta presentada.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector (6) , cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa (10), atendiendo a lo siguiente:
MICRO | TODAS | HASTA 10 | HASTA $4 | 4.6 |
PEQUEÑA | COMERCIO | DESDE 11 HASTA 30 | DESDE $4.01 HASTA $100 | 93 |
INDUSTRIA Y SERVICIOS | DESDE 11 HASTA 50 | DESDE $4.01 HASTA $100 | 95 | |
MEDIANA | COMERCIO | DESDE 31 HASTA 100 | DESDE $100.01 HASTA $250 | 235 |
SERVICIOS | DESDE 51 HASTA 100 | |||
INDUSTRIA | DESDE 51 HASTA 250 | DESDE $100.01 HASTA 250 | 250 |
* TOPE MÁXIMO COMBINADO = (TRABAJADORES) X 10% + (VENTAS ANUALES X 90%
(7) Y (8) EL NÚMERO DE TRABAJADORES SERÁ EL QUE RESULTE DE LA SUMATORIA DE LOS PUNTOS (7) Y (8)
(10) EL TAMAÑO DE LA EMPRESA SE DETERMINARÁ A PARTIR DEL PUNTAJE OBTENIDO CONFORME A LA SIGUIENTE FÓRMULA: PUNTAJE DE LA EMPRESA = (NÚMERO DE TRABAJADORES) X 10% + (MONTO DE VENTAS ANUALES) X 90% EL CUAL DEBE SER IGUAL O MENOR AL TOPE MÁXIMO COMBINADO DE SU CATEGORÍA.
Asimismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el registro federal de contribuyentes de mi representada es: (11) y que el registro federal de contribuyentes del (os) fabricantes(s) de los viene que integran mi oferta, es (son) (12).
ATENTAMENTE (13)
INSTRUCTIVO DE LLENADO
1 | SEÑALAR LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO |
2 | ANOTAR EL NOMBRE DE LA DEPENDENCIA CONVOCANTE |
3 | PRECISAR EL PROCEDIMIENTO DE QUE SE TRATE, LICITACIÓN PÚBLICA, INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS O ADJUDICACIÓN DIRECTA |
4 | INDICAR EL NÚMERO RESPECTIVO DEL PROCEDIMIENTO |
5 | CITAR EL NOMBRE O RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN DE LA EMPRESA |
6 | INDICAR CON LETRA EL SECTOR AL QUE PERTENECE (INDUSTRIA, COMERCIO O SERVICIOS) |
7 | ANOTAR EL NÚMERO DE TRABAJADORES DE PLANTA INSCRITOS EN EL IMSS |
8 | EN SU CASO, ANOTAR EL NÚMERO DE PERSONAS SUBCONTRATADAS |
9 | SEÑALAR EL RANGO DE MONTO DE VENTAS ANUALES EN MILLONES DE PESOS (MDP) CONFORME AL REPORTE DE SU EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE A LA ÚLTIMA DECLARACIÓN ANUAL DE IMPUESTOS FEDERALES |
10 | SEÑALAR CON LETRA EL TAMAÑO DE LA EMPRESA (MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA) CONFORME A LA FÓRMULA ANOTADA AL PIE DEL CUADRO DE ESTRATIFICACIÓN |
11 | INDICIAR EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL LICITANTE |
12 | CUANDO EL PROCEDIMIENTO TENGA POR OBJETO LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y EL LICITANTE Y FABRICANTE SEAN PERSONAS DISTINTAS, INDICAR EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL (LOS) FABRICANTES DE LOS BIENES QUE INTEGRAN LA OFERTA |
13 | ANOTAR EL NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA LICITANTE. |
ANEXO A4: CARTA DE INTERES EN PARTICIPAR
Texcoco, Estado de México, a (día) de (mes) de 2021.
M.T.A. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PRESENTE
Por medio del presente, me permito manifestar mi interés en participar en la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL
DE LIMPIEZA", por lo que me comprometo a participar en la totalidad del proceso y acepto la totalidad de las condiciones establecidas en la convocatoria respectiva, así como las reglas que se establecen en la normatividad vigente de la materia.
Clave del Registro Federal de Contribuyente: Domicilio fiscal: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal Entidad Federativa: Teléfonos: Fax:
Núm. de escritura (s) pública (s) en la (s) que consta su acta constitutiva: Fecha (s):
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre completo, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de las escrituras arriba mencionadas:
Relación de Accionistas. -
Descripción del objeto social de la empresa (personas xxxxxxx) TRANSCRIBIR EN FORMA COMPLETA EL OBJETO SOCIAL TAL COMO APARECE EN SU ACTA CONSTITUTIVA Ó ACTIVIDAD PREPONDERANTE (TRATÁNDOSE DE PERSONAS FÍSICAS):
Nombre del apoderado legal o representante:
Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades sus poderes. - Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó:
Nombre del representante del licitante: Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades sus poderes. - Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó:
XXXXXXXXXXX
XXXXXX X XXXXX XXX XXXXXXXXX
XXXXX X0: MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA
Convenio de participación conjunta que celebran por un parte , representada por en su carácter de _, a quien en lo sucesivo se denominará “EL PARTICIPANTE A”, y por otra , representada por , en su carácter de
, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL PARTICIPANTE B”, y cuando se haga referencia a los que intervienen, se denominarán “LAS PARTES” al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
(mencionar e identificar a cuantos participantes conformen la asociación conjunta para la presentación de propuestas)
1. “EL PARTICIPANTE “A” declara que:
1.1 Es una sociedad legalmente constituida de conformidad con las leyes mexicanas, según xxxxx el testimonio de la escritura pública número , de fecha , pasada ante la fe del Lic. notario público número , del
, e inscrita en el registro público de la propiedad y de comercio, con el número de fecha .
1.2 Tiene el registro federal de contribuyentes número
1.3 Su representante, con el carácter ya mencionado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente convenio, de conformidad con el contenido del testimonio de la escritura pública número de fecha , pasada ante la fe del Lic. notario público número , del e inscrita en el registro público de la propiedad y de comercio, con el número de fecha , manifestando bajo protesta de decir verdad que no le han sido revocadas, ni limitadas o modificadas en forma alguna, a la fecha en que se suscribe el presente instrumento.
1.4 Su objeto social, entre otros corresponde a: ; por lo que cuenta con los recursos financieros, técnicos, administrativos y humanos para obligarse, en los términos y condiciones que se estipulan en el presente convenio.
1.5 Señala como domicilio legal para los efectos que deriven del presente convenio, el ubicado en .
2 “EL PARTICIPANTE “B” declara que:
2.1 Es una sociedad legalmente constituida de conformidad con las leyes mexicanas, según xxxxx el testimonio de la escritura pública número , de fecha , pasada ante la fe del Lic. notario público número , del
, e inscrita en el registro público de la propiedad y de comercio, con el número de fecha .
2.2 Tiene el registro federal de contribuyentes número
2.3 Su representante, con el carácter ya mencionado, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente convenio, de conformidad con el contenido del testimonio de la escritura pública número de fecha , pasada ante la fe del Lic. notario público número , del e inscrita en el registro público de la propiedad y de comercio, con el número de fecha , manifestando bajo protesta de decir verdad que no le han sido revocadas, ni limitadas o modificadas en forma alguna, a la fecha en que se suscribe el presente instrumento.
2.4 Su objeto social, entre otros corresponde a: ; por lo que cuenta con los recursos financieros, técnicos, administrativos y humanos para obligarse, en los términos y condiciones que se estipulan en el presente convenio.
2.5 Señala como domicilio legal para los efectos que deriven del presente convenio, el ubicado en .
(Mencionar e identificar a cuantos participantes conformen la asociación conjunta para la presentación de propuestas)
3. “LAS PARTES” declaran que:
3.1 Conocen los requisitos y condiciones estipuladas en la convocatoria de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E76-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA".
3.2 Manifiestan su conformidad en formalizar el presente convenio, con el objeto de participar conjuntamente en el procedimiento licitatorio, presentando proposición técnica y económica, cumpliendo con lo establecido en la convocatoria de la invitación y lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público y 31 de su Reglamento.
Expuesto lo anterior, las partes declaran que es su voluntad someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. - OBJETO. - “PARTICIPACIÓN CONJUNTA”. “LAS PARTES” convienen en conjuntar sus recursos técnicos, legales, administrativos, económicos y financieros para presentar proposición técnica y económica en el procedimiento de invitación pública nacional presencial número y en caso de ser adjudicado el contrato, se obligan a prestar el servicio descrito en la convocatoria de la invitación, con la participación siguiente:
PARTICIPANTE “A”: (describir la parte del servicio que se obliga a prestar).
PARTICIPANTE “B”: (describir la parte del servicio que se obliga a prestar).
(mencionar e identificar por cada participante que conforme la asociación conjunta para la presentación de propuestas)
SEGUNDA. - REPRESENTANTE COMÚN Y CONSTITUCIÓN DE AVAL Y OBLIGADO SOLIDARIO. “LAS PARTES “aceptan expresamente designar
como representante común al , a través del presente instrumento, poder especial para suscribir la proposición técnica y económica, firma del contrato, obligándose a perfeccionar este mandato ante notario público.
Asimismo, convienen entre sí en constituirse como avales y obligados solidarios para cumplir con el objeto del presente convenio, aceptando expresamente responder ante el colegio de postgraduados, por la proposición que se presente y en su caso, por las obligaciones que se deriven del contrato de prestación de servicios, de resultar ganadores en el procedimiento.
Que al constituirse en avales y obligados solidarios renuncian al derecho de orden y exclusión.
TERCERA. - DEL COBRO DE LAS FACTURAS. “LAS PARTES” convienen expresamente, que el “EL PARTICIPANTE A”, será el único facultado para efectuar el cobro de las facturas que se generen de los trabajos que se deriven de la invitación objeto del presente instrumento.
CUARTA. - VIGENCIA. “LAS PARTES “convienen en que la vigencia del presente convenio será la cobertura que tenga el procedimiento de l invitación pública nacional presencial número y en caso de resultar adjudicados del contrato, el plazo que se estipule en este y el que pudiera resultar de convenios de modificación, ampliación o adición.
QUINTA. - OBLIGACIONES. “LAS PARTES” convienen en que en el supuesto de que cualquiera de ellas se declare en quiebra o en suspensión de pagos, no las libera de cumplir sus obligaciones, por lo que cualquiera de las partes que subsista, acepta y se obliga expresamente a responder solidaria y mancomunadamente de las obligaciones contractuales a que hubiere lugar
En caso de resultar ganadora la proposición que presenten las empresas conjuntadas, se obligan a firmar el contrato correspondiente.
“LAS PARTES”, aceptan y se obligan expresamente a responder en su carácter de aval y obligado solidario como se estipula en la cláusula segunda, a responder ante el colegio de postgraduados de las obligaciones contractuales a que hubiera lugar.
“LAS PARTES” aceptan y se obligan expresamente a protocolizar ante notario público el presente convenio, en caso de resultar adjudicados del contrato que se derive del fallo emitido en la invitación pública nacional presencial número en que participan y que el presente instrumento, debidamente protocolizado, formará parte integrante e inseparable del contrato que suscriba el representante común y el colegio de postgraduados.
Leído que fue el presente convenio por “LAS PARTES” y enterados de su alcance y efectos legales, aceptando que no existió error, dolo, violencia o mala fe, lo ratifican y firman, de conformidad en la ciudad de Texcoco estado de México, el día de de 2021.
“EL PARTICIPANTE A” | “EL PARTICIPANTE B” | |
(NOMBRE Y CARGO DEL APODERADO | (NOMBRE Y CARGO DEL APODERADO |
ANEXO A9: CARTA DE ACEPTACION.
Texcoco, Estado de México, a (día) de (mes) de 2021.
M.T.A. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PRESENTE
PARA PERSONA FISICA:
El que suscribe, (Persona física), de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes (indicar el RFC), en relación a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", acepto:
PARA PERSONA MORAL:
El que suscribe, en mi carácter de (apoderado legal/representante legal/administrador único/ELEGIR UNA OPCIÓN O BIEN, PONER EL CARÁCTER DE REPRESENTACIÓN) de la empresa (nombre de la empresa), legalmente constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según consta en la escritura pública número , de fecha (día) de (mes) de (año), otorgada ante la fe del licenciado ; empresa de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes , en relación a INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA".
- El archivo electrónico en el que se contenga la proposición y/o demás información, no pueda abrirse por tener algún virus informático.
- Que en el apartado de anexos genéricos no se encuentren los acuses de haber firmado electrónicamente las propuestas técnica y económica.
- Que la firma electrónica de las propuestas técnica y/o económica no se encuentra a nombre de la razón social del licitante.
- Así como cualquier otra causa no imputable a la Convocante.
A T E N T A M E N T E EL LICITANTE
NOMBRE DE LA PERSONA MORAL Ó FÍSICA
SR. REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO (PERSONA MORAL)
ANEXO T2.
Nombre del Profesional o Técnico que realizara el servicio | Certificados, diplomas, títulos o cedulas profesionales, con que demuestre sus conocimientos | ||||
PARTIDA | Concepto del servicio | Cantidad | Unidad | ||
1 | |||||
2 |
A T E N T A M E N T E EL LICITANTE
NOMBRE DE LA PERSONA MORAL Ó FÍSICA
SR. REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO (PERSONA MORAL)
ANEXO ECONOMICO: PROPUESTA ECONOMICA
Texcoco, Estado de México, a (día) de (mes) de 2021.
M.T.A. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PRESENTE
PARA PERSONA FISICA:
El que suscribe, (Persona física), de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y para efectos de presentar proposición económica y en su caso, poder celebrar el contrato respectivo con esta dependencia en relación a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL
"SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", hago de su conocimiento el costo de los servicios objeto de la presente convocatoria, de conformidad a lo siguiente:
PARA PERSONA MORAL:
El que suscribe, en mi carácter de (apoderado legal/representante legal/administrador único/ELEGIR UNA OPCION O BIEN, PONER EL CARÁCTER DE REPRESENTACION) de la empresa (nombre de la empresa), legalmente constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según consta en la escritura pública número , de fecha (día) de (mes) de (año), otorgada ante la fe del licenciado ; empresa de NACIONALIDAD MEXICANA, con clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y para efectos de presentar proposición y en su caso, poder celebrar el contrato respectivo con esta dependencia en relación a la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA", hago de su conocimiento
el costo de los servicios objeto de la presente convocatoria, de conformidad a lo siguiente:
ENTIDAD FEDERATIVA | DÍAS LABORABLES | CANTIDAD DE ELEMENTOS | CANTIDAD TOTAL DE ELEMENTOS | COSTO MENSUAL UNITARIO | SUBTOTAL MENSUAL | |
RESTO DEL PAÍS | LUNES –DOMINGO (MENSUAL) | SUPERVISOR | OPERARIO | |||
CAMPECHE | 30 | 0 | 4 | 4 | $ | $ |
CÓRDOBA | 30 | 0 | 4 | 4 | $ | $ |
SUSBTOTAL: | $ | |||||
IVA: | $ | |||||
TOTAL: | $ | |||||
IMPORTE CON LETRA: |
Así mismo, declaro que los precios arriba listados son fijos y firmes durante la vigencia del contrato, además de que la propuesta es en moneda nacional (pesos mexicanos).
No se realizarán cobros adicionales por el traslado, manejo, herramientas o equipos que sean necesarios para la prestación del servicio.
De igual manera, acepto que el pago de los servicios objeto de la presente convocatoria, se realizará de acuerdo a las condiciones establecidas en la misma.
A T E N T A M E N T E EL LICITANTE
NOMBRE DE LA PERSONA MORAL Ó FÍSICA
SR. REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO (PERSONA MORAL)
NOTA: ESTE FORMATO DEBERÁ REPRODUCIRSE CONTENIENDO TODOS Y CADA UNO DE LOS DATOS INHERENTES PLASMADOS.
ANEXO INFORMATIVO 1: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES.
Artículo 32-D. Cualquier autoridad, ente público, entidad, órgano u organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos, así como cualquier persona física, moral o sindicato, que reciban y ejerzan recursos públicos federales, en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con las personas físicas, xxxxxxx o entes jurídicos que:
I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes.
II. Tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código.
III. No se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
IV. Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración, provisional o no, así como aquellas declaraciones correspondientes a retenciones y con independencia de que en la misma resulte o no cantidad a pagar, ésta no haya sido presentada. Lo dispuesto en esta fracción también aplicará a la falta de cumplimiento de cualquier otra declaración informativa, que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
V. Estando inscritos en el registro federal de contribuyentes, se encuentren como no localizados.
VI. Tengan sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal. El impedimento para contratar será por un periodo igual al de la pena impuesta, a partir de que cause firmeza la sentencia.
VII. No hayan desvirtuado la presunción de emitir comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes o transmitir indebidamente pérdidas fiscales y, por tanto, se encuentren en los listados a que se refieren los artículos 69-B, cuarto párrafo o 69-B Bis, noveno párrafo de este Código.
VIII. Xxxxx manifestado en las declaraciones de pagos provisionales, retenciones, definitivos o anuales, ingresos y retenciones que no concuerden con los comprobantes fiscales digitales por Internet, expedientes, documentos o bases de datos que lleven las autoridades fiscales, tengan en su poder o a las que tengan acceso.
IX. Incumplan con las obligaciones establecidas en los artículos 32-B Ter y 32-B Quinquies de este Código.
La prohibición establecida en este artículo no será aplicable a los particulares que se encuentren en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, siempre que celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por enajenación, arrendamiento, servicios u obra pública que se pretendan contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en este artículo.
Para estos efectos, en el convenio se establecerá que los sujetos a que se refiere el primer párrafo de este artículo retengan una parte de la contraprestación para ser enterada al fisco federal para el pago de los adeudos correspondientes.
Los particulares tendrán derecho al otorgamiento de subsidios o estímulos previstos en los ordenamientos aplicables, siempre que no se ubiquen en los supuestos previstos en las fracciones del presente artículo, salvo que tratándose de la fracción III, no tengan obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.
Los sujetos establecidos en el primer párrafo de este artículo que tengan a su cargo la aplicación de subsidios o estímulos deberán abstenerse de aplicarlos a las personas que se ubiquen en los supuestos previstos en las fracciones del presente artículo, salvo que tratándose de la fracción III, no tengan obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes. Asimismo, deberán abstenerse de aplicar subsidios o estímulos a los contribuyentes que se ubiquen en los supuestos previstos en el cuarto párrafo del artículo 69- B o noveno párrafo del artículo 69-B Bis de este Código.
Los particulares que tengan derecho al otorgamiento de subsidio o estímulos y que se ubiquen en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, no se consideran comprendidos en dichos supuestos cuando celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo. Cuando se ubiquen en los supuestos de las fracciones III, IV y VIII, los particulares contarán con un plazo de quince días para corregir su situación fiscal, a partir del día siguiente a aquél en que la autoridad les notifique la irregularidad detectada.
Los proveedores a quienes se adjudique el contrato, para poder subcontratar, deberán solicitar y entregar a la contratante la constancia de cumplimiento de las obligaciones fiscales del subcontratante, que se obtiene a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
Las sociedades anónimas que coloquen acciones en el mercado de valores bursátil y extrabursátil a que se refiere la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, deberán obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de forma mensual.
Los contribuyentes que requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales para realizar alguna operación comercial o de servicios, para obtener subsidios y estímulos, para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, incluyendo los de comercio exterior, así como para las contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicio y obra pública que vayan a realizar con los sujetos señalados en el primer párrafo de este artículo, deberán hacerlo mediante el procedimiento que establezca el Servicio de Administración Tributaria y las autoridades fiscales federales en materia de seguridad social, a través de las reglas de carácter general.
Para participar como proveedores de los sujetos señalados en el primer párrafo de este artículo, los contribuyentes estarán obligados a autorizar al Servicio de Administración Tributaria y a las autoridades fiscales federales en materia de seguridad social, para que hagan público el resultado de la opinión del cumplimiento, a través del procedimiento que establezcan dicho órgano desconcentrado y autoridades fiscales federales, mediante reglas de carácter general, además de cumplir con lo establecido en las fracciones anteriores.
Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales
Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos, requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en términos del artículo 32-D del CFF, deberán realizar el siguiente procedimiento:
I. Ingresar a través del Portal del SAT, seleccionando la opción "Otros trámites y servicios", posteriormente "Obtén tu opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales".
II. Capturar clave en el RFC y Contraseña o e.firma.
III. Una vez elegida la opción, el contribuyente podrá imprimir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
IV. Asimismo, el contribuyente, proveedor o prestador de servicio podrá autorizar a través del Portal del SAT para que un tercero con el que desee establecer relaciones contractuales, pueda consultar su opinión del cumplimiento.
La multicitada opinión se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en los siguientes sentidos:
Positiva.- Cuando el contribuyente esté inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los numerales 1 a 12 de esta regla.
Negativa.- Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los numerales 1 a 12 de esta regla.
Inscrito sin obligaciones.- Cuando el contribuyente está inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales.
La autoridad, a fin de generar la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, revisará que el contribuyente solicitante:
1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción en el RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento y que la clave en el RFC esté activa.
2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, respecto de la presentación de las declaraciones anuales del ISR, correspondientes a los cuatro últimos ejercicios. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el ejercicio en el que solicita la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a este, respecto de la presentación de pagos provisionales del ISR y retenciones del ISR por sueldos y salarios y retenciones por asimilados a salarios, así como de los pagos definitivos de ISR, IVA e IEPS y la DIOT; incluyendo las declaraciones informativas a que se refieren las reglas 5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21. y 5.2.26.
3. Para los efectos de lo establecido en el artículo 32-D, fracción VIII del CFF, respecto a las diferencias, lo manifestado en las declaraciones de pagos provisionales, retenciones, definitivos o anuales, ingresos y retenciones concuerden con los comprobantes fiscales digitales por Internet, expedientes, documentos o bases de datos que lleven las autoridades fiscales, tengan en su poder o a las que tengan acceso.
4. No se encuentra publicado en el Portal del SAT, en el listado definitivo a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF.
5. No tenga créditos fiscales firmes o exigibles.
6. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla 2.11.5.
7. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, no haya incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
8. Se encuentre localizado. Se entenderá que un contribuyente está localizado cuando no se encuentra publicado en el listado a que se refiere el artículo 69, último párrafo del CFF, en relación con el décimo segundo párrafo, fracción III del citado artículo.
9. No tengan sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal. El impedimento para contratar será por un periodo igual al de la pena impuesta, a partir de que cause firmeza la sentencia.
10. No se encuentre publicado en el listado a que se refiere el artículo 69-B Bis, noveno párrafo del CFF.
11. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual informativa de los ingresos obtenidos y de las erogaciones efectuadas del régimen de personas xxxxxxx con fines no lucrativos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del ISR, y la declaración informativa relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos y actividades
destinadas a influir en la legislación, prevista en el artículo 82, fracción VI de la Ley del ISR, la regla 3.10.10. y la ficha de trámite 19/ISR "Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación", contenida en el Anexo 1-A, correspondientes a los últimos cuatro ejercicios.
12. Cumpla con sus obligaciones fiscales establecidas en los artículos 32-B Ter y 32-B Quinquies del CFF, según corresponda.
Para efectos de los numerales 5, 6 y 7, tratándose de créditos fiscales firmes o exigibles, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:
i. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.
ii. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.
iii. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.
Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración correspondiente, conforme a la ficha de trámite 2/CFF "Aclaración a la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales", contenida en el Anexo 1-A, en el Portal del SAT en la Sección de "Mi portal"; tratándose de aclaraciones de su situación en el padrón del RFC, sobre créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantía, aclaraciones en el cumplimiento de declaraciones fiscales, aclaraciones referentes a la publicación en el listado definitivo del artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF, no localizado (listado a que se refiere el artículo 69, último párrafo del CFF, en relación con el décimo segundo párrafo, fracción III del CFF), sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal y publicación en el listado a que se refiere el artículo 69-B Bis, noveno párrafo del CFF, la autoridad deberá resolver en un plazo máximo de seis días. Una vez que se tenga la respuesta de que han quedado solventadas las inconsistencias, el contribuyente deberá solicitar nuevamente la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
Si el contribuyente no pudo aclarar alguna de las inconsistencias, podrá hacer valer nuevamente la aclaración correspondiente, cuando aporte nuevas razones y lo soporte documentalmente.
La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de treinta días naturales a partir de la fecha de emisión.
Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.
La presente regla también es aplicable a los contribuyentes que subcontraten a los proveedores o prestadores de servicio a quienes se adjudique el contrato.
CFF 31, 32-B Ter, 32-B Quinquies, 32-D, 65, 66, 66-A, 69, 69-B, 69-B Bis, 141, LISR 82, 86, RMF 2022 2.11.5., 3.10.10.,
5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., 5.2.26.
ANEXO INFORMATIVO 2: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL.
ANEXO INFORMATIVO 3: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE APORTACIONES PATRONALES.
ANEXO INFORMATIVO 4: MODELO DE CONTRATO
CONTRATO 1 (ABIERTO O CERRADO) 2PARA LA ADQUISICIÓN DE (O PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE O ARRENDAMENTO DE) 3 ($DESCRIPCIÓNCATEGORIA), QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA 4 (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), REPRESENTADA POR 5 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), EN SU CARÁCTER DE 6 (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), EN ADELANTE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” Y, POR LA OTRA, 7 (RAZON SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, Solo si el proveedor es persona moral 8REPRESENTADA POR NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA MORAL), EN SU CARÁCTER DE _(señalar el
carácter del representante de la empresa)_, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
● ANTECEDENTES
9 (Es la parte del contrato que se refiere a los hechos, sucesos, programas, mandatos, entre otros que dan origen a la adquisición de los bienes o contratación de los servicios y que para fines de cumplimiento de las funciones sustantivas deben atender las dependencias y entidades, (enumerar tantas como sean necesarias).
● DECLARACIONES
Cada una de las partes dan a conocer información sobre sí misma, entre otra la siguiente: señalar su naturaleza y personalidad jurídica, objeto social o jurídico, el nombre y cargo de los representantes legales y la forma en que acreditan su personalidad, información adicional esta contendrá todas las declaraciones que, además de las anteriores, deseen hacer las partes, y domicilio legal, en el caso de la dependencia o entidad, la suficiencia presupuestal con la cual pagará las obligaciones contractuales; el nombre del procedimiento de contratación realizado para adjudicar el contrato y su fundamento
I. “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” declara que:
I.1 10 Es una “XXXXXXXXXXX X XXXXXXX” xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, de conformidad con (ordenamiento jurídico en los que se regule su existencia, cuya competencia y atribuciones se señalan en (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus atribuciones y competencias) ,
I.2 11Conforme a lo dispuesto por (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades), el C. 12 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), 13 (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), con R.F.C 14 (Colocar RFC) es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
I.3 15 De conformidad con (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades) suscribe el presente instrumento el
C. 16 (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), 17 (SEÑALAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con R.F.C 18 Colocar RFC), facultado para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, dirigido al representante de “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato, encargados del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
En caso de requerir que el instrumento jurídico sea firmado por más servidores públicos, se deberá agregar la siguiente declaración tantas veces firmantes sean añadidos.
I.X 19 De conformidad con (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades) suscribe el presente instrumento el
C. 20 (NOMBRE DEL FIRMANTE X), 21 (SEÑALAR CARGO DEL FIRMANTE X), R.F.C 22 (Colocar RFC DEL FIRMANTE X) 23, facultado para (colocar facultades y participación en el contrato) .
I.4 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de 24 (TIPO DE PROCEDIMIENTO) 25 (COLOCAR MEDIO DEL PROCEDIMIENTO) de carácter 26 (COLOCAR EL CARÁCTER DEL PROCEDIMIENTO), realizado al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 27 (FUNDAMENTO) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y los correlativos de su Reglamento.
Cuando la proposición ganadora haya sido presentada en forma conjunta por varias personas, se estará a lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de la “LAASSP”
I.5 “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende del reporte general de suficiencia presupuestaria número 28 (NUMERO DE SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA)_ con folio de autorización 29 (FOLIO AUTORIZACIÓN SP) 30, de fecha de de , emitido por la .
I.6 Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N° 31 (RFC DEPENDENCIA O ENTIDAD).
I.7 32 Tiene establecido su domicilio en mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
II.1 Es una persona 33 (FISICA O MORAL) 34 legalmente constituida mediante (Describir aquellos instrumentos públicos que le dan origen y en su caso los documentos de las modificaciones que se hubieran realizado), denominada 35 (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), cuyo objeto social es, entre otros, 36_(OBJETO SOCIAL).
II.2 37La o el C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de , cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos, lo cual acredita mediante
, mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni revocado en forma alguna.
II.3 Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo cual se constató por el Órgano Interno de Control en “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
II.6 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes 38 (RFC PROVEEDOR).
II.7 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
II.8 Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en 39 (DOMICILIO FISCAL PROVEEDOR).
III. De “LAS PARTES”:
III.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Establecen el objeto del contrato, así como los derechos y obligaciones que tendrán cada una de las partes como consecuencia de la suscripción del mismo, esta parte contiene una a una y debidamente numeradas, las distintas obligaciones y derechos de las partes y en las que se detalla, entre otros aspectos lo siguiente:
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” la adquisición de (o la prestación del servicio de o arrendamiento de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), al amparo del procedimiento de contratación señalado en el punto 40 I.4 de las declaraciones de este instrumento jurídico.
Si la categoría es arrendamiento
41Si se trata de arrendamiento de bienes, indicar si éste es con opción a compra
SEGUNDA. DE LOS MONTOS Y PRECIOS
(EN CASO DE SER CERRADO): (en caso que en detalle de $Categoría a contratar haya seleccionado NO, no se muestra esta línea y la tabla El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es (son):
42_(COLOCAR TABLA PRECIO UNITARIO)_
El monto total del mismo es por la cantidad de 43_(MONTO TOTAL DEL CONTRATO sin impuestos) en moneda nacional antes de impuestos y 44 (MONTO TOTAL DEL CONTRATO sin impuestos)_ en moneda nacional después de impuestos.
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la adquisición del (o prestación del servicio de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
(EN CASO DE XXXXXXXXXX) De acuerdo a la plurianualidad del presente contrato, se pagara a “EL PROVEEDOR” los siguientes montos en cada ejercicio fiscal.
Ejercicio Fiscal | Porcentaje | Monto | |||||
45(COLOCAR EJERCICIO FISCAL) | 46 (% CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) | 47(MONTO TOTAL impuestos * % EJERCICIO FISCAL) | DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE | con AL | |||
Se agregarán programado | tantos | se | hayan |
(EN CASO DE SER ABIERTO): (en caso que se haya seleccionado monto total o en detalle de $Categoría a contratar haya seleccionado NO, no se muestra esta línea y la tabla El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es (son):
48_(COLOCAR TABLA PRECIO UNITARIO)_
El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato es por la cantidad de 49_(PRECIO UNITARIO)_ en moneda nacional antes de impuestos, el monto total mínimo del mismo es por la cantidad de 50_(MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO)_ en moneda nacional antes de impuestos y el monto total máximo del mismo es por la cantidad de 51_(MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO)_ en moneda nacional antes de impuestos.
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la adquisición del (o prestación del servicio de) 3 (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
(EN CASO DE XXXXXXXXXX) De acuerdo a la plurianualidad del presente contrato, se considerarán los montos mínimos y máximos a pagar a “EL PROVEEDOR” en cada ejercicio fiscal.
Ejercicio Fiscal | Porcentaje | Monto mínimo | Monto máximo |
52(COLOCAR EJERCICIO FISCAL) | 53(% CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) | 54(MONTO MÍNIMO * % CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) | 55(MONTO MÁXIMO * % CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL) |
Se agregarán tantos se hayan programado |
Si la categoría es arrendamiento
56 Para el caso de servicios o arrendamiento indicar si el pago será por mensualidades vencidas
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO (ODCS y RICG)
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad señalada en la cláusula segunda de este instrumento jurídico, en moneda nacional, en un plazo máximo de 20 días naturales siguientes, a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3; a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción de los bienes y del CFDI o factura electrónica, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los bienes facturados, para lo cual es necesario que el CFDI o factura electrónica que se presente reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los bienes entregados y los precios unitarios; asimismo, deberá acompañarse con la documentación completa y debidamente requisitada.
De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su
recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
57 El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada (señalar la forma y el medio mediante el cual se presentará)
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de los bienes o prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3,
Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el SIAFF, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporciona la CLABE 58 , del banco 59 , 60 a nombre de “ ”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, debiendo anexar:
1. Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
● Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
● Registro Federal de Contribuyentes;
● Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, alcaldía y entidad federativa;
● Nombre(s) del(los) banco(s); y
● Número de la cuenta con once dígitos, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago.
2. Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
61El pago de los bienes entregados o prestación de los servicios o arrendamiento recibidos, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
En caso de pago en moneda extranjera, indicar la fuente oficial que se tomará para llevar a cabo la conversión y la tasa de cambio o la fecha a considerar para hacerlo.
El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que “EL PROVEEDOR” proporcione.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la “LAASSP”.
(EN CASO DE EXISTIR ANTICIPOS) 62 Se otorgarán a “EL PROVEEDOR” los siguientes anticipos, con la previa autorización del (SERVIDOR PUBLICO CON FACTULTADES PARA AUTORIZAR ANTICIPO) de conformidad con el (ordenamiento jurídico en los que se regulen sus facultades) .
ANTICIPO (PORCENTAJE DEL MONTO TOAL) | FECHA A OTORGAR ANTICIPO |
63 (COLOCAR EL % DE ANTICIPO) | 64 (FECHA EN QUE SE PAGARÁ ANTICIPO) |
Se agregarán tantos se hayan programado |
65 Asimismo se estipula que la amortización de los anticipos atrás descritos se llevará a cabo (señalar la forma en que se llevará a cabo su amortización.)
CUARTA. VIGENCIA
El contrato comprenderá una vigencia considerada a partir de 66COLOCAR FECHA DE INICIO) y hasta el 67 (COLOCAR FECHA DE TERMINO DEL CONTRATO) sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse el suministro de los bienes, prestación del servicio o arrendamiento objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato.
Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
SEXTA. GARANTÍAS DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO Y ANTICIPOS
“EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, las siguientes garantías: (EN CASO SELECCIONAR GARANTÍA SOBRE EL BIEN O SERVICIO Y VICIOS OCULTOS)
a. Garantía de los bienes.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a entregar junto con los bienes objeto de este contrato, prestación del servicio o arrendamiento, una garantía de fabricación por 68 (COLOCAR NUMERO DE MESES) meses, contra vicios ocultos, defectos de fabricación o cualquier daño que presenten, firmada por el representante legal de “El proveedor”.
(EN CASO SELECCIONAR GARANTÍA DE ANTICIPO)
b. Garantía de los anticipos recibidos. - “EL PROVEEDOR” entregará a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a más tardar el 69 (COLOCAR FECHA DE ENTREGA DE GARANTÍA DE ANTICIPOS) previamente a la entrega del anticipo una garantía constituida por la totalidad del monto de los anticipos recibidos.
El otorgamiento de anticipos, deberá garantizarse en los términos del artículo 48 de la “LAASSP” y primer párrafo del artículo 81 de su Reglamento. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de anticipos se realice de manera electrónica
La póliza de garantía de anticipo será devuelta a “EL PROVEEDOR” una vez que el “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR”, autorización por escrito de que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas en el presente contrato, para lo cual “EL PROVEEDOR”, deberá solicitar por escrito a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” una vez concluida la verificación de cumplimiento o terminación del contrato la liberación de la fianza a efecto de que “EL PROVEEDOR” ” pueda solicitar a la afianzadora la cancelación o liberación de la fianza.
En caso de que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” requiera hacer efectivo un importe parcial de la póliza de garantía de fianza de anticipo, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” otra póliza nueva de fianza o un endoso a la misma, amparando el importe restante de la obligación total requerida.
SÉPTIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
(EN CASO NO SELECCIONAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO)
70 Ingresar excepción de la garantía de cumplimiento
(EN CASO SI SELECCIONAR GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO)
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de 70.1 Tesorería de la Federación, 70 de su Reglamento, las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la 70.1 Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 71 (COLOCAR NÚMERO DE % DE GARANTÏA DE CUMPLIMIENTO) 72 ((COLOCAR EN LETRA NUMERO DE GARANTÏA)) del monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica.
73 La fianza deberá presentarse en (Determinar lugar y forma), en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
❑ Expedirse a favor de la 70.1 Tesorería de la Federación y señalar su domicilio;
❑ La indicación del importe total garantizado con número y letra;
❑ La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivo), así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
❑ La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
❑ El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
❑ La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
❑ La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
❑ La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de “EL PROVEEDOR”, la liquidación debida;
❑ Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la indivisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de la garantía de cumplimiento;
❑ Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015; y
❑ El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia.
Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa:
❑ “Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato.
❑ “La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”;
❑ “La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.”; y
❑ “La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas.”
De no cumplir con dicha entrega, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
“EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”.
Considerando que la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Para este caso, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del veinte por ciento del monto de los bienes entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
a) 74 Entregar los bienes y prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexos respectivos, para el caso de arrendamiento conceder el uso y goce de los bienes, expresando que se encuentran en óptimas condiciones de funcionamiento, mismos que serán instalados y puestos en operación.
b) 75Para el caso de arrendamiento correrá bajo su cargo los costos xx xxxxx, transporte, seguro y de cualquier otro derecho que se genere, hasta el lugar de entrega de los bienes, así como el costo de su traslado de regreso al término del contrato.
c) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
d) En bienes de procedencia extranjera, asumirá la responsabilidad de efectuar los trámites de importación y pagar los impuestos y derechos que se generen.
e) Xxxxxx su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
f) No difundir a terceros sin autorización expresa de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
g) Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”. El cual establece "Artículo 107.- De conformidad con el artículo de la Ley, la Secretaria de la Función Pública y los Órganos Internos de Control, con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar a los proveedores información y documentación relacionada con los contratos. Para estos efectos en el contrato respectivo deberá indicarse que los licitantes ganadores deberán proporcionar la información que en su momento se requiera.
Así como lo establecido en el Artículo 57 de la "LAASSP", el cual establece "La Secretaria de la Función Pública, en el ejercicio de sus facultades, podrá verificar, en cualquier tiempo, que las adquisiciones, arrendamientos y servicios se realicen conforme a lo establecido, en esta Ley o en otras disposiciones oficiales. La Secretaria de Economía, atento a sus facultades y atribuciones podrá verificar que los bienes cumplan con los requisitos relativos al grado de contenido nacional o a las reglas de origen o mercado y, en caso de que estos no cumplan con dichos requisitos informará a la Secretaria de la Función Pública. La secretaria de la Función Pública podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias y entidades que realicen adquisiciones, arrendamientos y servicios, e igualmente podrá solicitar a los servidores públicos y a los proveedores que participen en ellas todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate".
NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
a) Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos.
b) Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento.
c) Extender a “EL PROVEEDOR”, en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
d) 76 Para el caso de arrendamiento se compromete a mantener en custodia los bienes, dado que no son de su propiedad, no podrá traspasarlos, subarrendarlos o transmitir la posesión de los mismos bajo ningún concepto, ni cambiarlos de domicilio, salvo autorización por escrito por parte del “PROVEEDOR”
DÉCIMA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO
77 La entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. será conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en el _(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.
78 La entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento., se realizará en los domicilios señalados en el _(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.y en las fechas establecidas en el mismo; los bienes serán recibidos previa revisión por parte del personal designado por _(colocar si es el administrador o el supervisor del contrato)_ ; la inspección de los bienes consistirá en la verificación del bien, la cantidad, condiciones, especificaciones técnicas y de calidad.
79 Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación visual aleatoria. En los casos en que se detecten defectos o discrepancias en la entrega o incumplimiento en las especificaciones técnicas de los bienes, “EL PROVEEDOR” contará con un _(colocar plazo para reposición de bienes)_, para la reposición de éstos, contadas a partir del momento de la devolución y/o la notificación por correo electrónico y/o escrito, sin costo adicional para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
80 Señalar si existirá el otorgamiento de prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los requisitos que deberán observarse, así como el servidor público facultado para el otorgamiento de la misma.
DÉCIMA PRIMERA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
El señalamiento de las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a otras disposiciones sea necesario contar para la adquisición o arrendamiento de bienes y prestación de los servicios correspondientes, cuando sean del conocimiento de la “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
DÉCIMA SEGUNDA. SEGUROS
Los seguros que, en su caso, deben otorgarse, indicando los bienes que ampararían y la cobertura de la póliza correspondiente;
DÉCIMA TERCERA. TRANSPORTE
81 “EL PROVEEDOR” se obliga a efectuar el transporte de los bienes objeto del presente contrato, o en su caso los insumos necesarios para la prestación del servicio o arrendamiento, desde su lugar de origen, hasta las instalaciones referidas en el _(establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, domicilios, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos)_.del presente contrato.
DÉCIMA CUARTA. DEVOLUCIÓN.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” procederá a la devolución del total de las entregas de los bienes a “EL PROVEEDOR”, cuando con posterioridad a la entrega de los bienes corregidos, se detecte que existen defectos, o cuando éstos no hayan sido repuestos. “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se generen.
DÉCIMA QUINTA. CALIDAD
“EL PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para proporcionar los bienes o la prestación de los servicios o arrendamiento requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no estará obligada a recibir los bienes o aceptación de los servicios o arrendamiento cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
DÉCIMA SEXTA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
“EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia.
Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
DÉCIMA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD
“EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en los bienes entregados o prestación de los servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la “LAASSP”.
Para el caso de arrendamiento
82 “EL PROVEEDOR” será directamente responsable de los daños y perjuicios que se causen a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y/o terceros con motivo de negligencia, impericia, dolo o mala fe, o por mal uso que haga de las instalaciones de la “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, incluyendo el mantenimiento y estará obligado a resarcir los importes que esta determine al respecto.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la adquisición de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al IVA, en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” deslindando a ésta de toda responsabilidad.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total en caso de que, al suministrar los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e
internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA
DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
En caso de que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, “EL PROVEEDOR”
se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD
“LAS PARTES” están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
“EL PROVEEDOR” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato especifico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “EL PROVEEDOR” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los bienes establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, “EL PROVEEDOR” tiene conocimiento en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier proceso legal.
“EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cualquier hecho o circunstancia que en razón de los bienes prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” no podrá, con motivo del suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento que realice a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
VIGÉSIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS O ARRENDAMIENTO
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. 18
(COLCOAR NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), 19 (COLOCAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO),
con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la entrega de los bienes o prestación de los servicios o de su personal.
Asimismo, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo aceptará los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
Los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; la inspección de los bienes consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, no se tendrán por aceptados por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a través administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los bienes si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose “EL PROVEEDOR” en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
VIGÉSIMA TERCERA. DEDUCCIONES
En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 83 (COLOCAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando “EL PROVEEDOR” no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación.
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA.
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
VIGÉSIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la adquisición de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, objeto del presente contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por conducto del administrador del contrato podrá aplicar una pena convencional equivalente al 84 (COLOCAR PORCENTAJE XX XXXX CONVENCIONAL)_%_, 85por cada (colcar periodicidad xx xxxx) de atraso sobre el monto de los bienes no proporcionados o atraso en el inicio de la prestación de los servicios o arrendamiento oportunamente, de conformidad con el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta.
Por lo anterior, el pago de la adquisición o prestación de los servicios o arrendamiento quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el IVA.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador o el supervisor del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
VIGÉSIMA QUINTA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la “LAASSP”, en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 de su Reglamento.
VIGÉSIMA SEXTA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la “LAASSP”, y 86 segundo xxxxxxx, 00 xx 000 y 102 de su Reglamento, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón del personal que ocupe con motivo del suministro objeto de este contrato, así como el responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. Asimismo, “EL PROVEEDOR” conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en relación con el suministro materia de este contrato.
VIGÉSIMA OCTAVA. EXCLUSIÓN LABORAL
“LAS PARTES” convienen en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con “EL PROVEEDOR” ni con los elementos que éste utilice para el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente.
Por lo anterior, “LAS PARTES” reconocen expresamente en este acto que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no tiene nexo laboral alguno con “EL PROVEEDOR”, por lo que éste último libera a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la entrega de los bienes o prestación de los servicios materia de este contrato.
VIGÉSIMA NOVENA. SUSPENSIÓN DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTO.
Cuando en la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender el suministro de los bienes o la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR”, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no
recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD-” pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de “EL PROVEEDOR”, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
TRIGÉSIMA. RESCISIÓN
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
a) Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
b) Si incurre en negligencia en el suministro de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato, sin justificación para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
c) Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
d) Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
e) Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la entrega de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento. del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
f) Si no suministra los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
g) Si no proporciona a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a las dependencias que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión del suministro de los bienes objeto o prestación de los servicios o arrendamiento del presente contrato;
h) Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
i) Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
j) Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
k) Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
l) Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
m) Si “EL PROVEEDOR” no suministra los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
n) Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en los términos de lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA NOVENA del presente instrumento jurídico;
o) Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
p) Cuando “EL PROVEEDOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “LA DEPENDENCIA O
ENTIDAD”, durante el suministro de los bienes, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
q) Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que “EL PROVEEDOR” incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la entrega de los bienes objeto o prestación de los servicios del presente contrato; y
r) En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se entregaran los bienes o prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de que continúa vigente la necesidad de los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“EL PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que le cause a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
TRIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a “EL PROVEEDOR” con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la solicitud de cotización, la propuesta económica de “EL PROVEEDOR” y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la solicitud de cotización respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
TRIGÉSIMA TERCERA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
TRIGÉSIMA CUARTA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana.
TRIGÉSIMA QUINTA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para el suministro de bienes o prestación de los servicios o arrendamiento objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRIGÉSIMA SEXTA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
En esta parte se formaliza el documento suscribiéndolo, señalando en forma clara el lugar y la fecha en que se suscribe, el nombre, cargo y firma de las partes y representantes, tiene relación con lo establecido en el proemio, en las declaraciones en los puntos I.2 y II.2.
Las facultades de los servidores públicos comúnmente se enuncian o describen en la normatividad interna de cada dependencia o entidad como puede ser, estatuto orgánico, reglamento interno, manual de organización, manual de procedimientos, POBALINES, entre otros.
Por lo anteriormente expuesto, tanto “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” como “EL PROVEEDOR”, declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
POR:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
NOMBRE | CARGO | R.F.C. |
12 (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD | 13 (CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD | 14 (R.F.C. DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD |
16 (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | 17 (CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | 18 (R.F.C. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) |
20 (NOMBRE DEL FIRMANTE X) | 21 (CARGO DEL FIRMANTE X) | 22 (R.F.C. FIRMANTE X) |
POR:
“EL PROVEEDOR”
NOMBRE | R.F.C. |
35 (RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) | 38 (R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
ANEXO INFORMATIVO 5: GASTOS NO RECUPERABLES
Para el caso de la terminación anticipada del contrato y la suspensión de la prestación del servicio, a que se refieren los artículos 54 Bis y 55 Bis, primer párrafo, de la LAASSP, los gastos no recuperables deberán ser razonables, estar debidamente comprobados y relacionarse directamente con el contrato.
EL COLPOS indistintamente cubrirá los gastos comprobados cuya cantidad en total no excederá del 1% del monto total del contrato.
Cuando durante la vigencia del contrato, EL COLPOS bajo su responsabilidad suspenda la prestación del servicio por caso fortuito o de fuerza mayor, únicamente se pagarán aquellos servicios efectivamente devengados, debiéndose reintegrar los importes de anticipos no amortizados a la fecha.
En el supuesto de suspensión en la prestación del servicio por causas imputables a EL COLPOS; el pago de los gastos no recuperables al proveedor se realizará, cuando proceda; en la inteligencia que únicamente procederá por el tiempo en que dure la suspensión, limitándose a lo siguiente:
Cuando se determine la suspensión del servicio (la cual siempre debe ser temporal, de corta duración, de forma que individual o conjuntamente los períodos no excederán del 15% de la vigencia del servicio, durante el ejercicio presupuestal de que se trate y aprobada por el servidor público responsable de ello); previo aviso de la dependencia girado al proveedor, se deberá precisar la fecha de inicio de ésta y la de reanudación del servicio, debiendo llevar a cabo el convenio respectivo, limitándose los gastos no recuperables, sin perjuicio de que en cada caso específico no proceda alguno de ellos.
En los casos de terminación anticipada de los contratos y de suspensión de la prestación de servicios en el supuesto señalado en el segundo párrafo del artículo 55 Bis de la LAASSP, para el pago de los gastos no recuperables se requerirá la solicitud previa del proveedor y dicho pago será procedente cuando los mencionados gastos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen diestramente con el contrato, limitándose a los conceptos señalados en el Artículo 102 del Reglamento de la LAASSP.
Estos gastos serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del proveedor.
Adicionalmente, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al pedido, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la contraloría interna de esta dependencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 Bis de la LAASSP, EL COLPOS reembolsará al proveedor los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el pedido correspondiente.
Cuando se presente alguna situación de caso fortuito o fuerza mayor, EL COLPOS se abstendrá de realizar pago alguno por los motivos antes señalados. A los importes que resulten por cualquiera de los conceptos de gastos no recuperables, no le es aplicable ningún costo adicional.
ANEXO INFORMATIVO 6: NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO. (OCDE)
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas. en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
"Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí. o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones. y,
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior. para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el .salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito .y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capitulo XI .
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días de multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto de cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral”.
ANEXO INFORMATIVO 7 ENCUESTA DE TRANSPARENCIA
PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA". | |
NOMBRE DEL LICITANTE (OPCIONAL): | |
FECHA DE EVALUACION: |
En el Departamento de Adquisiciones y Contratos estamos interesados en conocer su opinión sobre la Transparencia, por lo que le solicitamos amablemente, nos evalúe en cada supuesto planteado en una escala de 0 a 10, donde:
0= Totalmente en desacuerdo. 4= En desacuerdo.
8= De acuerdo.
10= Totalmente de acuerdo.
JUNTA DE ACLARACIONES | ||
1 | El contenido de la convocatoria a la licitación es claro para presentar propuestas para la adquisición o contratación de servicios que se pretende realizar. | |
2 | En la junta de aclaraciones se resolvieron las dudas de manera clara. | |
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES | ||
3 | El evento se desarrolló con oportunidad. | |
GENERALES | ||
4 | ¿Qué tan acuerdo está sobre si todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido? | |
5 | ¿Qué tan acuerdo está en que el trato que le dieron los servidores públicos del Colegio de Postgraduados durante el concurso, fue respetuoso y amable? | |
6 | ¿Volvería a participar en otro concurso que emita Colegio de Postgraduados? | |
7 | ¿Qué tan de acuerdo está en que el concurso se apegó a la normatividad aplicable? | |
8 | En términos generales, ¿qué tan acuerdo está sobre el grado de transparencia mostrado hasta ahora en el concurso? | |
9 | El acceso al inmueble fue expedito. | |
FALLO | ||
10 | La resolución técnica se apegó a la convocatoria de la Licitación y a la junta de aclaraciones del concurso. | |
11 | En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los proveedores adjudicados y los que no resultaron adjudicados. | |
12 | En términos generales, ¿qué tan acuerdo está en el grado de transparencia mostrado en el fallo? | |
CALIFICACIÓN TOTAL |
Si usted desea agregar algún comentario respecto al concurso, favor de anotarlo en las siguientes líneas:
ANEXO INFORMATIVO 8: CADENAS PRODUCTIVAS
El licitante ganador en base a la información que se anexa a la presente acta “Programa xx Xxxxxxx Productivas del Gobierno Federal”, podrá iniciar su afiliación en un plazo no mayor a 5 días naturales posteriores al fallo, comunicándose desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000 sin costo desde el interior de la república o bien a través de la página de internet xxx.xxxxx.xxx; ó acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera.
Programa xx Xxxxxxx Productivas del Gobierno Federal
El programa xx Xxxxxxx Productivas es una solución integral que tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión. Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso sin costo a los siguientes beneficios:
Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento a través de Crédito Pyme que Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos.
Incrementa tus ventas, al pertenecer al Directorio de Proveedores del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de proveedores.
Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea o presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas.
Identifica oportunidades de negocio, al conocer las necesidades de compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos.
Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000 sin costo desde el interior de la república o bien a través de la página de internet xxx.XXXXX.xxx.
México D.F. de de 2016.
Nombre de la Empresa En Nacional Financiera, S.N.C. estamos coordinando una iniciativa sin duda histórica, para apoyar a las PyMES en el país. La estrategia principal consiste en establecer un Programa Obligatorio de Compras del Gobierno Federal hacia las pequeñas y medianas empresas mexicanas. Dicho programa pretende que en el año 2012, el 35% de las adquisiciones públicas se canalicen a este segmento productivo, principal generador del Producto Interno Bruto y de empleo. Para tal fin, un primer paso es la incorporación obligatoria de todas las Dependencias y Entidades al Programa Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., lo que nos permitirá conocer en forma consolidada la situación actual de la proveeduría gubernamental y proponer metas anuales en materia de compras de gobierno a PyMES a partir del 2008.
En este contexto, tengo el agrado de invitarte a incorporar tu empresa al programa, para que goce de los beneficios que éste le brinda: Xxxxxxx Productivas ofrece:
Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico o Obtener liquidez para realizar más negocios o
Mejorar la eficiencia del capital de trabajo o Agilizar y reducir los costos de cobranza o
Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx.xx o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (623 46 72)
Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita Recibir información
Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal Características descuento ó factoraje electrónico:
Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento) Descuento aplicable a tasas preferenciales
Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales
Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia
Afiliarse al programa es por única vez y no es necesario realizar el proceso nuevamente en alguna otra dependencia o entidad, no tiene ningún costo; en caso de requerirlo podrás hacer el cobro anticipado en la página xxx.xxxxx.xxx.xx o bien vía telefónica.
A fin de facilitar tu afiliación, te agradeceré comunicarte a los teléfonos 50.89.61.07 y 01800 NAFINSA, donde el personal de Nacional Financiera, S.N.C. te orientará para la entrega de los documentos relacionados en el documento anexo y la formalización del convenio en un término de cinco días.
Al concretar tu afiliación tendrás como beneficio formar parte del Directorio de Compras que ofrece ser un proveedor elegible para el Sistema de Compras del Gobierno Federal.
Reitero nuestro agradecimiento por tu participación y aprovecho la ocasión para enviarte un cordial saludo. Atentamente
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS.
1.- Carta Requerimiento de Afiliación, Fallo o Pedido. Debidamente firmada por el área usuaria compradora
2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa) Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,
Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Completa y legible en todas las hojas.
4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio. Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
5.- Comprobante de domicilio Fiscal Vigencia no mayor a 2 meses
Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)
Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.
6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros)
La firma deberá coincidir con la del convenio
7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones
Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal) En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.
8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)
9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos Sucursal, plaza, CLABE interbancaria
Vigencia no mayor a 2 meses
Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
Contrato de descuento automático Cadenas Productivas Firmado por el representante legal con poderes de dominio. 2 convenios con firmas originales
Contratos Originales de cada Intermediario Financiero. Firmado por el representante legal con poderes de dominio. (** Únicamente, para personas Xxxxxxx)
Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) ó al 00-00-00-00; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx xx. 0000, Xxx Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.
Estimado Proveedor del Gobierno Federal:
Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico.
Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva. Cadena(s) a la que desea afiliarse:
Número(s) de proveedor (opcional):
Datos generales de la empresa.
Razón Social: Fecha de alta SHCP: R.F.C.: Domicilio Fiscal: Calle No.: C.P.: Colonia: Ciudad Teléfono (incluir clave LADA): Fax (incluir clave LADA): e-mail: Nacionalidad:
Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral)
No. de la Escritura: Fecha de la Escritura:
Datos del Registro Público de Comercio Fecha de Inscripción: Entidad Federativa:
Delegación ó municipio: Folio: Fecha del folio: Libro: Partid Fojas:
Nombre xxx Xxxxxxx Público: No. de Notaria: Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral):
(Acta de poderes y/o acta constitutiva) No. de la Escritura: Fecha de la Escritura:
Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( )
Datos del registro público de la propiedad y el comercio (Persona Moral):
Fecha de inscripción: Entidad Federativa: Delegación ó municipio: Folio:
Fecha del folio: Libro: Partida: Fojas: Nombre xxx Xxxxxxx Público: No. de Notaría:
Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx: Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos del representante legal con actos de administración o dominio:
Nombre: Estado civil: Fecha de nacimiento: R.F.C.: Fecha de alta SHCP: Teléfono:
Fax (incluir clave LADA): e-mail: Nacionalidad:
Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 ó FM3
No. de la identificación (si es IFE poner el No. que está en la parte donde está su firma):
Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad:
Datos del banco donde se depositarán recursos:
Moneda: pesos ( X ) dólares ( ) Nombre del banco: No. de cuenta (11 dígitos):
Plaza: No. de sucursal: CLABE bancaria:(18 dígitos): Régimen: Mancomunada ( ) Individual ( ) Indistinta ( ) Órgano colegiado ( )
Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves:
Puesto: Teléfono (incluir clave LADA): Fax: e-mail: Actividad empresarial: Fecha de inicio de operaciones: Personal ocupado: Actividad ó giro: Empleos a generar: Principales productos: Ventas (último ejercicio) anuales: Netas exportación: Activo total (aprox.):
Capital contable (aprox.) Requiere Financiamiento SI NO
El licitante podrá señalar los documentos o las secciones de éstos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada, conforme el siguiente anexo:
ANEXO INFORMATIVO 9: FORMATO DE IDENTIFICACIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, RESERVADA O COMERCIAL RESERVADA
FECHA
M.T.A. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS COLEGIO DE POSTGRADUADOS
PRESENTE
De conformidad con lo señalado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en su Reglamento, a continuación, señalo los documentos o las secciones de éstos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada, así como el fundamento por el cual considero que tienen ese carácter, de la información que entrego a COLEGIO DE POSTGRADUADOS, con motivo de mi participación en la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO IA-008IZC999-E103-2022 REFERENTE A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA PARA LOS CAMPUS CAMPECHE Y CÓRDOBA DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON ADHESIÓN AL CONTRATO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA".
Nombre del LICITANTE: | ||
Documento entregado dentro de la propuesta técnica o económica | Fundamento legal | Sugerencias y observaciones |
Notas:
1.- Se deberán utilizar tanto renglones como sean necesario.
2.- Para señalar el fundamento legal se recomienda consultar la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, su reglamento y el Capítulo III de los LINEAMIENTOS Generales para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 xx xxxxxx de 2003.
A T E N T A M E N T E EL LICITANTE
NOMBRE DE LA PERSONA MORAL Ó FÍSICA
SR. REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO (PERSONA MORAL)
ANEXO INFORMATIVO 10: FORMATO PARA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
FECHA DE EMISION: XX DE XXXXXX DEL 2021
ANTE: A FAVOR DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS.
PARA GARANTIZAR POR: XXXXXXXXXXX., POR LA CANTIDAD DE $XXXXXX (XXXXXXXXXXX PESOS XX/100 M.N.), EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO DERIVADAS DEL CONTRATO NUMERO XXXXXXX, DE FECHA XXX DE XXXX DE 2018, CELEBRADO CON EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS, CON UN IMPORTE TOTAL DE $XXXXX (XXXXXX PESOS 10/100 M.N.) SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EL CONTRATO TIENE POR OBJETO: XXXXXX.
XXXXXXXXXX (NOMBRE DE LA AFIANZADORA), S.A EXPRESAMENTE DECLARA:
QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO.
ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, SALVO QUE LAS PARTES SE OTORGUEN EL FINIQUITO, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA, ASIMISMO, ESTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR AÚN EN LOS CASOS EN QUE “EL COLEGIO” OTORGUE PRORROGAS O ESPERAS A “EL PROVEEDOR” PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.
QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARA PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 283 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.
QUE PARA LIBERAR LA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES, LA CUAL SE REALIZARÁ MEDIANTE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE “EL COLEGIO”.
ESTA GARANTÍA PERMANECERÁ VIGENTE DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN QUE GARANTICE Y CONTINUARA VIGENTE EN CASO EN QUE EL COLEGIO DE POSTGRADUADOS OTORGUE PRORROGAS O ESPERAS AL PROVEEDOR O FIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE QUE QUEDE FIRME SALVO QUE LAS PARTES SE OTORGUEN EL FINIQUITO DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA.
LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARA PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 283 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.
QUE PARA LIBERAR LA FIANZA SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES, LA CUAL SE REALIZARA MEDIANTE LA MANIFESTACION EXPRESA Y POR ESCRITO DE QUIEN TENGA FACULTADES PARA ELLO EN “EL COLEGIO”
QUE PARA CANCELAR LA FIANZA SERÁ REQUISITO CONTAR CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES A TRAVÉS DE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE QUIEN TENGA FACULTADES PARA ELLO EN “COLEGIO” FIN DE TEXTO