SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. El BANCO DEL BIENESTAR podrá suspender la Invitación, en los casos siguientes: Para efecto de lo anterior, se avisará por escrito, a los involucrados y se asentará dicha circunstancia en el acta correspondiente a la etapa en donde se origine la causal que la motive. Si desaparecen las causas que motivaran la suspensión, o bien cuando el BANCO DEL BIENESTAR reciba la resolución que al efecto emita la S.F.P. o el O.I.C., previo aviso a los involucrados, se reanudará la Invitación.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. SE PODRÁ SUSPENDER LA INVITACIÓN DE MANERA TEMPORAL EN LOS SIGUIENTES CASOS:
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. 20 12. CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS 20 13. DECLARACIÓN DESIERTA DE LA INVITACIÓN 21 14. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE 21 14.1 A la Convocatoria 21 14.2 A los contratos 21 15. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS 21 16. NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES 22 17. CONFIDENCIALIDAD 22 18. SITUACIONES NO PREVISTAS EN LA CONVOCATORIA 24 19. TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN. 24 20. AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS 24 21. INVITACIÓN PARA INCORPORARSE AL REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS 00 XXXXX 0 25 SOLICITUD DE ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA 00 XXXXX 0 26 LISTA DE VERIFICACIÓN PARA RECIBIR PROPOSICIONES 00 XXXXX 0 A 29 FORMATO PARA MANIFESTAR INTERÉS Y ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD XXXXXXXX 00 XXXXX 0 B 30 FORMATO PARA MANIFESTAR INTERÉSY ACREDITAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA (PERSONAS FÍSICAS) 00 XXXXX 0 31 ESCRITO DE FACULTADES 00 XXXXX 0 32 ESCRITO DE NACIONALIDAD 00 XXXXX 0 33 CORREO ELECTRÓNICO 00 XXXXX 0 34 ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY 00 XXXXX 0 35 XXXXXXX XX XXXXXXXXXX 00 XXXXX 0 36 ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES) 00 XXXXX 00 37 CONVENIO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA 00 XXXXX 00 39 DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES 00 XXXXX 00 40 CAPACIDAD 00 XXXXX 00 41 ANEXO TÉCNICO 00 XXXXX 00 A 52
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. BANSEFI podrá suspender la Invitación, en los siguientes casos: Para efecto de lo anterior, se avisará por escrito, a los involucrados y se asentará dicha circunstancia en el acta correspondiente a la etapa en donde se origine la causal que la motive. Si desaparecen las causas que motivaren la suspensión, o bien, cuando BANSEFI reciba la resolución que al efecto emita la S.F.P. o el O.I.C., previo aviso a los involucrados, se reanudará la Invitación.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. 20 12. CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN 21 13. DECLARACIÓN DESIERTA DE LA INVITACIÓN 21 14. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE 21 14.1 A la Convocatoria 21 14.2 A los contratos 21 15. INFRACCIONES Y SANCIONES 21 16. SUSPENSIÓN DE LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS 21 17. NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES 22 18. SITUACIONES NO PREVISTAS EN LA CONVOCATORIA 22
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. Se podrá suspender la Invitación en forma temporal, por restricciones de carácter presupuestal instruida por la Autoridad Hacendaría competente, o cuando se presuma que existen arreglos entre los participantes para elevar los precios del objeto de esta Invitación o bien, cuando se presuma la existencia de otras irregularidades graves. En estos casos se avisará por escrito a los participantes involucrados en la Invitación. Si desaparecen las causas que hubiesen motivado la suspensión temporal de una Invitación, se reanudara ésta, previo aviso por escrito a todos los involucrados. Solamente podrán seguir participando las proposiciones que no se hubiesen descalificado hasta el momento de la suspensión.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. 18.1 Cuando se presuma que existen prácticas desleales de comercio o arreglo entre los licitantes para elevar los precios de los servicios objeto de esta INVITACIÓN .
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. 18.1. Cuando se presuma que existen prácticas desleales de comercio o arreglo entre los LICITANTES para elevar los precios de los servicios objeto de esta INVITACIÓN . La suspensión se dará a conocer de manera pública, levantándose el acta correspondiente. El procedimiento se reanudará al desaparecer la(s) causa(s) que hubiese(n) motivado la suspensión temporal. Previamente, se avisará por escrito a los LICITANTES, pudiendo continuar con su participación sólo aquéllos que no hubiesen sido descalificados.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. 3.18.1. Por determinación de Autoridad competente.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACIÓN. EL HOSPITAL REGIONAL PODRÁ SUSPENDER ESTA INVITACIÓN, EN LOS SIGUIENTES CASOS: