Common use of TARJETA DE DÉBITO Clause in Contracts

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente podrá utilizar los cajeros automáticos y terminales de transacción con la tarjeta de dé- bito y con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente en el mismo acto de la recepción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicio, en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente de las agencias del Banco, o bien, me- diante el uso de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Contrato Único De Servicios Bancarios

TARJETA DE DÉBITO. 1El CLIENTE podrá utilizar parcial o totalmente el efectivo disponible en la(s) cuenta(s) que tenga abierta(s) con el BANCO (en lo sucesivo, saldo), a través de la Tarjeta de Débito que para tal efecto le haya sido proporcionada por este último, siempre y cuando el producto cuya contratación se realiza en términos del presente contrato, contemple a la Tarjeta de Débito como medio de disposición de recursos. De igual manera, el CLIENTE sea por escrito y de manera expresa, podrá autorizar bajo su más estricta responsabilidad a otras personas (Terceros Autorizados), para que puedan disponer del saldo a través de Tarjetas de Débito adicionales. El Cliente podrá utilizar los cajeros automáticos CLIENTE reconoce y terminales acepta que la (s) Xxxxxxx (s) de transacción con la tarjeta de dé- bito y con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado Xxxxxx será (n) enviada (s) al Cliente domicilio señalado en el mismo presente contrato (facultando en este acto de la recepción de la tarjeta o al BANCO para entregarla (s) a l apersona que en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito ese momento se encuentre dentro del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicio, en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente de las agencias del Bancomismo), o bien, me- diante sí así lo desea, podrá recogerla directamente en sucursal, bajo el entendido que una vez entregada (s) la (s) tarjeta (s) de mérito, el uso que se le brinde a la (s) misma (s) se entenderá bajo la más estricta responsabilidad del CLIENTE, debiendo observar los términos y condiciones generales encontrados en el presente apartado. Para efectos de terminales lo anterior, por Tarjeta de transacción o cajero automáticoDébito se entenderá a la tarjeta de plástico que contiene el conjunto de datos integrados con independencia del medio en el que estén almacenados, hasta por las cantidades y número que, al procesarse mediante sistemas determinados, permiten iniciar una instrucción de extracciones o transacciones programadas magnéticamente cargo al efectivo disponible en la tarjeta o electrónicamente cuenta abierta en el sistemaBANCO a la cual está asociada, o en su caso, un abono que será producto de la devolución relacionada con dicho cargo en caso de reclamaciones procedentes, y que, en su caso, el BANCO entregue al CLIENTE o a los Terceros Autorizados de conformidad con lo dispuesto en este contrato, la cual podrá ser utilizada a nivel nacional o internacional, como un medio de disposición del efectivo depositado en su cuenta, e instrucción de pago asociada a la misma. El Cliente Asimismo, la Tarjeta de Débito podrá contar con la tecnología conocida o denominada como Contactless, por la cual el CLIENTE o los Terceros Autorizados, podrán realizar compras nacionales e internacionales por un monto máximo mencionado dentro de la página electrónica xxx.xxxxxxxx.xxx En montos superiores, los cargos no podrán realizarse a través de las tarjetas Contactless. No obstante lo anterior, la tecnología Contactless dependerá del adquirente propietario de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja la Terminal Punto de ahorros con débitos a su cuenta asignada a Venta del comercio donde se realice la tarjeta siempre compra. Por Terminal Punto de Venta deberá entenderse el dispositivo electrónico que existan fondos en se utiliza para la citada cuenta en las terminales autorización de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serántarjetas, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá la comunicación directa con el importe sistema de autorizaciones de tarjetas de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5bancos emisores. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión CLIENTE y/o los Terceros Autorizados utilicen la(s) Tarjeta(s) de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por Débito en el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismoextranjero, el Banco no será responsable por CLIENTE reconoce y acepta que los daños consumos y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre disposiciones que se realicen fuera de territorio nacional, se documentarán en horario laboralla cuenta invariablemente en Moneda Nacional. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo El tipo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes cambio que se utilice para calcular la equivalencia de la afiliación al sistema, pagos Moneda Nacional en relación con el dólar de servicios públicos u otros los Estados Unidos de América no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por 1.005 el tipo de cambio que el BANCO de México determine el día de presentación de los documentos de cobro. Asimismo el BANCO hace del conocimiento del CLIENTE que para calcular la equivalencia de la Moneda Nacional con relación a un tipo de cambio de la moneda extranjera de que se cursen trate, distinta al dólar, MasterCard (en su carácter xx xxxxxx de compensación del BANCO), utiliza como referencia la tasa de cambio al por mayor proporcionada por Reuters, y salvo que alguna situación de continuidad de negocio o por alguna condición específica xxx xxxxxxx lo amerite, Mastercard utiliza la tasa de cambio proporcionada por Xxxxxxxxx. Para mayor información sobre el procedimiento de conversión el CLIENTE deberá visitar el siguiente sitio web: https:// xxx.xxxxxxxxxx.xx/xx-xx/xxxxxxxx/xxx-xxxxxxx/xxxxxxx- currency.html. De igual manera se hace del conocimiento del CLIENTE que dentro de dicho sitio web, podrá verificar en cualquier momento la tasa que Mastercard aplica antes de realizar cualquier transacción, dando oportunidad a través los tarjetahabientes de tomar una decisión informada respecto al tipo de cambio que le sería aplicable previo a realizar las operaciones. El CLIENTE reconoce y acepta que independientemente del tipo de cuenta que tuviere contratada y solo en el caso de que hubiere solicitado la expedición de Xxxxxxxx de Débito adicionales, el BANCO se encontrará facultado para solicitar respecto de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones Tarjetahabientes Adicionales, los documentos e información que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a BANCO indique para la cuenta que corresponde a la tarjeta identificación de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con tercerosdichos Tarjetahabientes adicionales. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Contrato Único

TARJETA DE DÉBITO. 1Condiciones 16.1 Interbank entregará al Cliente la Tarjeta de Débito (Tarjeta), a través de la cual éste podrá realizar operaciones y acceder a los servicios que Interbank le ofrezca. La tarjeta de débito es un instrumento que permite, de acuerdo con lo pactado entre la empresa emisora y el titular, realizar operaciones con cargo a depósitos previamente constituidos. Con esta tarjeta, el usuario puede adquirir bienes o servicios en los establecimientos afiliados que los proveen, pagar obligaciones, efectuar el retiro de los depósitos realizados a través de los canales puestos a disposición por la empresa emisora u otros servicios asociados, dentro de los límites y condiciones pactados, debitándose los montos correspondientes de sus depósitos. El Cliente podrá utilizar los cajeros automáticos y terminales de transacción con la tarjeta de dé- bito y con es responsable por: (i) el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente en el mismo acto mal uso cualquiera de la recepción Tarjeta; (ii) la entrega a terceros o representantes no autorizados; (iii) la pérdida o sustracción de la Tarjeta, y/o Clave Secreta; (iv) el uso fraudulento que pudiese darse de acuerdo a la normativa y (v) transacciones que realice en páginas web distintas a las de Interbank. El Cliente no es responsable de ninguna pérdida por las operaciones realizadas en los siguientes casos, salvo que Interbank logre demostrar su responsabilidad: a. Cuando las operaciones hayan sido realizadas luego de haber notificado a Interbank el extravío, sustracción, robo, hurto o uso no autorizado de la tarjeta b. Por mal funcionamiento de los mecanismos de comunicación a disposición de los Cliente para reportar el extravío o sustracción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos su información, los cargos indebidos y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que los Cliente no reconozcan c. Cuando las tarjetas hayan sido objeto de clonación d. Por la manipulación de los cajeros automáticos de la empresa titular u operadora de estos o los ambientes en que estos operan e. Cuando se realicen haya producido la suplantación del usuario en virtud del presente serviciolas oficinas de Interbank f. Operaciones realizadas luego de la cancelación de la tarjeta o cuando esta haya expirado En caso el Cliente no se encuentre conforme con los fundamentos efectuados por la empresa para no asumir responsabilidad por las operaciones efectuadas, en caso podrá presentar un reclamo o denuncia, de reclama- ción acuerdo con lo establecido por parte del el marco normativo vigente. 16.2 La Clave Secreta es de uso estrictamente personal e intransferible. La Clave Secreta que Interbank entregue al Cliente, solo debe ser utilizada para que se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por cree una nueva Clave Secreta antes de realizar la primera operación. Luego de ello, el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente de las agencias del Bancooperaciones, o bien, me- diante el uso de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las los establecimientos afiliados a los sistemas de tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o y en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros canales electrónicos que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Clienteofrece Interbank. 4. 16.3 El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado Cliente acepta expresamente que el uso de la tarjeta referida Tarjeta y la Clave Secreta sustituyen su firma para los efectos de débito cualquier operación con cargo a las Cuentas Interbank no estará obligado a exigir documento adicional, ni a identificar al portador de la Tarjeta, en el entendido que la Clave Secreta es estrictamente personal y secreta. 16.4 Con la Tarjeta se pueden realizar transacciones, en Soles y Dólares, en la red de cajeros automáticos y establecimientos afiliados a la marca de la Tarjeta en el país y en el extranjero. De igual manera, podrá generar hacer operaciones en páginas web distintas a cargo del cliente, gastos, costos y comisioneslas de Interbank, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx lo cual deberá tener las medidas de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora seguridad necesarias para evitar cualquier tipo de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Bancofraude. 6. 16.5 En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción tenga varias cuentas, los consumos que realice con las mismas se cargarán en una cascada predeterminada por Interbank, procediendo Interbank a través debitar de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, la primera cuenta que encuentre con saldo suficiente para cubrir el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Bancoimporte del consumo. 8. Las operaciones realizadas por medio 16.6 El Retiro de las tarjetas efectivo en Cajeros Automáticos de débito a través Interbank se podrá realizar de terminales dos modalidades: 16.6.1 Retiro con selección de transac- ción serán computadas por cuenta: el Banco en tiempo real Cliente elige la cuenta de donde se le debitará el monto solicitado siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso y cuando cuente con saldo suficiente para cubrir el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nesimporte del retiro. 9. Los pagos emergentes 16.6.2 Retiro rápido: se debita de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la primera cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o encuentre el sistema con saldo suficiente para cubrir el importe del retiro, según cascada predeterminada por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con tercerosInterbank. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Contrato De Servicios Financieros

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente podrá utilizar cliente solicita la emisión de una tarjeta de débito automático para acceso a cajeros automáticos de acuerdo a las modalidades operativas que a continuación se detallan: a) El servicio permite desde cualquiera de los cajeros automáticos y terminales adheridos a la Red de transacción con la tarjeta de dé- bito y con el PIN proporcionados operaciones determinada por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente en sobre cuentas cuya titularidad ejerce el mismo acto de la recepción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones cliente y que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- cionesha solicitado. En todas b) Por las operaciones que se realicen realicen, los cajeros de la Red, emitirán constancias provisorias por lo que en virtud del presente servicio, en cada caso de reclama- ción por parte discrepancias entre el Banco y el cliente, respecto al contenido y alcance de las operaciones cursadas a través del Clienteservicio, se estará siempre sujeto a lo que resulte de los registros del Banco y específicamente y/o quien opere la Red interconectada. c) Los cajeros de la Red funcionarán durante las 24 horas del día; ocasionalmente en caso de inconvenientes técnicos, los mismos pueden encontrarse no operativos. d) Los movimientos de las cuentas de depósitos a los registros efectuados las que de acceso el servicio se efectuarán con las modalidades que para cada operación establezca el Banco. Los equipos pueden ser utilizados en tanto por el equipo solicitante como por clientes y usuarios de procesamiento de datosotros Bancos habilitados a operar con la Red. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá e) Se podrán efectuar retiros de su las cuentas operables por montos cuyo valor, como máximo, estará limitado el saldo acreedor de la cuenta directamente operada y siempre que la extracción no supere el límite a ser establecido por el Banco para esta modalidad de las agencias del Banco, o bien, me- diante el uso de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistemaoperación. El Cliente a través monto del retiro estará dado por el equivalente del billete de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre menor valor que existan fondos tengan en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en disponibilidad los cajeros automáticosde la Red. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. f) El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia 12 meses como mínimo, contados a partir del mes de la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular emisión de la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horastarjeta. A su vencimiento se renovará auto- máticamente automáticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorristacliente. En este supuesto, el Banco Banco, antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la le tarjeta, realizará una conciliación final de saldos saldos, y verificado el mismo pro- cederá procederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción renovación del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá periódicamente el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o adicionales y de las renovaciones de las mismas así como los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por cargos que pudieran corresponder a las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Contrato Único Bancario

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente podrá utilizar Las personas naturales titulares de una Cuenta de Ahorro Nomina recibirán una tarjeta de débito, que es un plástico emitido por EL BANCO a EL CLIENTE o a los cajeros automáticos y terminales adicionales de transacción éste, que sirve para múltiples propósitos: i) como medio de pago para ser utilizado en los puntos de servicio (en cuyo caso, el monto de las transacciones efectuadas será debitado por EL BAN CO de los fondos existentes en la cuenta de depósito bancario relacionada con la tarjeta de dé- bito y débito; ii) como instrumento para disponer de los fondos existentes en la cuenta de depósito bancario a la vista relacionada con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta de débito, o bien, iii) como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente instrumento para hacer consultas a EL BANCO sobre saldos u operaciones relacionadas con la cuenta de depósito que EL CLIENTE mantiene en el mismo acto de la recepción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicio, en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficienteEL BANCO. En caso de divergencia robo, extravió o sustracción de la tarjeta de débito, EL CLIENTE queda obligado a dar aviso inmediato a EL BANCO, y será responsable del uso que un tercero, con respecto a las transacciones realizadas será indispensable firma falsa o sin ella, hiciere de la presentación tarjeta hasta la recepción del aviso por parte de EL BANCO. Para tales fines, EL BANCO pondrá a disposición de EL CLIENTE el teléfono 0000-0000 con servicio las 24 horas del Cliente día con el fin de todos los elementos recibir informes sobre robo, extravío o perdida de control obtenidos la tarjeta para su bloqueo o cancelación de forma inmediata por el mismo al momento parte de autorizar las transacciones cuestionadas. 3EL BANCO. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente EL BANCO llevara un registro de las agencias del Banconotificaciones que EL CLIENTE haga de la perdida, extravío o bien, me- diante el uso destrucción de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final debiendo suministrar a EL CLIENTE un numero de saldos y verificado notificación que evidencie el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicioreporte efectuado. La falta responsabilidad de comunicación por parte EL CLIENTE cesara una vez que éste realice la notificación EL CLIENTE podrá encontrar en la página web de EL BANCO el reglamento del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito débito, o bien podrá generar a cargo solicitar copia del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, mismo en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o cualquiera de las terminales agencias de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al BancoEL BANCO. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Cuenta De Ahorro

TARJETA DE DÉBITO. 1A. EL CLIENTE podrá solicitar la emisión de una tarjeta de débito, para acceso y utilización de los servicios de transacciones por medio xx xxxxxxx de distribución automatizados o sistemas de transmisión electrónica de datos, en los cuales no tienen intervención directa los funcionarios o empleados de LA FINANCIERA, tales como los TEDs, ATMs o POS emitida por la FINANCIERA, que se regirá de acuerdo a las modalidades operativas que permite el presente contrato y, los contratos suscriptos por LA FINANCIERA con los proveedores del sistema de la red de servicios de tarjeta de débito y de TEDs, ATM y POS, por lo que EL CLIENTE exonera desde ya de toda responsabilidad a LA FINANCIERA, de todo error, daño o perjuicio que resulte de la utilización de dichos servicios administrados por terceros que no fuese directamente imputable a LA FINANCIERA. B. Será emitida una tarjeta de débito para cada titular de la Cuenta de Ahorro, la que tendrá grabado el nombre del titular, un número exclusivo para dicha tarjeta y una banda magnética para el acceso a los servicios electrónicos de los TEDs, ATM y POS. La tarjeta es de propiedad de LA FINANCIERA y es de uso personal e intransferible; sólo podrá ser utilizada por la persona a cuyo nombre fue emitida y figura grabada en ella. El Cliente plazo de validez de la tarjeta será hasta la fecha de vencimiento que constará en el cuerpo de la misma. No obstante, las tarjetas perderán validez antes de su vencimiento por decisión de LA FINANCIERA o del CLIENTE debidamente notificada por escrito o por telegrama colacionado, debiendo en este caso, EL CLIENTE devolver la tarjeta dentro de las 24 (veinticuatro) horas de serle comunicada la revocación de la autorización para el uso de la tarjeta, siendo responsable por cualquier modificación que se produzca en las cuentas por el uso de la tarjeta, hasta tanto éstas sean devueltas. La FINANCIERA se reserva el derecho de arbitrar los medios para recuperar la tarjeta y podrá dar instrucciones para que sea retenida por cualquier comercio adherido al sistema, para lo cual el CLIENTE presta su conformidad. C. Los costos administrativos que originan los servicios serán pagados por EL CLIENTE. EL CLIENTE acepta que tales costos y cualquier otro gasto o impuesto que origine el sistema, que son publicados de manera mensual por la FINANCIERA, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 2 Acta Nº 123 del 15/11/2001 y la Resolución Nº 2 Acta Nº 73 del 07/11/2007 del B.C.P. y sus modificaciones, sean debitados automáticamente de su cuenta, para lo cual se obliga a mantener la suficiente provisión de fondos. El no cobro de dichos costos por la FINANCIERA, no significa ni deberá interpretarse como renuncia de su derecho de reclamar su cobro en períodos posteriores. D. El CLIENTE podrá utilizar los cajeros automáticos TEDs, ATMs y terminales de transacción POS con la tarjeta de dé- bito débito emitida por la FINANCIERA, y, accederá al sistema mediante una clave o número de identificación personal (PIN) creado por EL CLIENTE, o mediante otros medios de autenticación establecidos por LA FINANCIERA que EL CLIENTE acepta como validas. La utilización de estos mecanismos de autenticación se limitará exclusivamente a uso personal del CLIENTE y con sustituirá a la firma del mismo, acordando el PIN proporcionados mismo valor jurídico a ambas identificaciones, quedando reconocido por el BancoCLIENTE lo mencionado en forma irrevocable, sin admitir prueba en contrario, considerándose toda transacción realizada por este medio como realizada xx xxxx y letra del CLIENTE. Se reitera X. Xx CLIENTE reconoce y acepta como prueba de las transacciones que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personalefectúe en los equipos TEDs, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente en el mismo acto de la recepción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes ATM y POS los informes emitidos por las respectivas terminales electrónicas que contengan el número de su tarjeta o cuenta, así como las constancias contables y electrónicas que se registren en el sistema de débito del Cliente constituirán prueba suficiente LA FINANCIERA y/o de las transacciones entidades que intervengan en el mismo realice en cajeros automáticos y terminales procesamiento. Además, EL CLIENTE acepta los saldos de transac- cionescuenta que emita LA FINANCIERA por el uso de la tarjeta, app o XXX, al tiempo que la releva de la obligación xxx xxxxxxx bancario al cursar y/o procesar operaciones a través de los servicios. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicioSerá indispensable, en caso de reclama- ción por parte del Clientedivergencias, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente CLIENTE de todos los comprobantes de las operaciones y los elementos de control obtenidos por el mismo al en el momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente F. EL CLIENTE se obliga a girar su cuenta sobre fondos propios. EL CLIENTE podrá efectuar retiros de su cuenta personal y directamente de las agencias del BancoLA FINANCIERA o, o bien, me- diante vía electrónica en el sistema mediante el uso de terminales la APP ueno, su tarjeta, los TEDs, ATM habilitados o bien mediante el uso de los POS habilitados con autorización de débito en su cuenta y pago al comercio adherido al sistema, en cuya Terminal de transacción o cajero automáticoestá operando, hasta por las cantidades en cobertura de sus compras de bienes y número servicios de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistemadicha empresa. El Cliente a través También podrá hacer averiguaciones de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo saldos y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente EL CLIENTE con su tarjeta y el PIN clave personal u otro mecanismo de autenticación en una terminal de transacción seránXXX, ATM o POS, de ser aceptadas por el sistema, serán procesadas instantáneamente en la cuenta del Clientesu cuenta. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Contrato Único De Productos Y Servicios Financieros

TARJETA DE DÉBITO. 117.En caso corresponda de acuerdo a la naturaleza de la cuenta y/o producto contratado, MIBANCO entregará al CLIENTE, en sobre cerrado, una tarjeta numerada con chip, para su exclusivo uso personal e intransferible, que cuenta con elementos electrónicos y/o digitales que identifican a su titular como tal (la “Tarjeta”), así como la Clave Personal que en sobre lacrado recibe el CLIENTE. El Cliente empleo de la Tarjeta sustituye al documento oficial de identidad. La Clave Personal correspondiente a la Tarjeta sustituye a la firma gráfica o manuscrita del CLIENTE, con igual validez que la firma gráfica o manuscrita conforme a los Arts. 141 y 141-A del Código Civil. La Tarjeta facultará al CLIENTE realizar diversas operaciones permitidas por MIBANCO, y el servicio adicional y/o asociado de consumos u operaciones efectuadas en el exterior con presencia física de la Tarjeta. El CLIENTE, podrá utilizar solicitar la supresión o reactivación de los mencionados servicios en cualquier oficina de MIBANCO, o en cualquier otro medio que MIBANCO ponga a su disposición y comunique al CLIENTE, los mismos que no podrán ser más complejos que los ofrecidos para celebrar el presente contrato. Toda operación efectuada con la Tarjeta (físicamente o con su numeración) y la Clave Personal se considera indubitablemente efectuada por el CLIENTE en la fecha en que se realice. El CLIENTE se obliga a mantener a buen resguardo y bajo su posesión física la Tarjeta; así como en total reserva la Clave Personal, la misma que debe modificar directamente las veces que considere conveniente, especialmente cuando presuma que esta pudiera haber transcendido a terceros. El CLIENTE asume la responsabilidad total por las transacciones que se efectúen utilizando la Clave Personal. El CLIENTE no será responsable de ninguna pérdida por las operaciones realizadas en los siguientes casos, salvo que MIBANCO demuestre la responsabilidad del CLIENTE en los mismos: (i) cuando estas hayan sido realizadas luego de que MIBANCO fuera notificado del extravío, sustracción, robo, hurto o uso no autorizado de la tarjeta, o de la información que contiene; (ii) en caso MIBANCO no cuente con un sistema de atención que permita al CLIENTE comunicar el extravío o sustracción de su tarjeta de débito o información, cargos indebidos u operaciones no reconocidas, el mismo que deberá estar disponible las 24 horas del día, todos los días del año; (iii) cuando las tarjetas hayan sido objeto de clonación; (iv) por el funcionamiento defectuoso de los canales o sistemas puestos a disposición del CLIENTE por MIBANCO para efectuar operaciones; (v) por la manipulación de los cajeros automáticos y terminales de transacción con MIBANCO o los ambientes en que estos operan; (vi) cuando se haya producido la tarjeta de dé- bito y suplantación del usuario en las oficinas; (vii) operaciones denominadas “micropago” pactadas con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente en el mismo acto titular; (viii) operaciones realizadas luego de la recepción cancelación de la tarjeta o cuando esta haya expirado. El CLIENTE, sin que la presente numeración sea limitativa, debe adoptar las siguientes medidas de seguridad: (i) antes de realizar la primera operación, el CLIENTE debe cambiar su Clave Personal, (ii) la Clave Personal debe ser de fácil recordación pero no debe incluir datos de fácil asociación con el CLIENTE (como cumpleaños, documento de identificad, o similares), (iii) cuando digite su Clave Personal, el CLIENTE deberá taparla para evitar que terceros tengan acceso a la misma, y (iv) la Tarjeta es personal e intransferible, por tanto el CLIENTE no deberá entregarla a ningún tercero. La Tarjeta permite el acceso en acto separado. 2. Los comprobantes la secuencia establecida por MIBANCO, a las distintas cuentas o depósitos, en moneda nacional o extranjera, que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente CLIENTE hubiera afiliado; así como a otros servicios que MIBANCO ofrece bajo las respectivas condiciones y opera a través de las transacciones oficinas, cajeros automáticos, vía Internet u otros medios y/o servicios de MIBANCO, así como de una amplia red de establecimientos, puntos de venta, bancos corresponsales del país, cajeros corresponsables, banca telefónica, y otros canales que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales MIBANCO ponga a disposición del CLIENTE. La utilización de transac- cionesla Tarjeta dentro o fuera del país procederá solamente si las cuentas o depósitos tienen fondos disponibles. En todas MIBANCO podrá establecer límites para las operaciones que se realicen realizan con la Tarjeta, los que podrán diferenciarse según los distintos canales de atención. El CLIENTE deberá consultar tales límites en virtud del presente la página web u oficinas de MIBANCO. El tipo de cuenta, operaciones y servicio a los que se puede acceder con la Tarjeta, así como las modalidades y restricciones de su empleo, pueden ser modificados o suprimidos por MIBANCO, lo que será previamente informado al CLIENTE a través de los medios de comunicación establecidos. El CLIENTE se obliga a seguir las normas y condiciones aplicables a cada servicio, . MIBANCO no asume responsabilidad en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto los establecimientos afiliados a los registros del Banco sistemas de tarjetas de débito se negasen a aceptarlas. Tampoco se responsabiliza por la negativa a la devolución, ni por la calidad, cantidad y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente otras características de las agencias del Banco, mercaderías y/o bien, me- diante servicios que adquiera el CLIENTE en los puntos de venta y/o prestación de servicios adquiridos con el uso de terminales la Tarjeta. El CLIENTE debe comunicar de transacción o cajero automáticoinmediato a MIBANCO, hasta por las cantidades utilizando los medios que este haya dispuesto para tal efecto y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente que constan en la tarjeta página web de MIBANCO, la pérdida, extravío o electrónicamente sustracción de la Tarjeta aún en los casos en que la Tarjeta haya sido retenida en un cajero electrónico de MIBANCO o de la red de bancos corresponsables, oportunidad en la que se le proporcionará un código de bloqueo registrando el día y la hora de dicha comunicación. Salvo las excepciones expresamente establecidas por la legislación aplicable, las consecuencias por la falta de observancia de la obligación antes descrita, aún por fuerza mayor o caso fortuito, son de exclusiva responsabilidad del CLIENTE, quién asumirá las operaciones o consumos realizados en forma irregular o fraudulenta con anterioridad a la hora del aviso que dé a MIBANCO para bloquear la Tarjeta. Podrán emitirse tantas Tarjetas como titulares tengan las cuentas afiliadas al sistema, para operar con las Claves personales que cada usuario establezca, sobre todas o aquellas cuentas que señalen, siempre y cuando las cuentas sean de disposición indistinta de ellos. Cuando las transacciones que realice el CLIENTE usando la Tarjeta, o por otros medios autorizados por MIBANCO sean en monedas distintas a las de la cuenta, MIBANCO podrá cargar su importe en las secuencias que tenga establecidas, por el equivalente al monto de la moneda pertinente y al tipo de cambio (venta o compra si se carga una cuenta de moneda extranjera) que tenga vigente MIBANCO en el sistemamomento del cargo para el canal en que se realiza la operación, y cuyo producto abonará al beneficiario, quedando liberado de toda responsabilidad por eventuales diferencias de tipo de cambio. El Cliente a través En casos de las tarjetas suspensión de débito podrá acreditar su cuenta corriente servicios o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a cierre de cuentas, MIBANCO puede exigir al CLIENTE devolver de inmediato la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, Tarjeta; en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda CLIENTE asumirá todas las 24 horasresponsabilidades por el uso irregular de la misma. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempoMIBANCO está autorizado a retener, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/directamente o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ellaotras entidades afiliadas a su sistema, aquellas Tarjetas que le sean presentadas para cualquier transacción y cuya vigencia haya expirado o caducado por cualquier causa. Las condiciones para uso de la Tarjeta y de la Clave Personal podrán ser modificadas por MIBANCO, bastando para ello una comunicación al CLIENTE, de acuerdo a los medios de comunicación pactados. El Banco establecerá el importe CLIENTE acepta que la continuación en la realización de operaciones a través de los aranceles distintos canales puestos a disposición por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro MIBANCO y aceptado que requieran el uso de la tarjeta Tarjeta o Clave Personal significará la total aceptación de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad nuevas condiciones por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al BancoCLIENTE. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Condiciones Generales Y Especiales De Las Cuentas Y Servicios Bancarios

TARJETA DE DÉBITO. 1A. EL CLIENTE podrá solicitar la emisión de una tarjeta de débito, para acceso y utilización de los servicios de transacciones por medio xx xxxxxxx de distribución automatizados o sistemas de transmisión electrónica de datos, en los cuales no tienen intervención directa los funcionarios o empleados de EL BANCO, tales como los TEDs, ATMs o POS emitida por EL BANCO, que se regirá de acuerdo a las modalidades operativas que permite el presente contrato y, los contratos suscriptos por EL BANCO con los proveedores del sistema de la red de servicios de tarjeta de débito y de TEDs, ATM y POS, por lo que EL CLIENTE exonera desde ya de toda responsabilidad a EL BANCO, de todo error, daño o perjuicio que resulte de la utilización de dichos servicios administrados por terceros que no fuese directamente imputable a EL BANCO. B. Será emitida una tarjeta de débito para cada titular de la cuenta de ahorro y/o cuenta corriente, la que tendrá grabado el nombre del titular, un número exclusivo para dicha tarjeta y una banda magnética para el acceso a los servicios electrónicos de los TEDs, ATM y POS. La tarjeta es de propiedad de EL BANCO y es de uso personal e intransferible; sólo podrá ser utilizada por la persona a cuyo nombre fue emitida y figura grabada en ella. El Cliente plazo de validez de la tarjeta será hasta la fecha de vencimiento que constará en el cuerpo de la misma. No obstante, las tarjetas perderán validez antes de su vencimiento por decisión de EL BANCO o del CLIENTE debidamente notificada por escrito o por telegrama colacionado, debiendo en este caso, EL CLIENTE devolver la tarjeta dentro de las 24 (veinticuatro) horas de serle comunicada la revocación de la autorización para el uso de la tarjeta, siendo responsable por cualquier modificación que se produzca en las cuentas por el uso de la tarjeta, hasta tanto éstas sean devueltas. EL BANCO se reserva el derecho de arbitrar los medios para recuperar la tarjeta y podrá dar instrucciones para que sea retenida por cualquier comercio adherido al sistema, para lo cual el CLIENTE presta su conformidad. C. Los costos administrativos que originan los servicios serán pagados por EL CLIENTE. EL CLIENTE acepta que tales costos y cualquier otro gasto o impuesto que origine el sistema, que son publicados de manera mensual por EL BANCO, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 2 Acta Nº 123 del 15/11/2001 y la Resolución Nº 2 Acta Nº 73 del 07/11/2007 del B.C.P. y sus modificaciones, sean debitados automáticamente de su cuenta, para lo cual se obliga a mantener la suficiente provisión de fondos. El no cobro de dichos costos por EL BANCO, no significa ni deberá interpretarse como renuncia de su derecho de reclamar su cobro en períodos posteriores. D. El CLIENTE podrá utilizar los cajeros automáticos TEDs, ATMs y terminales de transacción POS con la tarjeta de dé- bito débito emitida por EL BANCO, y, accederá al sistema mediante una clave o número de identificación personal (PIN) creado por EL CLIENTE, o mediante otros medios de autenticación establecidos por EL BANCO que EL CLIENTE acepta como válidas. La utilización de estos mecanismos de autenticación se limitará exclusivamente a uso personal del CLIENTE y con sustituirá a la firma del mismo, acordando el PIN proporcionados mismo valor jurídico a ambas identificaciones, quedando reconocido por el BancoCLIENTE lo mencionado en forma irrevocable, sin admitir prueba en contrario, considerándose toda transacción realizada por este medio como realizada xx xxxx y letra del CLIENTE. Se reitera E. El CLIENTE reconoce y acepta como prueba de las transacciones que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personalefectúe en los equipos TEDs, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente en el mismo acto de la recepción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes ATM y POS los informes emitidos por las respectivas terminales electrónicas que contengan el número de su tarjeta o cuenta, así como las constancias contables y electrónicas que se registren en el sistema de débito del Cliente constituirán prueba suficiente EL BANCO y/o de las transacciones entidades que intervengan en el mismo realice en cajeros automáticos y terminales procesamiento. Además, EL CLIENTE acepta los saldos de transac- cionescuenta que emita EL BANCO por el uso de la tarjeta, app o XXX, al tiempo que la releva de la obligación xxx xxxxxxx bancario al cursar y/o procesar operaciones a través de los servicios. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicioSerá indispensable, en caso de reclama- ción por parte del Clientedivergencias, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente CLIENTE de todos los comprobantes de las operaciones y los elementos de control obtenidos por el mismo al en el momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente F. EL CLIENTE se obliga a girar su cuenta sobre fondos propios. EL CLIENTE podrá efectuar retiros de su cuenta personal y directamente de las agencias del BancoEL BANCO o, o bien, me- diante vía electrónica en el sistema mediante el uso de terminales la APP ueno, su tarjeta, los TEDs, ATM habilitados o bien mediante el uso de los POS habilitados con autorización de débito en su cuenta y pago al comercio adherido al sistema, en cuya Terminal de transacción o cajero automáticoestá operando, hasta por las cantidades en cobertura de sus compras de bienes y número servicios de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistemadicha empresa. El Cliente a través También podrá hacer averiguaciones de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo saldos y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente EL CLIENTE con su tarjeta y el PIN clave personal u otro mecanismo de autenticación en una terminal de transacción seránXXX, ATM o POS, de ser aceptadas por el sistema, serán procesadas instantáneamente en la cuenta del Clientesu cuenta. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Contrato Único De Productos Y Servicios Bancarios

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente podrá utilizar los cajeros automáticos y terminales Cuando EL CLIENTE opte por una cuenta con Tarjeta de transacción con Débito, las operaciones a través de la tarjeta de dé- bito y con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personaldébito, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente estarán sujetas a las condiciones generales indicadas en el mismo acto presente contrato, así como las disposiciones que se detallan a continuación: 15.1. La Tarjeta de Débito es personal e intransferible y se emitirá a favor de una persona física, necesariamente Titular de una Cuenta de Ahorro en APAP o que sea autorizada por este. La tarjeta estará vigente hasta la recepción fecha de expiración indicada en la tarjeta misma tarjeta, procediéndose a su renovación de forma automática salvo manifestación en contra por parte de su titular o en acto separadopor decisión de APAP. 215.2. Los comprobantes EL CLIENTE recibirá una tarjeta que contengan el número le servirá para efectuar compras de tarjeta bienes y servicios en los establecimientos afiliados, así como retiros en las redes de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos especificados en dicha tarjeta y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicio, en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente de las agencias del Banco, o bien, me- diante el uso de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente cualquier otra operación permitida a través de las tarjetas los dispositivos de débito podrá acreditar su cuenta corriente acceso de APAP o caja afiliados a la misma. 15.3. Las reclamaciones de ahorros con débitos EL CLIENTE derivadas del uso de la Tarjeta de Débito se harán directamente a APAP por escrito por cualquier medio elegido por EL CLIENTE, sea presencial, alterno, electrónico o cualquiera de los medios que APAP ha puesto a su cuenta asignada disposición, la cual procederá a dar curso a la tarjeta siempre reclamación de acuerdo a lo establecido por la regulación vigente. EL CLIENTE deberá suministrar la documentación que existan fondos en sustenta la citada cuenta en las terminales reclamación, para los casos que aplique, sin que esto presente una limitante para la apertura formal de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Clientedicha reclamación. 415.4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia EL CLIENTE podrá otorgar tarjetas adicionales a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la mismaquienes desee, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión persona designada será Adicional de la tarjeta titular Tarjeta de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro Débito, pudiendo retirar y aceptado que consumir mediante el uso de la tarjeta otorgada. EL CLIENTE acepta de débito podrá generar a cargo manera expresa toda la responsabilidad y consecuencia del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen estas tarjetas adicionales expedidas a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Bancosu solicitud. 615.5. En caso EL CLIENTE elegirá un número clave para la Tarjeta de extravío o robo Débito, así como cuantos números claves como tarjetas adicionales, estos últimos serán asignados por EL CLIENTE adicional, cuando haya, que será(n) de la tarjeta el Clientesu exclusivo conocimiento, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento el(los) cual(es) será(n) intransferible(s) y será(n) imprescindible(s) para operar su cuenta de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción ahorro sin libreta a través de los cajeros automáticos y terminales en puntos de ventas que lo requieran. EL CLIENTE libera a APAP de toda la responsabilidad, compromiso, demanda o acción, sin que la presente enumeración sea limitativa, que se derive del uso indebido de las terminales de transaccioneseste número, o en caso la usurpación por parte de supresión de serviciosterceros, uso del chantaje, violencia física o moral, etc., con miras a la obtención o utilización del mismo, salvo lo estipulado en el Articulo 15.8. Asimismoliteral h. 15.6. APAP autoriza a EL CLIENTE a utilizar su tarjeta dentro y fuera de la República Dominicana (si aplica) en cajeros automáticos y puntos de venta. Dicho uso está sujeto al balance disponible en el momento de la transacción. Queda convenido entre las partes que siempre que EL CLIENTE utilice su tarjeta de la República Dominicana en el extranjero, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento contrae la obligación de pago en dólares de los equipos electrónicos Estados Unidos de América, cuyo equivalente en pesos dominicanos, será cargado a su cuenta, de acuerdo con la tasa de cambio vigente en el mercado libre de divisas de la República Dominicana, al momento de la presentación de la transacción. Dicho cargo incluirá cualquier impuesto, tarifa de cambio y comisiones por uso internacional o local que no fueren atribuibles existan o fijen las autoridades monetarias, a las tasas que estuviesen en vigor al Bancomomento de producirse el cargo de que se trate, las cuales EL CLIENTE declara conocer, en tanto se encuentran disponibles para su información en APAP. 815.7. Las operaciones realizadas por medio EL CLIENTE se obliga a: a) Conservar la Tarjeta de Débito, cuya propiedad corresponde a APAP, y a usarla exclusivamente de conformidad con las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre instrucciones que se realicen faciliten en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nescada momento. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Cuenta De Ahorro

TARJETA DE DÉBITO. 1Cuando se trate de CUENTA(S) CORRIENTE(S) o de AHORROS PERSONAL(ES), EL BANCO entregará a EL (LOS) CLIENTE(S), una tarjeta de débito, exceptuando los casos en que la cuenta sea mancomunada (modalidad “Y”), las cuales no podrán utilizar este tipo de tarjetas y/o transacciones. El Cliente podrá utilizar los cajeros automáticos y terminales uso de transacción con la tarjeta de dé- bito y con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente en el mismo acto de la recepción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de esta tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicio, en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto a los registros del Banco términos y específicamente condiciones descritos a los registros efectuados continuación: EL BANCO entregará a EL CLIENTE una TARJETA DE DÉBITO la cual sólo podrá ser utilizada en forma electrónica luego de ser activada por EL CLIENTE y cuyo uso para retiro de fondos o pagos en establecimientos comerciales u otras transacciones implementadas por EL BANCO en el equipo futuro, estará sujeto al balance disponible de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo LA CUENTA CORRIENTE y/o LA CUENTA DE AHORROS al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su la transacción, quedando EL BANCO autorizado a cargar a dicha cuenta directamente de las agencias del Banco, o bien, me- diante el uso de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles retiros de fondos o de consumos efectuados en el mismo momento de su realización. EL BANCO no asume ninguna responsabilidad en el caso de que no se complete la transacción, aún exista provisión de fondos en LA(S) CUENTA(S), debido a desperfectos ocasionados en los equipos, por emisión circunstancias de la tarjeta titular de fuerza mayor o caso fortuito, o por EL (LOS) CLIENTE(S) haber violado las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado normas que rigen el uso de la tarjeta TARJETA DE DÉBITO. EL (LOS) CLIENTE(S) reconoce(n) y acepta(n) que el saldo disponible en su(s) CUENTA(S) será afectado de débito inmediato por uso de la TARJETA DE DÉBITO por consumos, cargos o retiro de efectivo; b) EL BANCO también podrá generar emitir tarjetas adicionales a cargo del cliente, gastos, costos y comisionesnombre de la (s) persona(s) que indique EL (LOS) CLIENTE(S), para los usos contemplados en el Banco presente documento, sujeto al balance disponible de LA CUENTA CORRIENTE y/o LA CUENTA DE AHORROS al momento de la transacción. Estas transacciones quedarán a cargo de EL (LOS) CLIENTE(S), aun cuando sean realizadas con la tarjeta adicional; d) EL BANCO entregará a EL (LOS) CLIENTE(S) junto con la TARJETA DE DÉBITO un número de identificación personal (PIN) o código secreto asignado por EL BANCO, necesario para el uso de la misma; e) EL (LOS) CLIENTE(S) reconoce(n) que la seguridad de la TARJETA DE DÉBITO y la confidencialidad del código secreto es de su total responsabilidad por lo que EL BANCO no asume responsabilidad alguna en los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s casos en que EL (LOS) CLIENTE(S) por su negligencia, imprudencia u otras causas imputables a EL (LOS) CLIENTE(S), revele a terceros el código secreto y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora entregue voluntariamente la TARJETA DE DÉBITO a terceros; ni en el caso de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes que EL (LOS) CLIENTE(S) no pueda(n) utilizar su TARJETA DE DÉBITO debido a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. que se le haya olvidado su código secreto; f) En caso de que el cliente notifique código secreto sea marcado incorrectamente tres (3) veces consecutivas, EL (LOS) CLIENTE(S) reconoce(n) que la transacción quedará rechazada; g) En caso de que EL (LOS) CLIENTE(S) desee(n) cambiar su código secreto, deberán dirigirse personalmente a EL BANCO a recodificar su TARJETA DE DÉBITO o a través de los medios que EL BANCO habilite para tales fines; h) La TARJETA DE DÉBITO se emite a título personal y es intransferible. EL (LOS) CLIENTE(S) como único(s) beneficiario(s) de la TARJETA DE DÉBITO, reconoce(n) que la misma es propiedad de EL BANCO y la devolverá(n) a solicitud de éste; i) EL BANCO emitirá una TARJETA DE DÉBITO para cada titular de las cuentas mancomunadas con firmas distintas y tarjetas adicionales solicitadas por EL (LOS) CLIENTE(S). En este caso cada tarjeta tendrá un número diferente con el propósito de identificar al Banco usuario, con su decisión propio código secreto; j) Sujeto a las regulaciones que fijen las autoridades monetarias, EL BANCO autoriza a EL (LOS) CLIENTE(S) a utilizar la TARJETA DE DÉBITO dentro y fuera de desvincularse del serviciola República Dominicana para adquirir bienes y servicios en los establecimientos comerciales que hayan celebrado convenios para la aceptación de la TARJETA DE DÉBITO así como para cualquier otra transacción a ser implementada por EL BANCO en el futuro, deberá re- tornar sujeto al Banco balance disponible de LA(S) CUENTA(S) CORRIENTE(S) o LA(S) CUENTA(S) DE AHORROS al momento de la tarjeta personalizada del titulartransacción, quedando EL BANCO autorizado a cargar a dicha(s) cuenta(s) el importe de los retiros de fondos o de consumos efectuados en el mismo momento de su realización. La responsabilidad por También podrá utilizarla para hacer transacciones de retiro de efectivo y consultas de balances en los Cajeros Automáticos afiliados a ATH, MAESTRO, CIRRUS u otra entidad bancaria adquiriente de TARJETA DE DÉBITO; y en los Cajeros Automáticos de la RED de EL BANCO así como redes locales e internacionales; k) Mediante el uso de la tarjeta luego TARJETA DE DÉBITO, EL (LOS) CLIENTE(S) también podrá(n) realizar transferencias, depósitos, pago de préstamos, y de tarjetas de crédito u otros servicios, sujeto al balance disponible de LA(S) CUENTA(S) CORRIENTE(S) y/o LA(S) CUENTA(S) DE AHORROS al momento de la desvinculación ya sea transacción, quedando EL BANCO autorizado a cargar a dicha(s) cuenta(s) el importe de los retiros de fondos o de consumos efectuados en el mismo momento de su realización; l) Queda convenido que cuando EL (LOS) CLIENTE(S) utilice(n) su TARJETA DE DÉBITO en el extranjero, contrae(n) una obligación de pago en Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica cuyo equivalente en Pesos Dominicanos será cargado a su cuenta a la tasa de cambio establecida por EL BANCO de acuerdo con el clientemercado privado de divisas. Dicho cargo podrá incluir, personas además, cargos por servicios, intereses, comisiones y los impuestos que fijen las autoridades, los cuales se aplicarán de acuerdo con las tarifas de cargos vigentes en el Tarifario de Productos y Servicios de EL BANCO vigente al momento de la aplicación, el cual estará disponible en las sucursales de EL BANCO, así como en internet banking o cualquier otro medio o canal que EL BANCO decida implementar en el futuro. EL BANCO podrá modificar de tiempo en tiempo las tarifas de cargos lo cual informará a EL (LOS) CLIENTE(S), a través de sus sucursales, así como en la plataforma internet banking de EL BANCO o cualquier otro medio o canal que EL BANCO decida implementar en el futuro; m) EL (LOS) CLIENTE(S) es (son) enteramente responsable(s) de su tarjeta y en caso de pérdida, deberá(n) informar a EL BANCO en lo inmediato por teléfono, por escrito o cualquier otro medio verificable disponible, detallando las circunstancias del caso para que EL BANCO pueda bloquear la tarjeta e investigar el caso. EL (LOS) CLIENTE(S) reconoce(n) que será(n) responsable(s) de los cargos realizados a su(s) CUENTA(S) por terceras personas, autorizadas o tercerosno por EL (LOS) CLIENTE(S), cuando los mismos se mantienen deban a cargo la imprudencia, negligencia u otras causas imputables a EL (LOS) CLIENTE(S). Adicionalmente EL (LOS) CLIENTE(S) deberá(n) cubrir el costo de reposición del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas plástico establecido en el TARIFARIO BDI vigente al Banco. 6. momento de la aplicación; n) En caso de extravío robo o uso no autorizado de la misma, sospecha de clonación, robo de identidad o fraude, EL (LOS) CLIENTE(S) deberá(n) informar a EL BANCO en lo inmediato por teléfono, por escrito o cualquier otro medio verificable disponible, detallando las circunstancias del caso para que EL BANCO pueda bloquear la tarjeta e investigar el caso. EL (LOS) CLIENTE(S) reconoce(n) que será(n) responsable(s) de los cargos realizados a su(s) CUENTA(S) por terceras personas, autorizadas o no por EL (LOS) CLIENTE(S), cuando los mismos se deban a la imprudencia, negligencia u otras causas imputables a EL (LOS) CLIENTE(S). Adicionalmente EL (LOS) CLIENTE(S) deberá(n) cubrir el costo de reposición del plástico establecido en el TARIFARIO BDI vigente al momento de la aplicación; o) La TARJETA DE DÉBITO se mantendrá vigente mientras esté abierta la cuenta a la que corresponda y su renovación se hará automáticamente a discreción de EL BANCO. EL (LOS) CLIENTE(S) reconoce(n) que EL BANCO puede modificar el período de vigencia de la tarjeta o retirar el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato derecho al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia uso de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé misma previo aviso a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su casoEL (LOS) CLIENTE(S). 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Global Agreement for Accounts and Products

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente podrá utilizar Las personas naturales titulares de una Cuenta de Ahorro Mas recibirán una tarjeta de débito, que es un plástico emitido por EL BANCO a EL CLIENTE o a los cajeros automáticos y terminales adicionales de transacción éste, que sirve para múltiples propósitos: i) como medio de pago para ser utilizado en los puntos de servicio (en cuyo caso, el monto de las transacciones efectuadas será debitado por EL BAN CO de los fondos existentes en la cuenta de depósito bancario relacionada con la tarjeta de dé- bito y débito; ii) como instrumento para disponer de los fondos existentes en la cuenta de depósito bancario a la vista relacionada con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta de débito, o bien, iii) como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente instrumento para hacer consultas a EL BANCO sobre saldos u operaciones relacionadas con la cuenta de depósito que EL CLIENTE mantiene en el mismo acto de la recepción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicio, en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficienteEL BANCO. En caso de divergencia robo, extravió o sustracción de la tarjeta de débito, EL CLIENTE queda obligado a dar aviso inmediato a EL BANCO, y será responsable del uso que un tercero, con respecto a las transacciones realizadas será indispensable firma falsa o sin ella, hiciere de la presentación tarjeta hasta la recepción del aviso por parte de EL BANCO. Para tales fines, EL BANCO pondrá a disposición de EL CLIENTE el teléfono 0000-0000 con servicio las 24 horas del Cliente día con el fin de todos los elementos recibir informes sobre robo, extravío o perdida de control obtenidos la tarjeta para su bloqueo o cancelación de forma inmediata por el mismo al momento parte de autorizar las transacciones cuestionadas. 3EL BANCO. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente EL BANCO llevara un registro de las agencias del Banconotificaciones que EL CLIENTE haga de la perdida, extravío o bien, me- diante el uso destrucción de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final debiendo suministrar a EL CLIENTE un numero de saldos y verificado notificación que evidencie el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicioreporte efectuado. La falta responsabilidad de comunicación por parte EL CLIENTE cesara una vez que éste realice la notificación. EL CLIENTE podrá encontrar en la página web de EL BANCO el reglamento del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito débito, o bien podrá generar a cargo solicitar copia del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, mismo en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o cualquiera de las terminales agencias de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al BancoEL BANCO. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Account Agreement

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente podrá utilizar los cajeros automáticos y terminales de transacción con la tarjeta de dé- bito y con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado 16.1 Interbank entregará al Cliente en el mismo acto la Tarjeta de Débito (Tarjeta), que puede tener soporte físico o representación electrónica o digital a través de la recepción cual éste podrá realizar operaciones y acceder a los servicios que Interbank le ofrezca. Con esta Tarjeta, el usuario puede adquirir bienes o servicios en los establecimientos afiliados que los proveen, pagar obligaciones, efectuar el retiro de los depósitos realizados a través de los canales puestos a disposición por la tarjeta o en acto separado. 2empresa emisora u otros servicios asociados, dentro de los límites y condiciones pactados, debitándose los montos correspondientes de sus depósitos. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas Para las operaciones que se realicen con cargo a los depósitos previamente constituidos, Interbank habilitará y brindará un servicio de notificaciones para los usuarios, para que se les informe de las operaciones realizadas con sus tarjetas de acuerdo a lo establecido en virtud del presente el artículo 16 de Reglamentode Tarjeta de Crédito y Débito. Los titulares pueden solicitar la habilitación o deshabilitación de este servicio, en caso de reclama- ción por parte del Clientecualquier momento, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente de las agencias del Banco, o bien, me- diante el uso de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticosmecanismos establecidos por Interbank. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular Interbank es responsable de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red pérdidas por las operaciones realizadas en los siguientes casos, salvo cuando acredite la responsabilidad del Cliente: (i) Por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, (ii) Cuando las tarjetas hayan sido objeto de clonación, (iii)Por el funcionamiento defectuoso de los canales o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes sistemas puestos a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios disposición del Banco G , Cliente para todas las efectuar operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco (iv) Por la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través manipulación de los cajeros automáticos o de los ambientes en que estos operan, puestos a disposición por Interbank o por terceros con los cuales este tiene convenio, (v) Cuando se haya producido la suplantación del Cliente en las terminales oficinas de transaccionesInterbank, (vi) Operaciones denominadas micropago, (vii) Operaciones realizadas luego del bloqueo o cancelación de la tarjeta o cuando la tarjeta haya expirado, (viii) Operaciones asociadas a servicios no solicitados o habilitados por el Cliente, relacionadas a: (a) Operaciones realizadas a través de internet, desde páginas web y/o aplicaciones dedispositivos móviles, entre otros, distintos a los provistos por Interbank; y (b) Operaciones efectuadas en el exterior de forma presencial, (ix) Cuando el esquema de autenticación del Cliente para la realización deestas operaciones no cumpla con los requerimientos mínimos de seguridad establecidos en la normativa vigente. En caso no se cumpla con ninguno de los supuestos anteriores; y de producirse el extravío, sustracción, robo, hurto o uso no autorizado de la tarjeta, o en caso de supresión la información que contiene, Interbank es responsablede las operaciones realizadas con posterioridad a la comunicación efectuada a Interbank por parte del Cliente para informar tales hechos. 16.2 La Clave Secreta es de serviciosuso estrictamente personal e intransferible. La Clave Secreta que Interbank entregue al Cliente, etcsolo debe ser utilizada para que se cree una nueva Clave Secreta antes de realizar la primera operación. AsimismoLuego de ello, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento Cliente podrá efectuar operaciones, a través de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio establecimientos afiliados a los sistemas de las tarjetas de débito y en los canales electrónicos que ofrece Interbank 16.3 El Cliente acepta expresamente que el uso de la referida Tarjeta y la Clave Secreta sustituyen su firma para los efectos de cualquier operación con cargo a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre las Cuentas. Interbank no estará obligado a exigir documento adicional (salvo operaciones que se realicen en horario laboral. En cualquier caso Tienda donde el Banco no será responsable por eventuales demoras cliente deberá presentar su Documento Oficial de Identidad), ni a identificar al portador de la Tarjeta, en cómputo de las transaccio- nesel entendido que la Clave Secreta es estrictamente personal y secreta. 9. Los pagos emergentes 16.4 Con la Tarjeta se pueden realizar transacciones, en Soles y Dólares, en la red de cajeros automáticos y establecimientos afiliados a la marca de la afiliación al sistemaTarjeta en el país y en el extranjero. De igual manera, pagos podrá hacer operaciones en páginas web distintas a las de Interbank, para lo cual deberá tener las medidas de seguridad necesarias para evitar cualquier tipo de fraude. . El cliente deberá ser informado previamente de los servicios públicos u otros que se cursen adicionales como (i) transacciones efectuadas en el exterior de forma presencial y (ii)operaciones realizadas a través de internet, desde páginas web y/o aplicaciones de dispositivos móviles, entre otros, distintos a los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido provistos por Interbank; y solo podrán ser habilitados con el destinatario consentimiento del pago cliente. El cliente tendrá la posibilidad de habilitarlos al momento de la contratación o de forma posterior, y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora deshabilitarlos en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente así lo requiera, mediante cualquier mecanismo que Interbank ponga su disposición, el cual no deberá ser más complejo a favor del Bancolos que Interbank haya puesto a su disposición para habilitarlos. 16.5 En el caso que el Cliente tenga varias cuentas, los consumos que realice con las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios se cargarán en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos una cascada predeterminada por Interbank, procediendo Interbank a debitar de la suma efectivamente adeudada primera cuenta que encuentre con saldo suficiente para cubrir el importe del consumo. 16.6 El Retiro de efectivo en Cajeros Automáticos de Interbank se podrá realizar de dos modalidades: 16.6.1 Retiro con selección de cuenta: el Cliente elige la cuenta de donde se le debitará el monto solicitado siempre y cuando cuente con saldo suficiente para cubrir el importe del retiro. 16.6.2 Retiro rápido: se seguirá devengando hasta debita de la cancelación total de las mismasprimera cuenta que encuentre el sistema con saldo suficiente paracubrir el importe del retiro, según cascada predeterminada por Interbank.

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Samples: Contrato De Servicios Financieros

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente podrá utilizar Las personas naturales titulares de una Cuenta Corriente Cash recibirán una tarjeta de débito, que es un plástico emitido por EL BANCO a EL CLIENTE o a los cajeros automáticos y terminales adicionales de transacción éste, que sirve para múltiples propósitos: i) como medio de pago para ser utilizado en los puntos de servicio (en cuyo caso, el monto de las transacciones efectuadas será debitado por EL BAN CO de los fondos existentes en la cuenta de depósito bancario relacionada con la tarjeta de dé- bito y débito; ii) como instrumento para disponer de los fondos existentes en la cuenta de depósito bancario a la vista relacionada con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta de débito, o bien, iii) como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado al Cliente instrumento para hacer consultas a EL BANCO sobre saldos u operaciones relacionadas con la cuenta de depósito que EL CLIENTE mantiene en el mismo acto de la recepción de la tarjeta o en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicio, en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficienteEL BANCO. En caso de divergencia robo, extravió o sustracción de la tarjeta de débito, EL CLIENTE queda obligado a dar aviso inmediato a EL BANCO, y será responsable del uso que un tercero, con respecto a las transacciones realizadas será indispensable firma falsa o sin ella, hiciere de la presentación tarjeta hasta la recepción del aviso por parte de EL BANCO. Para tales fines, EL BANCO pondrá a disposición de EL CLIENTE el teléfono 0000-0000 con servicio las 24 horas del Cliente día con el fin de todos los elementos recibir informes sobre robo, extravío o perdida de control obtenidos la tarjeta para su bloqueo o cancelación de forma inmediata por el mismo al momento parte de autorizar las transacciones cuestionadas. 3EL BANCO. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente EL BANCO llevara un registro de las agencias del Banconotificaciones que EL CLIENTE haga de la perdida, extravío o bien, me- diante el uso destrucción de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final debiendo suministrar a EL CLIENTE un numero de saldos y verificado notificación que evidencie el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicioreporte efectuado. La falta responsabilidad de comunicación por parte EL CLIENTE cesara una vez que éste realice la notificación. EL CLIENTE podrá encontrar en la página web de EL BANCO el reglamento del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito débito, o bien podrá generar a cargo solicitar copia del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, mismo en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o cualquiera de las terminales agencias de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al BancoEL BANCO. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados o por obligaciones vencidas serán puestos junto con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.

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Samples: Cuenta Corriente

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente Banco podrá utilizar los cajeros automáticos y terminales de transacción con la tarjeta de dé- bito y con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado entregar al Cliente en el mismo acto de la recepción de la tarjeta Depositante una o en acto separado. 2. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas las operaciones que se realicen en virtud del presente servicio, en caso de reclama- ción por parte del Cliente, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente de las agencias del Banco, o bien, me- diante el uso de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las varias tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente (principales o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada adicionales) vinculadas a la tarjeta siempre Cuenta a efecto que existan fondos pueda utilizarla en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco cajeros automáticos, comercios afiliados o en otros puntos de servicio en los cajeros automáticos. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red por las operaciones o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios del Banco G , para todas las operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través de los cajeros automáticos o de las terminales de transacciones, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a acepte la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados El Depositante recibirá la o las tarjetas de débito bajo las siguientes condiciones: La o las tarjetas de débito serán recibidas en calidad de depósito con obligación de firmarlas de inmediato y devolverlas al Banco al terminar el contrato por cualquier causa. El Banco fijará el monto máximo de retiro de efectivo que el Cuentahabiente puede hacer por medio de la Tarjeta, así como la periodicidad de los mismos. Para pago de servicios en los cajeros automáticos, solo se recibirá efectivo o débitos a cuenta. Para efecto de lo establecido en esta cláusula, el Cuentahabiente autoriza expresamente al Banco para que pueda debitar sus cuentas de depósitos monetarios y de ahorro, o cualquier otro tipo de depósitos o saldos a su favor, por las transacciones efectuadas con la tarjeta o por obligaciones vencidas las tarjetas adicionales autorizadas. De la Tarjeta de débito: Cada tarjeta es de uso personal e intransferible y tendrá un número de identificación personal (PIN). La tarjeta se entregará al Cuentahabiente en la agencia del Banco en que la haya solicitado, mediante mensajería o cualquier otro medio que el Banco disponga, quedando habilitada a partir de ese momento. El Cuentahabiente es responsable de grabar y cambiar el número de identificación personal a uno de su exclusivo y único conocimiento y cuya confidencialidad será de su responsabilidad, desligando al Banco de toda responsabilidad u obligación en cuanto al mal uso, descuido, negligencia o práctica incorrecta de dicha información y del manejo y uso de la tarjeta. El Cuentahabiente se obliga a firmar la tarjeta al recibirla y se compromete a: (i) Custodiarla; (ii) No dar a conocer su número de identificación personal a terceros; (iii) Hacer uso adecuado de los servicios; y, (iv) Notificar inmediatamente al Banco en caso de extravío, pérdida o sustracción de la tarjeta. Sin perjuicio de lo anterior el Cuentahabiente en caso de robo o extravío de su tarjeta se obliga a dar aviso de inmediato al Banco por cualquier medio, en horas hábiles; comprometiéndose a ratificarlo por escrito dentro de las veinticuatro horas siguientes, o el día hábil siguiente, según corresponda. El Banco queda facultado para destruir las tarjetas emitidas que no hayan sido retiradas y aquellas retenidas por los cajeros automáticos después de cumplir los tres meses de permanecer sin retirar y serán puestos junto por cuenta del Cuentahabiente los costos de emisión o reposición, en caso de que la solicite nuevamente. Tarjetas Adicionales: El Cuentahabiente bajo su más estricta responsabilidad podrá solicitar al Banco la emisión de tarjetas adicionales, cada una para el uso exclusivo de las personas autorizadas por él, contra las cuentas que él establezca, de conformidad con los procedimientos y requisitos vigentes en el Banco al momento de su documentación donde solicitud, las que estarán sujetas a los mismos términos y condiciones contempladas en el presente contrato. Plazo de la tarjeta de débito: La tarjeta de débito se emite por el plazo que el Banco establezca en la misma; y su uso podrá hacerse siempre que el Cuentahabiente mantenga una cuenta activa de depósitos en el Banco; y finalizará cuando el Banco lo disponga considere necesario, o a disposición requerimiento del Cliente quien será exclusivo responsable por Cuentahabiente. En estos casos el Cuentahabiente se obliga a devolver inmediatamente la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin tarjeta al Banco sin necesidad de intimación judicial requerimiento alguno. Comisiones y recargos: El Banco cobrará comisiones o extrajudicialrecargos por este servicio y modificarlos cuando lo estime necesario, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx inclusive la reposición de tarjetas podrá ser cobrada. El cuentahabiente autoriza expresamente al máximo que cobre el Banco para que pueda debitar de cualquiera de sus cuentas de depósitos los descubiertos transitorios en cuenta corrientemontos necesarios para este fin. Dicho interés se calculará sobre los saldos Exención de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total Responsabilidad: El Cuentahabiente exime de responsabilidades al Banco por cualquiera de las mismas.siguientes causas: pérdida, sustracción, robo, extravío, falta de aviso de cualquiera de éstas, asalto o

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Samples: Contrato De Apertura De Cuenta De Depósitos Monetarios, Depósitos De Ahorro

TARJETA DE DÉBITO. 1. El Cliente podrá utilizar los cajeros automáticos y terminales de transacción con la tarjeta de dé- bito y con el PIN proporcionados por el Banco. Se reitera que tanto la tarjeta como dicho código serán estrictamente personal, siendo su divulgación exclusiva responsabilidad del cliente. Este códi- go podrá ser entregado 16.1 Interbank entregará al Cliente en el mismo acto la Tarjeta de Débito (Tarjeta), que puede tener soporte físico o representación electrónica o digital a través de la recepción cual éste podrá realizar operaciones y acceder a los servicios que Interbank le ofrezca. Con esta Tarjeta, el usuario puede adquirir bienes o servicios en losestablecimientos afiliados que los proveen, pagar obligaciones, efectuar el retiro de los depósitos realizados a través de los canales puestos a disposición por la tarjeta o en acto separado. 2empresa emisora u otros servicios asociados, dentro de los límites y condiciones pactados, debitándose los montos correspondientes de sus depósitos. Los comprobantes que contengan el número de tarjeta de débito del Cliente constituirán prueba suficiente de las transacciones que el mismo realice en cajeros automáticos y terminales de transac- ciones. En todas Para las operaciones que se realicen con cargo a los depósitos previamente constituidos, Interbank habilitará y brindará un servicio de notificaciones para los usuarios, para que se les informe de las operaciones realizadas con sus tarjetas de acuerdo a lo establecido en virtud del presente el artículo 16 de Reglamentode Tarjeta de Crédito y Débito. Los titulares pueden solicitar la habilitación o deshabilitación de este servicio, en caso de reclama- ción por parte del Clientecualquier momento, se estará siempre sujeto a los registros del Banco y específicamente a los registros efectuados por el equipo de procesamiento de datos. El Cliente declara que acepta como valor probatorio los registros de la computadora del Banco y el documento electrónico valdrá como original constituyendo prueba suficiente. En caso de divergencia con respecto a las transacciones realizadas será indispensable la presentación por parte del Cliente de todos los elementos de control obtenidos por el mismo al momento de autorizar las transacciones cuestionadas. 3. El Cliente podrá efectuar retiros de su cuenta directamente de las agencias del Banco, o bien, me- diante el uso de terminales de transacción o cajero automático, hasta por las cantidades y número de extracciones o transacciones programadas magnéticamente en la tarjeta o electrónicamente en el sistema. El Cliente a través de las tarjetas de débito podrá acreditar su cuenta corriente o caja de ahorros con débitos a su cuenta asignada a la tarjeta siempre que existan fondos en la citada cuenta en las terminales de transacción ubicadas en las oficinas del Banco o en los cajeros automáticosmecanismos establecidos por Interbank. Asimismo el Cliente podrá realizar consultas sobre saldo y otros servicios presentes o futuros que pudieran presentarse. Podrá además autorizar transacciones con débito a su cuenta y pago al esta- blecimiento en cuya terminal de transacción esté. Las transacciones ordenadas por un Cliente con su tarjeta y el PIN en una terminal de transacción serán, de ser aceptadas por el sistema, procesadas instantáneamente en la cuenta del Cliente. 4. El servicio se prestará por el término o plazo que el Banco otorgue de vigencia a la tarjeta o hasta que el Banco a su solo arbitrio decida bloquear o anular la misma, en cuyo caso el Banco comunicará esta decisión al cliente en un plazo que no exceda las 24 horas. A su vencimiento se renovará auto- máticamente por igual tiempo, salvo decisión expresa en contrario comunicada al Banco, debiendo acompañarse en forma indefectible la tarjeta entregada al cuentacorrentista y/o ahorrista. En este supuesto, el Banco antes de cancelar el servicio y la cuenta corriente y/o caja de ahorro en su caso sobre la cual se utiliza la tarjeta, realizará una conciliación final de saldos y verificado el mismo pro- cederá a la cancelación y exclusión del servicio. La falta de comunicación por parte del cliente con 30 días de anticipación al vencimiento del servicio implicará su conformidad tácita para la renova- ción del mismo y habilitará al Banco para el cobro del arancel vigente. Producido el vencimiento del servicio, la tarjeta perderá su validez, rechazándose por lo tanto toda operación que se intentase a través de ella. El Banco establecerá el importe de los aranceles por emisión de la tarjeta titular Interbank es responsable de las renovaciones/cuota anual de las mismas. Asimismo queda claro y aceptado que el uso de la tarjeta de débito podrá generar a cargo del cliente, gastos, costos y comisiones, para el Banco y/o los otros Bancos o Entidades xxxxxx de los ATM´s y/o los establecimientos y/o Administradora o Procesadora de la Red pérdidas por las operaciones realizadas en los siguientes casos, (i) Por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, (ii) Cuando las tarjetas hayan sido objeto de clonación, (iii)Por el funcionamiento defectuoso de los canales o transacciones efectuadas por los usuarios, en cuyo caso debitarán de sus cuentas afectadas los montos correspondientes sistemas puestos a dichos conceptos. Las comisiones establecidas son: - En ATM´s propios disposición del Banco G , Cliente para todas las efectuar operaciones, - En ATM´s de otro Banco, G por las extracciones de efectivo y G 5. En caso de que el cliente notifique al Banco su decisión de desvincularse del servicio, deberá re- tornar al Banco (iv) Por la tarjeta personalizada del titular. La responsabilidad por el uso de la tarjeta luego de la desvinculación ya sea por el cliente, personas autorizadas o terceros, se mantienen a cargo del firmante y sus autorizados hasta tanto las tarjetas sean devueltas al Banco. 6. En caso de extravío o robo de la tarjeta el Cliente, se comprometen a dar aviso inmediato al de- partamento de al teléfono , y por escrito al Banco, a más tardar 48 hs. después de haber tomado conocimiento del incidente, acompañando constancia de la correspondiente denuncia efectuada ante una autoridad policial. Además, deberá acompañar la respectiva orden de bloqueo. El Cliente será responsable del uso que eventualmente se dé a la tarjeta, hasta la recepción de la denuncia escrita por el Banco o la entidad procesadora en su caso. 7. El Banco no será responsable en caso que el Cliente no pueda realizar alguna transacción a través manipulación de los cajeros automáticos o de las terminales de transaccioneslos ambientes en que estos operan, o en caso de supresión de servicios, etc. Asimismo, el Banco no será responsable puestos a disposición por los daños y perjuicios que pudieran surgir por el mal funcionamiento de los equipos electrónicos y que no fueren atribuibles al Banco. 8. Las operaciones realizadas por medio de las tarjetas de débito a través de terminales de transac- ción serán computadas por el Banco en tiempo real siempre que se realicen en horario laboral. En cualquier caso el Banco no será responsable por eventuales demoras en cómputo de las transaccio- nes. 9. Los pagos emergentes de la afiliación al sistema, pagos de servicios públicos u otros que se cursen a través de los cajeros automáticos quedan sujetos a las condiciones que se haya convenido con el destinatario del pago y se efectuarán con débito a la cuenta que corresponde a la tarjeta de débito. Los pagos mal cursados Interbank o por obligaciones vencidas serán puestos junto terceros con su documentación donde el Banco lo disponga a disposición del Cliente quien será exclusivo responsable por la mora en sus obligaciones con terceros. 10. Sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, desde el momento que se produzca y regis- tren deudas del cliente a favor del Banco, las mismas devengarán automáticamente un interés equi- xxxxxxx al máximo que cobre el Banco para los descubiertos transitorios en cuenta corriente. Dicho interés se calculará sobre los saldos de la suma efectivamente adeudada y se seguirá devengando hasta la cancelación total de las mismas.cuales este tiene convenio,

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