Cargos. El presente Acuerdo y la interconexión que el mismo regula no supondrán el pago de cargo alguno por parte de CABAL o del Administrador.
Cargos. Los cargos son una compensación en dinero de los perjuicios ocasionados por una operación errada o por el incumplimiento de una obligación. SBASE podrá recurrir al cargo para hacer efectuar por terceros o con su propio personal los trabajos no ejecu- tados por el Contratista en su oportunidad y adicionará a su valor un recargo xxx xxxx- ce por ciento (15%). La aplicación del cargo no libera al Contratista de la responsabili- dad por cualquier consecuencia de la operación errada o por el incumplimiento de su obligación ni la exime de la aplicación de las sanciones que pudieren corresponderle. Previamente a la aplicación del cargo la Dirección de Obra intimará al Contratista a subsanar o cumplir con la obligación en un plazo perentorio.
Cargos. (a) El Cliente deberá pagar a Deswik los cargos por los Servicios.
Cargos. El BANCO podrá establecer de tiempo en tiempo cargos o tarifas por el uso de los cajeros automáticos.
Cargos. LA CAJA cobrará a EL CLIENTE un cargo anual por la tarjeta de débito. Adicionalmente, se realizarán los siguientes cargos:
Cargos. El BANCO podrá establecer en el futuro los cargos correspondientes a membrecía y por transacción, en cuyo caso el CLIENTE asumirá tales cargos así como los cargos propios de las transacciones que realice y que se encuentren vigentes en el BANCO, quedando el BANCO autorizado para debitar de su(s) cuentas dichos cargos. En caso de que el CLIENTE no esté conforme con los mismos, podrá dar por terminado el Contrato Único cumpliendo para el procedimiento establecido para tal fin.
Cargos. Nombre Cliente cancelará a EL TRANSPORTADOR los siguientes cargos de conexión detallados en el Anexo de Cargos de Conexión, los cuales deberán ser actualizados con el Índice de Precios al Productor Oferta Interna (IPP) certificado por el DANE vigente a la fecha de facturación: Por el aumento de la capacidad de la red para atender su conexión: Un valor mensual de __________________, cuyo valor se encuentra a pesos de _________________ y serán pagaderos dentro los treinta (30) días calendario siguientes al recibo de la factura que remita EL TRANSPORTADOR, para lo cual EL TRANSPORTADOR emitirá la correspondiente facturación. PARÁGRAFO PRIMERO: Las Partes acuerdan que la metodología del cargo de conexión que corresponde a este contrato está definida completamente en este contrato y solamente será modificada en el evento que la regulación expresamente así lo indique. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL TRANSPORTADOR está facultado para cobrar los valores aquí mencionados durante toda la vigencia del presente Contrato así Nombre Cliente, por su voluntad, culpa o dolo, no haga uso de los Activos de Conexión. PARÁGRAFO TERCERO – XXXX: En caso de que Nombre Cliente incurra en xxxx en el pago, deberá reconocer a EL TRANSPORTADOR un interés equivalente a la tasa de interés máxima legal vigente en la fecha de pago. Los pagos que realice Nombre Cliente, se aplicarán a los intereses xx xxxx calculados a partir de la fecha de vencimiento hasta la fecha en que se efectúe el pago y luego a capital de conformidad con el Artículo 881 del Código de Comercio. En el evento en que Nombre Cliente esté en xxxx en su obligación contractual de los Cargos, EL TRANSPORTADOR podrá exigir mediante el cobro por el trámite del proceso ejecutivo, si así lo considera necesario, el pago del saldo insoluto y de sus intereses xx xxxx, con base en la copia del Contrato y de las respectivas facturas de cobro expedidas por EL TRANSPORTADOR, acompañada de la certificación de EL TRANSPORTADOR sobre la cuantía adeudada y las fechas en que se hicieron exigibles, documentos estos que prestarán mérito ejecutivo sin necesidad de requerimiento alguno, notificación, constitución en xxxx, autenticación o reconocimiento. PARÁGRAFO CUARTO - GLOSAS: En caso de presentarse glosas a la factura emitida por EL TRANSPORTADOR que puedan referirse a errores aritméticos, fecha de vencimiento incorrecta, cobro de conceptos no contemplados en el Contrato, o conceptos incorrectos, se glosará la factura por el concepto y/o valor incor...
Cargos. Por el servicio convenido en cada punto de entrega el cliente pagará: El cargo por capacidad de suministro que se facturará mensualmente estará compuesto por la suma de dos conceptos: importe por capacidad en horario pico e importe por capacidad en horario fuera de pico, que se definen a continuación: • Importe por capacidad en horario pico: se calcula multiplicando el cargo por potencia de pico contenido en el Cuadro Tarifario aprobado por la Autoridad de Aplicación para ser aplicado por la CONCESIONARIA, por la demanda de potencia en pico (mayor valor entre la convenida y la registrada para dicho período). • Importe por capacidad en horario fuera de pico: se calcula multiplicando el cargo por potencia fuera de pico contenido en el Cuadro Tarifario aprobado por la Autoridad de Aplicación para ser aplicado por la CONCESIONARIA, por la demanda de potencia fuera de pico (mayor valor entre la convenida y la registrada para dicho período). 17.1.2.-Los excesos de demanda del cliente serán facturados sin recargo si fueran menores o iguales al cinco por ciento (5%) de la capacidad de suministro convenida para cada tramo horario, a condición de que los excesos no hayan ocurrido más de tres veces consecutivas, o cinco (5) alternadas durante los últimos doce (12) meses. En todos los demás casos, los excesos serán penalizados con un recargo del cincuenta por ciento (50%) respecto de la tarifa establecida para la potencia de cada tramo horario en el Cuadro Tarifario. La facturación de los excesos será realizada por la CONCESIONARIA en el período en que se registraron los mismos. 17.1.3.-Cuando un suministro de carácter permanente sea dado de alta o de baja, abarcando consumos por un período menor que el de facturación, el cargo por capacidad de suministro para cada tramo horario se facturará en forma directamente proporcional a la cantidad de días en que se efectuó el suministro. Tratándose de servicios de carácter transitorio, tales como parques de diversiones, circos, obras, etc. y cuando el suministro se hubiere prestado durante parte de un período de facturación, el cargo por capacidad de suministro para cada tramo horario será facturado íntegramente por todo el período cuando sean dados de alta y directamente proporcional al mismo cuando sean dados de baja. 17.1.4.-En los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que disminuya o anule la capacidad de consumo del cliente, una vez reconocidos definitivamente los hechos, se facturará la potencia máxima promedio de q...
Cargos. EL TARJETA-HABIENTE se obliga a pagar a EL ACREDITANTE O EL EMISOR los siguientes cargos:
Cargos. Los cargos son una sanción compensatoria en dinero de los perjuicios ocasionados por una operación errada o por el incumplimiento de una obligación. El Gobierno podrá recurrir al cargo para hacer efectuar por terceros o con su propio personal los trabajos no ejecutados por el Contratista en su oportunidad y facturará su costo con un recargo del quince por ciento (15%).