Cargos Cláusulas de Ejemplo
Cargos. El presente Acuerdo y la interconexión que el mismo regula no supondrán el pago de cargo alguno por parte de CABAL o del Administrador.
Cargos. Los cargos son una compensación en dinero de los perjuicios ocasionados por una operación errada o por el incumplimiento de una obligación. SBASE podrá recurrir al cargo para hacer efectuar por terceros o con su propio personal los trabajos no ejecu- tados por el Contratista en su oportunidad y adicionará a su valor un recargo xxx xxxx- ce por ciento (15%). La aplicación del cargo no libera al Contratista de la responsabili- dad por cualquier consecuencia de la operación errada o por el incumplimiento de su obligación ni la exime de la aplicación de las sanciones que pudieren corresponderle. Previamente a la aplicación del cargo la Dirección de Obra intimará al Contratista a subsanar o cumplir con la obligación en un plazo perentorio.
Cargos. Los cargos son una sanción compensatoria en dinero de los perjuicios ocasionados por una operación errada o por el incumplimiento de una obligación. El Gobierno podrá recurrir al cargo para hacer efectuar por terceros o con su propio personal los trabajos no ejecutados por el Contratista en su oportunidad y facturará su costo con un recargo del quince por ciento (15%).
Cargos. El BANCO podrá establecer en el futuro los cargos correspondientes a membrecía y por transacción, en cuyo caso el CLIENTE asumirá tales cargos así como los cargos propios de las transacciones que realice y que se encuentren vigentes en el BANCO, quedando el BANCO autorizado para debitar de su(s) cuentas dichos cargos. En caso de que el CLIENTE no esté conforme con los mismos, podrá dar por terminado el Contrato Único cumpliendo para el procedimiento establecido para tal fin.
Cargos. La fiduciaria cobrará los Cargos que a continuación se señalan, por los siguientes conceptos: Hasta - $499,999 1.0% $500,000 - $999,999 0.6% $1,000,000 - en adelante 0.2% Hasta - $499,999 1.0% $500,000 - $999,999 0.6% $1,000,000 - en adelante 0.2%
a) Los cargos que a continuación se mencionan se utilizarán para el pago correspondiente de la prima de seguro de acuerdo al tipo de plan contratado: CONCEPTO MULTITRUST NO DEDUCIBLE/PPR/CEA MULTITRUST PLAN PERSONAL DE RETIRO (DERECHOS ADQUIRIDOS) MULTITRUST PLAN PERSONAL DE RETIRO CORPORATIVO Por Mantenimiento: Estos porcentajes serán descontados sobre el valor del Fondo Individual que se calculará diariamente y se cobrará al final de cada mes calendario o al momento de la cancelación. 0.8% anualizado Aplica al momento en el que el Fideicomitente Adherente es dado de baja de la Empresa en la que tiene la prestación del Plan de Pensiones y es administrado por la operadora y la aseguradora de Old Mutual, y decide continuar con su Plan Personal de Retiro. Por Anualidad: Este cargo se cobrará al cumplimiento de cada aniversario del Contrato de seguro o al momento de la cancelación o retiro total. Este cargo se actualizará año con año y aplicará el ajuste en el mes de febrero 6 Unidades de Medida y Actualización (UMA) 6 Unidades de Medida y Actualización (UMA) 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA) Aplica al momento en el que el Fideicomitente Adherente es dado de baja de la Empresa en la que tiene la prestación del Plan de Pensiones y es administrado por la operadora y la aseguradora de Old Mutual, y decide continuar con su Plan Personal de Retiro. Por Retiro Anticipado o Cancelación Automática: Dependiendo del año vida del contrato en que el Fideicomitente Adherente realice un retiro total se aplicara este cargo o cuando Old Mutual solicité la cancelación automática por las razones señaladas en la cláusula primera correspondiente a la definición de “Cancelaciones Automáticas”. No aplica 1 $2,250.00 2 $1,500.00 3 $750.00 4 $0.00 1 $1,500.00 2 $600.00 3 $300.00 4 $0.00 En caso de que ocurra un siniestro no aplicará el cargo de anualidad, siempre y cuando se haya entregado toda la documentación que requiere la aseguradora para considerar efectivo el siniestro.
Cargos. El BANCO podrá establecer de tiempo en tiempo cargos o tarifas por el uso de los cajeros automáticos.
Cargos. LA CAJA cobrará a EL CLIENTE un cargo anual por la tarjeta de débito. Adicionalmente, se realizarán los siguientes cargos:
a) Cargo por reemplazo en caso de que la tarjeta se dañe o extravíe.
Cargos. 2.1 Los Cargos que ocasiona este Contrato incluyen los conceptos de Cargo Fijo, Cargo Variable y Cargo Fijo por AO&M, indicados en el Contrato.
2.2 El valor del Servicio durante el Mes de Entregas y que se factura mensualmente, corresponde a la suma de tres conceptos:
2.2.1 Por concepto de Cargo Fijo por Inversión, igual a la Capacidad en Firme Contratada multiplicada por la duodécima parte del Cargo Fijo por Inversión descrito en el Contrato para el respectivo Gasoducto de Transporte. El Cargo Fijo por Inversión se causará a partir de la Fecha de Comienzo del Servicio estipulada en las Condiciones Particulares del presente Contrato.
2.2.2 Por concepto de Cargo Variable, el cual es equivalente a los Volúmenes Entregados por el REMITENTE multiplicado por el Cargo Variable descrito en las Condiciones Particulares para el respectivo Gasoducto de Transporte. El Cargo Variable se causará a partir de la Fecha de Comienzo del Servicio estipulada en las Condiciones Particulares del presente Contrato.
2.2.3 Por concepto de Cargo Fijo por AO&M, igual a la Capacidad en Firme Contratada multiplicada por la duodécima parte del Cargo Fijo por AO&M descrito en las Condiciones Particulares para el respectivo Gasoducto de Transporte. El Cargo Fijo por AO&M se causará a partir de la Fecha de Comienzo del Servicio estipulada en las Condiciones Particulares del presente Contrato independiente de que se utilice o no.
2.3 Los valores de Cargos expresados en dólares se tomarán con tres (3) cifras decimales así: si la cuarta cifra decimal es menor a cinco (5), la tercera cifra decimal se mantiene, y si la cuarta cifra decimal es mayor o igual a cinco (5), la tercera cifra decimal se incrementa en uno (1), y los valores de cargos expresados en pesos se tomarán en números enteros. Los Cargos deberán ser actualizados de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Resolución CREG 126 de 2010 o aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. De no ser posible actualizar los cargos por cambios en la regulación se deberá utilizar el IPC para actualizar los cargos en pesos colombianos y el PPI (Serie ID: WPSFD41312) para actualizar los cargos en dólares o el que haga sus veces.
Cargos. La Fiduciaria tendrá derecho a descontar los Cargos que a continuación se señalan de acuerdo al producto contratado, por los siguientes conceptos:
a) Los cargos que a continuación se mencionan se utilizarán para el pago correspondiente de la prima de seguro: CARGO SKANDIA CREA SKANDIA VISIÓN FLEX CARGO SKANDIA CREA SKANDIA VISIÓN FLEX
b) Los cargos enlistados a continuación se refieren a gastos por la administración del Fideicomiso y gestión de los portafolios: CARGO SKANDIA CREA SKANDIA VISIÓN FLEX CARGO SKANDIA CREA SKANDIA VISIÓN FLEX
a) En caso de que se lleve a cabo la cancelación automática del contrato y de haber descontado todos los cargos e impuestos correspondientes queda un saldo a favor y no es retirado por el Fideicomitente Adherente.
b) En caso de que se deje de pagar la prima de seguro por la edad máxima asegurable especificada en las Condiciones Generales, y que el Fideicomitente Adherente no solicite el retiro de su Fondo Individual en Administración.
c) En cualquier otro supuesto donde el Fideicomiso deje de realizar el pago de la prima.
Cargos. EL CLIENTE acepta pagar a EL BANCO un cargo por membrecía anual que será determinado por EL BANCO, en caso de que EL BANCO así lo disponga. Además EL CLIENTE acepta pagar todas las tarifas y comisiones asociadas con los productos y servicios que obtenga de EL BANCO, incluyendo los de la RED DE ACH, de acuerdo a la tarifas y comisiones que suministrará EL BANCO a EL CLIENTE. Queda entendido que EL BANCO podrá modificar los cargos de membrecía anual y las tarifas y comisiones asociadas con los productos y servicios a que se refiere este acuerdo, lo cual será comunicado en la forma en que se establece en la cláusula 11 de este acuerdo. Queda entendido y convenido que EL CLIENTE correrá con todos los impuestos, tasas, tributos o contribuciones que recaen o lleguen a recaer sobre las operaciones que realice a través de EL SERVICIO DE INTERNET.