TERMINACION ANTICIPADA. LA CONVOCANTE PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES, ORIGINALMENTE CONTRATADO Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARA ALGUN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO O SE DETERMINE LA NULIDAD DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO CON MOTIVO DE LA RESOLUCION DE UNA INCONFORMIDAD O INTERVENCION DE OFICIO EMITIDO POR LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA O LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO.
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Samples: Supply Agreement
TERMINACION ANTICIPADA. LA CONVOCANTE PODRÁ EL INSTITUTO PODRA DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO, CONTRATO CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS INTERES GENERAL, O BIEN BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES, BIENES O EL SERVICIO ORIGINALMENTE CONTRATADO Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, PACTADAS SE OCASIONARA OCASIONARIA ALGUN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO ESTADO, O SE DETERMINE LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO CONTRATO, CON MOTIVO DE LA RESOLUCION DE UNA INCONFORMIDAD O INTERVENCION DE OFICIO EMITIDO EMITIDA POR LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA O LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO.S.F.P.
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Samples: Licitación Pública Internacional
TERMINACION ANTICIPADA. LA CONVOCANTE PODRÁ DAR LAS PARTES CONVIENEN QUE EL PRESENTE CONTRATO PODRA DARSE POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATOANTICIPADAMENTE, CUANDO CONCURRAN RAZONES SIN NECESIDAD DE INTERÉS GENERALDECLARACION JUDICIAL, EN CUALQUIER MOMENTO Y SIN EXPRESION DE CAUSA, MEDIANTE ESCRITO QUE SE ENVIE A LA CONTRAPARTE, CON TREINTA DIAS DE ANTICIPACION, O BIEN CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES, ORIGINALMENTE CONTRATADO Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO PRESENTE ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARA ALGUN DAÑO CAUSAS SEÑALADAS EN EL CODIGO CIVIL FEDERAL O PERJUICIO DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES AL ESTADO O SE DETERMINE PRESENTE INSTRUMENTO. EN ESTE CASO “EL REGISTRO” SOLO ESTARA OBLIGADO A PAGAR A “LA NULIDAD DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO CON MOTIVO CORPORACION” LAS REMUNERACIONES DEVENGADAS POR ESTE HASTA EL MOMENTO DE LA RESOLUCION DE UNA INCONFORMIDAD O INTERVENCION DE OFICIO EMITIDO POR LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA O LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADOTERMINACION.
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TERMINACION ANTICIPADA. LA CONVOCANTE PODRÁ EL INSTITUTO PODRA DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO, CONTRATO CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS INTERES GENERAL, O BIEN BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES, BIENES O EL SERVICIOS ORIGINALMENTE CONTRATADO CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE DEMUESTREN QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, PACTADAS SE OCASIONARA OCASIONARIA ALGUN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO ESTADO, O SE DETERMINE LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO CONTRATO, CON MOTIVO DE LA RESOLUCION DE UNA INCONFORMIDAD O INTERVENCION DE OFICIO EMITIDO EMITIDA POR LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA O LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO.S.F.P.
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Samples: Licitación Pública Internacional