Titularidad de las Acciones. El Vendedor es propietario de las Acciones, con todos los derechos que les son propios a las acciones Clase D de la Compañía. Las Acciones representan el catorce con noventa por ciento (14,90%) del capital social de la Compañía (contando cualquier opción, aporte no capitalizado, derecho a recibir acciones en la Compañía o cualquier título valor o de deuda convertible en acciones como si ese derecho o conversión se hubiera materializado), se encuentran debidamente emitidas, totalmente integradas y se venden y transfieren, libres de cargas y Gravámenes o de cualesquiera otros derechos de terceros, excepto por las restricciones establecidas en el artículo 7 del Estatuto Social y en cumplimiento de la Ley del 1933. La Compañía no ha emitido ni otorgado opciones, títulos de cualquier naturaleza convertibles en acciones, derechos a recibir o suscribir acciones, ni existen aportes no capitalizados de cualquier naturaleza.
Titularidad de las Acciones. El Vendedor es propietario en pleno domino y por justo título de las Acciones descritas en el Expositivo II del presente Contrato.
Titularidad de las Acciones el Dador es el único titular y beneficiario legal del 100 % de las acciones emitidas y en circulación del Deudor y esas acciones están libres de cualquier gravamen, retención, derecho de garantía, opción u otro cargo o gravamen, y el Dador tiene derecho pleno, facultad y autoridad para prendar y otorgar el derecho de garantía sobre las Acciones conforme al presente Contrato de Prenda.