Titularidad y riesgo de pérdida Cláusulas de Ejemplo

Titularidad y riesgo de pérdida. El riesgo de pérdida de los Bienes pertenece al Vendedor, hasta que dichos Bienes se reciban en la ubicación del Comprador. Sin perjuicio de las disposiciones restrictivas que indiquen lo contrario, la titularidad de los planos, dibujos y especificaciones de los Bienes es del Comprador, quien la mantendrá y podrá utilizar con cualquier fin. La titularidad de los Bienes pasará al Comprador, una vez que este los haya aceptado, salvo que se especifique lo contrario en la Orden. Si el Comprador realiza pagos escalonados, la titularidad de los Bienes se transferirá a este una vez se hayan realizado los pagos, y en las mismas proporciones en las que los pagos acumulativos se devenguen del precio total estipulado en la Orden. El Vendedor también identificará dichos Bienes como propiedad del Comprador, salvo si este renuncia a esa identificación.
Titularidad y riesgo de pérdida. La titularidad y el riesgo de pérdida o daños al/a los Producto(s) otorgado(s) en virtud del presente Contrato serán retenidos por el Contratista hasta que MSH o su consignatario, representante o la persona que MSH designe para tal fin, reciba la entrega y acepte el/los Producto(s) en el lugar de destino especificado en el Contrato. La titularidad y el riesgo de pérdida o daños serán transferidos a MSH únicamente cuando medie la aceptación final de MSH del/de los Producto(s), independientemente del momento o del lugar donde MSH tome posesión física.
Titularidad y riesgo de pérdida. A menos de que se estipule lo contrario en la primera página de la presente Orden, la titularidad, riesgo de pérdida y gastos de transporte se transferirán al Comprador una vez que se alcance la dársena del Comprador. El Vendedor se compromete a asegurar los productos hasta el destino en las instalaciones del Comprador.
Titularidad y riesgo de pérdida. La titularidad pasa al Comprador tras la entrega de las Mercancías en el Lugar de entrega. El Proveedor asume todo riesgo de pérdida o daños a las Mercancías hasta la entrega de las mismas en el Lugar de entrega.
Titularidad y riesgo de pérdida. El título y el riesgo de pérdida pasan al Comprador al momento de la entrega de los Bienes en el Punto de Entrega.
Titularidad y riesgo de pérdida. 1. Garantía de Título La Vendedora garantiza que tiene título libre de defectos y restricciones ocultas sobre los Artículos, libre de todo derecho de retención y gravamen, y hará la tradición legal a la Compradora. La Vendedora de manera afirmativa renuncia a todo derecho de retención, ya sea que esté basado en la ley o en el derecho consuetudinario, que la Vendedora pueda de otra manera tener sobre cualesquiera Artículos.
Titularidad y riesgo de pérdida. El título y el riesgo de pérdida de los Artículos permanece con la Vendedora hasta que los Artículos hayan sido entregados y aceptados por la Compradora o su agente o consignatario autorizado en el lugar especificado en la Orden. Si la Compradora rechaza o rehúsa aceptar la oferta o la entrega de cualesquiera Artículos, cuando los Artículos ofertados o entregados no cumplan con las especificaciones u otros requisitos de la Orden, o cuando se entregan más Artículos de los pedidos, entonces el título y el riesgo de pérdida con respecto a los Artículos permanecerá con la Vendedora hasta que esta corrija los defectos en su desempeño o hasta que la Compradora acepte los Artículos no conformes por escrito. I. Despacho, Marcaje, Embalaje 1. La Vendedora debe enviar y entregar los Artículos FCA instalaciones de la Vendedora (Incoterms 2010). La Vendedora debe empacar, marcar y embarcar apropiadamente todos los envíos de conformidad con los requisitos de la Compradora y el transportista común y de una manera que garantice los precios de transporte más bajos. La Vendedora debe marcar apropiadamente todos los materiales designados por ley o reglamento como peligrosos. En caso que la Compradora incurra algún costo o gasto debido a que la Vendedora deja de cumplir alguna de sus obligaciones según esta sección, la Vendedora deberá reembolsar de inmediato a la Compradora. En caso que la Vendedora emplee un método de envío más caro para cumplir una fecha de entrega requerida, la Vendedora deberá pagar el costo adicional.
Titularidad y riesgo de pérdida. Cuando el Cliente adquiere un Componente de Máquina directamente de IBM, IBM transfiere la titularidad de dicho Componente al Cliente o, si corresponde, a su arrendador, con la tradición del Componente de Máquina. Para cada Componente de Máquina, IBM asume los riesgos de pérdida o daño hasta el momento en que dicho Componente de Máquina se entrega al transportista designado por IBM para que lo entregue al Cliente o a la ubicación indicada por el Cliente. A partir de entonces, el Cliente asume los riesgos. Cada Componente de Máquina estará cubierto por un seguro, contratado y pagado por IBM a favor del Cliente, que cubrirá el periodo que transcurra hasta la entrega del Componente de Máquina al Cliente o a la ubicación designada por el Cliente. En caso de pérdida o daño, el Cliente deberá i) informar sobre la pérdida o el daño por escrito a IBM dentro de los 10 días laborables siguientes a la fecha de entrega y ii) seguir el procedimiento de reclamación aplicable.
Titularidad y riesgo de pérdida. 9.1. Se considerará que la titularidad y el riesgo de pérdida de todos los Dispositivos se han transferido a Lenovo en el momento de la entrega de los Dispositivos al transportista de Lenovo. 9.2. A petición de Lenovo, usted se compromete a ejecutar y entregar, o a hacer que se ejecuten y entreguen, todos los documentos o instrumentos adicionales que puedan ser razonablemente necesarios para demostrar dicha transferencia de titularidad a Lenovo. 9.3. Usted declara y garantiza a Lenovo que el Cliente tiene la propiedad de los Dispositivos, libre de cargas y gravámenes, y el derecho a transferir la propiedad y posesión de dichos Dispositivos a Lenovo de conformidad con el Contrato.

Related to Titularidad y riesgo de pérdida

  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 21.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Comprador, deberá tener una sucursal financiera en el país del Comprador que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la oferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 21.5 de las IAO; (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAO; 21.3 Si la Subcláusula 21.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto como sea posible una vez que el Oferente adjudicado haya suministrado su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 20.2 de las IAO; o; (b) si el Oferente seleccionado no: (i) firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO; (ii) suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO. 21.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá ser emitido en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el subpárrafo 7 del Formulario de Información sobre el Oferente, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 21.7 Si en los DDL no se exige una Garantía de Mantenimiento de Oferta, y (a) un Oferente retira su Oferta durante el período de tiempo de validez señalado por él en la Carta de la Oferta, con excepción de lo dispuesto en la Subcláusula 20.2 de las IAO o (b) el Oferente seleccionado no firma el Contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO, o no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO; el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Oferente no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del Contratante durante el período que se estipule en los DDL.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.

  • Omisiones o Inexactas Declaraciones El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a La Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. La omisión o inexacta declaración de los hechos importantes a que se refiere el párrafo anterior, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el Contrato, aunque no hayan influido en la ocurrencia del siniestro.

  • MEDIDAS DE SEGURIDAD El contratista quedará sujeto a las medidas de seguridad que se aplican en la Cámara.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.