DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. 2.1 “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR LOS BIENES DESCRITOS EN EL ANVERSO DE ESTE DOCUMENTO DE ACUERDO A LA CANTIDAD, CALIDAD, PRECIO, Y LUGAR FIJADO, DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN EL MISMO; LOS DÍAS DE ENTREGA SE ENTENDERÁN COMO NATURALES; LA EXPRESIÓN “ENTREGA INMEDIATA”, SIGNIFICA, QUE LA ENTREGA DEBE DE EFECTUARSE DENTRO DE UNA PLAZO NO MAYOR A TRES DÍAS. EN PLAZOS, LA ENTREGA CONTARÁ A PARTIR DE LA ACEPTACIÓN DEL CONTRATO PEDIDO. 2.2 NO SE DEBERÁN ENTREGAR BIENES DISTINTOS O EQUIVALENTES A LO ESTIPULADO, CON EXCEPCIÓN DE AUTORIZACIÓN PREVIA Y POR ESCRITO DE LA PARTE SOLICITANTE.
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. 5.1 Las partes establecen que la entrega de LOS BIENES se realizará directamente por el(los) proveedor(es) a LA ARRENDATARIA según los términos acordados entre ambas partes, pudiendo éste realizar entregas parciales cuando
5.2 La entrega de LOS BIENES, se considera efectuada cuando EL BANCO realice el desembolso total o parcial para la adquisción de LOS BIENES y/o cuando estos se encuentren a disposición de LA ARRENDATARIA, y/o hayan sido recibidos, lo que ocurra primero; lo cual podrá ser acreditado bajo cualquier medio. La recepción se entenderá efectuada aún cuando por cualquier circunstancia, LA ARRENDATARIA se demorara o negara a recibir LOS BIENES o el(los) proveedor(es) no haya(n) hecho entrega de parte de él o sus accesorios, asumiendo la responsabilidad de los daños que pueda causar LOS BIENES.
5.3 Asimismo, la fecha de recepción y entrega de LOS BIENES o de las entregas parciales de ser el caso, también podrán constar en el documento “ACTA DE RECEPCIÓN Y ENTREGA” que suscribirá LA ARRENDATARIA a más tardar a la firma de la escritura pública que origine la presente. Si LA ARRENDATARIA no cumple con suscribir el acta en su oportunidad, se entenderá que LOS BIENES han sido recibidos satisfactoriamente, liberando de toda responsabilidad a EL BANCO.
5.4 Serán de cargo exclusivo de LA ARRENDATARIA los gastos que demande la entrega de LOS BIENES, así como asumir los riesgos de su entrega, transporte e instalación por el(los) proveedor(es) o por terceros, por lo que LA ARRENDATARIA queda obligada a contratar un Seguro contra Todo Riesgo a su cuenta y costo; asumir los riesgos por, avería, demora, mal funcionamiento, entrega deficiente o cualquier otra dificultad sin importar su naturaleza, quedando LA ARRENDATARIA obligada y autorizada por EL BANCO a formular todos los reclamos y acciones que resulten necesarios contra quienes corresponda. Asimismo, LA ARRENDATARIA exime de toda responsabilidad a EL BANCO por las consecuencias o implicancias que pudieran derivarse de los retrasos o incumplimientos del(los) proveedor(es) por la adquisición de LOS BIENES; así como, las que se deriven de la pérdida o deterioro de LOS BIENES o de la pérdida o disminución de los ingresos previstos por LA ARRENDATARIA o del incremento de sus costos o gastos; o que por cualquier motivo o circunstancia el título de adquisición de LOS BIENES se vea perjudicado, inclusive por la aplicación de las preferencias a que se refiere el artículo 1136° del Código Civil.
5.5 La falta de uti...
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. 3.1. El PROVEEDOR de conformidad con el presente contrato, deberá entregar los bienes solicitados en la fecha estipulada; sin menoscabo de que dentro del plazo establecido efectúe entregas parciales.
3.2. El PROVEEDOR acepta lo señalado en el presente contrato comprometiéndose a entregar la totalidad de los bienes en el plazo indicado con las especificaciones requeridas.
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. EL VENDEDOR, efectuará la entrega de los 205 Estabilizadores Monofasicos de 1000w, en los almacenes de la Oficina de Logística de la Escuela Naval del Perú. EL VENDEDOR mantiene la responsabilidad del funcionamiento de los bienes hasta la instalación y prueba de los mismos en el lugar indicado por DIRESNA. DIRESNA realizará los controles que estime conveniente para determinar la calidad de los equipos adquiridos, de encontrar algún defecto en los equipos o de no estar a satisfacción, deberá ser subsanada inmediatamente por EL VENDEDOR.
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. 4.1 Las entregas deberán ser por la totalidad del contrato y no se aceptarán entregas parciales.
4.2 No se considerará ninguna clase de anticipos a proveedores y en caso de requerirla “el proveedor” deberá garantizar el anticipo que no podrá exceder del 50% del monto total del contrato, con fianza a favor de “la entidad” cuando el contrato rebase el monto de la adjudicación directa y cuando el monto sea menor a la cantidad anteriormente estipulada, a su elección “el proveedor” podrá otorgar fianza o cheque certificado.
4.3 Como regla general no se concederán prórrogas y solo por excepción, en casos debidamente justificados cuando “el proveedor” no pueda surtir los bienes solicitados en la fecha convenida, podrá solicitar por escrito al Departamento de Adquisiciones por una única vez y con 8 días de anticipación, una ampliación al plazo de entrega fijado, hasta por un máximo de 7 días naturales.
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. EL PROVEEDOR SE OBLIGA A CUBRIR TODOS LOS GASTOS Y ABSORBER TODOS LOS RIESGOS HASTA EL LUGAR DE ENTREGA A ENTERA SATISFACCIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE ZACATECAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON LOS BIENES: LA REMISIÓN EN LA QUE SE INDIQUE EL NÚMERO DE LOTE, NÚMERO DE SERIE, NÚMERO DE PIEZAS Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES, ASÍ COMO EL NÚMERO DE CONTRATO QUE AMPARA DICHOS BIENES.
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. “EL PROVEEDOR” DEBERÁ REALIZAR LA ENTREGA DE LOS VEHICULOS SEGÚN SE ESTIPULA EN EL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL; DE IGUAL MANERA DEBERÁ TOMAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA EVITAR QUE DURANTE SU TRASLADO Y SU ENTREGA, NO SUFRAN ALGÚN INCIDENTE, DAÑO O DETERIORO YA QUE SERÁ RESPONSABILIDAD DE “EL PROVEEDOR” LA ENTREGA DEL(LOS) BIEN(ES) INFORMÁTICOS.
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. La entrega de los bienes objeto de este contrato, será de 20 días hábiles posteriores a la notificación del fallo y se realizará en los términos y condiciones establecidas en el Anexo Técnico 1, el cual firmado por “LAS PARTES” formará parte integrante del presente instrumento. Asimismo “EL PROVEEDOR” se responsabiliza a ejecutar con eficacia y eficiencia la entrega de los bienes adquiridos y será el único responsable de la realización del objeto del presente contrato, ajustándose a los términos y condiciones que en su caso, le instruya la Dirección de Personal.
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. 1.1 “EL LICITANTE” se compromete a suministrar dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación, las cantidades y presentaciones de agua siguientes: Unidad Administrativa Descripción Cantidad Unidad de medida
DE LA ENTREGA DE LOS BIENES. 17. La DGRMSG coordinará y supervisará la logística para la recepción de los bienes en el almacén respectivo o las condiciones para la prestación de los servicios, dicha recepción y/o seguimiento será responsabilidad de cada una de las áreas solicitantes. Dichos bienes serán entregados de acuerdo a lo establecido en el contrato correspondiente, observando con toda exactitud la entrega oportuna, calidad y garantía.
18. Los pagos de las facturas debidamente requisitadas, se efectuarán de manera centralizada a través de la DGRMSG o a través de cualquier otra área designada, a excepción de las entidades, las cuales deberán respetar y cumplir los términos y condiciones establecidos en los contratos respectivos.
19. Las áreas solicitantes tendrán la obligación de notificar a la DGRMSG que los bienes han sido recibidos en los almacenes respectivos, en los plazos, términos y condiciones estipulados en el contrato.