TRANSPORTACIÓN Cláusulas de Ejemplo

TRANSPORTACIÓN. EL TRANSPORTE A UTILIZAR SERÁ EL QUE EL PRESTADOR DEL SERVICIO CONSIDERE MAS CONVENIENTE, SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLA CON EL SERVICIO OPORTUNO. LOS CARGOS POR ESTE CONCEPTO CORRERAN POR CUENTA Y RIESGO DEL LICITANTE GANADOR. POR LO ANTERIOR NO SE ACEPTARÁ CONDICIÓN ALGUNA EN CUANTO A CARGOS ADICIONALES POR CONCEPTO DE FLETES, MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA O ALGUNA OTRA DERIVADA DE LA TRANSPORTACIÓN DE LOS BIENES QUE ASI LO REQUIERAN.
TRANSPORTACIÓN. La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega, será por cuenta y riesgo del proveedor, por lo que no será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros costos adicionales para el ISSSTE.
TRANSPORTACIÓN. El licitante tendrá bajo su cargo y responsabilidad el medio de transporte que considere conveniente para el traslado de los bienes hasta el lugar de entrega, así como el costo de gasolina, casetas, viáticos, multas por infracciones, seguro de traslado, maniobras de carga y descarga, sin ningún costo adicional para la Convocante.
TRANSPORTACIÓN. La transportación correrá por cuenta y riesgo del Participante Adjudicado responsabilizándose de que los servicios objeto de la presente licitación sean suministrados en el lugar que corresponda y dentro del tiempo señalado en su contrato.
TRANSPORTACIÓN. El tour se realizará en unidades con (detallar el tipo, categoría y modalidad).
TRANSPORTACIÓN. 22.1.- La forma de transporte que utilice el Proveedor, será bajo su absoluta responsabilidad y deberá garantizar la prestación del servicio, en el tiempo requerido y en condiciones óptimas, tales que preserven la calidad de estos.
TRANSPORTACIÓN. El transporte a utilizar será el que el prestador del servicio considere más conveniente, siempre y cuando se cumpla con el servicio oportuno. Los cargos por este concepto correrán por cuenta y riesgo del Licitante ganador. Por lo anterior, no se aceptará condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga o alguna otra derivada de la transportación de los bienes que así lo requieran.
TRANSPORTACIÓN. La transportación de los bienes materia de la presente licitación a las instalaciones y/o almacén general de la convocante y/o almacén que la convocante designe, correrá por cuenta del Gobierno del Estado de Jalisco.
TRANSPORTACIÓN. El prestador del servicio deberá mostrar, del vehículo que se presente para llevar a cabo el transporte de los RPBI, cuando el HGSGS lo solicite, la autorización vigente emitida por la SEMARNAT y la SCT. • Los vehículos recolectores deberán ser de caja cerrada y hermética, contar con sistemas de captación de escurrimientos y operar con sistemas de enfriamiento para mantener los residuos a una temperatura máxima de 4ºC. (6.4 inciso d, de la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002). • Los vehículos que utilice el prestador del servicio para la prestación del servicio con capacidad de carga útil de 1,000 Kg. o más, deben operar con sistemas mecanizados de carga y descarga. (6.4.1 inciso d, 2º párrafo de la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002). • Los gastos de los seguros de los trabajadores empleados en la prestación del servicio correrán a cargo del proveedor del servicio. El HGSGS no se hará responsable por ninguna situación que ocurra y afecte a la prestación del servicio. • El operador y ayudante deberán portar su credencial e identificarse con el personal de vigilancia, así como reportarse con el supervisor en turno para la entrega-recepción de los RPBI por el HGSGS. • El prestador del servicio no deberá compactar los RPBI durante su recolección y transporte externo. (6.4.1 inciso b) de la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002). • El prestador del servicio no deberá mezclar los RPBI sin tratamiento con ningún otro tipo de residuos durante su transporte externo. (6.4.1 inciso e) de la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002). • En caso de que el prestador del servicio utilice unidades de arrastre en el transporte de los RPBI, éstas deben usar carteles de identificación y señalamientos de seguridad. Los carteles indicarán el riesgo principal asociado a la sustancia que se transporta y la clave con el número internacional promovido por la Organización de las Naciones Unidas. (art 114 del RTTMRP). • El prestador del servicio para el trasporte externo de los RPBI deberá cargarlos y sujetarlos en la unidad de transporte, garantizando su estabilidad, a efecto de que, durante el traslado, se evite que cambien de lugar u orientación, se impidan movimientos y golpes laterales o longitudinales, a fin de reducir al mínimo el riesgo de fugas o derrames. • En caso de contingencia o emergencia, el prestador del servicio estará obligado a realizar oportunamente todas aquellas acciones que minimicen daños a las personas, sus bienes y medio ambiente, así como a repararlos en los términos de la legislación aplicable. ...
TRANSPORTACIÓN. “EL PROVEEDOR” transportará a los niños y a los colaboradores de la STPS/CONASAMI/PROFEDET en autobuses tipo escolar de cuando menos 36 pasajeros, de modelos posteriores a 2005, contando con seguro de responsabilidad civil de pasajeros para los recorridos que se realicen en la ciudad de México y para el caso de la salida al campamento deberán ser autobuses tipo turístico de modelos posteriores al 2005. “EL PROVEEDOR” presenta copia de la póliza respectiva.