Urgencia Médica Cláusulas de Ejemplo

Urgencia Médica. Toda alteración en forma súbita y aguda que sufra el Asegurado, que ponga en peligro su vida o la viabilidad de un órgano, como resultado de algún Accidente o Enfermedad amparados y por los que se requiera atención médica inmediata.
Urgencia Médica. Territorio Nacional 1. Llamar a Ciudad de México (00) 00 00 00 00 Sin Costo de los Estados de la República 01 800 906 2100 2. Proporciona al operador, número de póliza y nombre del Asegurado. 3. Indica la situación de emergencia y el lugar en donde se encuentra el Asegurado para que puedan proporcionarte información sobre el hospital más cercano para recibir la atención médica. 4. Cuando la estancia sea mayor a 24 horas es necesario verificar que el hospital haya reportado el ingreso del Asegurado a urgencias, en caso contrario deberás reportarlo tú mismo. 5. Si el hospital pide como requisito que se realice un depósito de admisión hospitalaria para poder asignarte una habitación, este depósito lo deberás realizar tú como Asegurado, alguno de tus familiares o cualquier persona que te acompañe. 6. Para el caso en que la estancia sea menor a 24 horas los gastos serán presentados mediante reembolso cuando no se cuente con la información necesaria para el dictamen de la urgencia. 7. Para tramitar el pago del Siniestro es indispensable que sean llenados completamente los formatos: a. Informe Médico: En caso de ser atendido por más de un médico, ingresar un formato por cada uno de ellos. b. Aviso de Accidente y/o Enfermedad Los cuáles se anexan a la póliza que se te entrega o podrás obtenerlos directamente de nuestra página web Nota: Urgencia Médica: Toda alteración en forma súbita y aguda que sufran los Asegurados incluidos en esta póliza, que ponga en peligro su vida o su integridad corporal, como resultado de algún accidente o Enfermedad amparados, y por lo que requiera atención médica inmediata. 1. Si estando fuera del país requieres de asistencia médica inmediata deberás llamar al teléfono: Desde Estados Unidos de América (E.U.A) / Canadá al 1 877 639 4639. Resto del Mundo 1 305 459 4880 2. Proporciona al operador, número de póliza y nombre del Asegurado. 3. Indica la situación de emergencia y el lugar en donde se encuentra el Asegurado para que puedan proporcionarte información sobre el hospital más cercano en donde podrás recibir la atención médica necesaria, y un número telefónico para poder contactarte en caso de requerir alguna información adicional. 4. Cuando la estancia sea mayor a 24 horas es necesario verificar que el hospital haya reportado el ingreso del Asegurado a urgencias en caso contrario deberás reportarlo tú mismo. 5. El reporte previo de la urgencia no implica la autorización del Pago Directo. 6. Si la estancia es menor a 24 horas y no se...
Urgencia Médica. La Compañía reconocerá bajo ésta cobertura los gastos médicos por atención en el Cuarto de Urgencia, únicamente por los siguientes casos:
Urgencia Médica. Es el periodo que inicia con la alteración súbita del estado de salud del Asegurado o crisis médica, que pone en peligro su vida, la viabilidad de alguno de sus órganos o su integridad corporal y requiere servicios médicos de manera inmediata. La urgencia médica termina cuando el médico tratante considera que la situación de crisis médica ha concluido.
Urgencia Médica. Es todo problema médico-quirúrgico agudo, que ponga en peligro la vida del Asegurado, alguno de sus órganos o una función y que requiera atención inmediata (Artículo 72 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica). Cuando de acuerdo con el criterio del médico tratante, el tratamiento de urgencia ya no es requerido, por estar estabilizada y contro- lada la condición patológica o traumática del paciente, pudiendo éste continuar su tratamiento en su domicilio o lugar de origen, en ese momento cesará la condición de urgencia.
Urgencia Médica. Enfermedad, Padecimiento o Accidente cubierto por el Plan que pone en peligro la vida, la viabilidad de alguno de los órganos, la integridad corporal del Socio o de la Socia o la función de un órgano o miembro, para la cual requiere una atención médica inmediata dentro de las siguientes 12 (doce) horas, contada a partir del momento en que surgió Enfermedad, Padecimiento o Accidente.
Urgencia Médica. Aparición repentina de una alteración de la salud del participante provocada por un accidente o enfermedad, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal severidad que ponen en peligro su vida, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos y por tanto requiera atención médica inmediata. DEDUCIBLE Cantidad a cargo del participante, hasta el límite establecido en el capítulo VI del presente plan el cual es de $ 490.00 (Cuatrocientos Noventa Pesos 00/100 M.N.) por evento en la cobertura básica y $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) en la cobertura adicional.
Urgencia Médica. Para fines de este contrato se considera Urgencia Médica a toda alteración en forma súbita y aguda que sufra el asegurado o alguno de los dependientes incluidos en esta póliza; que ponga en peligro su vida o su integridad corporal, como resultado de algún accidente, o enfermedad amparados, y por lo que se requiera atención médica inmediata.
Urgencia Médica. Para fines de este contrato se considera Urgencia Médica a toda alteración en forma súbita y aguda que sufra el asegurado o alguno de los dependientes incluidos en esta póliza; que ponga en peligro su vida o su integridad de un accidente o enfermedad amparados, solicitando corporal, co o resultado de algún accidente, o enfermedad VAL posteriormente la restitución a Seguros Monterrey New York Life.
Urgencia Médica. Es la aparición repentina de la alteración de la salud del Asegurado, la cual se manifiesta a través de síntomas agudos de tal magnitud, que ponen en peligro la vida del Asegurado, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos, por lo que en ese momento requiere de atención médico-quirúrgica inmediata. El periodo de espera no será aplicable cuando se trate de accidente o urgencia médica cubierta.