USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para ubicar las oficinas sede de la Procuraduría Auxiliar en Cananea, Sonora, de la propia Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. “El Arrendador” se obliga a no estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “La Arrendataria”. “El Arrendador” autoriza a “La Arrendataria” para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “El Arrendador” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto.
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. "EL ARRENDADOR" se obliga a no estorbar ni obstruir de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “LA ARRENDATARIA”. "EL ARRENDADOR" autoriza a "LA ARRENDATARIA" para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que "EL ARRENDADOR" tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto.
USO DEL INMUEBLE. El inmueble individualizado en la cláusula anterior sólo podrá ser usado como oficina en las condiciones descritas en la Cláusula Decimosegundo de este contrato.
USO DEL INMUEBLE. La Institución Arrendataria destinará el local arrendado para la instalación y funcionamiento de las oficinas administrativas del IAIP, y no podrá, en consecuencia, destinarlo a un uso distinto al convenido sin previa autorización de la Sociedad Arrendante. III) PLAZO DEL CONTRATO: El plazo del Arrendamiento es de doce meses, el cual comienza a partir del primero de enero del dos mil diec inueve y vence el treinta y uno de diciembre del mismo año. IV) PRECIO DEL ARRENDAMIENTO: El precio del arrendamiento por el plazo del presente contrato será de SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA mensuales, el cual incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA), pagaderos por medio doce cuotas mensuales fijas y sucesivas, haciendo un total de OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SÉIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, INCLUYENDO
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para ubicar las oficinas sede de la Procuraduría Federal del Trabajo en Ensenada, Baja California. “EL ARRENDADOR” se obliga a no estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “LA ARRENDATARIA”. “EL ARRENDADOR” autoriza a “LA ARRENDATARIA” para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “EL ARRENDADOR” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto.
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para ubicar las oficinas sede de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo en Hidalgo del Parral, Chihuahua. “EL ARRENDADOR”, se obliga a no estorbar, ni obstaculizar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “LA ARRENDATARIA”. “EL ARRENDADOR” autoriza a “LA ARRENDATARIA” para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “EL ARRENDADOR” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto. Siendo los terceros, los usuarios que asistan a dicho inmueble a solicitar los servicios gratuitos que proporciona “LA ARRENDATARIA”.
USO DEL INMUEBLE. “LAS PARTES” CONVIENEN QUE “EL INMUEBLE” SE USARÁ PARA LOS FINES QUE TIENE ENCOMENDADOS “LA ARRENDATARIA” ASÍ COMO DE SUS USUARIOS.
USO DEL INMUEBLE. El inmueble objeto de este Contrato, se destinará para los fines y usos que “El Instituto” libremente determine, en la inteligencia de que su destino inmediato es para ___________________________, (En caso de que el inmueble se encuentre amueblado, se incluirá el siguiente texto: “el cual se encuentra amueblado conforme a lo establecido en el Anexo Cuatro para su uso.”) “El Arrendador” se obliga a no estorbar, ni interferir de manera alguna en el uso del inmueble arrendado, a no ser por causas de reparaciones urgentes e indispensables, previo aviso a “El Instituto”. “El Arrendador” autoriza a “El Instituto”, a permitir a terceros el uso parcial del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que el primero tenga derecho al pago de contraprestación alguna por este concepto, en la inteligencia de que “El Instituto” pagará a “El Arrendador” el importe íntegro de la renta mensual pactada.
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para bodegas, taller, etc.). (oficinas, “El arrendador” se obliga a no estorbar ni embarazar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables. “El arrendador” autoriza a “la arrendataria” para permitir a terceros el uso parcial del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “el arrendador” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por este concepto.
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para ubicar las oficinas sede de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo en, en Saltillo, Coahuila. “EL ARRENDADOR” se obliga a no estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “LA ARRENDATARIA”. “EL ARRENDADOR” autoriza a “LA ARRENDATARIA” para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “EL ARRENDADOR” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto.