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USO NO AUTORIZADO Cláusulas de Ejemplo

USO NO AUTORIZADO. Será obligación del CLIENTE usar el vehículo con la debida diligencia, con arreglo a las características del mismo, respetando la normativa de circulación de vehículos a motor vigente y evitando, en cualquier caso, cualquier situación que pudiera provocar daños en el vehículo o a terceros. Cualquier caso que incumpla lo establecido en estos párrafos se entenderá como uso no autorizado. El CLIENTE responderá plenamente de los daños causados en partes interiores y exteriores del vehículo por uso no autorizado del mismo, en cuyo caso está obligado a pagar todos los gastos producidos. El uso no autorizado incluye, y no se limita a, los siguientes casos citados a modo de ejemplo: A. Empujar y remolcar cualquier otro vehículo, tráiler u otro objeto. B. Circular en sitios no aptos para el transporte público como playas, circuitos de automóviles, pistas forestales, caminos vecinales, así como circular en vías no asfaltadas, o asfaltadas pero con graves deficiencias que podrían conllevar daños en los bajos del vehículo. C. Circular con el vehículo por zonas restringidas, incluyendo en concreto pistas de aeropuerto y otras vías asociadas al uso aeronáutico y/o militar. D. Actuar de forma negligente ante el encendido de chivatos o señales de advertencia del cuadro del vehículo arrendado y que el CLIENTE manifiesta conocer firmando este Contrato. E. Transportar animales (vivos o muertos), sustancias peligrosas, inflamables y/o nocivas para el vehículo y sus ocupantes y/o productos que dejen rastro de olor y suciedad. F. Transportar objetos mal empaquetados y que se puedan derramar sobre la zona de carga (líquidos, escombros). G. Subarrendar el vehículo. H. Utilizar el vehículo en cualquier actividad contraria a la ley. I. Transportar una cantidad de personas o de equipaje superior al autorizado para el vehículo, o llevar cualquier elemento sobre el techo del vehículo aun usando un dispositivo adecuado. J. Manipular o intervenir el cuentakilómetros. En caso de mal funcionamiento del mismo, el CLIENTE deberá comunicárselo a MALCO inmediatamente. K. Dejar objetos susceptibles de ser robados a la vista con los consiguientes daños al vehículo. L. Ensuciar el interior del vehículo más allá de lo que implica un uso razonable y cuidadoso. M. Conducir el vehículo en estado de fatiga, enfermedad o bajo la influencia de alcohol, medicamentos, drogas o cualquier otra sustancia que afecte a la capacidad de reacción. N. Conducir de forma temeraria, deportiva o peligrosa. O. Llevar ...
USO NO AUTORIZADO. 5.1. El uso no autorizado de certificados o licencias habilitará a NCC a realizar las acciones que crea convenientes. Tales acciones podrán consistir, sin limitación, en una advertencia, suspensión o cancelación del certificado o licencia, lo cual será debidamente comunicado por NCC a la Dirección Nacional de Comercio Interior. 5.2. El Solicitante no utilizará las Certificaciones de manera tal que coloque a NCC en una situación de descrédito, y que a su vez, no efectúe declaración alguna respecto a observaciones realizadas por NCC respecto de características engañosas, inexactas o no autorizadas por esta última, de los productos del Solicitante.
USO NO AUTORIZADO. A. El Arrendatario pagará una penalidad de 35% de los ingresos brutos obtenidos de cualquier operación en la propiedad arrendada que no haya sido autorizada por éste o cualquier otro contrato, o por subarrendamientos no autorizados. Sin embargo, esta cláusula no se entenderá como una autorización para llevar a cabo actividades no autorizadas específicamente por éste o cualquier otro contrato y el cobro de tal penalidad no constituirá una renuncia al derecho que la Autoridad se reserva de cancelar el contrato por tal incumplimiento. B. El término "ingreso bruto" significará todo dinero recibido o devengado por el Arrendatario en las operaciones del negocio a que se refiere este contrato. Al determinarse el ingreso bruto no se descontarán cualesquiera costos o gastos incurridos por el Arrendatario que estén relacionados con dicho ingreso bruto.
USO NO AUTORIZADOEl Cliente reconoce que no usará ni intentará usar los Servicios o el Software para ningún otro propósito: 1) de cualquier manera ilegal o prohibida; 2) que transmite cualquier virus; 3) que interfiera con los Servicios; 4) que intente obtener acceso no autorizado a los Servicios; y/o que perjudique o limite la capacidad de GFM para operar el Software o los Servicios o la capacidad de cualquier otra persona para acceder o usar el Software o los Servicios. El Cliente reconoce que solo accederá o utilizará la información relacionada con el Cliente de acuerdo con el Software y los Servicios que compre, y no con fines ilegales.
USO NO AUTORIZADO. Será obligación del cliente usar el vehículo con la debida diligencia, con arreglo a las características del mismo, respetando la normativa de circulación de vehículos a motor vigente y evitando, en cualquier caso, cualquier situación que pudiera provocar daños en el vehículo o a terceros. Asimismo, es obligación del cliente no permitir la conducción del vehículo a ninguna persona distinta a las autorizadas de conformidad con este contrato, siendo responsable directo el cliente de cualquier daño o perjuicio producido en el vehículo o a terceros en tal caso. Cualquier caso que incumpla lo establecido en estos párrafos se entenderá como uso no autorizado. El cliente responderá plenamente de los daños causados en partes interiores y exteriores del vehículo por uso no autorizado del mismo, en cuyo caso está obligado a pagar todos los gastos producidos de conformidad con lo establecido en el apartado número 6. El uso no autorizado incluye, y no se limita a, los siguientes casos citados a modo de ejemplo: a) Empujar o remolcar cualquier otro vehículo. b) Circular en sitios que no son aptos para el transporte público como por ejemplo playas, circuitos de automóviles, pistas forestales, caminos vecinales, etc. c) Circulación en vías no asfaltadas, o asfaltadas pero con graves deficiencias, que podrían conllevar daños en los bajos del vehículo. d) Circular con el vehículo por zonas restringidas, incluyendo en concreto, pistas de aeropuerto y otras vías asociadas al uso aeronáutico y/o militar. e) Actuación negligente ante el encendido de chivatos o señales de advertencia del cuadro del vehículo arrendado y que el cliente manifiesta conocer con la firma de este contrato. f) Transporte de bienes o animales y en especial de sustancias peligrosas, inflamables y/o nocivas para el vehículo y sus ocupantes. g) El transporte de personas o bienes que directa o indirectamente implique un pago al cliente. h) El subarriendo del vehículo. i) El uso del vehículo en cualquier actividad contraria a la ley. j) El transporte de un número de personas o cantidad de equipaje superior al autorizado para el vehículo. k) Cualquier tipo de manipulación o intervención en el cuenta-kilómetros, debiendo comunicar inmediatamente a City-Rent Spain S.L. el mal funcionamiento del mismo. l) Transporte de equipaje o de cualquier elemento sobre el techo vehículo aun usando un dispositivo adecuado para ello. m) Xxxxx objetos a la vista en el vehículo susceptibles de ser robados con los consiguientes ...

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  • TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL (I) A efectos de lo dispuesto en la normativa vigente sobre protección de datos, MOVISTAR informa al CLIENTE de la existencia de ficheros automatizados con datos de carácter personal creados por ella y bajo responsabilidad de la misma, cuya finalidad es realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con el CLIENTE así como de las labores de información del SERVICIO y otros servicios asociados, así como actividades relacionadas con los mismos. Asimismo, le informa de la posibilidad de ejercitar, de acuerdo con lo establecido en dicha normativa, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a los números de atención comercial al cliente o mediante escrito dirigido a Telefónica de España, Apartado de Correos 46155 Ref. Datos 00000 Xxxxxx. (II) MOVISTAR se compromete al cumplimiento de la obligación xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal y de su deber de guardarlo, adoptando las medidas de seguridad que impone la legislación vigente para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. (III) La prestación del SERVICIO objeto del contrato puede exigir que algunas de las facilidades que integran el mismo sean provistas por una tercera empresa distinta a MOVISTAR. Por dicha razón, El CLIENTE consiente por medio de esta cláusula que MOVISTAR comunique al PROVEEDOR, los datos personales identificativos y de productos y servicios contratados que resulten necesarios para la correcta prestación del SERVICIO. Dicha comunicación sólo podrá tener la finalidad anteriormente descrita, así como la de realizar las labores de información y comercialización, que posibiliten al CLIENTE el acceso a los servicios y productos más avanzados de telecomunicaciones. El cliente consiente expresamente el tratamiento de sus datos de carácter personal y aquellos que se generen de la propia relación contractual con la finalidad de prestar y facturar el servicio contratado. (IV) Si el CLIENTE no desea que sus datos personales puedan ser utilizados con fines promocionales ajenos a los de los servicios contratados, deberá comunicarlo a los números de atención comercial o a la dirección indicada en el apartado (I) de la presente cláusula, significándosele que de no recibir noticias suyas en el plazo de un mes, se entenderá otorgado su consentimiento que, en todo caso, podrá revocar en cualquier momento. (V) El cliente consiente el envío de comunicaciones comerciales de MOVISTAR sobre productos y servicios de MOVISTAR o comercializados por esta a su dirección electrónica. No obstante, si no desea recibir esta información puede revocar su consentimiento en cualquier momento comunicándolo a la dirección indicada en el apartado (I) de la presente cláusula. Dado que EL SERVICIO es prestado por EL PROVEEDOR y que MOVISTAR únicamente es encargada del soporte, atención al cliente y gestión de incidencias, así como de la gestión del cobro, MOVISTAR no es responsable por el tratamiento de los datos que el CLIENTE proporcione a EL PROVEEDOR con ocasión de la prestación del servicio, que en su caso se regirá por los términos y condiciones que EL PROVEEDOR comunique al CLIENTE.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-01-DFDP-H048-38- 0659/2015, DGA-SG-34328/15 FEDERAL ESTATAL

  • Autorizaciones De conformidad con la Ley 1581 de 2012, su Decreto Reglamentario 1377 de 2013, y demás normas relacionadas con el Régimen General de Protección de Datos, en el cual se regula la autorización del titular de la información para el tratamiento de sus datos personales, las políticas y responsabilidades de los encargados de manejarla y el ejercicio de los derechos de los titulares de esta información, LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES de EL/LA ESTUDIANTE autorizamos de manera expresa a EL SEMINARIO, en su condición de prestador de servicios educativos, para recolectar, almacenar, usar, circular, suprimir, procesar, compilar, intercambiar, dar tratamiento, actualizar y disponer los datos personales indispensables, opcionales y sensibles que se requieran o estén relacionados con la prestación del servicio educativo contratado para EL/LA ESTUDIANTE, así como de LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES, y que se han incorporado en las bases de datos, o en medios de almacenamiento electrónicos usados por EL SEMINARIO. Así mismo, autorizamos la transferencia de datos a las entidades públicas o administrativas en ejercicio de las competencias legales o por orden judicial, entre ellas el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación y/o la Entidad Gubernamental que ejerce la inspección, vigilancia y control de EL SEMINARIO; autorizamos la migración de la información a las diferentes dependencias internas de EL SEMINARIO, que correspondan, de conformidad con la estructura académica y administrativa de EL SEMINARIO y el PEI, tales como psicología, coordinación académica, directores de grupo, dirección financiera, entre otras; autorizamos la transferencia de datos a terceros con los cuales EL SEMINARIO haya celebrado contrato de prestación de servicios, tales como los de transporte y alimentación, uniformes, cobranzas, si fuese el caso, o de otras tareas relacionadas o derivadas del servicio educativo, actividades lúdicas o extracurriculares. Parágrafo 1: EL SEMINARIO no utilizará de ninguna manera los datos personales de EL/(LA) ESTUDIANTE o DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES para fines comerciales. En todo caso aplicarán las excepciones xx xxx. Parágrafo 2: La base de datos es una herramienta necesaria para EL SEMINARIO dentro del PEI y desarrollo académico y administrativo, que permite adelantar los procesos informativos principalmente a LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES, respecto de la situación académica y del desarrollo integral de EL/LA) ESTUDIANTE, así como adelantar los reportes correspondientes a las autoridades gubernamentales en el nivel de educación y aquellas que lo requieran dentro de sus competencias administrativas o judiciales. Parágrafo 3: La información reposará en la base de datos mientras tenga permanencia a cualquier título, la vinculación de EL/LA ESTUDIANTE con EL SEMINARIO.

  • LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.

  • RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Si la obra se arruinara con posterioridad a la expiración del plazo de garantía, por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años a contar desde la recepción. Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista.

  • CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: A. Que no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en esta Convocatoria contenidos en los numerales 6, 6.1, 6.2 y 6.3, y sus anexos, así como los que se deriven del Acto de la Junta de Aclaraciones y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición. B. Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el costo de los bienes solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. C. Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la LAASSP, a su Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento. D. Cuando omita ofertar la demanda máxima por clave (partida) relacionadas en el Anexo Número 20 (solamente se descalificará la clave/partida). E. Cuando no presente uno o más de los escritos o manifiestos solicitados con carácter de “bajo protesta de decir verdad”, solicitados en las presente convocatoria u omita la leyenda requerida. F. Cuando en su proposición no oferte porcentaje de descuento, sobre el precio máximo de referencia de la clave, cuando el porcentaje de descuento ofertado sea igual a 0% o cuando el porcentaje de descuento ofertado sea negativo. G. Cuando la información contenida en los Registros Sanitarios y, en su caso, en los anexos resulte incompleta o incongruente respecto a las especificaciones ofertadas en la propuesta técnica. H. Cuando no exista correspondencia en los datos asentados en su propuesta técnica- económica Anexo Número 13, entre los documentos presentados por el licitante y los documentos solicitados en el numeral 2.1 CALIDAD. I. Cuando los documentos que exhiban los licitantes no sean legibles imposibilitando el análisis integral de la propuesta, y esto conlleve a un faltante o carencia de información que afecte su solvencia, ésta se considerará insolvente. X. Cuando la Convocante intentara abrir los archivos hasta tres veces, en su caso en presencia del representante del Órgano Interno de Control, con los programas Word, Excel y PDF, en caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, o está alterado por causas ajenas a la convocante o a COMPRANET, la proposición se tendrá por no presentada. K. Cuando los documentos que integren las proposiciones presentados por los participantes no estén foliados en su totalidad, será causa de desechamiento de acuerdo al artículo 50 del Reglamento de la LAASSP. L. Cuando la Secretaría de Economía, determine mediante comunicado que alguno de los participantes en esta licitación hubiera contravenido el “Código Antidumping”, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, así como, el Reglamento contra prácticas desleales de comercio internacional.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • PLAZO DE ENTREGA “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción de este contrato. No se aceptarán entregas parciales de los bienes, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total de los bienes se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. --------