Common use of VENCIMIENTO ANTICIPADO Clause in Contracts

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Que el plazo otorgado para la cancelación del crédito relacionado en el presente instrumento público, se tendrán por vencido anticipadamente a elección del EL ACREEDOR, en los siguientes casos: a) Incumpla el pago de UNA SOLA CUOTA en la fecha y forma establecida; b) Si alguna persona natural o jurídica entablara ejecución, acción o juicio en contra del deudor o embargara sus bienes; d) Si se desviara el objeto del crédito; e); en caso de insolvencia del DEUDOR, ya sea por presentarse o declararse cualquiera de ellos o por que fuese declarado cualquiera de ellos en quiebra o simplemente admitan o se solicite su incapacidad para cumplir oportunamente con el pago de sus obligaciones corrientes; f) si el DEUDOR faltare al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en este contrato; g) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR en favor de EL ACREEDOR y no fuere cancelada; h) En cualquier otro caso de incumplimiento de las cláusulas establecidas en este contrato y en que conforme la ley o la presente escritura se hiciere exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Deudor. Por uno cualquiera de estos hechos, sin perjuicio de los demás derechos que le correspondan y a voluntad de EL ACREEDOR podrá éste dar por vencido el plazo estipulado y exigir el pago de todo lo adeudado. La prueba de estos hechos, en su caso se defiere de la promesa decisoria de EL ACREEDOR o su representante.- DECIMO TERCERA: (

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Samples: Contrato De Mutuo Y Fianza Solidaria

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Que el plazo otorgado para la cancelación del crédito relacionado En caso de que EL CLIENTE incumpla con cualesquiera de las obligaciones pactadas en el presente instrumento públicoCONTRATO DE CRÉDITO o deje de pagar una mensualidad del CRÉDITO FONACOT por cualquier causa, este CRÉDITO FONACOT y/o todos los CRÉDITOS FONACOT contratados por EL CLIENTE (no pagados y en proceso de pago) se tendrán podrán dar por vencidos anticipadamente y EL CLIENTE estará obligado a cubrir de manera inmediata el saldo insoluto de los importes ejercidos en virtud del CRÉDITO FONACOT, así como los intereses del periodo de diferimiento en el cobro, cuando aplique, i n te reses ordinarios, moratorios y los accesorios del CRÉDITO FONACOT. De igual forma, el presente CRÉDITO FONACOT podrá darse por vencido anticipadamente a elección del EL ACREEDOR, en los siguientes casos: a) Incumpla el pago de UNA SOLA CUOTA en la fecha y forma establecida; b) Si alguna persona natural o jurídica entablara ejecución, acción o juicio en contra del deudor o embargara sus bienes; d) Si se desviara el objeto del crédito; e); en caso de insolvencia del DEUDOR, ya sea por presentarse o declararse cualquiera de ellos o por que fuese declarado cualquiera de ellos en quiebra o simplemente admitan o se solicite su incapacidad para cumplir oportunamente EL CLIENTE incumpla con el pago de sus obligaciones corrientes; f) si el DEUDOR faltare al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en este contrato; g) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR en favor de EL ACREEDOR y no fuere cancelada; h) En cualquier otro caso de incumplimiento de las cláusulas establecidas en este contrato y en que conforme la ley o la presente escritura se hiciere exigible anticipadamente el cumplimiento cualesquiera de las obligaciones pactadas en el (los) CONTRATO(S) DE CRÉDITO correspondiente(s) a cargo del Deudor. Por uno cualquiera otro(s) CRÉDITO(S) FONACOT contratado( s) por EL CLIENTE y EL CLIENTE estará obligado a cubrir de estos hechos, sin perjuicio manera inmediata el saldo insoluto de los demás derechos que le correspondan y a voluntad de EL ACREEDOR podrá éste dar por vencido el plazo estipulado y exigir el pago de todo lo adeudado. La prueba de estos hechos, en su caso se defiere de la promesa decisoria de EL ACREEDOR o su representante.- DECIMO TERCERA: (importes ejercidos.

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Samples: Contrato De Crédito Que Establece Las Condiciones

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Que el plazo otorgado para la cancelación del crédito relacionado En caso de que EL CLIENTE incumpla con cualesquiera de las obligaciones pactadas en el presente instrumento públicoCONTRATO DE CRÉDITO o deje de pagar una mensualidad del CRÉDITO FONACOT por cualquier causa, este CRÉDITO FONACOT y/o todos los CRÉDITOS FONACOT contratados por EL CLIENTE (no pagados y en proceso de pago) se tendrán podrán dar por vencidos anticipadamente y EL CLIENTE estará obligado a cubrir de manera inmediata el saldo insoluto de los importes ejercidos en virtud del CRÉDITO FONACOT, así como los intereses del periodo de diferimiento en el cobro, ordinarios, moratorios y sus accesorios. De igual forma, el presente CRÉDITO FONACOT podrá darse por vencido anticipadamente a elección del EL ACREEDOR, en los siguientes casos: a) Incumpla el pago de UNA SOLA CUOTA en la fecha y forma establecida; b) Si alguna persona natural o jurídica entablara ejecución, acción o juicio en contra del deudor o embargara sus bienes; d) Si se desviara el objeto del crédito; e); en caso de insolvencia del DEUDOR, ya sea por presentarse o declararse cualquiera de ellos o por que fuese declarado cualquiera de ellos en quiebra o simplemente admitan o se solicite su incapacidad para cumplir oportunamente EL CLIENTE incumpla con el pago de sus obligaciones corrientes; f) si el DEUDOR faltare al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en este contrato; g) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR en favor de EL ACREEDOR y no fuere cancelada; h) En cualquier otro caso de incumplimiento de las cláusulas establecidas en este contrato y en que conforme la ley o la presente escritura se hiciere exigible anticipadamente el cumplimiento cualesquiera de las obligaciones pactadas en el (los) CONTRATO(S) DE CRÉDITO correspondiente(s) a cargo del Deudor. Por uno cualquiera otro(s) CRÉDITO(S) FONACOT contratado( s) por EL CLIENTE y EL CLIENTE estará obligado a cubrir de estos hechos, sin perjuicio manera inmediata el saldo insoluto de los demás derechos que le correspondan y a voluntad de EL ACREEDOR podrá éste dar por vencido el plazo estipulado y exigir el pago de todo lo adeudado. La prueba de estos hechos, en su caso se defiere de la promesa decisoria de EL ACREEDOR o su representante.- DECIMO TERCERA: (importes ejercidos.

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Samples: Contrato De Crédito Que Establece Las Condiciones

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Que el plazo otorgado para la cancelación del crédito relacionado en el El presente instrumento público, contrato se tendrán tendrá por vencido anticipadamente a elección del EL ACREEDOR, en los siguientes casos: a) Incumpla Si EL DEUDOR se retrasaran en el pago de UNA SOLA CUOTA una de las cuotas de amortización xxx xxxxxxxx en la fecha y forma establecidalas fechas convenidas; b) Si si alguna persona natural o jurídica entablara ejecución, entablará alguna acción o juicio judicial de pago en contra del deudor o embargara sus bienesde EL DEUDOR; dy c) Si se desviara el objeto del crédito; e); en caso de insolvencia del DEUDOR, ya sea por presentarse o declararse cualquiera de ellos o por que fuese declarado cualquiera de ellos en quiebra o simplemente admitan o se solicite su incapacidad para cumplir oportunamente con el pago de sus obligaciones corrientes; f) si el EL DEUDOR faltare faltaren al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en este contrato; g) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR en favor de EL ACREEDOR y no fuere cancelada; h) En cualquier otro caso de incumplimiento de las cláusulas establecidas en este contrato y en que conforme la ley o la presente escritura se hiciere exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente escritura pública, en la Ley o a cargo del Deudor. Por uno cualquiera de estos hechoslos hechos antes indicados, sin perjuicio de los demás derechos que le correspondan y a voluntad de EL ACREEDOR sin necesidad de requerimiento extrajudicial o judicial podrá éste dar por vencido el plazo estipulado VENCIDO EL PLAZO O PLAZOS PACTADOS ANTICIPADAMENTE y exigir el pago de todo todas las sumas adeudadas. CONSULTA Y ENVÍO DE INFORMACIÓN): EL ACREEDOR manifiesta que con la finalidad de prevenir el sobreendeudamiento de nuestros clientes consultará la(s) central(es) de riesgo privadas autorizadas por la SIBOIF que estime conveniente para tales efectos. Por lo adeudado. La prueba que EL DEUDOR, autoriza y conviene contractualmente dicha consulta y el suministro de estos hechosinformación positiva y negativa a las mismas, lo cual, sustenta su récord crediticio; y en este mismo acto declara que la información que ha suministrado a LOS ACREEDORES, en su caso se defiere ocasión de la promesa decisoria solicitud de crédito y/o de la celebración de este contrato, es verídica. Por su parte EL ACREEDOR se comprometen a utilizar responsablemente la información que reciba de EL ACREEDOR o su representante.- DECIMO TERCERA: (DEUDOR.

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Samples: Contrato Simple

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Que el plazo otorgado para la cancelación del crédito relacionado fijado en el presente instrumento públicoMutuo se dará por VENCIDO ANTICIPADAMENTE, y se tendrán hará exigible de inmediato el pago del credito, intereses, comiciones por vencido anticipadamente a elección servicio si hubiese según cláusula, daños y perjuicios, y todo los gastos realizados para la recuperacion del EL ACREEDORcredito sin necesidad de requerimiento previo, en cualquiera de los siguientes casos: a) Incumpla 1.- Por el hecho de que EL DEUDOR Y FIADOR SOLIDARIO, se atrase en el pago de UNA SOLA CUOTA en la fecha y forma establecida; b) Si alguna persona natural o jurídica entablara ejecución, acción o juicio en contra del deudor o embargara sus bienes; d) Si se desviara el objeto del crédito; e); en caso de insolvencia del DEUDOR, ya sea por presentarse o declararse cualquiera de ellos o por que fuese declarado cualquiera de ellos en quiebra o simplemente admitan o se solicite su incapacidad para cumplir oportunamente con el pago de sus obligaciones corrientes; f) si el DEUDOR faltare al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en este contrato; g) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR en favor de EL ACREEDOR y no fuere cancelada; h) En cualquier otro caso de incumplimiento una sola de las cláusulas establecidas cuotas acordadas en este contrato y el Mutuo, en que conforme la ley o la presente escritura se hiciere exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Deudor. Por uno cualquiera de estos hechos, sin perjuicio de los demás derechos que le correspondan y a voluntad de tal caso EL ACREEDOR podrá éste dar por vencido el plazo estipulado y exigir el pago de todo el saldo adeudado, de forma extrajudicial o judicialmente, 2.-Si el mutuo no fuese utilizado para los fines convenidos y se le diere al mutuo un destino diferente que el acordado. 3.- El incumplimiento de EL DEUDOR Y FIADOR SOLIDARIO a lo adeudadoconvenido en cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente contrato, será suficiente causa para que EL ACREEDOR de por vencido el plazo resolviéndose este contrato de mero derecho. La prueba de estos hechosDECIMA: (CANCELACION ANTICIPADA): EL DEUDOR, podrá en su caso se defiere cualquier momento dentro del plazo estipulado, pagar la totalidad de la promesa decisoria deuda, así como también podrá hacer amortizaciones extraordinarias, las cuales se aplicarán a reducir el capital adeudado y a su vez el plazo de EL ACREEDOR o su representante.- DECIMO TERCERAla obligación manteniéndose invariable el valor y la frecuencia de los pagos convenidos, así mismo los intereses disminuirán y el cliente no incurrirá en ningún tipo de penalización. DECIMA PRIMERA: (

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Samples: Contrato De Mutuo Y Fianza Solidaria

VENCIMIENTO ANTICIPADO. Que Se declarará vencimiento anticipado el plazo otorgado para la cancelación del crédito relacionado en debido, resolviéndose éste contrato de mero derecho y se hará exigible de inmediato el presente instrumento públicopago de todo lo adeudado al DEUDOR, se tendrán por vencido anticipadamente a elección del EL ACREEDOR, sin necesidad de requerimiento previo o intimación alguna judicial o extrajudicial en los siguientes casos: a) Incumpla el pago de UNA SOLA CUOTA en la fecha y forma establecida; b1) Si alguna persona natural o jurídica entablara ejecución, acción o juicio en contra del deudor o embargara sus bienes; d) Si se desviara el objeto del crédito; e); en caso de insolvencia del por cualquier causa como DEUDOR, ya sea por presentarse o declararse cualquiera de ellos o por que fuese declarado cualquiera de ellos en quiebra o simplemente admitan o se solicite su incapacidad para cumplir oportunamente no cumple con el pago de sus obligaciones corrientes; f) si el DEUDOR y faltare al cumplimiento compromiso de sus obligaciones pagar o cancelar una de las cuotas establecidas en durante el plazo de este contrato; g) si se venciese cualquier otra obligación del DEUDOR en favor , Financiera FAMA S.A. podrá resolver de EL pleno derecho sin necesidad de requerimiento alguno judicial o extrajudicial y el ACREEDOR y no fuere cancelada; h) En cualquier otro caso de incumplimiento de las cláusulas establecidas en este contrato y en que conforme la ley o la presente escritura se hiciere exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Deudor. Por uno cualquiera de estos hechos, sin perjuicio de los demás derechos que le correspondan y a voluntad de EL ACREEDOR podrá éste dar por vencido el plazo estipulado crédito y exigir exigirle el pago total del saldo adeudado ya fuere judicial o extrajudicialmente haciendo efectiva la garantía mobiliaria otorgada a favor del ACREEDOR, Financiera FAMA S.A. se reserva el derecho de todo lo adeudado. La prueba reclamar los daños y perjuicios, los gastos y honorarios que se causaren para hacerle cumplir con sus obligaciones, 2) Que no obstante el plazo prefijado, al crédito que aquí se regula se dará por vencido anticipadamente y se hará exigible de estos hechosinmediato con todos sus accesorios sin necesidad de requerimiento previo, en su cualquiera de los casos siguientes: 2.1) En caso se defiere de la promesa decisoria vender, ceder, transferir, gravar o enajenar por cualquier título los bienes prendados que garantizan este crédito sin el previo consentimiento de EL ACREEDOR ACREEDOR, 2.2) si la garantía constituida se desapreciare, disminuyere o su representante.- DECIMO TERCERA: (desmejorase por cualquier causa,

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Samples: Contrato De Credito Garantizado Con Garantia Mobiliaria Y Fianza