Obligaciones no afectadas. No obstante lo dispuesto en los Artículos 5.01 y 5.02 precedentes, ninguna de las medidas previstas en este Capítulo afectará el desembolso por parte del Banco de: (a) las cantidades sujetas a la garantía de una carta de crédito irrevocable; y
Obligaciones no afectadas. La contratación de los seguros no reduce o altera en modo alguno las demás obligaciones que asume el CONCESIONARIO de acuerdo con el presente Contrato.
Obligaciones no afectadas. No obstante lo dispuesto en los Artículos 5.01 y 5.02 precedentes, ninguna de las medidas previstas en este Capítulo afectará el desembolso por parte del Banco de: (a) las cantidades sujetas a la garantía de una carta de crédito irrevocable; y (b) las cantidades que el Banco se haya comprometido específicamente por escrito con el Prestatario o el Organismo Ejecutor, en su caso, a suministrar con cargo a los recursos del Financiamiento para hacer pagos a un proveedor de bienes o servicios. El Banco podrá dejar sin efecto el compromiso indicado en este inciso (b) cuando se hubiese determinado a satisfacción del Banco que, con motivo del contrato para la adquisición de los citados bienes o servicios, ocurrieron una o más prácticas corruptivas.
Obligaciones no afectadas. No obstante lo dispuesto en los Artículos 6.01 y 6.02 precedentes, ninguna de las medidas previstas en este Capítulo afectará el desembolso por parte del Banco de: (a) las cantidades sujetas a la garantía de una carta de crédito irrevocable; y (b) las cantidades que el Banco se haya comprometido específicamente por escrito con el Prestatario o el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante, en su caso, a suministrar con cargo a los recursos xxx Xxxxxxxx para hacer pagos a un contratista o proveedor de bienes y servicios relacionados o servicios de consultoría. El Banco podrá dejar sin efecto el compromiso indicado en este inciso (b) cuando se hubiese determinado, a satisfacción del Banco, que con motivo del proceso de selección, la negociación o ejecución del contrato para la adquisición de las citadas obras, bienes y servicios relacionados o servicios de consultoría, ocurrieron una o más Prácticas Prohibidas.
Obligaciones no afectadas. No obstante lo dispuesto en las secciones 11.01 y 11.02 anteriores, ninguna de las medidas que adopte el BCIE en contra del Prestatario, afectará:
a) Las cantidades sujetas a la garantía irrevocable de una carta de crédito emitida por el Prestatario; o,
b) Las cantidades comprometidas por cuenta de compras contratadas con anterioridad a la suspensión, autorizadas por escrito por el BCIE y con respecto a las cuales se hayan colocado previamente órdenes específicas.
Obligaciones no afectadas. No obstante lo dispuesto en la Sección 7, la cancelación o reducción de la Línea de Crédito Condicional o la suspensión de su utilización no podrá afectar las Operaciones Individuales cuya ejecución ya se haya iniciado, las que serán gobernadas por los Contratos xx Xxxxxxxx Individual respectivos.
Obligaciones no afectadas. No obstante, lo dispuesto en las secciones 13.01 y 13.02 anteriores, ninguna de las medidas que adopte el BCIE en contra del Prestatario, afectará las cantidades comprometidas por cuenta de compras contratadas con anterioridad a la suspensión, autorizadas por escrito por el BCIE y con respecto a las cuales se hayan colocado previamente órdenes específicas.
Obligaciones no afectadas. 25 Sección 12.04 Reconocimiento de Deuda y Certificación de Saldo Deudor. 25 ARTÍCULO 13.-OTRAS DISPOSICIONES APLICABLES. 26
Obligaciones no afectadas. No obstante lo dispuesto en la Sección 5 anterior, la cancelación o reducción de la Línea de Crédito o la suspensión de su utilización no podrá afectar aquellas Operaciones Individuales cuya ejecución ya se haya iniciado.
Obligaciones no afectadas. No obstante lo dispuesto en los Artículos 5.01 y