Obligaciones del Fiduciario. El Fiduciario tendrá, en todo tiempo durante la vigencia del presente Contrato, además de las otras obligaciones a su cargo, las siguientes obligaciones:
Obligaciones del Fiduciario. El Fiduciario deberá informar mensualmente, dentro de los 10 (diez) primeros días de cada mes, por escrito, al Fideicomitente, a los Fideicomisarios en Primer Lugar y a las Agencias Calificadoras, según corresponda, sobre el estado que guarde el Patrimonio del Fideicomiso. Por lo anterior, el Fiduciario se obliga a lo siguiente:
Obligaciones del Fiduciario. Las partes intervinientes acuerdan que la labor del Fiduciario no es ni resulta discrecional, por lo que sus derechos, facultades, prerrogativas, obligaciones y responsabilidades se limitan al cumplimiento de: (i) las obligaciones que como tal le impone la Ley de Banca y demás normas aplicables, y (ii) las obligaciones y responsabilidades establecidas en el presente Contrato. Teniendo en cuenta ello, el Fiduciario, además de lo establecido en el presente Contrato y en las normas aplicables, asume las siguientes obligaciones y responsabilidades: Ejercer el encargo a que se refiere el presente Contrato con la responsabilidad y diligencia de un xxxx administrador y ordenado comerciante. Efectuar las operaciones referidas en la Cláusula Sexta con cargo a los recursos del Patrimonio Fideicometido, siempre que existan recursos disponibles. Proceder a la inscripción del Contrato de Fideicomiso en la Central de Riesgos de la SBS y en el Registro Público correspondiente. Remitir mensualmente al Fideicomitente y al Ministerio de Economía y Finanzas, los estados financieros del Patrimonio Fideicometido. Adicionalmente, remitir dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendarios siguientes al término del año respectivo el informe anual o memoria anual previsto en el numeral 6 del artículo 256° de la Ley de Banca. La rendición de cuentas al Fideicomitente y a la SBS, previsto en el numeral 11 del artículo 256° de la Ley de Banca, serán presentados en el plazo máximo de tres (03) meses siguientes al término o vencimiento del Fideicomiso . Facilitar información sobre el Patrimonio Fideicometido al Fideicomitente y al Fideicomisario Xxxxxxxxxxx, cuando cualquiera de ellos lo requiera. Dar aviso inmediato por escrito al Fideicomitente, al Fideicomisario Principal y al Fideicomisario Xxxxxxxxxxx, de cualquier hecho o circunstancia de la que tuviere conocimiento que afecte de manera negativa al Patrimonio Fideicometido o que amenace o perturbe sus derechos. Llevar el inventario y la contabilidad del Patrimonio Fideicometido con arreglo x xxx, y cumplir las obligaciones tributarias correspondientes conforme a la legislación vigente. Guardar reserva respecto de las operaciones, actos, contratos, documentos e información que se relacionen con el Patrimonio Fideicometido con los mismos alcances que la Ley de Banca establece para el secreto bancario. El Fiduciario queda habilitado para rentabilizar los recursos del Patrimonio Fideicometido a través de depósitos de corto plazo. L...
Obligaciones del Fiduciario. El Fiduciario tendrá las siguientes obligaciones:
Obligaciones del Fiduciario. Sin perjuicio de otras obligaciones contenidas en otras disposiciones del presente Contrato, son obligaciones del Fiduciario las siguientes:
Obligaciones del Fiduciario. Son obligaciones del Fiduciario bajo el presente Contrato, a más de las indicadas en otras cláusulas, las que con carácter indicativo se detallan a continuación, en su caso de acuerdo a lo estipulado en el Manual Operativo:
Obligaciones del Fiduciario. Durante la vigencia del Fideicomiso, el Fiduciario se obliga, sin perjuicio de otras obligaciones establecidas en cualquier otra parte del presente Contrato de Fideicomiso, a:
Obligaciones del Fiduciario. El otorgamiento de los poderes a que se refiere la Cláusula 3.1 no libera al Fiduciario de sus obligaciones al amparo del Contrato de Fidecomiso.
Obligaciones del Fiduciario. Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas mediante el presente CONTRATO, el FIDUCIARIO se obliga a lo siguiente:
Obligaciones del Fiduciario. Sin perjuicio de las obligaciones del Fiduciario consignadas en este Fideicomiso, el Fiduciario tendrá durante la vigencia del presente Fideicomiso y con cargo exclusivo al Patrimonio del Fideicomiso, las siguientes obligaciones: