Common use of Vicios o defectos durante el plazo de garantía Clause in Contracts

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. 1. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 4. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículo, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público, Contrato De Suministro

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. 1. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados materiales y útiles suministrados, EMVIPSA tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. Si En el supuesto de que el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento EMVIPSA exenta de la obligación de del pago o o, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 4. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración EMVIPSA haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículodel artículo 305 LCSP, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Contract for Supply of Hardware Products, Contract for Supply of Cleaning Products

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. 1El plazo de garantía de los bienes suministrados será el ofrecido por el adjudicatario en su oferta, contándose desde el día siguiente al de la firma del acta de recepción. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados suministrados, tendrá derecho la Administración a reclamar del al contratista la reposición de los que resulten resultasen inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e ellos, imputables al contratista contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán sean bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazoel plazo de garantía, rechazar los bienes bienes, dejándolos de cuenta del contratista adjudicatario, y quedando exento de la obligación de pago pago, o teniendo derecho, en su caso, derecho a la recuperación del precio satisfecho. 4. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículoreparo alguno, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Suministro De Mobiliario Urbano, Suministro De Placas De Vado

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. 1. 51.1 Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración el CIXUG a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. 51.2 Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. 51.3 Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 4. 51.4 Terminado el plazo de garantía sin que la Administración el CIXUG haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículoanteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Suministro De Licencias De Despliegue Y Servicio De Uso De Software Antiplagio

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. 1. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados suministrados, el CNIC tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. Si En el supuesto de que el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando el CNIC exento de la obligación de del pago o o, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 4. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración el CNIC haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículodel artículo 305 LCSP, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Contract for Supply of a High Throughput Platform for Single Cell Genomic Analysis

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. 1. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados suministrados, la Administración tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. Si En el supuesto de que el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento la Administración exenta de la obligación de del pago o o, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 4. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículodel artículo 305 LCSP, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Contract for Supply

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. Intervención General - C.Aut.X.Xxxxxx 1. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, fin podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 4. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículo, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Ley De Contratos De Las Administraciones Públicas

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. 1. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados suministrados, el poder adjudicador tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. Si En el supuesto de que el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento el poder adjudicador exenta de la obligación de del pago o o, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 4. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración el poder adjudicador haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículodel artículo 305 LCSP, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Contract for Renting

Vicios o defectos durante el plazo de garantía. 1El plazo de garantía de los vehículos suministrados será el ofrecido por el adjudicatario en su oferta, contándose desde el día siguiente al de la firma del acta de recepción. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados suministrados, tendrá derecho la Administración a reclamar del al contratista la reposición de los que resulten resultasen inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. 2. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados. 3. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e ellos, imputables al contratista contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán sean bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazoel plazo de garantía, rechazar los bienes bienes, dejándolos de cuenta del contratista adjudicatario, y quedando exento de la obligación de pago pago, o teniendo derecho, en su caso, derecho a la recuperación del precio satisfecho. 4. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de este artículoreparo alguno, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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Samples: Arrendamiento Con Opción De Compra