Vigencia de la Póliza de Seguro Cláusulas de Ejemplo

Vigencia de la Póliza de Seguro el Comprador deberá contar en todo momento y mantener vigente la Garantía durante la vigencia de este Contrato más noventa (90) días.
Vigencia de la Póliza de Seguro. El Remitente deberá contar en todo momento y mantener vigente la Garantía durante la vigencia de este Contrato incluyendo sus prórrogas más noventa (90) Días. Será condición indispensable para la prestación del Servicio la constitución de la Póliza de Seguro y que la misma se encuentre vigente. El remitente deberá contar con una Póliza de Seguro, con una vigencia de por lo menos un (1) año, la cual deber renovarse y actualizarse treinta (30) días antes del vencimiento, por otro año más, proceso de renovación que se hará continuamente durante el plazo del contrato. En consecuencia, CENIT podrá suspender la prestación del servicio de Transporte de Producto, cuando la Póliza de Seguro no estuviere vigente o cuando esta no se renueve con antelación a cualquiera de sus vencimientos, según sea el caso, hasta tanto el Remitente la constituya en la forma acá establecida, sin que ello exonere al Remitente de sus obligaciones de pago y demás obligaciones derivadas del presente Contrato.
Vigencia de la Póliza de Seguro el Remitente deberá contar en todo momento y mantener vigente la Garantía durante la vigencia de este Contrato más noventa (90) días. En caso de prórroga del término duración del presente Contrato el Remitente deberá renovar la Póliza de Seguro por el término de duración del Contrato, conforme a las reglas establecidas en los numerales anteriores con antelación a la finalización de la vigencia inicial del Contrato, o de sus prórrogas según el caso. Será condición indispensable para la prestación del Servicio la constitución y vigencia de la Póliza de Seguro por el término de duración del Contrato. En consecuencia, CENIT podrá suspender la prestación del Transporte de GLP o terminar anticipadamente el Contrato, cuando la Póliza de Seguro no estuviere vigente o cuando esta no se renueve con antelación a cualquiera de sus vencimientos, según sea el caso, sin que ello exonere al Remitente de sus obligaciones de pago y demás obligaciones derivadas del presente Contrato.
Vigencia de la Póliza de Seguro. EL DEUDOR se compromete y obliga a mantener en vigor, por renovaciones sucesivas, las veces que fuere necesario durante la vigencia xxx xxxxxxxx, lo cual deberá participar a EL BANCO. Si por cualquier circunstancia EL DEUDOR no procede a la renovación de la póliza antes del vencimiento de la misma, de manera que exista una ininterrumpida cobertura, se producirá de pleno derecho la caducidad del término otorgado para el pago de la presente facilidad, debiendo EL DEUDOR pagar la totalidad del saldo adeudado, pudiendo EL BANCO proceder a la ejecución de la garantía que se ha consentido en su favor. En caso de que EL BANCO tome conocimiento de la falta de EL DEUDOR y decidiese realizar el pago de la prima, cualquier desembolso ejecutado como causa o consecuencia de esta medida, queda totalmente a cargo de EL DEUDOR. La realización de este pago por parte de EL BANCO, con cargo a EL DEUDOR, en ningún caso constituirá novación o limitación alguna a los derechos que el presente Contrato acuerda a favor de EL BANCO, y el mismo podrá ser realizado por EL BANCO en cualquier momento de la vida del crédito y aunque al momento de realizado haya sido iniciado el procedimiento de ejecución que el presente Contrato le acuerda a EL BANCO. Las sumas pagadas por EL BANCO para la contratación y/o renovación de la póliza de seguro previamente descrita será considerada como crédito otorgado por EL BANCOS a EL DEUDOR, debiendo éste ultimo cancelar los avances en que incurra EL BANCO en un plazo no mayor de treinta (30) días contados a partir de la fecha de su desembolso y así como lo intereses convencionales establecidos en el presente contrato, en el entendido que la suma que por este concepto fueran avanzadas por EL BANCO devengará intereses a razón de un cuatro por ciento (4%) anual, conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 1.1 del presente contrato, serán exigibles a voluntad de EL BANCO, pudiendo éste en caso de no recibir el pago por parte de EL DEUDOR cargar dichas sumas al préstamo. Las sumas que EL BANCO avance por tal concepto estarán garantizadas por la cesión y delegación de la póliza y por la garantía prendaria otorgada mediante el presente contrato.
Vigencia de la Póliza de Seguro. La EMPRESA DE SEGUROS asume las consecuencias de los riesgos cubiertos en esta Póliza de Seguro, a partir de la fecha de la celebración del contrato de seguro, la cual se materializará y computará a partir de la fecha en que el TOMADOR notifique su consentimiento, por escrito a la proposición formulada por la EMPRESA DE SEGUROS o cuando ésta participe por escrito su aceptación a la solicitud efectuada por el TOMADOR, según fuere el caso.
Vigencia de la Póliza de Seguro. EL COMPRADOR/XXXXXX se compromete y obliga a mantener en vigor una póliza de seguro, por renovaciones sucesivas, las cuales deberán ser notificadas siempre a EL BANCO, y mientras sea deudor de EL BANCO, la Póliza de Seguro a que se refiere la Sección 6.1 del presente contrato, a su solo costo, en el entendido de que si EL COMPRADOR/DEUDOR dejaren de renovarla, EL BANCO está autorizado, sin estar obligado a ello, a hacer por cuenta de EL COMPRADOR/DEUDOR dicha renovación, debiendo éste cancelar los avances en que incurra EL BANCO antes del próximo vencimiento de las comisiones bancarias y los intereses convencionales establecidos en el presente contrato, en el entendido que las sumas que por este concepto avance EL BANCO devengarán intereses a la tasa establecida en el artículo 2 del presente contrato, pudiendo EL BANCO en caso de no recibir el pago por parte de EL COMPRADOR/DEUDOR cargar dichas sumas al préstamo. Las sumas que EL BANCO avance por tal concepto estarán garantizadas por la cesión y delegación de la póliza y por la garantía otorgada mediante el presente contrato.

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  • VIGENCIA DE LA OFERTA El periodo de vigencia de la oferta, será de 120 días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

  • Vigencia de la Fianza El “Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro.-------

  • PÓLIZA DE SEGURO A la firma del presente contrato EL DEUDOR entrega a LA ACREEDORA una póliza contra incendio, terremoto, ciclón líneas aliadas, sobre el inmueble objeto del presente contrato y sus mejoras, debidamente endosado a favor de LA ACREEDORA, por un monto igual al valor de construcción indicada en la tasación del (de los) inmueble (s) dado (s) en garantía al momento de la suscripción del presente contrato, contratada con una compañía de seguros aprobada por LA ACREEDORA y debidamente endosada de manera irrevocable a su favor como único beneficiario. Párrafo I: EL DEUDOR se obliga a mantener en vigor por renovaciones sucesivas y mientras sea deudor de LA ACREEDORA la referida póliza destinada a la garantía que antes se estipula, en el entendido de que si EL DEUDOR dejare de renovarla, LA ACREEDORA está autorizado, sin estar obligado a ello, a hacer por cuenta del DEUDOR dicha renovación y a cargar la prima pagada por cuenta de EL DEUDOR o de incorporarlo a la póliza colectiva de LA ACREEDORA y a cargar mensualmente la prima pagada por cuenta de EL DEUDOR, la cual se hará exigible de manera inmediata en la próxima cuota xxx xxxxxxxx, después que LA ACREEDORA efectúe el pago por su cuenta. Por tanto, previa notificación por escrito por cualquier medio fehaciente, del cargo realizado por LA ACREEDORA a EL DEUDOR, EL DEUDOR se compromete: a) en el caso de la póliza colectiva de LA ACREEDORA a realizar, conjuntamente con el pago de las cuotas xxx xxxxxxxx, el pago de las cuotas mensuales del seguro pagado por LA ACREEDORA; y b), en el caso de la renovación de la póliza de seguro de contra incendio, terremoto, ciclón líneas aliadas, por cuenta de EL DEUDOR, a liquidar el pago de la prima a partir de la notificación, conviniendo y aceptando EL DEUDOR que el tiempo que éste demore en efectuar el pago de la prima, le serán computados intereses sobre dicho monto insoluto al tipo de interés vigente en ese momento para este préstamo, de conformidad a lo indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx. Xxxxxxx XX: En caso de que se produzca algún siniestro, LA ACREEDORA aplicará el monto del seguro al capital, intereses, gastos y avances xxx xxxxxxxx. Xxxxxxx XXX: EL DEUDOR se obliga a contratar una póliza de Seguro de Vida con una Compañía de Seguros elegida de común acuerdo entre las partes, que cubra el monto de la suma prestada, la cual deberá estar debidamente endosada de manera irrevocable a favor de LA ACREEDORA, durante toda la vigencia xxx xxxxxxxx. Asimismo EL DEUDOR se obliga a pagar conjuntamente con la cuota xxx xxxxxxxx el monto mensual de la prima. En caso de que EL DEUDOR contrataré un seguro de vida no pagadero mensualmente con la cuota xxx xxxxxxxx sino que el mismo fuere obtenido directamente por EL DEUDOR y endosado a favor de LA ACREEDORA, éste se compromete a mantener en vigor por renovaciones sucesivas y mientras sea deudor de LA ACREEDORA el referido seguro de vida, en el entendido de que si EL DEUDOR dejare de renovarla, LA ACREEDORA está autorizado, sin estar obligado a ello, a hacer por cuenta de EL DEUDOR dicha renovación o de incorporarlo a la póliza colectiva de LA ACREEDORA y a cargar mensualmente la prima pagada por cuenta de EL DEUDOR, la cual se hará exigible de manera inmediata en la próxima cuota xxx xxxxxxxx, después que LA ACREEDORA efectúe el pago por su cuenta. Por tanto, previa notificación por escrito por cualquier medio fehaciente, del cargo realizado por LA ACREEDORA a EL DEUDOR, EL DEUDOR se compromete en el caso de la póliza colectiva a realizar, conjuntamente con el pago de las cuotas xxx xxxxxxxx, el pago de las cuotas mensuales del seguro pagado por LA ACREEDORA; y en el caso de la renovación de la póliza de seguro de vida por cuenta de EL DEUDOR, a liquidar el pago de la prima partir de la notificación, conviniendo y aceptando EL DEUDOR que el tiempo que éste demore en efectuar el pago de la prima, le serán computados intereses sobre dicho monto insoluto al tipo de interés vigente en ese momento para este préstamo, de conformidad a lo indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx. Xxxxxxx XX: EL DEUDOR se compromete a pagar a LA ACREEDORA, en cada cuota xxx xxxxxxxx, el cargo por administración de pago de pólizas de seguros colectiva de conformidad a lo indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx. En los casos en que EL DEUDOR haya endosado a LA ACREEDORA una póliza de seguro, EL DEUDOR se compromete a pagar a LA ACREEDORA, el cargo por renovación de póliza endosada de conformidad a lo indicado en el tarifario publicado en todas las oficinas de APAP y en su página de internet, xxx.xxxx.xxx.xx, en el caso de que LA ACREEDORA realice la renovación de la póliza Xxxxxxx X: EL DEUDOR declara que el pago de la póliza de Seguro de Vida en el momento de la defunción será por la suma que consigna la tabla de amortización de pago xxx xxxxxxxx en la fecha contractual durante toda la vigencia del mismo. En consecuencia quedará a cargo de sus herederos el pago de cualquier diferencia si EL DEUDOR ha dejado de efectuar el pago de cualquier cuota en la fecha indicada en este contrato. Párrafo VI: EL DEUDOR reconoce que para obtener la protección del seguro de vida debe ser aceptado por la Compañía Aseguradora y que el rechazo de ésta se le impone y en consecuencia no queda asegurada. Párrafo VII: No obstante lo anteriormente expuesto, EL DEUDOR tendrá la opción de incorporarse, previa aceptación por escrito, a la póliza de seguros colectiva de incendio y líneas aliadas así como de vida que LA ACREEDORA mantenga de tiempo en tiempo con una compañía de seguros del país, durante toda la vigencia xxx xxxxxxxx, en cuyo caso pagará la prima anual correspondiente, conforme se indica en las comunicaciones emitidas por la compañía de seguros correspondiente, que se adjuntará al presente contrato para que forme parte integral del mismo. La prima anual será distribuida en cuotas mensuales, pagaderas conjuntamente con las cuotas de capital e interés del presente contrato, durante toda la vigencia del mismo. Xxxxxxx XXXX: El incumplimiento de cualquiera de los compromisos aquí contraídos por EL DEUDOR dará origen a las caducidades previstas en este contrato y a la ejecutoriedad de la(s) garantía(s) otorgada (s). Xxxxxxx XX: LA ACREEDORA se compromete a entregar a EL DEUDOR, la información sobre la cobertura y condiciones particulares de la (s) póliza (s) colectiva (s) contratadas por LA ACREEDORA a solicitud de EL DEUDOR, así como en la (s) póliza (s) de seguro(s) renovadas por LA ACREEDORA por cuenta de EL DEUDOR.

  • Póliza de seguros El contratista deberá tener suscrito un seguro de pérdidas o daños materiales, cuyo beneficiario será el PTG, S.A. y tomador y pagador el adjudicatario, con un capital mínimo asegurado como valor del local de 900 euros por metro cuadrado construido del local a alquilar. A su vez, deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 600.000 euros, que dé cobertura a todas las responsabilidades por daños causados a terceros en el establecimiento objeto del presente contrato, con cobertura de R.C. Patronal y Cruzada incluida (límite por víctima para patronal 300.000 €) y que incluya garantía R.C. Locativa.

  • VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar vigente por el término del proceso y dos (2) meses más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación abierta.

  • VIGENCIA DEL SEGURO Las fechas de inicio y de fin de vigencia de la Póliza se indican en las Condiciones Particulares, Certificado o Solicitud-Certificado, según corresponda. La cobertura comienza a las 00:00 horas del día en que se inicia la vigencia y culmina a las 24:00 horas del último día de la vigencia, siempre que se cumplan los términos y condiciones estipulados en la Póliza.

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.