BASES
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP AS N° 011/2022-SBS
BASES
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INTERCONEXIÓN DE DATOS ENTRE SEDE LOS CEDROS Y EL CENTRO DE DATOS DE CONTINGENCIA
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DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. REFERENCIAS
Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se realiza conforme al artículo 55 del Reglamento. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
Importante |
• Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxxxx://xxx0.xxxxx.xxx .pe/. • En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. |
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La formulación de consultas y observaciones a las bases se efectúa de conformidad con lo establecido en los numerales 72.1 y 72.2 del artículo 72 del Reglamento, así como el literal a) del artículo 89 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES
La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a las disposiciones previstas en el numeral 72.4 del artículo 72 del Reglamento y el literal a) del artículo 89 del Reglamento.
Importante |
• No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma física. • Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente . |
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1.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas se presentan conforme lo establecido en el artículo 59 y en el artículo 90 del Reglamento.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita o digital, según la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales1). Los demás documentos deben ser visados por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado. No se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto. Las ofertas se presentan foliadas.
Importante |
• Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada. • En caso la información contenida en los documentos escaneados que conforman la oferta no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalece la información declarada en los documentos escaneados. • No se tomarán en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad. |
1.7. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible.
Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
En la apertura electrónica de la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, verifica la presentación de lo exigido en la sección específica de las bases de conformidad con el numeral 73.2 del artículo 73 del Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
1.8. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en el numeral 74.1 y el literal
a) del numeral 74.2 del artículo 74 del Reglamento.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido en el numeral 91.1 del artículo 91 del Reglamento.
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El desempate mediante sorteo se realiza de manera electrónica a través del SEACE.
Importante |
En el caso de contratación de servicios en general que se presten fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor estimado no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP2. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado anteriormente. |
1.9. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
La calificación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en los numerales 75.1 y
75.2 del artículo 75 del Reglamento.
1.10. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a lo establecido en el artículo 60 del Reglamento. El plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día hábil
La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción en el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo electrónico.
La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE. No se tomará en cuenta la subsanación que se presente en físico a la Entidad.
1.11. RECHAZO DE LAS OFERTAS
Previo al otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, revisa las ofertas económicas que cumplen los requisitos de calificación, de conformidad con lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en el artículo 68 del Reglamento, de ser el caso.
De rechazarse alguna de las ofertas calificadas, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, revisa el cumplimiento de los requisitos de calificación de los postores que siguen en el orden de prelación, en caso las hubiere.
1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Definida la oferta ganadora, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, otorga la buena pro mediante su publicación en el SEACE, incluyendo el cuadro comparativo y las actas debidamente motivadas de los resultados de la admisión, no admisión, evaluación, calificación, descalificación y el otorgamiento de la buena pro.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
2 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Importante |
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del artículo 64 del Reglamento. |
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por su Titular, cuando el valor estimado sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor estimado sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor estimado total del procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Importante |
• Una vez otorgada la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, está en la obligación de permitir el acceso de los participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito. Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de calificación no fueron analizados y revisados por el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda. • A efectos de recoger la información de su interés, los postores pueden valerse de distintos medios, tales como: (i) la lectura y/o toma de apuntes, (ii) la captura y almacenamiento de imágenes, e incluso (iii) pueden solicitar copia de la documentación obrante en el expediente, siendo que, en este último caso, la Entidad deberá entregar dicha documentación en el menor tiempo posible, previo pago por tal concepto. • El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas desconcentradas del OSCE, o en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, según corresponda. |
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Los plazos y el procedimiento para perfeccionar el contrato se realiza conforme a lo indicado en el artículo 141 del Reglamento.
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene, salvo en los contratos cuyo monto del valor estimado no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), en los que se puede perfeccionar con la recepción de la orden de servicios, conforme a lo previsto en la sección específica de las bases.
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el contrato con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de servicios, cuando el valor estimado del ítem corresponda al parámetro establecido en el párrafo anterior.
Importante |
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, debe consignar en la sección específica de las bases la forma en que se perfeccionará el contrato, sea con la suscripción del contrato o la recepción de la orden de servicios. En caso la Entidad perfeccione el contrato con la recepción de la orden de servicios no debe incluir la proforma del contrato establecida en el Capítulo V de la sección específica de las bases. |
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 139 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta se mantiene vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorga una garantía adicional por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato de la prestación accesoria, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
Importante |
• En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no superen el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento. • En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato, porcentaje que es retenido por la |
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Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establecen los
numerales 149.4 y 149.5 del artículo 149 del Reglamento y el numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento.
3.2.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 153 del Reglamento.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que cuenten con clasificación de riesgo B o superior. Asimismo, deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
Advertencia |
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente: 1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxx- financiero/clasificadoras-de-riesgo). 2. Se debe identificar en la página web de la clasificadora de riesgo respectiva, cuál es la clasificación vigente de la empresa que emite la garantía, considerando la vigencia a la fecha de emisión de la garantía. 3. Para fines de lo establecido en el artículo 148 del Reglamento, la clasificación de riesgo B, incluye las clasificaciones B+ y B. 4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento. En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva. De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías, debe revisarse el portal web de dicha Entidad (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxx- financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza). Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora. |
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3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 155 del Reglamento.
3.5. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.6. PENALIDADES
3.6.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con el artículo 162 del Reglamento.
3.6.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la sección específica de las bases.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.7. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 164 del Reglamento.
3.8. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez (10) días calendario siguientes de otorgada la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario competente.
La conformidad se emite en un plazo máximo de siete (7) días de producida la recepción salvo que se requiera efectuar pruebas que permitan verificar el cumplimiento de la obligación, en cuyo caso la conformidad se emite en un plazo máximo de quince (15) días, bajo responsabilidad del funcionario que debe emitir la conformidad.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
Advertencia |
En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 171 del Reglamento, debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada. |
3.9. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Superintendencia de Banca, Seguros y AFP |
RUC Nº | : | 20131370564 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx |
Teléfono: | : | 000-0000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de interconexión de datos entre sede los Cedros y el centro de datos de contingencia.
1.3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorando N° 119-2022-SAAG el 08 xx xxxxx del 2022.
1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos propios.
1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.6. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.7. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio será brindado por 12 meses contados desde el día siguiente de la fecha de firma del Acta de Inicio del Servicio. El plazo de implementación es de 90 días calendario contados desde el día siguiente de la fecha de suscripción del contrato.
1.8. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar S/ 3.74 (tres y 74/100 Soles) en la Caja de la Entidad y recabar un ejemplar en el Departamento de Logística, ambos ubicados en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx, en el horario de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 17:30 horas, previa coordinación mediante correo electrónico.
1.9. BASE LEGAL
Resolución SBS N° 3915-2021, Medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal para el Ejercicio 2022 en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Según el cronograma de la ficha de selección de la convocatoria publicada en el SEACE.
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta contendrá, además de un índice de documentos3, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1)
b) Documento que acredite la representación de quien suscribe la oferta.
• Tratándose de persona jurídica, la vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos se verificará a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/ u otro medio con el que cuenta la Entidad.
• En caso de persona natural, el documento nacional de identidad o carnet de extranjería, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos se verificará a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/ u otro medio con el que cuente la Entidad.
• En caso de persona natural extranjera, copia del carnet de extranjería u otro documento análogo al documento nacional de identidad.
c) Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento
(Anexo N°2)
d) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 4)
f) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5)
g) El precio de la oferta en soles debe registrarse directamente en el formulario electrónico del SEACE.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen son expresados con dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos
(2) decimales.
3 La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.
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Importante |
• El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. • En caso de requerir estructura de costos o análisis de precios, esta se presenta para el perfeccionamiento del contrato. |
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
a) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad4.
b) Solicitud de bonificación por tener la condición de micro y pequeña empresa.
(Anexo N° 9)
Advertencia |
El comité de selección no podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores de evaluación”. |
2.3. PRESENTACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
El recurso de apelación se presenta ante la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad.
En caso el participante o postor opte por presentar recurso de apelación y por otorgar la garantía mediante depósito en cuenta bancaria, se debe realizar el abono en:
N ° de Cuenta : Cta. Cte. M/N 1930577617013 Banco : BANCO DE CREDITO DEL PERU
N° CCI : 00219300057761701315
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR LA CONTRATACION
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar la contratación:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato, de ser el caso.
b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
c) Código de cuenta interbancaria (CCI) (Anexo N° 11) o, en el caso de proveedores no
domiciliados, el número de su cuenta bancaria y la entidad bancaria en el exterior.
d) Documento que acredite la representación de quien suscriba el contrato:
• Tratándose de persona jurídica, la vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos se verificará a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/ u otro medio con el que cuenta la Entidad.
4 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
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• En caso de persona natural, el documento nacional de identidad o carnet de extranjería, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos se verificará a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/ u otro medio con el que cuente la Entidad.
• En caso de persona natural extranjera, copia del carnet de extranjería u otro documento análogo al documento nacional de identidad.
e) Carta simple indicando el domicilio y dirección de correo electrónico para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
f) Detalle de la propuesta (Anexo N° 06)
g) Información de los contactos respectivos (número de teléfonos y correos electrónicos) y un cuadro de escalamiento comercial, de post-venta y atención de xxxxxxx y/o asistencia técnica.
h) Compromiso de confidencialidad (Anexo N° 10)
Importante |
• En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. • En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo 149 y el numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo N° 1) o en la solicitud de retención de la garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx .pe/servicios - en-linea-2-2 opción consulta de empresas acreditadas en el REMYPE. • En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento. |
Importante |
• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. • De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya5. • La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. |
5 Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
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2.5. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación de la Orden de Servicio. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento, debe presentar la documentación requerida en el Departamento de Logística, sito en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx Xxxxxx o al correo electrónico xxxxxx@xxx.xxx.xx
2.6. FORMA DE PAGO
El pago por el costo de instalación se realizará a la culminación del plazo de implementación.
El costo por el servicio se pagará en forma mensual en doce (12) cuotas iguales. Todos los pagos requerirán de la conformidad del Departamento de Soporte Técnico de la Gerencia de Tecnologías de lnformación.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable de la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
Dicha documentación se debe presentar en el Departamento de Logística, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx, en el horario de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 17:30 horas, previa coordinación mediante correo electrónico.
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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO
3.1. TERMINOS DE REFERENCIA
1. DENOMINACION DE LA CONTRATACION
El requerimiento consiste en contratar el servicio de transmisión de datos entre la sede Cedros y el centro de datos de contingencia.
2. FINALIDAD PUBLICA
El presente proceso tiene como finalidad la contratación del servicio de interconexión de datos entre Sede ubicada en la calle Cedros y en el Centro de Datos de Contingencia, para garantizar una correcta conectividad entre las mismas. Es preciso señalar el servicio solicitado es parte la plataforma informática de la SBS y que van a permitir la interconectar ambos locales para ser empleado como un medio alterno de conexión con el centro de datos de contingencia.
3. OBJETO
La Superintendencia requiere contratar el servicio de interconexión de datos mediante enlaces de datos en dos sedes de la Superintendencia ubicadas en la ciudad de Lima.
El servicio se contratará bajo la modalidad de 24x7 por un período de 12 meses.
4. DESCRIPCION DE LOS BIENES Y SERVICIOS A CONTRATAR CARACTERÍSTICAS GENERALES
• El Nivel del Servicio (SLA) mínimo debe ser de 99,7%.
• El enlace debe ser de fibra óptica oscura, canalizada y subterránea en la última milla. El acceso a las cámaras, en todo el tramo, deberá ser restringido, bajo responsabilidad del contratista.
• En todos servicios solicitados, el contratista deberá considerar a su costo los servicios, e interfaces o equipamiento necesarios, a fin de garantizar el correcto funcionamiento del servicio
• Todos los bienes a ser suministrados como parte del servicio deberán ser nuevos, de primer uso y se encontrarán bajo la modalidad de comodato en uso. Debiendo el proveedor garantizar su correcto funcionamiento durante todo el plazo del contrato.
El SLA indicado será considerado en base a la disponibilidad de la fibra óptica.
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS
• El servicio solicitado consiste en el arrendamiento de una fibra óptica oscura (fibra oscura) para interconectar dos sedes de la Superintendencia.
• Entiéndase por “Fibra Oscura” aquellos enlaces de Fibra Óptica punto a punto, que serán “iluminados” a través de los equipos propios de la SBS. El ancho xx xxxxx será dimensionado de acuerdo a los equipos ópticos utilizados para “iluminar” dichas fibras y a la capacidad de transmisión de las mismas.
• El ancho xx xxxxx requerido para los enlaces de Fibra Óptica Dedicada (“Fibra Oscura”), debe soportar transmisiones de 1 y 10 gbps. Los equipos ópticos a utilizar soportan trasmisiones a 10 gbps en medios de fibra óptica.
• Al respecto, se precisa que los enlaces de Fibra Óptica deberán soportar transmisiones a Gigabit Ethernet y Ten Gigabit Ethernet, manteniendo el mismo ancho xx xxxxx de extremo a extremo, es decir, el ancho xx xxxxx de cada uno de los enlaces de Fibra Óptica dedicada deberá soportar velocidades de 1 y 10 gbps.
• El enlace de Fibra Óptica debe permitir la interconexión entre dos puntos (sedes) de la red de datos, a través de un solo enlace físico de Fibra Óptica mono-modo punto a punto.
• La fibra óptica será entregada en ambos extremos en un panel de distribución de Fibra Óptica (ODF) rackeable e instalada en rack o gabinete y conectadas en la totalidad de fibras entregadas. El panel de distribución ODF deberá ser entregado por
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el contratista. Se entregarán Fibras Ópticas con por lo menos cuatro (04) hilos (TX/RX). En caso de que el contratista entregue hilos adicionales, éstos deberán estar habilitados en el ODF respectivo. El ODF deberá tener conectores de Fibra Óptica del Tipo SC.
• En ambos lados la fibra óptica será conectada a equipos con interfaz LC.
• Los medios de Fibra Óptica dedicada del tipo mono-modo, instalados por el contratista, deberán soportar transmisiones de 10 gbps en distancias de hasta veinte
(20) km. Es decir, la fibra óptica oscura medida de extremo a extremo no deberá ser mayor a dicha distancia.
• La atenuación no deberá ser mayor a 15dB.
• El contratista proporcionará, en caso de ser necesario, los elementos necesarios para adaptar la conexión entre la infraestructura del contratista y el equipamiento de red de propiedad de la SBS.
El servicio solicitado debe darse entre las siguientes ubicaciones:
Tabla Nº 01
Enlace | Dirección Origen | Dirección Destino | Ancho xx Xxxxx |
4 hilos de Fibra Oscura Monomodo canalizada y subterránea | Xxxxx Xxx Xxxxxx 000 – Xxx Xxxxxx - Xxxx | Xxxxx Xxxxxxxx 000 – Xxxxxxxx xx Xxxxx – Lima (Sede de la empresa Américatel Perú) | Soporte de 10 Gbps |
La SBS brindará las facilidades necesarias para realizar los trabajos necesarios para la implementación del servicio solicitado.
La SBS comunicará a la empresa Américatel Perú, el trabajo a ser realizado por el contratista, para lo cual, este deberá coordinar y gestionar ante dicha empresa el ingreso de la fibra óptica a sus instalaciones hasta llegar a la sala 3 - gabinete AW15, donde se ubican los equipos de la Superintendencia.
El personal del contratista que realice los trabajos de implementación deberá cumplir con las normas vigentes y complementarias en materia de seguridad y salud en el trabajo que correspondan.
La SBS dispondrá en ambas ubicaciones de los espacios físicos en sus gabinetes para la colocación la bandeja de fibra óptica
El Contratista podrá hacer uso de los ductos y/o canalizaciones existentes en cada sede, siempre y cuando exista el espacio suficiente para un tendido adecuado de la fibra óptica. Si no existiese el espacio suficiente, el contratista deberá realizar la instalación de una nueva ducteria y/o canalización manteniendo la estética existente preferentemente empotrada y reparando cualquier daño que se produzca. En el caso de la Sede Americatel, el contratista deberá respetar las condiciones de acceso que dicha empresa indique.
4.1 NIVELES DE SERVICIO PARA FIBRA OSCURA
La disponibilidad mensual mínima requerida es de 99.70%, para cada enlace. La SBS calculará la disponibilidad, en forma mensual, para cada enlace, de la siguiente manera:
Disponibilidad = TT – TE x 100
TT
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Dónde:
TT = Cantidad de minutos del mes (brindada por el contratista) para la provisión del servicio de línea dedicada.
TE = Total de minutos sin servicio en el mes.
La SBS se reserva el derecho de implementar herramientas de medición de tráfico, que permitan verificar el cumplimiento de las presentes especificaciones técnicas.
En vista que todos los enlaces, incluidos los de Fibra Óptica Dedica “Fibra Oscura”, son propiedad del contratista y provistos por el mismo; es el contratista quien garantiza la disponibilidad mensual mínima requerida de todos sus enlaces. Para el caso particular de la de la Fibra Oscura, en caso de tener averías que afecten estos enlaces, el servicio de interconexión también se vería afectado. Por lo cual, la disponibilidad mensual aplica también para los enlaces de Fibra Óptica Dedica “Fibra Oscura”.
4.2 DEL CONTRATISTA
Deberá contar con la infraestructura y autorizaciones necesarias para poder suministrar, comercializar y dar soporte a los bienes y servicios solicitados en forma satisfactoria y cumpliendo con lo requerido en el presente documento.
Deberá contar con un centro de gestión para la atención, solución y seguimiento de averías que puedan presentarse durante la ejecución del servicio.
El contratista durante la ejecución contractual deberá garantizar en todo momento la seguridad lógica de servicio prestado en todo momento. El término utilizado de “seguridad lógica” se refiere a la seguridad que brinda el contratista en toda su infraestructura, para garantizar confiabilidad e integridad de la información del cliente, respecto a otros elementos ajenos a la red del mismo de acuerdo a las normas regulatorias emitidas por OSIPTEL y el MTC, según corresponda.
4.3 ENTREGABLES
4.3.1 AL INICIO DEL PROYECTO
El contratista deberá hacer entrega de la siguiente documentación de carácter obligatorio en un plazo máximo de siete (07) días calendarios contados desde el día siguiente de la fecha de suscripción del contrato.
• Cronograma detallado para la implementación del proyecto, incluye recursos y personal.
• Planos de red detallados en formato digital (PDF), a escala, indicando rutas utilizadas para cada uno de los enlaces, de ser factible, se deberá incluir nombres de calles y avenidas. Se aceptarán diagramas o gráficas en donde se indiquen las rutas utilizadas para cada uno de los enlaces. Los planos de red representan información necesaria para validar/ verificar el recorrido de las fibras ópticas a ser implementadas. Por lo tanto, esta documentación deberá ser entregada dentro de los plazos previstos en las bases.
4.3.2 PARA EL INICIO DEL SERVICIO - CONFORMIDAD
Al término de la implementación, el contratista deberá entregar un informe técnico detallado, indicando números de circuitos por enlaces, características del equipamiento implementado con su número de contrato respectivo, niveles de acceso por equipamiento, direccionamiento IP, calidad de servicio implementado, entre otros. Adicionalmente, se deberá realizar la entrega de un diagrama de red detallado en formato digital (Visio o PDF).
Carta del fabricante y/o representante local del fabricante, que acredite la vigencia tecnológica de los equipos instalados por el plazo de 36 meses.
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5 PRUEBAS Y CONFORMIDAD
• El contratista, en coordinación con la Superintendencia una vez terminada la instalación, realizarán en forma conjunta los procedimientos de inspección y pruebas sobre la infraestructura y equipos instalados, de tal forma que le permita establecer que los servicios serán brindados de conformidad con lo solicitado en los presentes términos de referencia y en la propuesta del postor adjudicado.
• Cualquier defecto notificado al contratista durante la realización de las pruebas de conformidad, serán inmediatamente rectificadas por éste sin costo alguno, teniendo como plazo máximo cinco (05) días calendarios a partir del día siguiente de su notificación. Las pruebas deberán concluirse al menos tres (03) días calendarios antes de la suscripción del acta de inicio del servicio.
• Finalizado las pruebas de aceptación, se procederá a la firma y entrega del Acta de Inicio del Servicio, en esta acta se incluirá la vigencia efectiva del servicio (fecha de inicio y fin).
6 PERSONAL CLAVE
• Un (01) Jefe del Proyecto para las coordinaciones referidas a la implementación del servicio.
• Un (01) Coordinador de Xxxxxxx, quien coordinará con el responsable de la Superintendencia para las atenciones referidas a consultas, reclamos, xxxxxxx u otros que se presenten durante la vigencia del contrato. En ningún caso, una sola persona puede cumplir ambos puestos.
7 SOPORTE
Se requiere un soporte por 12 meses tanto para los enlaces de fibra oscura como para los equipos ofertados.
El contratista deberá contar con un NOC o SOC (Security Operation Center), que opere en formato 24x7x365, las 24 horas del día durante los 365 días del año, incluyendo los domingos y feriados. Este NOC/SOC deberá contar con personal especializado para la resolución de averías en los servicios ofrecidos. Para tal fin, se entenderá por avería una interrupción parcial, total y/o degradación del servicio.
La SBS podrá reportar un incidente o una avería telefónicamente o por correo electrónico, considerándose todas estas formas igualmente válidas.
Finalizado el reporte de la avería, el NOC/SOC deberá proporcionar un código de avería, para el posterior seguimiento de la misma. Posteriormente, a solicitud de la SBS, el contratista deberá proporcionar información del estado del incidente o avería reportado.
La SBS deberá contar con acceso prioritario al NOC/SOC, para la atención inmediata de las notificaciones de avería. El NOC/SOC deberá tener personal capacitado en los equipos de la solución propuesta para atender cualquier incidente y dar una personalizada atención.
Para los servicios de Interconexión a través de Fibra Óptica Dedicada (“Fibra Oscura”), y en circunstancias donde la infraestructura del contratista y/o el servicio estén comprometidos por un período mayor a dos (02) horas, tales como averías masivas o aquellas donde los tiempos de reparación dependan de terceros, el tiempo máximo para la resolución de una avería crítica no deberá ser mayor a ocho (08) horas. De persistir la avería por un período mayor de ocho (08) horas, el contratista deberá entregar y/o implementar (sin costo para la SBS) una solución alternativa con similares o mayores características para la continuidad del servicio, hasta que concluya con la solución de la avería de manera definitiva.
Los procedimientos y tiempos de atención durante el periodo de duración de la solución alternativa deberán ser efectuados de la misma manera y de acuerdo a lo descrito en los párrafos anteriores.
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Para la resolución de xxxxxxx o incidente reportados, el personal técnico deberá apersonarse a las instalaciones de la SBS, salvo que previamente y por mutuo acuerdo entre el personal técnico de ambas partes, se convenga que dicho soporte sea remoto.
El postor ganador de la buena pro deberá proporcionar la información de los contactos respectivos (número de teléfonos y correos electrónicos) y un cuadro de escalamiento comercial, de post-venta y atención de xxxxxxx y/o asistencia técnica. Dicha información deberá ser entregada a la SBS como requisito para el perfeccionamiento del contrato.
Los servicios de mantenimiento correctivo deberán estar disponibles las 24 horas, sin límite de horas por intervención, ni cantidad de intervenciones mensuales, dándose por atendido un problema cuando es solucionado en su totalidad y con disponibilidad para ingresar a cualquier de las sedes involucradas para lo cual deben contar con los permisos y documentos necesarios.
De presentarse el caso de xxxxxxx, se evaluará previamente los hechos para determinar las responsabilidades que correspondan.
Informes
El contratista deberá entregar informes mensuales a la SBS por el servicio utilizado, en un documento físico o electrónico, durante la primera semana siguiente de culminado el mes.
Estos reportes deberán incluir la siguiente información:
• Disponibilidad del servicio.
• Resumen del uso de cada uno de los enlaces, en ancho xx xxxxx (no aplicable para la fibra óptica “oscura”).
• Averías o fallas ocurridas, durante el mes.
• Tiempos de respuesta del servicio técnico.
• Cada vez que ocurra una avería y finaliza la atención de la misma, a satisfacción de la SBS, el contratista deberá entregar un informe detallado en documento físico o electrónico, indicando las causas de la avería, diagnósticos, solución, y tiempos empleados. El informe se entregará en un plazo no mayor de siete (07) días útiles, contados a partir de la fecha en la que finalice la atención de la avería.
8 LUGARES PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO
El servicio será brindado en las siguientes sedes de la Superintendencia:
Enlace | Dirección |
Sede Cedros | Xxxxx Xxx Xxxxxx 000 – Xxx Xxxxxx - Xxxx |
Sede Americatel – Centro de Datos de Contingencia | Xxxxx Xxxxxxxx 000 – Xxxxxxxx xx Xxxxx - Xxxx |
9 FORMA DE PAGO
El pago por el costo de instalación se realizará a la culminación del plazo de implementación. El costo por el servicio se pagará en forma mensual en doce (12) cuotas iguales.
Todos los pagos requerirán de la conformidad del Departamento de Soporte Técnico de la Gerencia de Tecnologías de Información.
10 PLAZOS
Plazo de Implementación
El servicio deberá ser implementado en un plazo de 90 días calendarios contados desde el día siguiente de la fecha de suscripción del contrato, salvo indicación expresa de la Superintendencia.
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Dicho plazo comprende permisos municipales, obras civiles, importación e instalación de equipos de comunicaciones de ser requerido y cualquier otra actividad que sea necesaria para la puesta en marcha del servicio. Los permisos municipales y sus costos asociados corren a cargo del contratista.
Una vez culminada la implementación en forma satisfactoria se procederá con la firma del Acta de Inicio del Servicio.
Es responsabilidad del Contratista gestionar los permisos necesarios con anticipación a fin de evitar inconvenientes con la implementación del servicio. Solo se podrá prorrogar dicho plazo por causas atribuibles a la SBS.
Para la realización de cualquier trabajo de implementación que deba ser efectuado dentro de sus instalaciones de la SBS se garantizará al Contratista todas las facilidades técnicas que sean necesarias; así como todos los accesos que correspondan, teniendo a su cargo la responsabilidad de gestionar las autorizaciones de ingreso necesarias, de desocupar los espacios, oficinas y/o pasillos donde vayan a ser ejecutados los respectivos trabajos de instalación, o la provisión de los servicios correspondientes para la instalación de cualquier equipo.
Solo si se presentase inconvenientes respecto a las facilidades de accesos y/o facilidades técnicas requeridas imputables a la Entidad, corresponderá la suspensión del plazo de implementación previsto en las Bases hasta que haya quedado subsanado el inconveniente.
Plazo del Servicio
El servicio será brindado por 12 meses contados desde el día siguiente de la fecha de firma del Acta de Inicio del Servicio.
11 PENALIDADES APLICABLES
La SBS aplicará penalizaciones de acuerdo a la siguiente tabla:
A. POR INCUMPLIMIENTO DE LA DISPONIBILIDAD contratista) | DEL SISTEMA (imputables al | |
Disponibilidad Mensual por circuito | % Deducible de la facturación mensual | |
Mayor o igual a 99.70% | 0% | |
Entre 99.69 y 99.50% inclusive | 1% | |
Entre 99.49 y 99.40% inclusive | 2% | |
Entre 99.39 y 99.30 % inclusive | 4% | |
Entre 99.29 y 99.20 % inclusive | 6% | |
Entre 99.19 y 99.10 % inclusive | 8% | |
Menor | a 99.10 % | 10% |
Las penalidades podrán ser acumulables. No se aplicará penalidad por causas atribuibles a la SBS o por causas externas al contratista.
12 CONFIDENCIALIDAD
El contratista, con motivo de la prestación, recibirá de la Superintendencia información de carácter estrictamente confidencial que debe ser utilizada sólo para los fines de ejecución, por ello, será obligación del contratista mantener total secrecía y confidencialidad respecto a los datos e información de cualquier clase, que la Superintendencia le proporcione, o bien, a la que tenga acceso, con motivo de la prestación y desarrollo de su ejecución.
Como parte del servicio y en relación a la CONFIDENCIALIDAD, el contrato considerará la
cláusula y compromiso de confidencialidad.
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13 RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
El contratista será responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos del servicio conforme a lo indicado en el Artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado, por un plazo de un (01) año a partir de la conformidad otorgada por parte de la Superintendencia.
14 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El contratista se obliga a implementar y dar estricto cumplimiento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, a los lineamientos para la vigilancia. prevención y control de la COVID-19, señalados en el Ministerio de Salud y otras disposiciones que se apliquen a su actividad económica y que hayan sido emitidos por su Sector o por la autoridad competente en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria, bajo responsabilidad. Asimismo, deberá cumplir con las disposiciones para la vigilancia, prevención y control del Covid-19 en el trabajo emitidas por LA SUPERINTENDENCIA cuando corresponda, suministrando a su personal el equipamiento requerido para el desarrollo de sus funciones de manera segura dentro de los locales de la Superintendencia.
15 REQUISITOS DE CALIFICACION
A | CAPACIDAD LEGAL | ||
HABILITACIÓN | |||
Requisitos: El postor debe contar con autorización vigente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones como Prestador de Servicios de Valor Añadido. Importante De conformidad con la Opinión N° 186-2016/DTN, la habilitación de un postor, está relacionada con cierta atribución con la cual debe contar el proveedor para poder llevar a cabo la actividad materia de contratación, este es el caso de las actividades reguladas por normas en las cuales se establecen determinados requisitos que las empresas deben cumplir a efectos de estar habilitadas para la ejecución de determinado servicio o estar autorizadas para la comercialización de ciertos bienes en el mercado. Acreditación: Copia simple de la autorización vigente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones como Prestador de Servicios de Valor Añadido. Se podrá presentar la impres ión simple de la relación de empresas incluidas en el Registro de empresas prestadoras de servicios de valor añadido. Se precisa que se podrá acreditar la habilitación mediante copia simple de comunicación emitida por el MTC donde se especifique las concesiones del operador o copia simple de la relación de concesiones publicada en la Página Web del MTC que la entidad requiere. | |||
Importante | |||
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
B.1 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE |
Requisitos: Jefe de Proyecto: experiencia mínima de 3 años como jefe de proyectos de trans mis ión o interconexión de datos Coordinador de Soporte: experiencia mínima de 3 años en labores de soporte de servicios de transmisión o interconexión de datos |
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De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el computo del tiempo de dicha experiencia solo se considerará una vez el periodo traslapado. | |||
Acreditación: | |||
La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experienc ia del personal propuesto. | |||
Importante | |||
• Los documentos que acreditan la experiencia deben incluir los nombres y apellidos del personal clave, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación indicando el día, mes y año de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización que emite el documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento. | |||
• En caso los documentos para acreditar la experiencia establezcan el plazo de la experiencia adquirida por el personal clave en meses sin especificar los días se debe considerar el mes completo. | |||
• Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. | |||
• Al calificar la experiencia del personal, se debe valorar de manera integral los documentos presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con aquella prevista en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el personal corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido en las bases | |||
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD | ||
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 100,000.00 (cien mil con 00/100 soles) por la contratación de servicios iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda. En el caso de postores que declaren en el Anexo N° 1 tener la condición de micro y pequeña empresa, se acredita una experiencia de S/ 25,000.00 con 00/100), por la venta de servicios iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben contar con la condición de micro y pequeña empresa Se consideran servicios similares a los siguientes: servicios de transmisión de datos, voz e Internet. Acreditación: La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia s imple de (i) contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelac ión en el mis mo comprobante de pago 6 , correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. |
6 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:
“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o “pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera reconocerse la validez de la experiencia”.
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En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratac ión, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad. En el caso de servicios de ejecución periódica o cont inuada, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimis mo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “ Participac ión de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado” , debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participac ión se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue tra ns mitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Si el postor acredita experienc ia de una persona absorbida como consecuenc ia de una reorganización societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 8. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad. | |||
Importante | |||
• Al calificar la experiencia del postor, se debe valorar de manera integral los documentos presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la denominación del objeto contractual no coincida literalmente con el previsto en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que ejecutó el postor corresponden a la experiencia requerida. • En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que se hayan comprometido, según la promesa de consorcio, a ejecutar el objeto materia de la convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
Importante |
• Si como resultado de una consulta u observación corresponde precisarse o ajustarse el requerimiento, se solicita la autorización del área usuaria y se pone de conocimiento de tal hecho a la dependencia que aprobó el expediente de contratación, de conformidad con el numeral 72.3 del artículo 72 del Reglamento. • El cumplimiento de los Términos de Referencia se realiza mediante la presentación de una declaración jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que acredite el cumplimiento del algún componente de estos. Para dicho efecto, consignará de manera detallada los documentos que deben presentar los postores en el literal e) del numeral 2.2.1.1 de esta sección de las bases. • Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente, y no mediante declaración jurada. |
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ANEXO “A” LINEAMIENTOS DE CONFIDENCIALIDAD
CLÁUSULA CONFIDENCIALIDAD
Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad.
Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA.
La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA.
Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello.
El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx.
Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el compromiso de confidencialidad anexo al presente.
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COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad)
N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC.
N°..............................., y con Domicilio Legal en......................................................................., declara
aceptar lo siguiente:
1. EL CONTRATISTA está obligado a guardar reserva sobre cualquier información de LA SUPERINTENDENCIA a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del presente contrato, a no revelar ni permitir la revelación de cualquier detalle a los medios de prensa o a terceros, a no revelar que LA SUPERINTENDENCIA es cliente de EL CONTRATISTA en relación con la prestación, y a no usar el nombre de LA SUPERINTENDENCIA en cualquier promoción, publicidad o anuncio, sin previa autorización escrita de LA SUPERINTENDENCIA, a excepción de aquella información que LA SUPERINTENDENCIA o una autoridad judicial o arbitral lo autorice o disponga, o cuando se trate de información de dominio público. Esta obligación permanecerá vigente no obstante el vencimiento o la terminación del presente contrato, siendo su incumplimiento causal de resolución del presente contrato.
La confidencialidad de la información, a que se refiere el párrafo precedente, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con éstos se celebren.
2. EL CONTRATISTA declara expresamente que constituye causal de resolución del presente contrato el incumplimiento del presente compromiso de confidencialidad.
Lima,…………………………………….
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | PRECIO | |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará el documento que contiene el precio de la oferta (Anexo Nº 6). | La evaluación consistirá en otorgar el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorgar a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi i= Oferta Pi= Puntaje de la oferta a evaluar Oi=Precio i Om= Precio de la oferta más baja PMP=Puntaje máximo del precio 100 puntos |
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección son objetivos y guardan vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación. |
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ANEXOS
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Señores
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA
JURÍDICA],DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | ||||
Domicilio Legal : | ||||
RUC : | Teléfono(s) : | |||
MYPE7 | Sí | No | ||
Correo electrónico : |
Autorización de notificación por correo electrónico:
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes actuaciones:
1. Solicitud de la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de la oferta.
2. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.
3. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los documentos para perfeccionar el contrato.
4. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.
5. Notificación de la orden de servicios8
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles de recibida la comunicación.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción. |
7 Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de T rabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0/ y se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx p or ciento (10%) del monto del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, en los contratos periódicos de prestación de servicios, segú n lo señalado en el numeral 149.4 del artículo 149 y numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
8 Cuando el monto del valor estimado del procedimiento o del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), en caso se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de servicios.
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Importante |
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente: |
Señores
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE DEL CONSORCIO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO que la
siguiente información se sujeta a la verdad:
Datos del consorciado 1 | ||||
Nombre, Denominación o Razón Social : | ||||
Domicilio Legal : | ||||
RUC : | Teléfono(s) : | |||
MYPE9 | Sí | No | ||
Correo electrónico : |
Datos del consorciado 2 | ||||
Nombre, Denominación o Razón Social : | ||||
Domicilio Legal : | ||||
RUC : | Teléfono(s) : | |||
MYPE10 | Sí | No | ||
Correo electrónico : |
Datos del consorciado … | ||||
Nombre, Denominación o Razón Social : | ||||
Domicilio Legal : | ||||
RUC : | Teléfono(s) : | |||
MYPE11 | Sí | No | ||
Correo electrónico : |
Autorización de notificación por correo electrónico:
Correo electrónico del consorcio:
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes actuaciones:
9 En los contratos periódicos de prestación de servicios, esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0/ y se tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el numeral 149.4 del artículo 149 y numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglame nto. Para dichos efectos, todos los integrantes del consorcio deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
10 Ibídem.
11 Ibídem.
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1. Solicitud de la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de la oferta.
2. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.
3. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los documentos para perfeccionar el contrato.
4. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.
5. Notificación de la orden de servicios12
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles de recibida la comunicación.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante común del consorcio
Importante |
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción. |
12 Cuando el monto del valor estimado del procedimiento o del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), en caso se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de servicios.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
i. No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como a respetar el principio de integridad.
ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
iii. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
iv. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta, comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.
v. Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección.
vi. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente procedimiento de selección.
vii. Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece el servicio de interconexión de datos entre sede los Cedros y el centro de datos de contingencia, de conformidad con los Términos de Referencia que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio objeto del presente procedimiento de selección de acuerdo a lo siguiente:
El servicio será brindado por 12 meses contados desde el día siguiente de la fecha de firma del Acta de Inicio del Servicio.
El plazo de implementación es de 90 días calendario contados desde el día siguiente de la fecha de suscripción del contrato.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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Señores
ANEXO Nº 5
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS.
Asimis mo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Contrataciones xxx Xxxxx o, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINA CIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL XXXXXXXXX DO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINA CIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL XXXXXXXXX DO 2].
b) Des ignamos a [CONSIGNA R NOMBRES Y A PELLIDOS DEL REPRESENTA NTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDA D] N° [CONSIGNA R NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDA D], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del c ontrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDA D].
Xxxxxx mo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [ ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGA CIONES DE [NOMBRE, DENOMINA CIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 13 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGA CIONES DE [NOMBRE, DENOMINA CIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 14 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2] | |
TOTAL OBLIGACIONES | 100%15 |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
13 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
14 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
15 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | IMPLEMENTACION | PRECIO SERVICIO MENSUAL | PRECIO TOTAL |
Servicio de interconexión de datos entre sede los Cedros y el centro de datos de contingencia | |||
TOTAL |
El precio de la oferta [Soles] incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP AS N° 011/2022-SBS
ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA DEL CONTRATO O CP 16 | FECHA DE LA CONFORMIDAD DE SER EL CASO17 | EXPERIENCIA PROVENIENT E18 DE: | MONEDA | IMPORTE19 | TIPO DE CAMBIO VENTA20 | MONTO FACTURADO ACUMULADO 21 |
1 | ||||||||||
2 | ||||||||||
3 | ||||||||||
4 |
16 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
17 Únicamente, cuando la fecha del perfeccionamiento del contrato, sea previa a los ocho (8) años anteriores a la fecha de prese ntación de ofertas, caso en el cual el postor debe acreditar que la conformidad se emitió dentro de dicho periodo.
18 Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación sustentatoria correspondiente . Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona jurídica, la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010 -2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria que comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión; asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la so ciedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización societaria antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
19 Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
20 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
21 Consignar en la moneda establecida en las bases.
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Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA DEL CONTRATO O CP 16 | FECHA DE LA CONFORMIDAD DE SER EL CASO17 | EXPERIENCIA PROVENIENT E18 DE: | MONEDA | IMPORTE19 | TIPO DE CAMBIO VENTA20 | MONTO FACTURADO ACUMULADO 21 |
5 | ||||||||||
6 | ||||||||||
7 | ||||||||||
8 | ||||||||||
9 | ||||||||||
10 | ||||||||||
… | ||||||||||
20 | ||||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
40
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP AS N° 011/2022-SBS
ANEXO Nº 8
DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro que la experiencia que acredito de la empresa [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA] como consecuencia de una reorganización societaria, no se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 49.4 del artículo 49 del Reglamento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
A efectos de cautelar la veracidad de esta declaración, el postor puede verificar la información de la Relación de Proveedores Sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado con Sanción Vigente en xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxx. También le asiste dicha facultad al órgano encargado de las contrataciones o al órgano de la Entidad al que se le haya asignado la función de verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. |
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP AS N° 011/2022-SBS
ANEXO Nº 9
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL CINCO POR CIENTO (5%) POR TENER LA CONDICIÓN DE MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 011/2022-SBS
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del cinco por ciento (5%) sobre el puntaje total obtenido, debido a que mi representada cuenta con la condición de micro y pequeña empresa.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante |
• Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, verifica la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link xxxx://xxx0.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxxxx-0-0/. • Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe cumplir con la condición de micro y pequeña empresa. |
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP AS N° 011/2022-SBS
ANEXO Nº 10
LINEAMIENTOS DE CONFIDENCIALIDAD
CLÁUSULA CONFIDENCIALIDAD
Debido a la prestación materia del presente contrato, las partes convienen en calificar como confidencial a toda la información obtenida, así como los informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, no pudiendo divulgarlos sin autorización expresa de LA SUPERINTENDENCIA. Esta obligación subsistirá para EL CONTRATISTA aún después de concluida la vigencia del presente contrato.
En este sentido, por medio del presente EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con el deber de reserva, respecto a toda información a la que pueda acceder, conocer o tener a su alcance, en cumplimiento de sus obligaciones mientras se encuentre prestando sus servicios para LA SUPERINTENDENCIA, y aún después de la conclusión del presente contrato, bajo responsabilidad.
Se entenderá por “Información Confidencial” a toda información de tipo económica, financiera, legal, contable, técnica, comercial, estratégica o de otro tipo, que sea revelada por LA SUPERINTENDENCIA a EL CONTRATISTA, en forma oral, escrita, o por cualquier otro medio o soporte para la realización del trabajo encargado; así como cualquier análisis, recopilación, estudio, resumen, extracto o documentación de todo tipo que elabore o formule EL CONTRATISTA a partir de la Información Confidencial o documentación revelada por LA SUPERINTENDENCIA.
La Información Confidencial no será revelada en ningún caso y bajo ningún motivo por EL CONTRATISTA, sin el consentimiento previo y por escrito de LA SUPERINTENDENCIA. En este sentido, EL CONTRATISTA se compromete a limitar el acceso a la Información Confidencial de forma tal que sólo sea accesible a aquellas personas que necesariamente deban involucrarse en las conversaciones, tratativas y/o acuerdos mantenidos con LA SUPERINTENDENCIA.
Asimismo, EL CONTRATISTA se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que sus empleados, subordinados, dependientes, asesores y/o colaboradores u otros, que se vean involucrados en la ejecución de la prestación materia del presente contrato, observen la reserva y confidencialidad a que se refiere este acuerdo respecto de la Información Confidencial, siendo EL CONTRATISTA el único responsable por ello.
El incumplimiento de este deber de confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA, constituye causal de resolución del presente contrato, y asimismo, dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios que le corresponda a LA SUPERINTENDENCIA conforme x xxx.
Por tanto, EL CONTRATISTA se compromete a no divulgar, ni transferir a terceros, la información a la que pudiera tener acceso él o su personal; de ser el caso, EL CONTRATISTA responderá legalmente por los daños y perjuicios causados, para este efecto, se suscribe el compromiso de confidencialidad anexo al presente.
43
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP AS N° 011/2022-SBS
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
El que suscribe , con (documento de identidad)
N°.............................., Representante Legal de la Empresa , con RUC.
N°..............................., y con Domicilio Legal en , declara
aceptar lo siguiente:
1. EL CONTRATISTA está obligado a guardar reserva sobre cualquier información de LA SUPERINTENDENCIA a la que haya tenido acceso con ocasión de la ejecución del presente contrato, a no revelar ni permitir la revelación de cualquier detalle a los medios de prensa o a terceros, a no revelar que LA SUPERINTENDENCIA es cliente de EL CONTRATISTA en relación con la prestación, y a no usar el nombre de LA SUPERINTENDENCIA en cualquier promoción, publicidad o anuncio, sin previa autorización escrita de LA SUPERINTENDENCIA, a excepción de aquella información que LA SUPERINTENDENCIA o una autoridad judicial o arbitral lo autorice o disponga, o cuando se trate de información de dominio público. Esta obligación permanecerá vigente no obstante el vencimiento o la terminación del presente contrato, siendo su incumplimiento causal de resolución del presente contrato.
La confidencialidad de la información, a que se refiere el párrafo precedente, alcanza a todo el personal y subcontratistas de EL CONTRATISTA, debiendo así constar en los correspondientes contratos que con éstos se celebren.
2. EL CONTRATISTA declara expresamente que constituye causal de resolución del presente contrato el incumplimiento del presente compromiso de confidencialidad.
Lima,…………………………………….
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP AS N° 011/2022-SBS
ANEXO Nº 11
(Modelo de Carta para el abono con abonos en la cuenta bancaria del proveedor) LOGO DE EMPRESA SOLICITANTE
CARTA DE AUTORIZACIÓN
Lima, Señores
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Presente
Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a usted los datos para el pago con abonos en nuestra cuenta de la empresa que represento:
Número de Cuenta:….………………………………………………………..…
Código de Cuenta Interbancario (CCI):……………………………………….
Tipo de Cuenta:………………………………………………………………….
Nombre del Banco:………………………………………………………………
Razón social:……………………………………………………………………..
Agradeceré se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados a la cuenta indicada.
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Para cualquier comunicación al respecto sírvase coordinar con:
Nombre y Apellidos de la Persona:…………………………………………
Correo electrónico y N° Telefónico:…………………………………………
Atentamente,
Firma del proveedor o su representante legal
Nombre y apellidos Xxxxx Social de la Empresa
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