PENALIDADES APLICABLES. En el contrato se establecerán las siguientes penalidades en caso de incumplimiento: Retraso en el envió del material 30% del costo total del servicio Incumplimiento con normas de higiene 30% del costo total del servicio Incumplimiento en cuanto a requerimiento de staff (cantidad, uniformes, entrenamiento, calidad de atención) 20% del costo total del servicio Presencia de marcas sin autorización de la CONMEBOL 50% del costo total del servicio
PENALIDADES APLICABLES. En el contrato se establecerán las siguientes penalidades en caso de incumplimiento: Incumplimiento que afecten al timming del partido. 100% Fallas técnicas que imposibiliten la puesta en escena del evento. 80% Fallas técnicas que afecten el montaje general de la producción del evento. 40% Incumplimiento de entrega de materiales descriptos en la propuesta. 40% Incumplimiento de ejecución de acciones descriptas en la propuesta. 40%
PENALIDADES APLICABLES. En caso de retraso injustificado en la ejecución del servicio, EL SENASA aplicará una penalidad al LOCADOR de la siguiente manera: - De 01 a 02 días de retraso injustificado, 5% del monto contractual. - De 03 a 05 días de retraso injustificado, 10% del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o de la liquidación final. A partir del sexto día la entidad podrá resolver el contrato Lugar y Fecha El que suscribe, identificado con D.N.I. N°…………………..con domicilio en , con correo electrónico…………………………………………………… , número de celular …………………………. DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente, que:
1. No me encuentro inhabilitado administrativa o judicialmente para contratar con el Estado.
2. No tengo antecedentes policiales, ni penales.
3. No me encuentro sancionado para prestar servicios al Estado por el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido.
4. No me encuentro inhabilitado de mis derechos civiles.
5. No me encuentra dentro de la prohibición de la doble percepción de ingresos en el Sector Público, salvo las excepciones xx Xxx.
6. Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento.
PENALIDADES APLICABLES. A) Penalidad por Xxxx
B) Penalidad por Xxxx
PENALIDADES APLICABLES. En caso de retraso injustificado del Proveedor en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, la Entidad le aplicará automáticamente una Penalidad por xxxx por cada día de retraso, según lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde F tiene los siguientes valores:
a. Plazos menores o iguales a (60) días, para bienes y servicios: F=0.40.
b. Para plazos mayores a (60) días, para bienes y servicios F=0.25.
c. Para obras: F=0.15. En caso de que el Proveedor no cumpla con la presencia del personal clave (técnico y operarios) se aplicará una penalidad del 0.5% UIT por cada día de ausencia de personal en obra. En caso de que el Proveedor no cumple con la presencia de la maquinaria descrita en el Ítem 8.1 y/o en caso de no ser reemplazada la maquinaria que presente fallas mecánicas en un lapso de 24 horas se aplicará una penalidad de 0.5% UIT por cada día de ausencia de la maquinaria en obra.” (…)”
PENALIDADES APLICABLES. En caso de retraso injustificado del Proveedor en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, la Entidad le aplicará automáticamente una Penalidad por xxxx por cada día de retraso, según lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde F tiene los siguientes valores:
a. Plazos menores o iguales a (60) días, para bienes y servicios: F=0.40.
b. Para plazos mayores a (60) días, para bienes y servicios F=0.25.
c. Para obras: F=0.15. En caso de que el Proveedor no cumpla con la presencia del personal (técnico y operarios) se aplicará una penalidad del 0.5% UIT por cada día de ausencia de personal en obra. En caso de que el Proveedor no cumple con la presencia de la maquinaria descrita en el Ítem 8.1 y/o en caso de no ser reemplazada la maquinaria que presente fallas mecánicas en un lapso de 24 horas se aplicará una penalidad de 0.5% UIT por cada día de ausencia de la maquinaria en obra. Nota: Por cada día que se verifique o constante a través de un acta de verificación la no presencia del personal o la ausencia de la maquinaria mínima requerida se aplicaría el 0.5 % de la UIT (Unidad impositiva Tributaria) fijada para este año en S/. 4,950.00. es decir, se penalizaría al contratista con S/.2,475.00 por cada día que se verifiquen estas infracciones. (…)”
PENALIDADES APLICABLES. Serán objeto de penalidad diaria por retrasos en la entrega del servicio, de acuerdo al artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del monto total del contrato incluido IGV, hasta un máximo del 10% del monto contractual total incluido IGV. El sistema de multas y sanciones que se indica tiene como objetivo principal propender al logro de la calidad, cumplimiento de normas de seguridad y respuesta al plazo de los trabajos que forman parte del servicio. En todos los casos, las multas se pagarán a favor de ELECTRO ORIENTE S.A. y su abono no libera a EL CONTRATISTA de su responsabilidad frente a terceros o frente a ELECTRO ORIENTE S.A. por las consecuencias de un eventual incumplimiento de sus obligaciones y por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a terceros y/o a ELECTRO ORIENTE S.A.
PENALIDADES APLICABLES. De acuerdo al artículo 165 del Reglamento de Contrataciones del Estado, se aplicará penalidad al incumplimiento por parte del Contratista en cada uno de los entregables señalados a continuación: El plazo para la entrega del primer entregable no podrá ser mayor a 15 días calendarios contabilizado a partir del día siguiente de la suscripción del contrato y la comunicación escrita por la Oficina de Infraestructura al Contratista. De haberse comprometido el contratista en contratar al especialista en velódromos para la Elaboración del Expediente Técnico, deberá incluirse su informe en el entregable, para ser considerado completo.
PENALIDADES APLICABLES. En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x monto / F x plazo en días. Donde F tiene los siguientes valores: Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, F = 0.40. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato (orden de compra y/o servicio) por incumplimiento. El proveedor incumple en penalidad cuando: - No cumple con ejecutar el servicio en el plazo previsto en el contrato. - Habiéndosele otorgado el plazo de subsanación, este no es realizado a cabalidad. - Habiendo ejecutado el servicio en el plazo previsto; estos manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso se considerará como no ejecutada la prestación y podrá procederse con dejar sin efecto la contratación, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades correspondan.
PENALIDADES APLICABLES. En el contrato se establecerán las siguientes penalidades en caso de incumplimiento: Incumplimiento con el horario de apertura 50% del costo total del servicio Incumplimiento con normas de higiene 50% del costo total del servicio Incumplimiento en cuanto a requerimiento de staff (cantidad, uniformes, entrenamiento, calidad de atención) 50% del costo total del servicio Presencia de marcas sin autorización de la CONMEBOL 100% del costo total del servicio Las multas se considerarán obligatorias y están diseñadas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones. Como resultado, no servirán como una estimación preliminar del daño que se puede combinar con cualquier forma de indemnización. El pago o la deducción de las Multas no eximirá al adjudicatario de la necesidad de realizar o finalizar los servicios o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones que causaron la activación de la multa. Tres multas consecutivas o cinco alternativas causarán la terminación anticipada del Acuerdo.